Se establece el plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II” (devengado Marzo de 2022), así como para el “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS”, el cual estará comprendido entre el 23 y el 30 de marzo de 2022, inclusive.

El Ministerio de Trabajo homologó los acuerdos celebrados entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), firmados el pasado mes de noviembre de 2021. mediante los cuales se pactaron sumas no remunerativas para el semestre enero a junio de 2022 (50% en total), incorporándose en los salarios básicos en el mes de julio de 2022.

La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo salarial celebrado el día 12/11/2021, entre UTHGRA y FEHGRA (CCT 389/04), en el cual se acordaron incrementos salariales (del 49%), aplicables desde el mes de enero de 2022 (como no remunerativos). A continuación se detallan los puntos claves del acuerdo, así como su texto completo, escalas anexas y resolución homologatoria.

Mediante Res. 10/2022, la CNTA aclaró que las asignaciones extraordinarias (establecidas en 2021), serán consideradas no remunerativas, con la única excepción de los aportes y contribuciones a la obra social, a la cuota sindical o cuota solidaria y a las establecidas por la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557). De esta forma, se vuelve a la redacción original de cada una de las normas enumeradas.

El acuerdo, complementario al firmado en las paritarias 2021 (homologado por Res. 323/22), contempla un incremento no remunerativo del 13% a pagar en dos tramos en los meses de febrero (3%) y en marzo (10%), el cual se incorporará al básico en el mes de abril de 2022. Por otro lado, se prorrogó el acuerdo referente al artículo 223 BIS hasta marzo del año en curso (conforme a acta complementaria firmada el 16/02/2022).

Mediante Res. 4/2021 (Boletín Oficial 27/10/2021), se establecieron nuevos incrementos (adicionales) para los meses de noviembre (6%), diciembre (7%) y marzo de 2022 (12%). Además, cabe recordar, que mediante Res. 2/2021 se acordó incrementar el porcentual por “zona desfavorable”, fijando su importe total en un 30%, y se creó un adicional por antigüedad, del 1% por cada año de servicio, el cual comenzó a computarse desde el 1.09.2020, sin efecto retroactivo.

Mediante Decreto 99/2022 (Boletín Oficial: 27/02/2022) se reglamentó la Ley 27.643 (BO: 12/11/2021), por la cual se estableció un régimen previsional especial para los trabajadores de establecimientos viñateros y para los y las contratistas de viñas comprendidos en la ley 23.154 que restableció la plena vigencia de la ley 20.589, incluso a aquellas que dentro del mismo también posean olivares y frutales, siempre y cuando la actividad vitícola sea la principal.

Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de Marzo de 2022, es de 12,28%.

La AFIP suspende hasta el 31 de diciembre de 2022, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, para los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud.

Se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” en el Acta N° 15 que integra la presente, aplicable a los salarios del mes de Enero de 2022.

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