Cdor. Jorge Vega
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  • Guías LSD - Promoción del Empleo Registrado

    Luego de publicarse el Decreto 409/2026 y la Res. Gral. ARCA 5862/2026, reglamentarios del Régimen de "blanqueo laboral" o de Promoción del Empleo Registrado (PER) de la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802, ARCA publicó dos guías de uso para el Libro de Sueldos Digital. Es oportuno recordar que los sistemas se encontrarán disponibles desde el día martes 16 de junio de 2026, conforme lo establece ARCA en su Res. Gral.

  • ARCA Res. Gral. 5862/26 - Implementación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado de la Ley de Modernización Laboral

    ARCA estableció los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observar los empleadores para solicitar la adhesión al régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, reglamentado por el Decreto 409/26,  así como para el acogimiento al plan de facilidades de pago o la cancelación de contado de la deuda no condonada.

  • Suscripción a Modernización Laboral - Planes Disponibles

    La Ley de Modernización Laboral introduce cambios importantes en el sistema laboral argentino. A través de nuestros planes de suscripción podrás acceder a la normativa organizada en formato navegable, análisis profesionales y, según el plan elegido, a consultas para resolver dudas concretas sobre su aplicación.

    Si necesitas más información puedes escribirnos a estudio@jorgevega.com.ar o por WhatsApp: +54 9 11 3200-0135

  • Excel - Recibo de Sueldo Decreto 407/26 - Segunda Versión (Ley de Modernización Laboral Nº 27.802)

    A continuación compartimos un modelo de Recibo de Sueldo del Decreto 407/2026 en formato Excel con cuatro pestañas que permitirán cargar todos los datos que la Ley y la reglamentación exigen. Se trata de una primera versión, por lo que iremos introduciendo mejoras en base a las propuestas de los usuarios y las que consideremos pertinentes agregar.

  • Decreto 409/26 - Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER)

    Mediante Decreto 409/2026, se reglamentó el Título XXII de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 - B.O. 06/03/2026, el cual contempla un Régimen de Promoción del Empleo Registrado que tiene por finalidad la regularización de las relaciones laborales vigentes del sector privado no registradas o deficientemente registradas, iniciadas hasta la fecha de promulgación de la Ley (06-03-2026). Entre otras disposiciones, se establece el porcentaje de condonación de la deuda por capital e intereses por la falta de pago de aportes y contribuciones a la seguridad social, que variará según el tamaño de la empresa. 

  • Decreto 408/2026 - Reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral - Ley N° 27.802.

    El Poder Ejecutivo reglamentó el Título II de la Ley de Modernización Laboral, que regula el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Se prorroga al 1° de noviembre de 2026 su fecha de entrada en vigencia. El FAL es un fondo de asistencia, que coadyuva al cumplimiento de las obligaciones que puedan derivar de la extinción de un contrato de trabajo, pero no modifica, sustituye, ni altera el régimen indemnizatorio previsto por las disposiciones legales.

  • Modernización Laboral - Se reglamentó el nuevo modelo de Recibo de Sueldo

    Mediante Decreto 407/2026, el Poder Ejecutivo reglamentó el nuevo formato de recibo de sueldo, en cumplimiento a los nuevos requisitos y exigencias del art. 140 de la Ley de Contrato de Trabajo, tras las modificaciones introducidas por la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802. Tal como se había anticipado en marzo, el nuevo formato de recibo deberá partir del costo total empresario, al cual se le restarán y detallarán todas las contribuciones y aportes que justifican el sueldo neto que percibe el trabajador. La norma entra en vigencia desde hoy (01/06/2026).

  • Decreto 407/2026 - Se reglamentan múltiples artículos de la Ley de Modernización Laboral

    Mediante Decreto 407/2026, el Poder Ejecutivo reglamentó diversos artículos de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 que modifican diversas leyes de nuestro ordenamiento laboral (Contrato de Trabajo, Convenciones Colectivas, Asociaciones Sindicales, Trabajadores de la Construcción, Trabajo Agrario, etc.).

  • ARCA - RG 5850/26 - Servicio Doméstico: se incorpora la emisión obligatoria del recibo de sueldo en forma electrónica

    Mediante Res. Gral. 5850/26, ARCA modifica la Res. 3693, adecuándola a las modificaciones de la Ley de Modernización Laboral  Nº 27.802, que agregó como obligación de emisión de los recibos de sueldo en formato electrónico mediante los sistemas que establezca el mencionado organismo. Por otro lado, se efectúan precisiones sobre la deducción en el impuesto a las ganancias a favor de los dadores de trabajo y sobre la disponibilidad de los recibos y constancias de pago por parte del personal de casas particulares.

  • ARCA Res. Gral. Conjunta 5849/26 - Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones - RIMI

    Mediante Resolución General Conjunta 5849/2026, de la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca; y la ARCA, se efectúan precisiones relacionadas con los requisitos y condiciones a observar por los sujetos beneficiarios, la forma de acreditar la realización de inversiones productivas no sujetas al monto mínimo, así como el grado de avance inferior al 30 % del monto total de inversión de la obra, y las pautas generales de participación y coordinación entre los organismos involucrados para la efectiva aplicación y control del régimen en trato, en el marco de sus respectivas competencias.

  • ARCA RG 5848/26 - Certificado Art. 80 LCT: puesta a disposición del trabajador en formato digital

    ARCA instrumentó un nuevo procedimiento para la emisión del Certificado de Trabajo del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802. La principal novedad es que se habilitará la puesta a disposición del trabajador del aludido certificado en formato digital a través del servicio “Trabajo en Blanco”.

  • Modernización Laboral - RIFL: 8 maneras de verificar si un postulante cumple con los requisitos de la Ley

    La Ley de Modernización Laboral N.º 27.802 creó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reglamentado por el Decreto 315/2026 y operativo desde este mes a partir de la publicación de la Resolución General 5844/2026 de ARCA. El régimen prevé, para cada nueva incorporación de trabajadores efectuada entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, una reducción de la alícuota de contribuciones a la seguridad social —del 20,4%/18% al 5%— por un plazo de hasta 48 meses, siempre que el trabajador pueda encuadrarse en alguna de las cuatro situaciones contempladas por la ley. Sin embargo, la normativa no establece un mecanismo unificado que permita verificar de manera directa si un empleado —o futuro empleado— reúne los requisitos necesarios para acceder al beneficio, lo que obliga a realizar distintos controles, cotejos y descartes a partir de la información disponible.  A continuación, se proponen diferentes formas prácticas de efectuar dicha verificación.

  • ARCA RG 5844/26 - Implementación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral - RIFL (Ley 27.802)

    Tras la publicación del Decreto 315/26, reglamentario del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral - RIFL (Título XX de la Ley 27.802), ARCA publicó la Resolución General 5844/26, estableciendo las formas, plazos y condiciones para ejercer la opción al régimen y usufructuar el beneficio de reducción de alícuotas, así como el procedimiento aplicable para el ingreso de las obligaciones derivadas de su incumplimiento. 

  • Decreto 315/2026 - Reglamentación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral de la Ley N° 27.802.

    Mediante Decreto 315/2026, se reglamentó el Título XX - Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral  (RIFL) de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. El RIFL establece un beneficio de reducción en las contribuciones patronales (del 18%/20,4% pasa al 5%) por 48 meses, aplicables a las nuevas contrataciones de trabajadores que se realicen desde el 1º de mayo de 2026, siempre que se cumplan con las condiciones establecidas en la Ley y en la reglamentación (trabajadores no registrados al 10/12/2025,  desempleados en los 6 meses previos al alta laboral, monotributistas, o cuyo último empleo hubiera sido en el sector público). 

  • Modernización Laboral: La justicia restituyó la vigencia de los artículos que habían sido suspendidos

    La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación, deducido por el Estado Nacional, contra la resolución que admitió la medida cautelar solicitada por la CGT suspendiendo la vigencia de 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802.

    El Estado Nacional había interpuesto un recurso de apelación que fue concedida el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”. En consecuencia, el cambio de efecto de devolutivo a suspensivo, implica en los hechos que la medida cautelar que suspendía la reforma laboral queda pendiente de aplicación hasta que la Cámara resuelva la apelación presentada.

  • Decreto 242/2026 - Reglamentación del "Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones" - RIMI de la Ley 27.802

    El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 242/2026, reglamentario del “Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones” (RIMI), previsto en el título XXIII de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 - B.O. 06/03/2026. El RIMI establece beneficios fiscales de amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y de devolución de créditos fiscales en el Impuesto al Valor Agregado para aquellos sujetos que califiquen como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas —hasta la categoría de Mediana Empresa Tramo 2 inclusive—, por las inversiones productivas que se realicen en el país desde la entrada en vigor de la Ley y hasta un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigencia de la resolución conjunta que se deberá publicar dentro de los próximos 30 días corridos.

  • La Justicia suspendió 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral

    El Juez Subrogante Dr. Ojeda, Raúl Horacio, hizo lugar a una medida cautelar innovativa planteada por la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CGT RA), contra el ESTADO NACIONAL – PODER EJECUTIVO NACIONAL -PEN-, suspendiendo la vigencia de 82 artículos de la Ley 27.802.

    En cuanto al alcance de esta medida, el Juez determinó que "resulta aplicable a todos los trabajadores/as y empleadores/as de la República Argentina, cuya relación se encuentre regulada por la ley 20.744 (TO 1974) y sus leyes complementarias".

    Es importante resaltar que se trata de una medida preventiva, mientras se sustancia el proceso principal y se resuelve la petición de declaración de inconstitucionalidad de los artículos mencionados.

  • Comercio: se suspenden dos artículos de la Ley de Modernización Laboral

    El Juzgado Federal en lo Civil y Com. y Cont. Adm. de San Martin N° 2 hizo lugar a una medida cautelar innovativa solicitada por el Sindicato de Empleados de Comercio, dispondiendo la suspensión de la aplicación de los arts. 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, respecto del CCT N° 130/75  y demás convenios suscriptos por la FAECYS y se ordena al ESTADO NACIONAL (PEN) que se abstenga de aplicar las disposiciones referidas en el ámbito de las relaciones laborales comprendidas en los convenios mencionados, debiendo mantenerse la plena vigencia y exigibilidad de todas las cláusulas convencionales (normativas y obligacionales), en especial aquellas relativas a aportes y contribuciones sindicales.

  • Recibos de Sueldo - Se reglamentarán los cambios y se propondrán modelos de Recibo

    Federico Sturzenegger, Ministro de Desregulación y Transformación, anunció que se reglamentará la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 (LML), en cuanto a los nuevos requisitos que deberán contener los Recibos de Sueldo. Uno de los cambios que representan un mayor desafío de implementación es el que exige el detalle de las contribuciones patronales. Al respecto, en una entrevista realizada por El Cronista (ver aquí), el Ministro anticipó que la reglamentación contendrá modelos de recibo que partirán del costo total empresario, al cual se le restarán y detallarán todas las contribuciones y aportes que justifican el sueldo neto que percibe el trabajador.

  • Beneficios de la Ley para la contratación de nuevo personal (Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral - RIFL)

    La Ley de Modernización Laboral N° 27.802 - B.O. 06/03/2026, crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral - RIFL, que busca incrementar las nuevas contrataciones de personal. El beneficio es prometedor: fuerte reducción al 5% de la alícuota por contribuciones a la seguridad social, por 48 meses, contra un 18% / 20,4% que se aplican actualmente, conforme a la Ley 27.541, art. 19. Su vigencia será de un año a contar desde el 1° de Mayo de 2026.

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