Así lo dispuso la Resolución 4600/2019 de la AFIP publicada en el Boletín Oficial de hoy ( 2/10/2019 ). La medida se dicta por mandato del Poder Ejecutivo, dada la magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país.

AFIP - Resolución General 4600/2019

Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Exclusión de pleno derecho. Resolución General N° 4.309 y su modificatoria. Norma complementaria.

Visto y considerando

Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2019

VISTO el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, y la Resolución General Nº 4.309 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que dada la magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país, el Poder Ejecutivo ha encomendado a esta Administración Federal la adopción de medidas tendientes a amortiguar su impacto negativo.

Que en ese contexto resulta procedente establecer la suspensión hasta el 29 de febrero de 2020, del procedimiento sistémico previsto por la resolución general del VISTO a los efectos de la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Articulado

ARTÍCULO 1°.- Suspéndese hasta el 29 de febrero de 2020, el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309 y su modificatoria.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leandro German Cuccioli

Comentarios

0 #23311 MatíasArgent 02-10-2019 08:19
Cuál es la situación de un monotributista excluido de pleno derecho notificado por AFIP en setiembre 2019 y que presentó el descargo del. art 74, por lo que la exclusión no quedo firme ya que AFIP no dio respuesta al descargo. Le alcanzan los beneficios de la suspensión de la RG 4600?
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