Finalmente se homologó el acuerdo salarial para empleados de comercio. Recordemos que el incremento no remunerativo es del 24%: 15% en mayo y 9% en noviembre. Acceda a los detalles del acuerdo, a la escala salarial y a los recibos de sueldos para todas las categorías.

Escala salarial y recibo de sueldo

Para consultar los salarios básicos, presentismo, adicionales, antigüedad y las sumas no remunerativas aprobadas por el presente acuerdo puede visitar los siguientes enlaces:

Aspectos claves del acuerdo para empleados de comercio

  • Porcentaje de incremento: 24% no acumulativo. 15% en mayo y 9% en noviembre.
  • Base de cálculo: sueldo básico al mes de abril de 2012
  • El aumento será proporcional a la jornada laboral cumplida para trabajadores que presten tareas discontinuas, a tiempo parcial o a jornada reducida.
  • Carácter del incremento: no remunerativo, sin embargo se pagarán los aportes y contribuciones a la obra social y al sindicato.
    En el recibo de sueldo se liquidará por rubro separado bajo la denominación "acuerdo mayo 2012". Sin embargo, mientras el acuerdo no se encuentre homologado deberá denominarse "pago anticipo a cuenta del acuerdo colectivo mayo 2012"
    Sobre dicha suma se liquida presentismo (Art. 40 del convenio)
  • Incorporación al sueldo básico: el incremento no remunerativo se integrará al sueldo básico en los siguientes meses:
    • Noviembre de 2012: se incorpora el primer incremento (15%).
    • Mayo de 2013: se incorpora el segundo incremento (9%)
    La incorporación al sueldo básico debe hacerse de tal forma que el sueldo neto (sueldo de bolsillo) siga siendo el mismo, atento a que dichas sumas dejarán de ser no remunerativas y deberán descontarse los correspondientes aportes a la seguridad social (Jubilación, Ley 19032, etc.)
  • Dichas sumas, mientras mantengan el carácter de no remunerativas, deberán ser tomadas en cuenta para el pago de los rubros siguientes:
    • Adicionales Fijos previstos en el CCT 130/75 (excepto antigüedad)
    • Enfermedades inculpables (Art. 208 y ss LCT)
    • Vacaciones anuales devengadas a partir del año 2012.
    • Sueldo anual complementario: para el primer semestre el aguinaldo no remunerativo será proporcional a lo devengado por los meses de mayo y junio de este año.
    • Horas extras.
    • Feriados nacionales.
  • Licencia por maternidad: todas las sumas no remunerativas se convertirán en remunerativas, a todos los efectos, desde el momento de inicio de la licencia. En cambio, seguirán como no remunerativas luego de finalizada la misma.
  • Aporte especial a la obra social: por única vez, en el mes de mayo, deberá descontarse al trabajador la suma de cien pesos ($ 100).
  • Se mantiene vigente el pago especial a cajeras.

Comentarios

0 #1190 Julio andres 08-12-2012 17:49
Trabajo como vendedor en una empresa, trabajo 220 horas mensuales, siendo que trabajo mas de 10 hs por dia, no corresponde que me paguen mas que el basico? Son 10 hs por dia que trabajo y dos sbados al mes trabajo 10 hs cada uno
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0 #1259 Cdor. Jorge Vega 13-12-2012 09:06
Deben pagarte las horas extras al 100% los días sábados después de las 13hs, domingos y feriados, y al 50% el resto de los días. El valor hora normal puede sacarlo dividiendo el sueldo sobre 200hs. Saludos.
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0 #1171 lu 07-12-2012 11:44
hola , quisiera saber cuanto tiempo tiene para pagarme mi patron , trabajo en un comercio , 4 horas de tarde , soy de neuquen . pero siempre me pagan el dia 12.... ahi alguna sancion o deberia abonarme mas por esto ? gracias
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0 #1181 Cdor. Jorge Vega 07-12-2012 13:30
Se debe pagar dentro de los cuatro primeros días hábiles del mes. Caso, contrario se puede reclamar el pago con intereses. Saludos.
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0 #1158 juan manuel 07-12-2012 06:54
Una consulta, se paga viatico de comida para algún caso de empleado de comercio?. Si es asi como sería dicha liquidación?. Muchas gracias.
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0 #1161 Cdor. Jorge Vega 07-12-2012 07:37
Debe convenirse con el empleador. Saludos.
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0 #1133 Eugenia 05-12-2012 08:31
Hola queria preguntar si yo entre a trabajar en Agosto me corresponde el ultimo aumento del 9%. gracias
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0 #1160 Cdor. Jorge Vega 07-12-2012 07:20
Si corresponde. Saludos.
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0 #1108 liliana 04-12-2012 09:28
Hola en centro de empleados de comercio no se paga por titulo universitario?? Sal udos.
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0 #1159 Cdor. Jorge Vega 07-12-2012 07:19
No se encuentra previsto en el Convenio, pero se puede acordar con la empresa. Saludos.
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0 #1092 NICOLAS 04-12-2012 03:15
queria saber si corresponde que el aumento del 15% pase a remuretativo
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0 #1093 Cdor. Jorge Vega 04-12-2012 06:51
Si, corresponde que pase a remunerativo en el recibo de noviembre.
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0 #1086 Marcos 03-12-2012 18:29
Hola, trabajo en una distribuidora de embutidos, paletizo, pedidos, mi jornada es de un minimo de 7 hs. Me gustaria saber a que categoria pertenezco y con 6 años de antiguedad. Muchas gracias!
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0 #1067 Sergio 03-12-2012 07:42
Para determinar la zona que item debo considerar soy de la provincia del neuquen aca la zona es el 5 %
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0 #1060 roxana 02-12-2012 09:59
quisiera saber cuando se cobra el ultimo aumento , cual es el porcentaje y sobre que monto se calcula
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0 #1062 Cdor. Jorge Vega 02-12-2012 12:50
El aumento es del 9% sobre los sueldos básicos del mes de abril y se paga en este mes (Recibo Noviembre). Saludos.
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0 #1028 Maria 30-11-2012 16:46
Hola buenas tardes, soy empleada de comercio trabajo media jornada de lunes a sábado generalmente pero ahora estoy cubriendo a una compañera todo el día. Quisiera saber cuanto me corresponde por cada día trabajado, tengo 6 meses de antiguedad y estoy sin recibo. Desde ya muchas gracias!!
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0 #1052 Cdor. Jorge Vega 01-12-2012 09:32
Corresponde el sueldo a jornada completa. Saludos.
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