Luego de la reciente prórroga al beneficio de reducción de cargas sociales por nuevos empleos, el gobierno estableció que la plantilla de trabajadores a mantener es la existente al 30 de noviembre de 2011.

La medida se dio a conocer a través de la Resolución 95/2012 del "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social", publicada hoy en el Boletín Oficial.

En resumen, la Ley 26.476 (Régimen de regularización impositiva, promoción y protección del empleo registrado, exteriorización y repatriación de capitales) otorga el beneficio de reducción de las contribuciones sociales por el termino de dos años desde el inicio de una nueva relación laboral. La reducción es del 50% para el primer año y del 25% para el segundo.

Como requisito indispensable, para el no decaimiento del beneficio, la ley establece que "no se debe disminuir la plantilla total de trabajadores (existente al 30 de noviembre de 2011) hasta los dos años posteriores a la finalización del régimen de beneficios". En esta ocasión, hasta el 31 de diciembre de 2014.

Tampoco, podrá hacerse uso del beneficio con relación a los siguientes trabajadores:

  1. Dependientes que ingresaron antes del 24-12-2008 (vigencia de la ley) y continúen trabajando para el mismo empleador, con posterioridad.
  2. Dependientes que sean reincorporados por el mismo empleador dentro de los 12 meses, contados a partir de la fecha de desvinculación (cualquiera sea la causa).
  3. Nuevos dependientes que se contrataren dentro de los 12 meses de producido el cese, sin justa causa, de otro trabajador.

La nueva resolución dispone que el plazo de 12 meses, mencionado en los puntos 2 y 3, rige respecto de los distractos que se produzcan a partir del 1º de diciembre de 2011.

Para leer más sobre este tema, puede acceder al siguiente enlace: Se extiende Beneficio de Reducción de Cargas Sociales hasta diciembre de 2012.

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