El Ministerio de Trabajo definió las remuneraciones mínimas que regirán desde septiembre de 2014 y enero de 2015. Serán de aplicación en todo el país, incluso Córdoba, hasta tanto se definan nuevas regulaciones por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante negociación colectiva (Art. 8 de la Ley 26.844).

El personal doméstico que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Ver: Servicio doméstico: Escalas salariales 2015-2016 ( 28% de aumento )

 

Escalas 2014-2015

Septiembre 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 37 $ 41 $ 4.740 $ 5.280
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 35 $ 38 $ 4.404 $ 4.902
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 34 $ 4.296
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 34 $ 37 $ 4.296 $ 4.788
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 30 $ 34 $ 3.864 $ 4.296

Enero 2015

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 40 $ 44 $ 5.135 $ 5.720
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 38 $ 42 $ 4.771 $ 5.311
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 36 $ 4.654
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 36 $ 40 $ 4.654 $ 5.187
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 33 $ 36 $ 4.186 $ 4.654

Hasta Agosto 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. $ 31 $ 34 $ 3.950 $ 4.400
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. $ 29 $ 32 $ 3.670 $ 4.085
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 28 $ 3.580
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 28 $ 31 $ 3.580 $ 3.990
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 25 $ 28 $ 3.220 $ 3.580

La novedad se dio a conocer en el Boletín Oficial de hoy (02/10/2014), mediante la publicación de la Resolución 1062/2014 del Ministerio de Trabajo.

Cabe recordar que en el mes de abril de 2013 entró en vigencia la Ley 26.844 que establece un régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares. Dicha ley sustituye la normativa anterior, que data del año 1956 (Dto. Ley 326/56, Dto. 7979, etc.), y tiende a equipar las condiciones laborales del sector estableciendo un régimen similar al dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744).

Comentarios

+2 #9388 rogelio 25-03-2015 16:56
Hola los molesto por que queria saber cuanto debo abonar a una mujer que esta de lunes a viernes sin retiro cuidando y aseando a una persona mayor.Gracias.
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+5 #9362 ANA MARI 19-03-2015 17:21
Hola quisiera saber cunto debo pagarle a una persona por 4 horas solo para cuidar a mi bebe de 20 meses solo cuidarlo y alimentarlo nada mas. Gracias
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+4 #9329 Elba 16-03-2015 11:13
Tengo una empleada domestica con retiro 4 hs semanales. Despues de un año de trabajo, ¿que vacaciones le corresponden? ¿Cuanto debo pagarle'?
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+2 #9316 MARTA SALVATIERRA 12-03-2015 19:41
hola soy marta salvatierra y quisiera saber, cuanto me corresponde de vacaciones tes veces por semana de 8:00 hs a 15.30hs, durante tres años de antiguedad.. desde ya muchas graciassss...
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0 #9311 Natalio 12-03-2015 09:32
Hola, quisiera saber cuánto debería pagarla a una señora que trabajaría ocho horas semanales (distribuidas entre martes y jueves por la mañana) para limpieza y planchado.
Gracias!
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0 #9309 Claudio Salvio 11-03-2015 23:02
Hola, cuanto corresponde pagarle a una persona que trabaja cuidando chicos y haciendo limpieza y planchando? Trabajaría 5 hs diarias de lunes a viernes.
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+10 #9229 deo_rojas@hotmail.co 27-02-2015 22:57
Buenas noches,quisiera saber cuanto debo cobrar por la tarea de niñera.son ocho horas diarias de lunes a viernes.gracias
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-4 #9228 criss 27-02-2015 21:00
Hola buenas noches quisiera saber cuaanto se vobra la hora de cuidado de persona mayor ahora en la actualidad
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0 #9222 nidiagraciela vallej 27-02-2015 11:33
yo trabajo de lunes a viernes 5horas son 25horas semanale cuanto seria mi sueldo tengo 30años de servicio gracias
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+5 #9219 Mir 26-02-2015 14:57
esta escla que esta contemplada en cuatro horas diarias o en ocho?delunes a viernes o lunes a sabado mediodia?
que sucede si quien necesita emplear es un empleado con sueldo minimo tambien?porque del aire no se vive y todosdebemos trabajar claro esta...
Muchas gracias
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