Desde comienzo de año la Unidad de Información Financiera (UIF) ha emitido una serie de resoluciones que persiguen como propósito actualizar el procedimiento para reportar operaciones sospechosas a cargo de cada sujeto obligado. Todo esto en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

En el nuevo régimen se obliga a cada sujeto a remitir información a la UIF en formato digital. A su vez se aclara que dicho sistema de reporte entrará en vigencia, conforme el cronograma que se fije y deberá cursarse a través de los medios y con el formato que a tal efecto establecerá oportunamente la UIF.

En consonancia con lo expuesto la UIF ha publicado, en el Boletín Oficial del 1 de abril, las resoluciones 50 y 51. Mediante las mismas, se crean dos manuales que describen los pasos a seguir para registrar un nuevo usuario y el procedimiento para reportar operaciones sospechosas.

Para la registrarse como sujeto obligado o como oficial de cumplimiento se deberá ingresar al sistema online de la UIF en los siguientes plazos:

  • entre el 1º y el 30 de abril de 2011, para sujetos con inicios de actividades anterior al 1º de abril;
  • entre el 1º y el 30 del mes de inicio de actividad para los demás sujetos.

El registro como sujeto obligado es necesario para poder reportar las operaciones sospechosas en forma on-line. En el sistema se deberán formalizar la presentación del Reporte de Operación Sospechosa de Lavado de Activos (ROS) y de Financiación del Terrorismo (RFT) a partir del 1º de abril de 2011.

Recursos y normativa

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