La ARCA (ex AFIP) estableció un régimen especial de determinación de anticipos del Impuesto a las Ganancias (2024), aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. A su vez, volvió a prorrogar la fecha de vencimiento del primer anticipo al día 25 de este mes, para todas las CUIT.
El Poder Ejecutivo, por cuestiones de índole operativa, vuelve a prorrogar las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Con esta prórroga, la primera etapa concluirá el 8 de noviembre.
Mediante Res. Gral. 5592/2024, la AFIP establece nuevas fechas de vencimiento para el ingreso de los anticipos del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2024, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, y fijar para el mes de mayo el vencimiento de la obligación de presentación de la declaración jurada anual de dicho gravamen.
El Gobierno Nacional, mediante Decreto 953/2024, oficializó la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y crea, en su lugar, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Por otro lado, mediante Decreto 954/2024, se designan las autoridades de la nueva ARCA. Florencia Lucila MISRAHI, se mantiene como titular máxima, mientras que en la nueva estructura de la DGI (incluye seguridad social) y DGA, se designaron a Lic. Andrés Edgardo VÁZQUEZ y a José Andrés VELIS, respectivamente.
Mediante Resolución General 5591/2024, la AFIP sustituye la Res. Gral. 3.711, que establece la confección y presentación de la declaración jurada mensual de IVA mediante el formulario “F2002 IVA por Actividad”. El cambio principal, es que en el sistema se visualizará el débito y crédito fiscal previamente registrado en el “Libro de IVA Digital” del mismo período mensual. Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia hoy y resultarán de aplicación para la confección de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal octubre 2024 y siguientes.
Mediante Decreto 864/2024, el Gobierno Nacional confirmó la prórroga de las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
El Gobierno Nacional anunció que dispondrá por Decreto la prórroga para realizar la manifestación de la adhesión al régimen de la Etapa 1, hasta el 30 de octubre de 2024 inclusive.
Se adecua la Res. Gral. 4.309 a las modificaciones normativas de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” y se establece el procedimiento de permanencia y reingreso al Régimen Simplificado (RS), así como las condiciones para acceder al beneficio de exención para el caso de alquileres de inmuebles (hasta dos contratos).
La AFIP oficializó la prórroga de vencimientos para los impuestos a las ganancias y bienes personales para el mes de septiembre. Sin embargo, en las fechas anteriormente previstas para este mes (26 de agosto y ss.), se deberá ingresar un anticipo del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023.
La AFIP suprime la obligación de adjuntar el contrato de locación a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, a los fines del cómputo de las deducciones del 40% y del 10% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa habitación, previstas respectivamente en los incisos h) y s) del Apartado D del Anexo II de la Resolución General N° 4.003.
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