Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 238 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Mayo de 2023 (Vencimiento Junio).

Se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.718, estableciendo que estarán exentas en el Impuesto a las Ganancias las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional.

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 217 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Abril de 2023 (Vencimiento Mayo).

Capitales asegurados e importes que el empleador debe ingresar en concepto de Seguro de Vida y Sepelio, de acuerdo a los establecido por el Art. 52 de CCT 260/75. Vigencia : Abril y Mayo 2023 (así como de períodos anteriores).

La AFIP publicó una guía donde detalla cómo debe declararse en el servicio “Libro de Sueldos Digital” la suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, según lo dispuesto en el artículo 4to del Decreto 144/2022.

Se publicaron los nuevos importes de la contribución al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnología para el Comercio (INACAP), conforme al último acuerdo que rige desde el mes de abril de 2023.

Mediante Res. 646/2023, el la Secretaria de Trabajo homologó el acuerdo salarial de la UOCRA (Convenios 76/75 y 577/10), el cual establece un incremento del 22%, a pagar en tres tramos en los meses de Abril (10%), Mayo (8%) y Junio (4%) de 2023.

FAECyS publicó las escalas salariales que regirán para el trimestre abril a junio de 2023, conforme al acuerdo firmado el 14/04/2023. El mencionado acuerdo establece incrementos de los salarios básicos, a pagar en tres cuotas del 6,5% mensual, aplicables sobre el básico de abril (el cual incluye todos los incrementos remunerativos y no remunerativos de los acuerdos anteriores), y el pago de dos cuotas no remunerativas de $ 12.500 cada una.

Se homologó el acuerdo del 14/04/2023, entre FAECyS y las cámaras empresarias, mediante el cual se pactaron incrementos en los salarios básicos para los meses de abril, mayo y junio de 2023, los cuales aplicarán sobre los salarios básicos que se habían acordado para el mes de abril.

Se establece un incremento salarial del 27% en tres tramos no acumulativos: 14% en Abril, 7% en Mayo y 6% en Junio 2023. Los incrementos se calcularán sobre la escala salarial vigente para el mes de Marzo de 2023.

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