Los Bancos están comunicando por email a sus clientes las nuevas restricciones que impuso el BCRA a la compra de dólares, las cuales se enumeran a continuación.

Dólar - Nuevas Restricciones (según informan los Bancos) 

No podrán adquirir dólares:

  • Quienes reciban planes sociales o subsidios derivados de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social incluyendo los subsidios de carácter alimentario–, (por ejemplo, IFE, Plan Garrafa, AUH o Progresar)
  • Personas que perciben o percibieron sus haberes por medio del Programa Asistencia al Trabajo y Producción (ATP). 
  • Personas que accedieron a los siguientes beneficios (en el marco de la emergencia COVID-19):
    • Líneas de crédito:
      • “Créditos a Tasa Cero',
      • “Créditos a Tasa Cero Cultura',
      • 'Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas' o
      • la financiación especial de líneas MiPyme.
    • Cualquier tipo de Refinanciación: 
      • Congelamiento de las cuotas de tus préstamos hipotecarios para vivienda única o prendarios UVA
      • Diferimiento de cuotas de tu Préstamo Personal al final del plazo
      • Refinanciación de tu tarjeta de crédito en abril o septiembre de 2020.
  • Quienes hayan efectuado ventas con Liquidación en moneda extranjera de títulos valores o transferencias al exterior en los últimos 90 días (y viceversa)

Además:

  • Una cuenta en moneda extranjera, solo podrá recibir acreditaciones provenientes de compras del cupo mensual de cambios, por parte de uno solo de sus titulares/cotitulares. 

Para las personas que no estén comprendidas dentro de las definiciones anteriores:

  • El Banco deberá realizar una consulta al BCRA para verificar que la operación esté habilitada.

Otros aspectos a tener en cuenta: 

  • El límite de compra de dólares para ahorro se mantiene en U$S 200 mensuales.
    • El mismo se verá reducido por los pagos realizados en pesos de saldos de tarjetas de crédito en moneda extranjera que se realizaron a partir de septiembre.
    • Asimismo, reducen el cupo los consumos en el exterior realizados con la tarjeta de débito contra la cuenta en pesos.
    • En el caso de exceder el límite mensual, se computará para los meses subsiguientes.
  • Al Impuesto País del 30% se suma una percepción del 35% a cuenta de Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.
  • Las extracciones de caja de ahorro en moneda extranjera que se realicen en el exterior, no están alcanzadas por esta normativa con lo cual vas a poder operar de manera habitual

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