Con la nueva versión se deberá brindar información complementaria a efectos de poder evaluar sectorialmente la evolución de las remuneraciones del personal, incluido o no en convenios colectivos de trabajo, y establecer el impacto de los eventuales incrementos de la productividad con relación a uno u otro tipo de salario.

La medida se dio a conocer mediante la Resolución 3310, publicada en el Boletín Oficial de Hoy. El nuevo programa aplicativo, denominado "GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS" Versión 11.0podrá descargarse desde la página de la AFIP próximamente.

El aplicativo deberá utilizarse respecto de las presentaciones de declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se realicen a partir de de hoy. Sin embargo, la obligación de completar los nuevos campos incorporados en esta versión, regirá, únicamente, para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive.

En los casos que deban confeccionarse declaraciones juradas —originales o rectificativas— correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres hubiesen operado hasta el 30 de noviembre de 2005, inclusive, las mismas deberán generarse utilizando la versión 6.0 - Release 1 del programa aplicativo denominado “GANANCIAS SOCIEDADES”.

Nuevas funcionalidades

  1. En la pantalla “Balance para fines Fiscales” y dentro de ella en la correspondiente a “Total del Estado de Resultado”, solapa “Total de Otros Gastos operativos” y en la solapa “Costo Total” y dentro de ella en el ítem “Gastos vinculados al Costo”, se procedió a efectuar la apertura del campo “Sueldos, aguinaldos, gratificaciones y contribuciones sociales” en dos:
    1. Sueldos, aguinaldos, gratificaciones y contribuciones del personal comprendido en el convenio colectivo de trabajo.
    2. Sueldos, aguinaldos, gratificaciones y contribuciones del personal no comprendido en el convenio colectivo de trabajo.
  2. Se incorporan nuevos campos en la pantalla “Datos Descriptivos - Proyectos promovidos”, que amplían el detalle de los Proyectos Promovidos (CUIT, Decreto, Nro. Norma Part, Fecha Norma Part, Anexo Norma Part, Norma Tipo, Tipo Promoción, fecha desde y fecha hasta).
  3. En la misma pantalla se incorporan dentro del campo desplegable “Tipo de Régimen” dos nuevos regímenes: Dto. 135/06, Art. 8º - Sustitución Dto. 2054/92 y Promoción de la industria del software - Ley 25.922.
  4. En la pantalla “Determinación del resultado neto”, se incorporan los siguientes campos:
    1. Impuesto liberado (Fuente Extranjera).
    2. Total impuesto liberado (Fuente Extranjera).
    3. Impuesto determinado no promovido (Fuente Extranjera).
    4. Impuesto liberado - Art. 8º Dto. Nº 135/06.
    5. Impuesto no liberado - Art. 8º Dto. Nº 135/06.
  5. En la pantalla “Determinación del saldo” se incorporan los siguientes campos:
    1. Anticipos cancelados mediante BCF Dto. 135/06.
    2. Saldo a favor período anterior anticipos cancelados con bonos CF Dto. Nº 135/06 (A favor contribuyente).
    3. Total bonos CF Dto. Nº 135/06 (A favor contribuyente).
    4. Saldo a favor del responsable, por anticipos cancelados con bonos CF Dto. Nº 135/06 (A favor contribuyente).

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