Mediante Resolución General 5591/2024, la AFIP sustituye la Res. Gral. 3.711, que establece la confección y presentación de la declaración jurada mensual de IVA mediante el formulario “F2002 IVA por Actividad”. El cambio principal, es que en el sistema se visualizará el débito y crédito fiscal previamente registrado en el “Libro de IVA Digital” del mismo período mensual. Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia hoy y resultarán de aplicación para la confección de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal octubre 2024 y siguientes.

Mediante Decreto 864/2024, el Gobierno Nacional confirmó la prórroga de las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. 

El Gobierno Nacional anunció que dispondrá por Decreto la prórroga para realizar la manifestación de la adhesión al régimen de la Etapa 1, hasta el 30 de octubre de 2024 inclusive.

Se adecua la Res. Gral. 4.309 a las modificaciones normativas de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” y se establece el procedimiento de permanencia y reingreso al Régimen Simplificado (RS), así como las condiciones para acceder al beneficio de exención para el caso de alquileres de inmuebles (hasta dos contratos).

La AFIP oficializó la prórroga de vencimientos para los impuestos a las ganancias y bienes personales para el mes de septiembre. Sin embargo, en las fechas anteriormente previstas para este mes (26 de agosto y ss.), se deberá ingresar un anticipo del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023.

La AFIP suprime la obligación de adjuntar el contrato de locación a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, a los fines del cómputo de las deducciones del 40% y del 10% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa habitación, previstas respectivamente en los incisos h) y s) del Apartado D del Anexo II de la Resolución General N° 4.003.

AFIP establece que a los efectos de usufructuar los incentivos fiscales en el Monotributo, Bienes Personales, Ganancias y sobre el Imp. sobre los Créditos y Débitos (previstos en la Ley Nº 27.737), los sujetos interesados deberán previamente tener declarados los contratos de locación sobre bienes inmuebles en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI”. Se abrogan las resoluciones generales 4.933 y 4.967.

La AFIP, mediante Res. Gral. 5544/2024, regula los requisitos, las formas y las condiciones que deben observar los contribuyentes y/o responsables a los fines de ejercer la opción de adhesión al Régimen y cumplir con la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto establecidos por la Ley 27.743.

La AFIP informa que prorrogará los plazos para realizar la presentación y pago de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. La Resolución aún no se publicó en el Boletin Oficial.

La AFIP decidió postergar los vencimientos de los anticipos 1 y 2 de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, tras la prórroga de vencimientos establecida por la Res. 5516 para fines de este mes.

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