La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. Ahora, para 2024 y los períodos fiscales sucesivos la nueva fecha límite operará en el mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal declarado.

Recordemos, que mediante Res. Gral. 5592, la ARCA (ex AFIP) había anticipado las fechas de vencimiento de la declaración anual al mes de mayo de cada año.

La ARCA publicó los topes y valores a ingresar que aplicarán desde el 01/02/2025.

Se actualizaron los importes a partir de los cuales se deben consignar los datos de identificación del comprador, locatario o prestatario en el comprobante, cuando se trate de un consumidor final.

Mediante Decreto 1137/2024, el Gobierno Nacional extendió hasta el 31/12/2025 el beneficio que les permite a las Microempresas computar hasta un 30 % del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales que se destinen al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA).

ARCA dispuso la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de julio de 2025, inclusive, para las entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas ante este Organismo al 26/12/2024 y para los contribuyentes pertenecientes al sector de salud.

ARCA oficializó, mediante Res. Gral. 5629, el nuevo plan de facilidades de pago de hasta 4 años para las micro, pequeñas o medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes. Se podrán incluir obligaciones vencidas al 31/12/2024. El acogimiento podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.

La ARCA anunció que implementará un nuevo plan de facilidades de pago de hasta 4 años para las micro, pequeñas o medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias. Por otra parte, se prorrogará hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de salud.

La ARCA (ex AFIP) estableció un régimen especial de determinación de anticipos del Impuesto a las Ganancias (2024), aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. A su vez, volvió a prorrogar la fecha de vencimiento del primer anticipo al día 25 de este mes, para todas las CUIT.

El Poder Ejecutivo, por cuestiones de índole operativa, vuelve a prorrogar las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Con esta prórroga, la primera etapa concluirá el 8 de noviembre.

Mediante Res. Gral. 5592/2024, la AFIP establece nuevas fechas de vencimiento para el ingreso de los anticipos del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2024, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, y fijar para el mes de mayo el vencimiento de la obligación de presentación de la declaración jurada anual de dicho gravamen.

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