La AFIP publicó una guía para efectuar denuncias de índole impositiva, aduanera y/o previsional. Según el caso, la denuncia se puede efectuar en forma personal, por correo o teléfono.
Ejemplos de denuncias
- Inspectores falsos.
- Personal no declarado.
- Aportes no ingresados.
- No emisión de facturas.
- Mercadería que ingresa al país en forma ilegal.
- Otras situaciones irregulares.
Denuncias por teléfono
Se deben comunicar con el Centro de Atención de Denuncias al 0800-999-2347, de lunes a viernes de 10.00 a 16.00 hs.
Para denuncias impositivas y aduaneras se debe contar con el domicilio del denunciado.
Este mecanismo no se admite para denuncias por falta de aportes (ver apartado siguiente).
Denuncias en forma personal
Se pueden efectuar denuncias (impositivas, aduaneras y por personal no declarado) dirigiéndose personalmente o remitiendo una nota por correo postal:
- a cualquiera de las dependencias de AFIP-DGI o
- al Departamento Análisis y Control de Denuncias, sito en la calle Hipólito Yrigoyen N° 370, 4° Piso, Oficina N° 4.836, Código Postal (1086), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10.00 a 16.00 hs.
Falta de aportes
En el caso de denuncias por falta de aportes se deben realizar en forma personal en:
- cualquiera de las dependencias de AFIP-DGI o
- la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social, sita en la calle Defensa
N° 131, 1° Piso, Oficina 105, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de
10.00 a 16.00 hs.
Para radicar la denuncia se deberá presentar la siguiente documentación:
- Listado de aportes previsionales –históricos– extendidos por la ANSeS (actualizado)
- Original y copia de:
- Recibos de haberes de todos los períodos en que no hayan sido depositados los aportes o
- Certificación de Servicios o
- Sentencia Judicial firme
En caso de no poseer los recibos de haberes de algún período de la relación laboral deberá presentar al menos dos (2) testigos que acrediten dicho vínculo, munidos de D.N.I., CUIT o CUIL y constancia documental que acredite la relación con el denunciado.
- Si la relación laboral se encuentra extinguida, telegrama de despido y/o cartas documentos (originales y copias).
- D.N.I. ,original y copia, de la 1° y 2° hoja y del cambio de domicilio, si lo hubiera. NO SE ACEPTARA CEDULA DE IDENTIDAD, con excepción de los extranjeros, los cuales deberán presentar, además, la constancia de D.N.I. en trámite.
Comentarios
Existe alguna posibilidad de reclamar o de lograr el reconocimiento de meses que no fueron aportados por una empresa que ya no existe?
La situación es la siguiente, me recibí en el año 1989, y en marzo del año 1990 inicié mi actividad laboral en una empresa que brindaba servicios en el área informática, estuve en relación de dependencia hasta febrero del año 1992 de manera ininterrumpida. Consulté y pedí mis aportes en el ANSES y no se entendía muy bien la información registrada hasta que buscando encontré que lo que figura ahí son apenas 9 meses de aportes...
Hice un rastreo de mis recibos de sueldo y me encuentro que solo tengo esos 9 meses...
Me puse en campaña para obtener algún tipo de explicación al respecto y me encuentro conque la empresa ya hace varios años que presentó quiebra, no existe mas...
Existe algúna manera de reclamar o algo que me permita recuperar esos meses de aportes?
Muchas gracias!
Para radicar la denuncia se deberá presentar la siguiente documentación:
Listado de aportes previsionales –históricos– extendidos por la ANSeS (actualizado)
Original y copia de:
Recibos de haberes de todos los períodos en que no hayan sido depositados los aportes o
Certificación de Servicios o
Sentencia Judicial firme
En caso de no poseer los recibos de haberes de algún período de la relación laboral deberá presentar al menos dos (2) testigos que acrediten dicho vínculo, munidos de D.N.I., CUIT o CUIL y constancia documental que acredite la relación con el denunciado.
Si la relación laboral se encuentra extinguida, telegrama de despido y/o cartas documentos (originales y copias).
D.N.I. ,original y copia, de la 1° y 2° hoja y del cambio de domicilio, si lo hubiera. NO SE ACEPTARA CEDULA DE IDENTIDAD, con excepción de los extranjeros, los cuales deberán presentar, además, la constancia de D.N.I. en trámite.
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