De acuerdo al cronograma vigente, desde agosto un nuevo grupo de responsables inscriptos en el IVA deberán comenzar a entregar comprobantes electrónicos por sus operaciones. Entre otros, los sujetos obligados son: contadores, abogados, escribanos, consultores de informática, arquitectos e ingenieros, publicistas, gerentes y directores de sociedades.
Cabe recordar que mediante la Resolución 3571, la AFIP fijó un cronograma mensual de aplicación, vigente desde abril, para seis grupos de contribuyentes (ver grupos y actividades en: Facturación electrónica: se amplió el universo de contribuyentes alcanzados). Los comprobantes alcanzados son los de clase A y B (facturas, notas de crédito y debito).
Actividades alcanzadas desde el 1 de agosto de 2014
Grupo 5 |
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Reparación y mantenimiento de maquinaria de uso general |
Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo de uso agropecuario y forestal |
Reparación y mantenimiento de maquinaria de uso especial n.c.p. |
Reparación y mantenimiento de instrumentos médicos, ópticos y de precisión, equipo fotográfico, aparatos para medir, ensayar o navegar, relojes, excepto para uso personal o domestico |
Reparación y mantenimiento de maquinaria y aparatos eléctricos |
Reparación y mantenimiento de maquinas y equipo n.c.p. |
Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática |
Servicios de consultores en equipo de informática |
Servicios de consultores en tecnología de la información |
Servicios de informática n.c.p. |
Procesamiento de datos |
Hospedaje de datos |
Actividades conexas al procesamiento y hospedaje de datos n.c.p. |
Portales web |
Agencias de noticias |
Servicios de información n.c.p. |
Servicios jurídicos |
Servicios notariales |
Servicios de contabilidad auditoría y asesoría fiscal |
Servicios de gerenciamiento de empresas e instituciones de salud, servicios de auditoría y medicina legal, servicio de asesoramiento farmacéutico |
Servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por integrantes de los órganos de administración y/ o fiscalización en sociedades anónimas |
Servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por integrantes de cuerpos de dirección en sociedades excepto las anónimas |
Servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial n.c.p. |
Servicios relacionados con la construcción (incluye los servicios prestados por ingenieros, arquitectos y técnicos) |
Servicios geológicos y de prospección |
Servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones |
Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos de asesoramiento técnico n.c.p. |
Ensayos y análisis técnicos (incluye inspección técnica de vehículos, laboratorios de control de calidad, servicios de peritos calígrafos, servicios de bromatología) |
Servicios de comercialización de tiempo y espacio publicitario |
Servicios de publicidad n.c.p. |
Estudio de mercado, realización de encuestas de opinión pública |
Obtención y dotación de personal (incluye las actividades vinculadas con la búsqueda, selección y colocación de personal, la actividad de casting de actores etc.) |
Servicios de transporte de caudales y objetos de valor |
Servicios de sistemas de seguridad |
Servicios de seguridad e investigación n.c.p. |
Servicios de limpieza general de edificios |
Servicios de envase y empaque |
Servicios empresariales n.c.p, |
Grupo 6 |
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Contribuyentes que se encuentran en la jurisdicción de la división grandes contribuyentes individuales dependiente de la dirección de operaciones grandes contribuyentes nacionales |
Comentarios
Quisiera saber que comprende la actividad reparacion y mantenimiento de maquinaria y aparatos electricos ya que por el trabajo que realiza mi empresa no me queda claro si tenemos que hacer factura electronica o no, lo que nosotros hacemos es reparacion de UPS (son equipos que se utilizan en computadoras cuando se corta la energia electrica), desde ya agradezco si me pueden orientar.
Saludos.
Marisa
Saludos.
Ctdora.Patricia Angulo
Te copio desde la pág de AFIP. Espero aclare tu duda.
http://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=18079579
ID 18079579
Evento 3571 - Si realizo más de una actividad y me encuentro alcanzado sólo por una de ellas. ¿Debo emitir comprobantes electrónicos por todas mis operaciones?
20/03/2014 12:00:00 a.m.
Si. Si desarrolla alguna actividad prevista en el Anexo I de la RG 3571/13 se deberán emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar todas las operaciones realizadas en el mercado interno.
Fuente: Art. 1 RG 3571/13
Todavia no estaria obligado a hacer factura electronica? Veo en la nota que es solo para comprobantes a y b, pero por las dudas pregunto.
gracias
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