CP Jorge Vega
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Comercio CCT 130/75
Gastronómicos Hoteleros
CCT 389/04
CCT 401/05
Construcción - UECARA CCT 660/13
  • AFIP - Res. Conj. 5267/22 - Programa «Puente al Empleo» - Requisitos y formalidades

    La AFIP y el Ministerio de Trabajo establecen los requisitos y las formalidades que deberán cumplimentar los empleadores para acceder a los programas «Puente al Empleo» (Dto. 551/22 y Res. 4/2022 del MT) y «Acciones de Entrenamiento para el Trabajo» (Res. 1107 MT).

  • Trabajo Res. 4/2022 - Programa «Puente al Empleo» - Aclaraciones y Precisiones normativas -

    Se consideran incluidos en el marco del Programa “PUENTE AL EMPLEO”, creado por el Decreto N° 551 del 29 de agosto de 2022, a los programas sociales, educativos y de empleo enunciados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución, con la indicación del beneficio aplicable en cada caso.

  • Decreto 551/2022 - Programa "Puente al Empleo": Beneficios para empleadores que contraten personal con planes sociales

    Se crea el Programa “PUENTE AL EMPLEO” cuya finalidad principal es la de transformar de manera gradual a los programas sociales, educativos y de empleo en trabajo registrado. Se fomentará la contratación de nuevos trabajadores, permitiendo el computo de los planes como a cuenta del salario y una reducción en las cargas sociales, por un plazo de 12 meses contados a partir del inicio de la relación laboral, inclusive.

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