Entre otras novedades, se incorporan nuevos agentes de información (barrios de chacras y náuticos) y se actualiza la versión del aplicativo. La novedad se dio a conocer en el Boletín Oficial de hoy, mediante la publicación de la Resolución 3645 de la AFIP (modificatoria de la RG 3369).

 

Puntos claves de la modificación

  • Se incorporan como agentes de información a los barrios de chacras y barrios náuticos.
  • Se deberán informar todos los gastos soportados en forma proporcional por los propietarios de los inmuebles.
  • Resultarán responsables subsidiarios del deber de información los administradores.
  • Se deberá seguir informando aún cuando no existan movimientos en más de tres períodos sucesivos (antes, se dejaba de informar con tres presentaciones sucesivas “sin movimiento”).
  • Se incorporan como datos a suministrar la cantidad de unidades y la superficie total del complejo.
  • Se aprueba una nueva versión del programa aplicativo: “AFIP DGI - RÉGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS - Versión 4.0”.
  • Vigencia: respecto de la información que corresponde suministrar a partir del mes de junio de 2014, inclusive.

Cabe recordar que la resolución modificada (RG 3369), estableció un régimen de información sobre expensas y otros gastos en barrios privados y edificios de propiedad horizontal (entre otros).

Deber de informar montos en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos
Inmuebles ubicados enSuperficie (por unidad) mayor o igual aExpensas mayor o igual a
“Countries”, clubes de campo, clubes o barrios de chacras, barrios cerrados, barrios privados, barrios náuticos y demás complejos urbanísticos privados 400 m2 $ 2.000

Edificios de propiedad horizontal u otros inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o de prehorizontalidad 100 m2

Comentarios

+1 #18347 Marisol López 18-05-2017 09:34
Hola quisiera saber bajo qué cuit tengo que hacer las presentaciones en caso de los consorcios, del administrador o del consorcio? Gracias
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0 #7334 RODOLFO LUIS GOMEZ 21-07-2014 09:41
PREGUNTO A USTED EN QUE PARTE DE LA RG 3469 SE ESTABLECE QUE SE DEBERÁ PRESENTAR LA DDJJ SIN MOVIMIENTOS AÚN SUPERADOS LOS TRES PERÍODOS MENSUALES.

MUCHAS GRACIAS
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0 #7338 Cdor. Jorge Vega 21-07-2014 15:12
La resolución es la 3369 y no 3469. Sdos.
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0 #7336 Cdor. Jorge Vega 21-07-2014 15:10
Buenas tardes. Antes de la modificación, la resolución decía que la ddjj debía dejar de presentarse luego de tres períodos consecutivos de haber informado "sin movimientos".
El punto 4 de la resolución 3645 eliminó el segundo párrafo del Artículo 7°, el cual establecía que "Cuando de acuerdo con lo previsto en el párrafo que antecede se verifiquen al menos TRES (3) presentaciones sucesivas “SIN MOVIMIENTO”, los responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva información alcanzada por el presente régimen.".
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+2 #7312 Fabiani 18-07-2014 10:20
Queria consulta sobre el nuevo aplicativo de pago de Expensas, no me deja copiar los datos de la otra versión, hay que cargar todo de nuevo??? Gracias por su respuesta.
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0 #7276 Ceci80 16-07-2014 14:59
Lo bajé y se duplican los aplicativos. Pierdo la base de datos con todo cargado. Generalmente veníamos copiando la ddjj de mes a mes y solo cambiamos los importes. Debo cargar todo de nuevo?? Alguna solución? Gracias!
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0 #7261 Juan Ignacio 15-07-2014 16:21
Hago una consulta al respecto:
Para un Consorcio de PH:
¿Este régimen de información se debe cumplir cuando algún departamento paga mas de $2.000 de expensas o cuando los gastos en total del edificio superen los $2.000 mensuales ?
Agradezco Respuesta!
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0 #7337 Cdor. Jorge Vega 21-07-2014 15:11
Por cada departamento. Sdos.
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