La normativa aplicable es la establecida por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y el Decreto 484/87. En forma directa influye en el monto del embargo, como explicaré a continuación, la determinación del salario mínimo establecida por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Según el Art. 120 de la ley laboral "el salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias".

Dicho artículo está reglamentado por el decreto 484/87. Pero, previo a su tratamiento, considero oportuno exponer algunas consideraciones sobre el salario mínimo.

Salario Mínimo, Vital y Móvil

La Ley de Contrato de Trabajo define al salario mínimo vital como sigue.

Salario Mínimo Vital

Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

Hay que tener presente que el salario mínimo es un derecho constitucional según su artículo 14 bis.

A su vez, la ley establece que todo trabajador mayor de 18 años tendrá derecho a percibirlo y que los subsidios o asignaciones familiares no lo integran y deben ser abonadas aparte.

El artículo 119 dice que :"por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200."

La Ley 24.013 amplia el alcance del salario mínimo a los empleados públicos nacionales (Art. 140).

Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil
Vigente desdeResoluciónSalario mínimo
MesHora
12-agosto-2010 2/2010 $1.740 $8,70
1-enero-2011 2/2010 $1.840 $9,20
1-agosto-2011 2/2011, 3/2011 $2.300 $11,50
1-septiembre-2012 2/2012 $2.670 $13,35
1-febrero-2013 $2.875 $14,38
1-agosto-20134/2013$3.300$16,50
1-enero-2014$3.600$18,00

Nota (1): para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, con excepción de los trabajadores a tiempo parcial (Art. 92 ter) y los trabajadores a jornada reducida (Art. 198) que lo percibirán en su debida proporción.

Límites al monto de los embargos

El Decreto 484/87 se encarga de establecer ciertos límites a los acreedores en cuanto a sus pretensiones sobre la remuneración de su deudor. Dicho límite se establece teniendo el carácter de subsistencia del salario mínimo del trabajador y de su grupo familiar.

Para realizar los cálculos que siguen se debe tomar la remuneración bruta, es decir sin deducciones de aportes u otros conceptos.

La remuneración mensual devengada o cada cuota del sueldo anual complementaria (SAC) es:

  1. Inembargable si no supera a un salario mínimo.
  2. Embargable, y solamente en lo que exceda al salario mínimo, en:
    • un 10% si el excedente no supera un salario mínimo.
    • un 20% si el excedente supera un salario mínimo.

El segundo punto es también aplicable a las indemnizaciones, pero sobre el total y no sobre el excedente.

El juez resuelve el embargo y le ordena al empleador retener la parte del salario para ir pagando la deuda correspondiente.

Ejemplos: salario mínimo = $2.300 (desde 01/08/2011) en jornada completa.

  • Remuneración bruta: $3.500, Embargo = $  120 = ($3.500-$2.300)*10%
  • Remuneración bruta: $2.300, Embargo = $ 0
  • Remuneración bruta: $5.000, Embargo = $ 540 = ($5.000-$2.300)*20%

Las retenciones por cuotas alimentarias no se rigen por el procedimiento anterior, sino que su importe lo establece el juez. Este debe tener en cuenta el nivel de vida del alimentante, cantidad de hijos, etc.

Comentarios

+5 #16421 Carlos Dagosto 05-11-2016 11:28
Me embsrgaron todo el sueldo que recibo por un contrato laboral que tengo siendo este mi unico ingreso por un juicio laboral en mi contra y pagos de costas.
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+5 #16224 Ignacio Escudero 26-10-2016 10:51
Hola tengo una deuda con la tarjeta esta por pasar a embargo cuanto es el descuento que se hace?
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0 #16124 Fely 20-10-2016 16:29
hola tengo una deuda de una tarjeta que dicen que debo para 58.000$ y para refinenciar me pedian mas de 6000$ ademas siempre ,e lllamaron de distintos numeros telefonicos, ya aprarezco en el veraz, ahora me llego unmensaje de texto que me embargaran el sueldo, bienes o propiedades, estas ultimas no tengo asi que me queda el sueldo. ¿cuanto me embargaran? soy docente
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0 #15957 Roberto Rodriguez 12-10-2016 21:37
Buenos días, una consulta, me embargaron el sueldo por un derecho de exportación del 2003, del cual nunca recibí ninguna intimación ni datos hasta el 2013 (yo soy empleado y nunca importe o exporte nada), el problema fue por un auto que paso a chile (auto de mi madre, que sufrió un accidente en chile y quedo con destrucción total), en el cual yo no viajaba ni soy titular, pero me asignaron la deuda en ese tiempo 2003 de $ 400 y luego de presentar todo lo solicitado por aduanas y afip, igual me embarga, en septiembre del 2016, quería saber como proceder, ya que no era el titular del auto ni viajaba en el momento del accidente, pero me embargaron a mi. Nunca recibí notificación, ni nada que me diga que el juicio seguía y que tenia un juicio, según legales de neuquen, el tramite estaba cerrado y quedaba sin efecto, pero me embargaron igual 3 años después. desde ya muchas gracias.

Cualquier duda o consulta a sus ordenes.
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0 #15688 roberto ramon fernan 20-09-2016 14:24
TENGO UN EMBARGO DE SUELDO DICE MTS -EMBARGO DE FONDOS Y VALORES NO SE DE QUE PROVIENE
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+1 #15515 Poupee 03-09-2016 16:47
Soy empleada del gob de la ciudad -médica- y en el recibo de haberes de agosto - para cobrar en septiembre - viene un descuento por 3998 p .en concepto de Embargo Ejecutivo- no recibí notificación Judicial .no soy garante ,no debo impuestos ,no tengo créditos ,no debo tarjetas de crédito ,y soy de planta permanente . Es inexplicable este descuento ,agradecería se me oriente sobre el trámite a seguir .Poupee .03-09-2016
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0 #15514 Poupee 03-09-2016 16:17
Soy empleada del Gobierno de la Ciudad -médica- y en el recibo de haberes del mes de agosto -para cobrar en septiembre -aparece - descuento de 3998 P. -diciendo Embargo Ejecutivo- no soy garante ,no tengo deudas con tarjetas de crédito , no tengo créditos ,no debo impuestos tengo relación de dependencia , no entiendo nadie notificó embargo ,para que siguiera de mi parte la vía legal ,es totalmente inexplicable ,agradezco , orientación .Ana
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+1 #15402 luchos 25-08-2016 04:58
Gozo de un retiro transitorio por invalidez. La pregunta es: tengo prestamos de dos bancos distintos por un total de 80.000 pesos. Si dejo de pagar: que porcentaje de mi sueldo de jubiliado me puede por ley afectar para el pago de esos creditos.
Cobro un haber de 18.700 pesos.
atte
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0 #15382 Hernan Ludueña 23-08-2016 14:13
Hola tengo tenia una euda con la tarjeta naranja de 15 mil pesos en el 2012, en el 2015 se termino de pagar 35 mil pesos ahora me entero que me estan embargando por 35 mil pesos mas por onorario del estudio y a medida que se va actualizando me van a ir embargando para cubrir esos intererses a menos que cansele esa deuda al contado mi pregunta es : ¿hasta cuando me van a segur conrano intereses de intereses?
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+1 #15353 Paula Janet 19-08-2016 15:49
Hola te hago una consulta hace 10 años saque un préstamo en el banco Patagonia en ese entonces eran $1200 recién comencé a trabajar hace ocho meses de mucama en un hotel y empezaron a mandar mensajes a compañeros de trabajo que si no pago $9500 me van a embargar el sueldo llame al numero que aparece y me da como un abonado no en servicio.
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0 #17198 Liz 30-01-2017 17:35
si pasaron 10 años del prestamo ya esta prescripto. no pueden reclamarte nada.
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