El Ministerio de Trabajo intimó a las partes para que inicien, dentro de las 48 horas, la actuación de la Comisión Permanente de Negociación Colectiva a los fines de que resuelva sobre la proporcionalidad o no de las sumas no remunerativas de los meses de julio y noviembre. Cabe recordar que la constitución de dicha comisión se encuentra prevista en el acuerdo firmado en este año.

 

Expediente N° 1.636.992/14 : actuación de la Comisión Permanente de Negociación Colectiva

En la Ciudad de Buenos Aires, a los trece días del mes de agosto de 2014 siendo las 14:30 hs , comparecen en el Ministerio de Trabajo, Empleo y seguridad Social por ante la señora Jefe del Departamento de Relaciones Laborales N° 1 Dra Mercedes M, GADEA, en representación de la parte empresaria por LA UNION DE ENTIDADES COMERCIALES ARGENTINAS el Sr Ignacio DE JAUREGUI. por la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA el Sr Francisco MATILLA y por la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO los Dres Pedro ETCHEBERRY y Juan Carlos MARIANI y por la otra parte en representación de la parte sindical por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS los Dres Alberto TOMASSONE y Jorge BARBIERI.

Declarado abierto el acto por la actuante, las partes empresarias se notifican de la presentación de fojas 1 de autos y sin reconocer hechos ni derecho alguno, piden plazo para fijar posición.

Acto seguido, observando la actuante que los comparecientes no logran consenso en torno a la cuestión planteada, y toda vez que el articulo 9 del acuerdo suscripto entre las partes con fecha 11 de abril de 2014 -homologado por Resolución ST N° 626/14- constituye una Comisión Permanente de Negociación Colectiva la que conforme el articulo 10 del referido acuerdo tendrá a su cargo la ' ..Resolución de Conflictos vinculados ...' al mismo, que funcionará en el ámbito de esta Cartera de Estado, conforme las facultades que le son propias a esta Autoridad Laboral en los términos del articulo 12 de la Ley N° 14250 en relación al seguimiento en el cumplimiento de los convenios colectivos, la Sra Jefa del Dto de Relaciones Laborales N° 1 siguiendo expresas instrucciones de la Superioridad intima a las partes signatarias del acuerdo salarial del CCT 130/75 homologado por Resolución ST N° 626/14 a iniciar en el término de 48 hs la actuación de la Comisión Permanente de Negociación Colectiva a fin de abocarse al tratamiento de lo denunciado a fojas 1 de autos. Hácese saber que durante el plazo indicado en el artículo 10 del mentado acuerdo, contado a partir de la fecha del presente, las partes deberán ajustar sus conductas a lo allí establecido. Se requiere a las partes mantener informada a esta Autoridad laboral de lo actuado por la citada Comisión.

Quedan las partes debidamente notificadas y prestan expresa conformidad.

Con lo que se cierra el acto siendo las 16 hs, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia, ante la actuante que certifica.

Comentarios

0 #7793 Belenpk 28-08-2014 09:16
Hola!, estoy embarazada, cuando hice los papeles en anses me preguntaron cuando me iba a tomar la licencia y elegi 30 dias antes de la fecha de parto y 60 dias despues, pero quiero saber si yo puedo arreglar de alguna manera con mi empleador para trabajar hasta fines de noviembre ya que la fecha de parto es el 11/12, necesito saber si se puede llegar a un arreglo, me han planteado por el asunto de la ART, que no se si se puede arreglar de alguna manera. espero su respuesta gracias.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+2 #7697 Julio 15-08-2014 08:20
Ya era hora muchachos!!! siempre estuvo la claúsula de "interpretación" y nunca se reunieron habiendo diferencias? una vergüenza como dirigentes de ambas partes...
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador

Escribir un comentario

POR CONSULTAS SOBRE SUSCRIPCIONES, ESCRIBIRNOS a estudio@jorgevega.com.ar