El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires ( CPCECABA ) publicó 48 respuestas a consultas sobre temas impositivos y contables expuestos en el Ciclo de Actualidad Tributaria de fecha 10/04/2019. Acceda al material completo en este artículo.

Se eleva a $ 6.000.000 el monto mínimo por comprobante a partir del cual las PyMES deberán emitir Factura de Crédito Electrónica cuando operen con empresas grandes. Tampoco será de aplicación para los comprobantes cedidos en los términos del Art. 1618 del Código Civil y Comercial.

La Comisión de Estudios Tributarios del CPCECABA publicó un interesante informe sobre la aplicabilidad del ajuste por inflación impositivo considerando la modificación dispuesta por la Ley 27.468 de diciembre de 2018.

La Secretaria de Ingresos Públicos dio a conocer un informe de 21 páginas que describe el alcance del Impuesto a las Ganancias sobre la renta financiera, tras la reforma tributaria de la Ley 27.430. Entre otros aspectos, se hace distinción entre impuesto global y cedular, y sobre ganancia de fuente argentina y extranjera. También se detallan las exenciones, deducciones y alícuotas aplicables. Por último, se incluye un cuadro que resume los casos que describe la ley y la reglamentación.

Tras la habilitación del BCRA para que se puedan constituir plazos fijos en cualquier entidad financiera, el Gobierno Nacional decidió extender la exención al Impuesto al los Débitos y Créditos Bancarios a todos los débitos en cuenta corriente que se destinen a la constitución de plazos fijos, manteniendo la condición de que al vencimiento de los mismos y de sus renovaciones los fondos resultantes sean acreditados en una cuenta corriente de su titular.

La AFIP publicó un cuadro con las alternativas y límites que establece la ley para la deducción de la prima de seguros de vida y retiro, así como el tratamiento de los fondos comunes de inversión con fines de retiro.

La AFIP estableció, mediante Res. Gral. 4468/2019, el procedimiento para la determinación anual e ingreso del impuesto a los rendimientos producto de la colocación del capital, enajenación de valores y de derechos sobre inmuebles. El vencimiento para la presentación comenzará el día 19/06/2019 y para el pago el día 21/06/2019. 

Además de considerar oportuna la prórroga por el cúmulo de obligaciones que deben cumplirse en el mes de mayo, se suma "la problemática de la reexpresión de los estados contables por inflación, que resulta de aplicación obligatoria para los entes cuyo ejercicio finalizara el 31/12/2018 y cuya información resulta de aplicación para la elaboración de los coeficientes de distribución basados en ingresos y egresos".

La AFIP publicó en su sitio web las valuaciones de los automotores, camiones, motocicletas y motos. De esta forma , luego de dos semanas de publicaciones parciales, ya pueden consultarse todas las tablas para la liquidación del impuesto.

Nota relacionada : RG 4466/2019 - Bienes personales - Valuaciones : se definen las fechas en las que AFIP publicará las tablas

La AFIP publicó una guía con el paso a paso para que los contribuyentes declaren las ganancias provenientes de rendimientos, intereses y/o enajenación de valores o depósitos a plazo; y las que provienen de la enajenación y/o transferencia de derechos de inmuebles.

Es oportuno tener en cuenta que si bien la AFIP publica guías orientadas al contribuyente para que este liquide sus impuestos ( fomentando el "hágalo usted mismo" ), no es aconsejable hacerlo sin la asesoría de un Contador Público matriculado.

Nota relacionada : Ganancias - Impuesto Cedular : procedimiento, formas y plazos para determinar y pagar el impuesto ( Res. 4468/2019 )

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