La ARCA anunció que implementará un nuevo plan de facilidades de pago de hasta 4 años para las micro, pequeñas o medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias. Por otra parte, se prorrogará hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de salud.
Mediante Decreto 1124/2024, el PEN reglamenta los alcances del artículo 5° del Decreto-Ley Nº 5965/63 y establece criterios que permiten estipular intereses calculados en función de parámetros financieros, cotizaciones de bienes y tasas de referencia.
UTHGRA y FEHGRA firmaron un nuevo acuerdo salarial para el CCT 389/04, complementario al firmado en el mes de junio, estableciendo un incremento en los salarios básicos de un 16%, en tres tramos no acumulativos en los meses de Diciembre 2024, Enero y Febrero 2025.
Se publicaron los nuevos importes de la contribución al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnología para el Comercio (INACAP), conforme al último acuerdo que rige desde noviembre de 2024.
Finalmente, FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75) firmaron un nuevo acuerdo salarial. El mismo establece el pago de una suma no remunerativa del 5% a pagar en dos tramos junto a las liquidaciones de noviembre y diciembre de 2024. Dichos importes se incorporarán a los salarios básicos en los meses de diciembre 2024 y enero 2025, respectivamente.
Con fecha 22/11/2024 se acordaron, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), incrementos en los salarios básicos para los meses de noviembre 2024, diciembre 2024, enero 2025 y febrero 2025 (4% en cada mes, calculados sobre los básicos de agosto, los cuales se suman al 20% acordado para octubre).
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1069 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Noviembre 2024 (Vencimiento Diciembre 2024).
El Gobierno Nacional definió, mediante Decreto 1027/2024, como no laborables con fines turísticos los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre de 2025.
Es importante remarcar que tales días son considerados como NO LABORABLES, por lo que es facultad del empleador definir si en dichos días se trabaja o no. En ambos casos, se paga el día a valor normal (no como feriado). Todo esto conforme a las leyes 20.744 y 27.399.
A continuación puede consultarse el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones correspondientes hasta diciembre de 2025.
La ARCA (ex AFIP) estableció un régimen especial de determinación de anticipos del Impuesto a las Ganancias (2024), aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. A su vez, volvió a prorrogar la fecha de vencimiento del primer anticipo al día 25 de este mes, para todas las CUIT.
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