Mediante Resoluciones 368/2024 y 381/2024, se fijaron las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, en el ámbito de todo el país, aplicable a los meses de NOVIEMBRE 2024, DICIEMBRE 2024, ENERO 2025 y FEBRERO 2025.
Se publicaron los nuevos importes de la contribución al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnología para el Comercio (INACAP), conforme al último acuerdo que rige desde noviembre de 2024.
Finalmente, FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75) firmaron un nuevo acuerdo salarial. El mismo establece el pago de una suma no remunerativa del 5% a pagar en dos tramos junto a las liquidaciones de noviembre y diciembre de 2024. Dichos importes se incorporarán a los salarios básicos en los meses de diciembre 2024 y enero 2025, respectivamente.
Con fecha 22/11/2024 se acordaron, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), incrementos en los salarios básicos para los meses de noviembre 2024, diciembre 2024, enero 2025 y febrero 2025 (4% en cada mes, calculados sobre los básicos de agosto, los cuales se suman al 20% acordado para octubre).
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1069 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Noviembre 2024 (Vencimiento Diciembre 2024).
El Gobierno Nacional definió, mediante Decreto 1027/2024, como no laborables con fines turísticos los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre de 2025.
Es importante remarcar que tales días son considerados como NO LABORABLES, por lo que es facultad del empleador definir si en dichos días se trabaja o no. En ambos casos, se paga el día a valor normal (no como feriado). Todo esto conforme a las leyes 20.744 y 27.399.
A continuación puede consultarse el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones correspondientes hasta diciembre de 2025.
La ARCA (ex AFIP) estableció un régimen especial de determinación de anticipos del Impuesto a las Ganancias (2024), aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. A su vez, volvió a prorrogar la fecha de vencimiento del primer anticipo al día 25 de este mes, para todas las CUIT.
La ARCA (ex AFIP) crea el Servicio denominado “Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores” (PADIC), en el que deberán registrarse las relaciones entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes que se encuadren en el régimen previsto en el Capítulo IV del Título V de la Ley N° 27.742. Dicho servicio contará con información específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes. También se establece el mecanismo para la presentación de la declaración jurada exigida por el Decreto 847/2024.
El Poder Ejecutivo, por cuestiones de índole operativa, vuelve a prorrogar las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Con esta prórroga, la primera etapa concluirá el 8 de noviembre.
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