Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 2.442 y N° 4.003, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el día 15 de julio de 2024, inclusive. En esta oportunidad, se mantiene el plazo de la Res. Gral. 5514/24 para que los empleadores practiquen la liquidación anual (hasta el 31 de julio).