Este jueves la Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado en el Boletín Oficial, mediante Resolución 3076/2011, un nuevo régimen de información aplicable al Transporte de Caudales.

Según la norma "quedan obligados a actuar como agentes de información las personas —físicas o jurídicas— que realicen prestaciones de traslado, movimiento y/o entrega de fondos, custodia o tenencia de efectivo y/o valores, a nombre propio o a cuenta y nombre de terceros, en el ámbito del territorio nacional".

La información se suministrará mensualmente, mediante transferencia electrónica, hasta el último día del mes inmediato siguiente al del período mensual informado, y se utilizará el aplicativo "AFIP DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE TRANSPORTADORAS DE CAUDALES - Versión 1.0". Los datos a informar son:

  1. Respecto de quien recibe el servicio:
    1. Apellido y nombres, denominación o razón social:
    2. Domicilio fiscal y/o real, laboral o comercial completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, barrio, paraje, localidad, provincia y código postal).
    3. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o, en su defecto, Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) o, en caso de no poseerse, tipo y número de documento de identidad (D.N.I., L.E., L.C.) o cédula de identidad del MERCOSUR o pasaporte o cédula de identidad de países limítrofes, todos ellos vigentes al momento de celebrar el contrato.
      Se deberá constatar la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de los contribuyentes y responsables a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), de acuerdo con lo establecido por la Resolución General Nº 1817, su modificatoria y complementaria.
  2. Con relación a las operaciones realizadas:
    1. Tipo, número y fecha de la operación.
    2. Tipo, número y fecha del comprobante emitido.
    3. Tipo de moneda y monto de la operación.
    4. Especie (sacas, barriles, bolsines u otro elemento utilizado). Cantidad y tipo.
    5. Monto facturado en concepto de traslados, seguros, custodias/guardas y otros.
    6. Período desde/hasta contratado y/o de rescisión anticipada, en caso de operaciones de custodia/guarda.
    7. Tipo y número de documento de identidad del sujeto responsable del lugar de origen de la operación.
    8. Domicilio completo del lugar de origen de la operación.
    9. Tipo y número de documento de identidad del sujeto responsable del lugar de destino de la operación.
    10. Domicilio completo del lugar de destino de la operación.

Por último, este nuevo régimen comenzará a regir a partir del 1 de mayo de 2011.

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