Regirá para las sociedades que coticen en bolsa, excepto para las PyMES. El Código enuncia principios mínimos que rigen al gobierno societario, asegurando la transparencia de la gestión y, en consecuencia, la financiación de la entidad a un menor costo.

El nuevo código, implementado por la Resolución 606/2012 de la CNV (Bol. Of. de hoy), regirá para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2012.

Los términos "gobierno societario", en un sentido amplio, hace referencia a la forma en que una empresa es administrada y regulada, abarcando un amplio espectro de cuestiones tales como el rol y funcionamiento del Órgano de Administración, la transparencia de los controles internos y externos de la empresa y la divulgación de la información.

Estructura del código

En el Código de Gobierno Societario se enuncian nueve principios junto a sus recomendaciones:

  • los principios enuncian conceptos generales que subyacen a todo buen gobierno societario,
  • las recomendaciones sugieren un marco para la aplicación de esos principios y son seguidas de comentarios indicativos de cómo llevar a cabo la buena práctica en cuestión.

¿Cuáles son dichos principios?

  1. Transparentar la relación entre la emisora, el grupo económico que encabeza y/o integra y sus partes relacionadas
  2. Sentar las bases para una solida administración y supervisión de la emisora
  3. Avalar una efectiva política de identificación, medición, administración y divulgación del riesgo empresarial
  4. Salvaguardar la integridad de la información financiera con auditorias independientes
  5. Respetar los derechos de los accionistas (acceso a la información, participación, igualdad, política de dividendos transparente, etc.)
  6. Mantener un vínculo directo y responsable con la comunidad
  7. Remunerar de forma justa y responsable a los miembros del Órgano de Administración y gerentes de primera línea de la Emisora.
  8. Fomentar la ética empresarial
  9. Profundizar el alcance del código fomentando la inclusión de las previsiones que hacen a las buenas prácticas de buen gobierno en el Estatuto Social.

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