Tras el aumento dispuesto por la Res. 36/2024, la AFIP difundió los valores actualizados para los trabajadores autónomos, vigentes a partir de Marzo 2024.

Autónomos - VALORES desde MARZO 2024
(Vigente desde las 00:00 hs del día 15/03/2024)

Tabla / Categoría Actividad Ingresos brutos Aportes
2024 2023
Desde Hasta Marzo Diciembre Septiembre Junio
I III Personas humanas que realicen la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.   $ 15.000 $ 48.299,20 $ 37.977,04 $ 31.419,73 $ 25.484,42
IV $ 15.001 $ 30.000 $ 77.278,67 $ 60.763,23 $ 50.271,56 $ 40.775,04
V $ 30.001   $ 106.257,76 $ 83.549,12 $ 69.123,12 $ 56.065,48
II I Profesiones, oficios, productores de seguro y demás locaciones y prestaciones de servicios.   $ 20.000 $ 24.149,81 $ 18.988,68 $ 15.710,00 $ 12.742,32
II $ 20.001   $ 33.809,22 $ 26.583,74 $ 21.993,66 $ 17.838,98
III I Otros sujetos que no realicen prestaciones de servicios ni sean directores o administradores de sociedades (no incluidos en las tablas I y II).   $ 25.000 $ 24.149,81 $ 18.988,68 $ 15.710,00 $ 12.742,32
II $ 25.001   $ 33.809,22 $ 26.583,74 $ 21.993,66 $ 17.838,98
IV I Afiliados voluntarios: miembros de consejos de administración de cooperativas que no perciban retribución alguna, titulares de condominios y de sucesiones indivisas que no ejerzan la dirección, administración o conducción de la explotación común, miembros religiosos, profesionales universitarios que aporten en cajas especiales, amas de casa, etc. $ 24.149,81 $ 18.988,68 $ 15.710,00 $ 12.742,32

Dependientes - Topes a la base imponible

Con el nuevo aumento, las bases imponibles máxima y mínima para el cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social, desde el período devengado Marzo 2024, son las siguientes:

  • Límite mínimo: $ 45.281,15 ( antes de 35 .603,99 ).
  • Límite máximo: $  1.471.616,10 (antes $  1 .157.112,83 ).
Concepto Tope mínimo Tope máximo
Aportes del trabajador Contribuciones patronales Aportes del trabajador Contribuciones patronales
Jubilación - SIPA (Ley 24241) $ 45.281,15 $ 45.281,15 $ 1.471.616,10 Sin límite
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley Nº 19.032) $ 45.281,15 $ 45.281,15 $ 1.471.616,10
Asignaciones familiares (Ley 24714) No corresponde $ 45.281,15 No corresponde
Fondo Nacional de Empleo (Ley 24013) $ 45.281,15
Obra social (Ley 23660) $ 90.562,3 (1) o Remuneración Jornada completa (2) $ 1.471.616,10
ANSSAL (Ley 23661) $ 1.471.616,10
Riesgos del trabajo (Ley 24557) No corresponde $ 45.281,15 No corresponde $ 1.471.616,10

(1) 2 bases mínimas según lo dispuesto por el Decreto 921/2016 ( Hasta julio de 2016 eran 4, según lo establecía el derogado Decreto 488/2011 ).

(2) Según el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial.

Comentarios

0 #34840 Arturo Oscar Laporte 02-02-2023 11:42
Buen dia, tengo impagos autonomos de los meses 11 y 12 del año 2015, el importe de la cuota autonomos a esa fecha es de 1,595.02. Al querer regularizar esa deuda AFIP toma como capital el valor de autonomos con valor a 12/2022 que asciende a 18.007,04 y sobre este ultimo importe calcula los interes resarcitorios elevando la deuda a 97,447.99.
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+4 #34706 Marcelo S 17-01-2023 12:27
Buenas tardes, una consulta tengo 30 años de aportes en Relación de dependencia, los últimos 10 años superando el tope máximo de jubiliación, y 1 año en Autónomo, estuve leyendo que existen los Calculos mixtos que no bajaría mi jubilación en caso de continuar cona autónomo hasta que me jubile 8 años aprox. Sabén si es así?. Muchas Gracias.
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0 #34114 Esteban Martinez 29-10-2022 14:59
Tengo 28 años de aporte en relación de dependencia, pero en simultáneo (hace varios años) estuve 4 años como autónomo. Cuantos años de aportes tendría? 28 o 32? (porque cuatro años estuve en ambos a la vez). Gracias!
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0 #34651 EmiliaSi 06-01-2023 15:19
Hola Esteban, no importa a cuantos lugares hayas aportado sino los años que lo hiciste, es decir en este caso llevas 28 años de aportes.

Slds.-
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0 #33997 Juanteck 05-10-2022 17:46
Hola, se paga cada 3 meses? entendi bien?
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0 #34012 Ple 06-10-2022 18:20
El pago de autónomos es mensual.
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0 #33921 ALEX1 20-09-2022 23:05
Soy Bioquimico que presta servicios aporto en a la caja provincial profesional (cba) yo pago el componente impositivo solamente del monotributo para facturar,puedo hacer aportes de manera autonomo para el dia de mañana tener una jubilacion nacional ? debo pagar los tres componentes del monotributo y con eso es suficiente ? que me conviene hacer
Gracias!
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0 #34888 Mariana MD 09-02-2023 14:21
Si queres mas información contactame 299 5152071
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0 #33707 Gisela Nai 24-08-2022 11:57
Hola!
Soy docente de la provincia de Santa fe y a la vez me quiero inscribir como autónoma. Me puede traer algún inconveniente con mi actividad o con mi jubilación docente cuando llegue el momento?
Gracias
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+2 #33647 Roxana gauna 08-08-2022 18:36
Hola mí pregunta es para poder completar los años de aporte para jubilarse mí tía q mono tributo tiene q hacer ya q ella n trabaja más en blanco desde el año pasado
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0 #33702 sandravbaquero 23-08-2022 10:10
señora, antes de hacerse monotributista asesorese, segun la edad de la señora, capaz pueda hacer moratoria de años anteriores a su ultimo trabajo en relación de dependencia. Repito según la edad. Saludos y exitos
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0 #33618 rita 01-08-2022 11:11
Soy docente con antigüedad de más de 10 años de la provincia de Córdoba. Si dejo de trabajar en relación de dependencia puedo seguir pagando jubilación pero.en.form autónoma? Me trae inconvenientes a la hora de jubilarme
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0 #34889 Mariana MD 09-02-2023 14:22
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0 #33577 Susana455 21-07-2022 10:20
Hola! Quería consultar que puedo hacer para que dejando de trabajar en relación de dependencia, y comenzando como monotributista, cobrar el 85% movil cuando me jubile.
Que aportes jubiliatorios hacer por fuera del monotributo?
Gracias
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0 #34887 Mariana MD 09-02-2023 14:21
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0 #33416 Catalina1 28-06-2022 12:58
Hola, en el caso de un Veterinario que tiene una veterinaria donde presta sus servicios y vende algunos productos veterinarios, debe inscribirse en el régimen de autónomos aunque ya realice el aporte a la caja provincial profesional? Queda incluido en la exención de aporte de autónomos para profesionales?
Gracias!
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