La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió hoy las condiciones de adhesión al plan de facilidades de pago del impuesto a las Ganancias, mediante la publicación de la Resolución General 5688/2025. El cambio introduce dos precisiones para quienes rectifiquen cómputos de quebrantos.
Tras el último acuerdo de fecha 29-04-2025 (ver aquí), se plantean más dudas que certezas sobre la liquidación de las sumas fijas no remunerativas, en particular en cuanto a su devengamiento, fecha de pago, adicionales, cálculo de SAC, feriados, indemnizaciones y aportes/contribuciones aplicables. A continuación se brindan respuestas a todos estos interrogantes.
Estoy recibiendo múltiples consultas sobre dichas sumas, si se pagan adicionales, si se calculan descuentos, SAC, feriados, etc. A continuación expongo algunas aclaraciones sobre el asunto.
Calculadora de sueldos para empleados de comercio ( CCT 130/75 ) actualizada con el nuevo acuerdo salarial firmado el 29-04-2025 Además, se pueden calcular adicionales, SAC proporcional ( aguinaldo ), horas extras y feriados, entre otros conceptos.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1.303 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Abril 2025 (Vencimiento Mayo 2025).
Mediante Resolución 74/2025, se fijaron las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, en el ámbito de todo el país, aplicable a los meses de MARZO, ABRIL Y MAYO DE 2025.
En sintonía con las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno e implementadas por el BCRA sobre la eliminación del CEPO cambiario, ARCA elimina la percepción impositiva para personas humanas y sucesiones indivisas por la adquisición de moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones (se mantiene para el turismo y pagos con tarjeta de crédito). Del mismo modo, ya no estarán alcanzada la compra de billetes para el pago de obligaciones por la importación de las mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se detallaban en el Anexo de la RG 5617/2024.
La Comisión Arbitral aprueba el Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones “SIRCIP” disponible en Internet en el sitio www.sircip.comarb.gob.ar, en cumplimiento de los regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecidos por las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral correspondientes a los contribuyentes comprendidos en las normas del mismo, aplicable sobre los importes de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios, que efectúen los agentes designados por las jurisdicciones adheridas al “SIRCIP”.
La Comisión Arbitral crea la “Clave Fiscal Federal” (CFF) como mecanismo de autenticación digital, para el acceso a través del “Portal Federal Tributario” (aún no disponible), a los servicios en línea de la COMARB de contribuyentes, responsables, representantes, y todo otro sujeto contemplado en los distintos sistemas o servicios. La CFF será alternativa a la clave fiscal otorgada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Calculadora de sueldos para empleados gastronómicos - COMEDORES ( CCT 401/05 ) actualizada con el acuerdo de reformulación de marzo 2025. Además, se pueden calcular adicionales, aguinaldo proporcional ( SAC ), horas extras, feriados y liquidaciones finales, entre otros conceptos.
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