El Ministerio de Trabajo aprobó el listado de las empresas del Sector Salud, a los fines de que las mismas puedan acceder como potenciales beneficiarios al Programa REPRO II.

El Gobierno Nacional extendió hasta el 12 de marzo el distanciamiento y aislamiento en todo el país, estableciendo el marco normativo que regirá para este nuevo período.

Se establece que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.

El Ministerio de Trabajo estableció el plazo de inscripción al programa Repro II para los salarios devengados en el mes de febrero, el cual estará comprendido entre los días 22 y 26 de febrero de 2021. Además, se fijaron las pautas a considerar: meses de facturación y el mes a considerar para la nómina de personal y salarios de referencia.

Se restablece la licencia laboral para que los padres puedan cuidar a sus hijos durante los días que no asistan a la escuela o lo hagan parcialmente. Se establecen las condiciones y requisitos a cumplimentar.

Se establece que el monto del beneficio a otorgarse por cada relación laboral activa variará en función de la actividad: $ 9.000 para sectores no críticos, $ 12.000 para sectores críticos y $ 18.000 para sectores de la salud.

El Ministerio de Trabajo adoptó las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” en el Acta N° 3, que definen los parámetros y condiciones de acceso para las actividades críticas, no críticas y salud aplicables al mes de enero 2021.

La CNTA estableció un incremento en las remuneraciones mínimas que regirán desde enero hasta el 31 de julio de 2021.

Considerando que la FAECyS ha manifestado que corresponden liquidar adicionales (variables) sobre las sumas no remunerativas pactadas en enero (VER: Aumento Comercio: FAECyS dice que corresponde presentismo y antigüedad sobre el no remunerativo), hemos habilitado en el «Recibo» las opciones correspondientes (en la pestaña "No remunerativos"):

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