La excepción operará para ciertos conceptos y por un total de U$S 12.000 por año calendario, en el caso de personas humanas. Lo que exceda a ese importe deberá liquidarse. Se exigirá que no se haya operado con dólar "bolsa" en los últimos 90 días y que no se opere en los 90 días posteriores. 

El BCRA aclara que las empresas que al momento de solicitar un préstamo bancario tengan deudas previsionales están habilitadas a tomar créditos. Por normativa, las entidades financieras no deben restringir el acceso al financiamiento ante la existencia de obligaciones previsionales impagas siempre y cuando el tomador del crédito requiera la afectación total o parcial de la financiación a la cancelación total de dichas deudas.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió reducir el plazo de la liquidación de los pagos que hacen los bancos a los comercios por las ventas concretadas con tarjetas de crédito. 

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV) advierten sobre los riesgos e implicancias de los criptoactivos, enumerando los aspectos que los usuarios e inversores deberían evaluar en forma previa.

Así lo estableció el BCRA mediante Comunicación B 12100. El cumplimiento de tal requisito se demostrará mediante la presentación del “Certificado de Cumplimiento Censal” (CCC), el cual será exigible desde el 1 de abril de 2021 para personas jurídicas y desde el 1 de mayo de 2021 para personas humanas. Entre otras operaciones, también será necesario para la solicitud de créditos y el alquiler de cajas de seguridad.

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó el programa de Transferencias 3.0, una nueva normativa que empezará a operar el 7 de diciembre e impulsará los pagos digitales y promoverá una mayor inclusión financiera en el país. El propósito de la modernización del sistema es expandir el alcance de las transferencias inmediatas, lo que permitirá construir un ecosistema digital de pagos abiertos y universales que esté en condiciones de sustituir al efectivo con eficiencia y seguridad.

Los Bancos están comunicando por email a sus clientes las nuevas restricciones que impuso el BCRA a la compra de dólares, las cuales se enumeran a continuación.

El cliente deberá solicitar el otorgamiento de la financiación a la entidad financiera, la cual, previa verificación en el listado que publicará la AFIP, contará con dos días hábiles para proceder a la acreditación de la misma. Si el cliente no tiene tarjeta de crédito, el banco deberá emitir una, sin costo alguno. La financiación se otorgará en parte iguales, por tres meses, siendo acumulables. No se podrán obtener adelantos en efectivo, ni operar en el mercado de cambios.

Mediante la Comunicación A6964, el Banco Central (BCRA) estableció que los saldos impagos de las tarjetas de créditos, por vencimientos operados entre el 13 y el 30 de abril, serán refinanciados en forma automática  a un año de plazo con 3 meses de gracia, 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. 

Así lo dispuso la Comunicación A6958 del Banco Central de la República Argentina. Desde el Lunes 13 hasta el Viernes 17 de abril, las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas para la atención al público en general –excepto para la atención por ventanilla–, extendiendo en 2 horas la jornada habitual, y mediante el otorgamiento de turnos previos (los cuales se podrán obtener vía web desde el 8 de abril en las páginas web de las entidades).

El Lunes 13, se atenderán a los clientes cuyos documentos (o CUIT, si es persona jurídica) terminen en 0 y 1, el martes en 2 y 3, y así sucesivamente hasta el viernes.

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