La AFIP publicó las tablas con las valuaciones de autos, motos, camiones y vehículos destinados al transporte. Por otro lado, se informaron las cotizaciones de las monedas extranjeras y de los títulos valores, así como el listado de entidades financieras y el diseño de las nomenclaturas catastrales.
El BCRA informa que la tasa mínima para depósitos de hasta 10 millones de pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por personas humanas, es de 78% nominal anual (TNA) lo que equivale para un plazo de 30 días a una tasa efectiva anual de 112,97% (TEA).
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 200 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Marzo de 2023 (Vencimiento Abril).
Tras el aumento dispuesto por la Res. 36/2023, la AFIP difundió los valores actualizados para los trabajadores autónomos, vigentes a partir de Marzo de 2023.
Se crea el PLAN DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL que tendrá como objeto el ingreso de aportes previsionales por parte de personas físicas para el acceso a las prestaciones previsionales, en las condiciones que se establecen por la presente ley.
Se prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2023, inclusive, la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 34/2021, estableciéndose la exención, a partir del 1° de marzo de 2023, en el 50 % del pago de las contribuciones patronales que se destinen al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA). Por otro lado, se incrementan las alícuotas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos a 4,5 ‰ (por mil) y 8,5 ‰, según se trate de créditos/débitos en cuenta corriente u otras operaciones.
Mediante Resolución 45/2023, la ANSES oficializó el incremento del 17,04% en las asignaciones familiares, en consonancia con el incremento en las jubilaciones.
Mediante Res. 16/2023, se fijan las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, en el ámbito de todo el país, con vigencia desde FEBRERO (15% de aumento), ABRIL (10%) y JUNIO 2023 (7%).
Se establece un refuerzo de ingreso previsional por un monto máximo de $15.000, que se abonará en los meses de marzo, abril y mayo de 2023.
A continuación pueden consultarse los importes actualizados que regirán a partir de marzo de 2023, conforme al aumento previsto por la Res. 27/23.
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