En línea con las políticas de simplificación y desregulación impulsadas por el Decreto 353/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5700/2025, mediante la cual actualiza los umbrales de facturación que se exigen para la identificación de consumidores finales. La medida, que entrará en vigencia mañana.
El Gobierno Nacional oficializó los anuncios realizados el día de ayer mediante la publicación del Decreto 353/2025 (vigente desde hoy), disponiendo la simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes y encomendando a ARCA a que simplifique su normativa en materia de regímenes de información y de fiscalización. Por otro lado, se ordena a dicho organismo que implemente una Declaración de Ganancias Simplificada destinado a Personas Humanas y Sucesiones Indivisas, con datos precargados (modificables) y sin que se requiera información patrimonial. Por último, se refuerza la obligación de proteger el "Secreto Fiscal" y se crea el Sistema de Finanzas Abiertas, con el fin de que las personas puedan compartir su información personal con las entidades financieras, en forma voluntaria, con el objetivo del desarrollo del crédito, la competencia y la inclusión financiera.
En el marco de las medidas económicas dispuestas por el Gobierno nacional, el director ejecutivo de la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA), Juan Pazo anunció una serie de medidas que tienen como objetivo proteger la privacidad de los ciudadanos, simplificar el cumplimiento impositivo y fortalecer la formalización económica.
ARCA, mediante Res. Gral. 5692/2025, sustituye a la Res. Gral. 975 (ex AFIP), sus modificatorias y complementarias, reuniendo en un solo cuerpo normativo los procedimientos, formas, plazos y condiciones para la determinación e ingreso del impuesto a las ganancias, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió hoy las condiciones de adhesión al plan de facilidades de pago del impuesto a las Ganancias, mediante la publicación de la Resolución General 5688/2025. El cambio introduce dos precisiones para quienes rectifiquen cómputos de quebrantos.
En sintonía con las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno e implementadas por el BCRA sobre la eliminación del CEPO cambiario, ARCA elimina la percepción impositiva para personas humanas y sucesiones indivisas por la adquisición de moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones (se mantiene para el turismo y pagos con tarjeta de crédito). Del mismo modo, ya no estarán alcanzada la compra de billetes para el pago de obligaciones por la importación de las mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se detallaban en el Anexo de la RG 5617/2024.
La Comisión Arbitral aprueba el Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones “SIRCIP” disponible en Internet en el sitio www.sircip.comarb.gob.ar, en cumplimiento de los regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecidos por las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral correspondientes a los contribuyentes comprendidos en las normas del mismo, aplicable sobre los importes de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios, que efectúen los agentes designados por las jurisdicciones adheridas al “SIRCIP”.
La Comisión Arbitral crea la “Clave Fiscal Federal” (CFF) como mecanismo de autenticación digital, para el acceso a través del “Portal Federal Tributario” (aún no disponible), a los servicios en línea de la COMARB de contribuyentes, responsables, representantes, y todo otro sujeto contemplado en los distintos sistemas o servicios. La CFF será alternativa a la clave fiscal otorgada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. Ahora, para 2024 y los períodos fiscales sucesivos la nueva fecha límite operará en el mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal declarado.
Recordemos, que mediante Res. Gral. 5592, la ARCA (ex AFIP) había anticipado las fechas de vencimiento de la declaración anual al mes de mayo de cada año.
La ARCA publicó los topes y valores a ingresar que aplicarán desde el 01/02/2025.
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