El recibo se encuentra actualizado con el último acuerdo firmado el 13 de enero de 2026 (ver aquí - 3,83% de aumento + sumas no remunerativas).
UECARA y CAMARCO acordaron un 3,83% de incremento salarial aplicable en dos tramos para los meses de enero y febrero de 2026. Por otro lado, se establece el pago de sumas no remunerativa para dichos meses. A continuación, se publican los acuerdos, escalas y recibos actualizados.
ARCA, mediante Res. 5809/26, sustituyó el procedimiento para la denuncia y modificación del domicilio fiscal dispuesto por la Res. 2109 de la ex AFIP.
Los empleados cerealeros (Convenio Comercio 130/75) tendrán un nuevo pago no remunerativo, fijo, de $ 60.000, que se sumará a los $ 40.000 acordados previamente. La primera de las sumas mencionadas se incorporarán a los salarios básicos en el mes de abril y las segundas en el mes de mayo.
La Ley 27.799, con vigencia a partir del día de hoy, introduce importantes modificaciones al régimen penal tributario, elevando los montos mínimos para la configuración de los delitos tributarios. Por otro lado, se amplían las situaciones por las cuales no se formulará denuncia penal, se elimina la discrecionalidad administrativa y se introduce una sanción económica expresa como condición para la extinción de la acción penal cuando esta ya hubiera sido iniciada.
Mediante Decreto 933/2025, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.799, conocida como Ley de Inocencia Fiscal, que establece modificaciones al Régimen Penal Tributario, a la Ley de Procedimiento Fiscal, al Código Civil y Comercial de la Nación y crea un régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias, entre otras novedades.<
Mediante Res. Gral. 5808/25, ARCA prorrogó al 31/03/2026 el plazo de adhesión que había vencido el día de ayer (30/12/2025). El plan permite que los contribuyentes y responsables regularicen sus obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas y las multas aplicadas hasta el día 31 de agosto de 2025, inclusive.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1.584 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Diciembre 2025 (Vencimiento Enero 2026).
Calculadora de sueldos para empleados de comercio ( CCT 130/75 ) actualizada con el nuevo acuerdo salarial firmado el 05-12-2025 Además, se pueden calcular adicionales, SAC proporcional ( aguinaldo ), horas extras y feriados, entre otros conceptos.
Se homologó el acuerdo salarial entre FAECyS y las cámaras empresarias del sector (CAC, CAME y UDECA – CCT 130/75). El acuerdo dispone la continuidad de la suma fija no remunerativa de $40.000 (sin incorporación al básico en enero) y agrega una nueva suma fija mensual de $60.000, ambas con incidencia en presentismo y antigüedad, cuyo último tramo se incorporará a los salarios básicos en abril de 2026.
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