Entre otras novedades, se incorporan nuevos agentes de información (barrios de chacras y náuticos) y se actualiza la versión del aplicativo. La novedad se dio a conocer en el Boletín Oficial de hoy, mediante la publicación de la Resolución 3645 de la AFIP (modificatoria de la RG 3369).
Puntos claves de la modificación
- Se incorporan como agentes de información a los barrios de chacras y barrios náuticos.
- Se deberán informar todos los gastos soportados en forma proporcional por los propietarios de los inmuebles.
- Resultarán responsables subsidiarios del deber de información los administradores.
- Se deberá seguir informando aún cuando no existan movimientos en más de tres períodos sucesivos (antes, se dejaba de informar con tres presentaciones sucesivas “sin movimiento”).
- Se incorporan como datos a suministrar la cantidad de unidades y la superficie total del complejo.
- Se aprueba una nueva versión del programa aplicativo: “AFIP DGI - RÉGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS - Versión 4.0”.
- Vigencia: respecto de la información que corresponde suministrar a partir del mes de junio de 2014, inclusive.
Cabe recordar que la resolución modificada (RG 3369), estableció un régimen de información sobre expensas y otros gastos en barrios privados y edificios de propiedad horizontal (entre otros).
Inmuebles ubicados en | Superficie (por unidad) mayor o igual a | Expensas mayor o igual a |
---|---|---|
“Countries”, clubes de campo, clubes o barrios de chacras, barrios cerrados, barrios privados, barrios náuticos y demás complejos urbanísticos privados | 400 m2 | $ 2.000 |
Edificios de propiedad horizontal u otros inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o de prehorizontalidad | 100 m2 |
Comentarios
MUCHAS GRACIAS
El punto 4 de la resolución 3645 eliminó el segundo párrafo del Artículo 7°, el cual establecía que "Cuando de acuerdo con lo previsto en el párrafo que antecede se verifiquen al menos TRES (3) presentaciones sucesivas “SIN MOVIMIENTO”, los responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva información alcanzada por el presente régimen.".
Para un Consorcio de PH:
¿Este régimen de información se debe cumplir cuando algún departamento paga mas de $2.000 de expensas o cuando los gastos en total del edificio superen los $2.000 mensuales ?
Agradezco Respuesta!
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