En respuesta a la solicitud de la FACPCE y de los consejos profesionales del País, la AFIP decidió prorrogar la presentación y el pago de las Declaraciones Juradas de Ganancias (DDJJ) y Bienes Personales (BBPP) para Personas Humanas y Sucesiones Indivisas correspondientes al período fiscal 2022. Los nuevos vencimientos operarán a partir del jueves 22 de junio.
El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que en la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC), los salarios brutos de hasta $880 mil quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores de todo el país.
Se implementa un procedimiento de control de cumplimiento de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social de los contribuyentes y/o responsables denominado “Sistema de Acciones de Control Electrónico” (“SIACE”). Se deroga el procedimiento de fiscalización electrónica de la Res. Gral. N 3.416.
Se actualiza a $ 4.500.000 el importe mínimo que obliga a la obtención del CETA ( Certificado de Transferencia de Automotores ) y a $ 9.400.0000 para la obtención del COTI ( Código de Oferta de Transderencia de Inmuebles ). También se cambiaron los valores que obligan a los intermediarios a informar las operaciones sobre automotores y motovehículos usados de la Res. 2.032. Se establece un mecanismo de actualización anual, con vigencia en el mes de abril de cada año.
La AFIP estableció un nuevo régimen de facilidades de pago por obligaciones vencidas al 30/04/2023, de hasta 84 cuotas y con tasa reducida, lo cual depende del tipo de contribuyente y de la deuda a regularizar. El plan se habilitará a partir del 29 de mayo de 2023.
La AFIP reglamentó, mediante Res. 5358/23, el Decreto 267/2023, el cual actualiza el importe mínimo a partir del cual los trabajadores, jubilados y pensionados comienzan a pagar el impuesto. Por otro lado, se modificó la Res. 4.003 a los fines de receptar los cambios introducidos por la Ley 27.718 (Exenciones para el personal de salud - Guardias Obligatorias y Horas Extras).
Con efectos desde el 1° de mayo (devengado), se eleva a $ 506.230 mensuales (brutos) el mínimo a partir del cual los empleados y jubilados comenzarán a pagar el impuesto. También se eleva a $ 583.851 el tope para la deducción especial incrementada, por tramos.
El Ministro de Economía anunció que a partir de mayo no pagarán el impuesto a las ganancias los trabajadores que perciban salarios brutos inferiores a $ 506.230. Si es mayor a dicho valor, pero no supera los $ 583.851, regirá la tabla de deducción especial incrementada.
La Dirección Nacional de Impuestos publicó el Dictamen N° 39234369/2023 estableciendo precisiones sobre el tratamiento a dispensar en el Impuesto a las Ganancias de los siguientes conceptos: Bono por Productividad, Fallo de Caja, Movilidad, Viáticos, Horas Extras y Adicionales por Tuno Rotatorio, entre otros.
Mediante Res. Gral. 5349, la AFIP eleva a $ 6.600.000 el umbral a partir del cual los trabajadores y jubilados deberán informar sus ganancias y bienes del año 2022. Por otro lado, se establece un mecanismo de actualización anual que resultará de aplicación a partir del período fiscal 2023.
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