La AFIP publicó las tablas con las valuaciones de autos, motos, camiones y vehículos destinados al transporte. Además, se informaron las cotizaciones de las monedas extranjeras, acciones y demás títulos valores, así como los correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
A los fines de determinar la base imponible es necesario determinar el valor de cada bien integrante del patrimonio personal al 31 de diciembre de cada año. Para ello la Ley 23.966 fija los criterios de valuación aplicable a cada tipo de bien, y en el inciso b) del artículo 22 (Valuaciones aplicables a los Bienes situados en el país) establece que, en el caso de automotores, el valor a consignar no podrá ser inferior al que establezca la AFIP.
Cada una de las tablas pueden descargarse en los siguientes enlaces:
- Valor de los automotores, motocicletas y motos (motovehículos) (Descargar):
- Automóviles (Descargar)
- Camiones, Pick-ups, Chasis, Varios (Descargar)
- Transporte de pasajeros y motor home (Descargar)
- Motocicletas y Motos (Descargar)
- Valor de cotización de las monedas extranjeras. (Descargar)
- Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión (Descargar).
- Obligaciones Negociables - Certificados de participación - Títulos de deuda (Descargar)
- Títulos Públicos y cupones impagos (Descargar)
- Fondos comunes de inversión (Descargar)
- Detalle del formato de catastro según la jurisdicción. (Descargar)
- Detalle de entidades financieras. (Descargar)
Mínimo exento y alícuotas
Según la Ley del Impuesto Sobre los Bienes Personales, modificada el año pasado, no estarán alcanzados por el impuesto los bienes gravados pertenecientes a personas humanas o sucesiones indivisas ( radicadas en el país ), cuando su valor en conjunto determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten:
- Para el período fiscal 2016, iguales o inferiores a $ 800.000
- Para el período fiscal 2017, iguales o inferiores a $ 950.000
- A partir del período fiscal 2018 y siguientes, iguales o inferiores a $ 1.050.000
El gravamen a ingresar surgirá de la aplicación, sobre el valor total de los bienes sujetos al impuesto, sobre el monto que exceda los valores anteriores, las sumas que para cada caso se fija a continuación:
- Para el período fiscal 2016, 0,75%
- Para el período fiscal 2017, 0,50%
- A partir del período fiscal 2018 y siguientes, 0,25%
Comentarios
muchas gracias
como cargar Letras del Tesoro U$S vto 06/03/2017 cdo en el aplicativo solicita Código del Titulo y no lo puedo obtener.Lo mismo me sucede con LETES 105D vto 03/04/207
Agradecer su pronta respuesta
Saludos
como se debe cargar LETRAS DEL TESORO EN U$S CON VTO 06/03/2017 Y LETE 105D U$S VTO 03/04/2017???
SOLICITA CÓDIGO DEL TITULO Y NO LO PUEDO OBTENER
GRACIAS
SALUDOS
agradezco comentarios, saludos,
La cantidad es el valor nominal? porque si es así me queda un monto enorme en el primer caso, si bien esta exento quiero saber si lo estoy cargando bien!
Gracias y Slds,
Gracias
Saludos!!!
http://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/#ver
ANEXO III
Cito a MIRIAM LILIANA:
http://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/#ver
ANEXO III
Las Letras del BCRA en $ cuyo vto operó el día 04/01/2017 no figura en las tablas correspondientes. Cómo debo proceder para declararla?
En los casos de las letras del BCRA en $ que figuran con el mismo vto. (por ej.11/01/2017 y 25/01/2017) como
identifico la que corresponde a mi inversión?
Muchísimas gracias
Buenas noches, quisiera consultar el aplicativo SIAP, el minimo imponible me indica que es de $ 305000 y no $ 800000, se presenta de todas formas? Porque al momento de actualizar el SIAP no me modifica el importe del minimo imponible.
Desde ya, muchas gracias por la info.
Saludos cordiales y buen fin de semana.
Alejandra
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