La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación, deducido por el Estado Nacional, contra la resolución que admitió la medida cautelar solicitada por la CGT suspendiendo la vigencia de 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802.
El Estado Nacional había interpuesto un recurso de apelación que fue concedida el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”. En consecuencia, el cambio de efecto de devolutivo a suspensivo, implica en los hechos que la medida cautelar que suspendía la reforma laboral queda pendiente de aplicación hasta que la Cámara resuelva la apelación presentada.
