En línea con las disposiciones del Ministerio de Agricultura y del Ministerio de Economía, la AFIP dispuso que los adquirentes de leche cruda a productores primarios deberán utilizar el comprobante “Liquidación Mensual Única - Comercial Impositiva” como respaldatorio de dichas operaciones.

La medida fue dada a conocer mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 3187/2011.

Según la norma los operadores de lácteos deberán emitir y entregar a los respectivos productores la citada liquidación de pago única, obligatoria y universal conforme a lo previsto por la norma conjunta Resolución Nº 739/11 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y Resolución Nº 495/11 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Operadores alcanzados

Estarán obligados a emitir el comprobante de liquidación las siguientes categorías de operadores del mercado de lácteos:

  1. Pool de leche cruda.
  2. Planta de enfriamiento y tipificación de leche cruda.
  3. Tambo fábrica.
  4. Elaborador de productos lácteos.
  5. Usuario de industria láctea/fasonero.
  6. Productor abastecedor lechero.

Comprobantes

Los operadores deberán tramitar los Códigos de Autorización de Impresión (C.A.I.) a los fines de solicitar la impresión de los respectivos comprobantes.

Según la norma, para solicitar el C.A.I se deberán considerar los siguientes “Códigos Identificatorios del Tipo de Comprobante”:

Vigencia

Las nuevas disposiciones tendrán vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial (28-sep-2011), inclusive y surtirán efecto respecto de las operaciones efectuadas a partir del día 1 de septiembre de 2011, inclusive.

Comentarios

0 #29703 noraeo 16-04-2021 09:46
Buen dia!
Olvide generar el comprobante de liquidacion lactea mensual antes del dia 10, se puede generar una ND para resolver la situacion????
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0 #23652 Fabian gomez 20-12-2019 18:09
empleado
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