Se actualizaron los importes a partir de los cuales se deben consignar los datos de identificación del comprador, locatario o prestatario en el comprobante, cuando se trate de un consumidor final.
Mediante Decreto 1137/2024, el Gobierno Nacional extendió hasta el 31/12/2025 el beneficio que les permite a las Microempresas computar hasta un 30 % del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales que se destinen al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA).
ARCA dispuso la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de julio de 2025, inclusive, para las entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas ante este Organismo al 26/12/2024 y para los contribuyentes pertenecientes al sector de salud.
ARCA oficializó, mediante Res. Gral. 5629, el nuevo plan de facilidades de pago de hasta 4 años para las micro, pequeñas o medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes. Se podrán incluir obligaciones vencidas al 31/12/2024. El acogimiento podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.
La ARCA anunció que implementará un nuevo plan de facilidades de pago de hasta 4 años para las micro, pequeñas o medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias. Por otra parte, se prorrogará hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de salud.
La ARCA (ex AFIP) estableció un régimen especial de determinación de anticipos del Impuesto a las Ganancias (2024), aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. A su vez, volvió a prorrogar la fecha de vencimiento del primer anticipo al día 25 de este mes, para todas las CUIT.
El Poder Ejecutivo, por cuestiones de índole operativa, vuelve a prorrogar las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Con esta prórroga, la primera etapa concluirá el 8 de noviembre.
Mediante Res. Gral. 5592/2024, la AFIP establece nuevas fechas de vencimiento para el ingreso de los anticipos del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2024, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, y fijar para el mes de mayo el vencimiento de la obligación de presentación de la declaración jurada anual de dicho gravamen.
El Gobierno Nacional, mediante Decreto 953/2024, oficializó la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y crea, en su lugar, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Por otro lado, mediante Decreto 954/2024, se designan las autoridades de la nueva ARCA. Florencia Lucila MISRAHI, se mantiene como titular máxima, mientras que en la nueva estructura de la DGI (incluye seguridad social) y DGA, se designaron a Lic. Andrés Edgardo VÁZQUEZ y a José Andrés VELIS, respectivamente.
Mediante Resolución General 5591/2024, la AFIP sustituye la Res. Gral. 3.711, que establece la confección y presentación de la declaración jurada mensual de IVA mediante el formulario “F2002 IVA por Actividad”. El cambio principal, es que en el sistema se visualizará el débito y crédito fiscal previamente registrado en el “Libro de IVA Digital” del mismo período mensual. Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia hoy y resultarán de aplicación para la confección de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal octubre 2024 y siguientes.
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