Se acordó un aumento del 19% a pagar en un 12% como no remunerativo desde octubre a marzo ( se incorpora al básico en abril ) y 7% remunerativo a partir de enero. Sobre el importe no remunerativo se calcularán todos los conceptos que se liquidan sobre el salario ( aguinaldo, horas extras , feriados, presentismo, etc. ). Dicho aumento absorbe el bono que el gobierno pactó para fin de año.

Puntos claves del acuerdo de comercio

  • Vigencia: desde el 1 de octubre de 2016 al 31 de marzo de 2017
  • Aumento salarial del 19%: aplicable sobre los salarios básicos del mes de de noviembre de 2015, el cual es el mismo de marzo de este año
    • 12% no remunerativo desde octubre a marzo de 2017. En abril se incorpora al básico. Sobre dichas sumas se calculará presentismo, aguinaldo ( el de diciembre en forma proporcional desde octubre o desde la fecha de ingreso si fuese posterior ), horas extras, feriados y todo otro concepto que se calcule sobre el salario. 
      Sobre dichas sumas se descontará el aporte a la obra social, aporte sindical y a FAECyS
      En el caso de licencias por maternidad, dichas sumas se convertirán a remunerativas durante el período que dure la misma ( es a los efectos de que sean computadas por Asignación que paga la ANSeS ).
    • 7% remunerativo a partir de enero.
  • Jornada parcial o reducida: el aumento se pagará en forma proporcional a la jornada
  • El porcentaje alcanzado en el presente acuerdo absorbe hasta su concurrencia el bono que el gobierno nacional propicia se otorgue a los trabajadores activos.
  • Dichos porcentajes también se aplican sobre los adiciones del convenio ( caja, choferes y armado de vidriera ).
  • El adicional especial para cajeras de grandes superficies ( acordado en el año 2011 ) se eleva a $ 7.845.55 a partir de octubre y a $ 8.261.60 a partir de enero.
  • Acuerdo completo: Empleados de comercio : Acuerdo completo ( Octubre 2016 - Marzo 2017 )

Comentarios

+1 #16179 Cynthia Ayelén 24-10-2016 11:49
Hola buen dia.. queria saber si se paga con retroactivo o no.. ya que el convenio esta vencido desde el 30/09.. muchas gracias!
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0 #16307 Adri E 31-10-2016 16:22
Hola Cynthia.
No hay retroactividad si venció el 30/9 y la liquidación es desde el 1/10 al 31/10
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+1 #16163 Virginia Siede 22-10-2016 21:14
hola!!!
mi consulta es que a partir de octubre me blanquearon despues de 2 años el alta tiene fecha octubre de 2016,mi fecha real de inicio es octubre de 2014.
puedo pedir una indemnizaciòn por los 2 años anteriores o que otra cosa puedo hacer?
Trabajo como maestranza de un comercio por medio tiempo.
Gracias.
Virginia
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+1 #16160 ANITA 22-10-2016 18:16
HOLA: quería saber si esta confirmado que no va el calculo de la antiguedad sobre el no remunerativo, dado que he probado de confeccionar mi recibo aplicando la antiguedad del 19%, y sale liquidada, o es un error...gracias
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