Calculadora de sueldos para empleados gastronómicos - COMEDORES ( CCT 401/05 ) actualizada con el acuerdo del día 26/03/2026. Además, se pueden calcular adicionales, aguinaldo proporcional ( SAC ), horas extras, feriados y liquidaciones finales, entre otros conceptos.
Con fecha 26/03/2026 se acordaron, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), incrementos en los salarios básicos y sumas no remunerativas para los meses comprendidos entre marzo y junio 2026. Los nuevos acuerdos regirán desde su homologación.
El Juez Subrogante Dr. Ojeda, Raúl Horacio, hizo lugar a una medida cautelar innovativa planteada por la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CGT RA), contra el ESTADO NACIONAL – PODER EJECUTIVO NACIONAL -PEN-, suspendiendo la vigencia de 82 artículos de la Ley 27.802.
En cuanto al alcance de esta medida, el Juez determinó que "resulta aplicable a todos los trabajadores/as y empleadores/as de la República Argentina, cuya relación se encuentre regulada por la ley 20.744 (TO 1974) y sus leyes complementarias".
Es importante resaltar que se trata de una medida preventiva, mientras se sustancia el proceso principal y se resuelve la petición de declaración de inconstitucionalidad de los artículos mencionados.
El Juzgado Federal en lo Civil y Com. y Cont. Adm. de San Martin N° 2 hizo lugar a una medida cautelar innovativa solicitada por el Sindicato de Empleados de Comercio, dispondiendo la suspensión de la aplicación de los arts. 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, respecto del CCT N° 130/75 y demás convenios suscriptos por la FAECYS y se ordena al ESTADO NACIONAL (PEN) que se abstenga de aplicar las disposiciones referidas en el ámbito de las relaciones laborales comprendidas en los convenios mencionados, debiendo mantenerse la plena vigencia y exigibilidad de todas las cláusulas convencionales (normativas y obligacionales), en especial aquellas relativas a aportes y contribuciones sindicales.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1.637 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Marzo de 2026 (Vencimiento Abril 2026).
FAECyS y las cámaras empresarias del sector mercantil (CAC, CAME y UDECA) firmaron un nuevo acuerdo salarial para los meses de abril, mayo y junio de 2026. El aumento total será del 5% a pagar de forma escalonada: un 2% en abril, un 1,5% en mayo y un 1,5% en junio. Por otro lado, se estableció el pago de un bono extraordinario de $120.000 para los trabajadores de todas las categorías, el cual incluye los $ 100.000 que se venían pagando hasta este mes.
Federico Sturzenegger, Ministro de Desregulación y Transformación, anunció que se reglamentará la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 (LML), en cuanto a los nuevos requisitos que deberán contener los Recibos de Sueldo. Uno de los cambios que representan un mayor desafío de implementación es el que exige el detalle de las contribuciones patronales. Al respecto, en una entrevista realizada por El Cronista (ver aquí), el Ministro anticipó que la reglamentación contendrá modelos de recibo que partirán del costo total empresario, al cual se le restarán y detallarán todas las contribuciones y aportes que justifican el sueldo neto que percibe el trabajador.
Tras el aumento dispuesto por la Res. 38/2026, ARCA difundió los valores actualizados para los trabajadores autónomos, vigentes a partir de Marzo 2026.
La Ley de Modernización Laboral N° 27.802 - B.O. 06/03/2026, crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral - RIFL, que busca incrementar las nuevas contrataciones de personal. El beneficio es prometedor: fuerte reducción al 5% de la alícuota por contribuciones a la seguridad social, por 48 meses, contra un 18% / 20,4% que se aplican actualmente, conforme a la Ley 27.541, art. 19. Su vigencia será de un año a contar desde el 1° de Mayo de 2026.
La Ley de Modernización Laboral N° 27.802 (LML), introduce importante cambios en los enunciados mínimos que deben contener los recibos de sueldo. Entre las principales modificaciones, podemos citar que se agrega la opción de indicar la "antigüedad reconocida", la inclusión obligatoria del detalle de las contribuciones patronales (no el total, como indicaba el DNU 70/2023) y se elimina la obligación de dejar constancia de recepción del duplicado por el trabajador.
A continuación exponemos nuestro análisis legal sobre los principales cambios introducidos por la Ley.
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