Para quienes no esté inscriptos en ganancias, o lo estén solamente en bienes personales ( no monotributistas ) o para los monotributistas ( no inscriptos en bienes personales ), se les devolverán las percepciones ( por turismo exterior, compras en Internet o por compra de dólar ahorro ) de los años 2012 a 2014 en los siguientes plazos:

  • Hasta $ 6000:  en un solo pago.
  • Más de $ 6000: en cuotas de 6000 pesos:
    • Primera cuota: 16 de febrero
    • Siguientes cuotas: Los días 11 de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio de 2016.

La devolución será automática ( en los plazos mencionados ) cuando no se registren deudas y/o inconsistencias ( bienes personales o monotributo, según corresponda ). Caso contrario, primero deberá saldar lo que corresponda y resolver las inconsistencias que sean necesarias solucionar.

Para estos sujetos, las percepciones del año 2015, se comenzarán a devolver a partir de agosto de 2016.

Requisitos previos

Más información: AFIP publicó un instructivo para solicitar la devolución del 20% y 35% por operaciones con Moneda Extranjera

Otras situaciones

  • Empleados que sufran retenciones de ganancias sobre su sueldo: deben presentar el Formulario 572 web antes del 31 de enero. El empleador procederá al reintegro hasta el límite de la retención que corresponda aplicar.
  • Sujetos inscriptos en ganancias o monotributistas inscriptos en bienes personales: presentará la declaración jurada de 2015 en abril o mayo ( según corresponda ) y computarán las percepciones sufridas en dichos años. Las de años anteriores ( vencidas, obviamente ) ya se pueden presentar.

Más información: Sitio web de la AFIP

 

Comentarios

+1 #12625 Ale36 25-01-2016 19:40
Hola si presento el formulario el 02/02/2016 cuando cobro?
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0 #12636 JUAN JOSE GOMEZ 26-01-2016 11:45
En que tipo de contribuyente esta encasillado.......
Saludos
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0 #12494 Juan Manuel Gallardo 13-01-2016 12:11
Estimados, mi padre es monotributista inscripto en bienes personales y ha sufrido durante en 2015 percepciones por un viaje realizado al exterior. Las mismas, por error, estan cargadas en el impuesto a las ganancias y no en bienes personales. ¿Cuál sería el procedimiento correcto poderse computar ese pago?
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0 #12493 Monica Koval 13-01-2016 12:06
quienes presentamos en su momento los formularios 746/A por los periodos 2012,2013, 2014, teniendo cumplimentado el resto de los requisitos, cbu informada, datos biometricos, etc..y que nunca fueron devueltas las percepciones por gastos en el exterior, es necesario volver a presentar estos formularios?
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0 #12552 JUAN JOSE GOMEZ 18-01-2016 17:49
Si de los formularios 746/A tenemos los acuse de recibo correspondientes por tales
periodos, no debemos hacer ningún otro tramite, mas que adherirnos al domicilio
fiscal electrónico, que se encuentra destacado en la parte superior derecha de la
grilla del contribuyente.-Una vez aceptado, nos aparecerá agregado a la misma
el servicio "e-Ventanilla" que permitirá al contribuyente el seguimiento del tramite
sin necesitar el envío por parte de la Afip de notificación, aviso reclamo etc por
vía postal y a su vez consultar las observaciones y/o fechas de devolución de las
percepciones que informe el organismo.-
Saludos
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