CP Jorge Vega
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  • ARCA RG 5704/25 - Ganancias 2025: Se implementa la opción de presentación simplificada del Decreto 353/25

    ARCA, mediante Res. Gral. 5704, establece las formalidades, plazos, requisitos y demás condiciones que deberán observar los contribuyentes y responsables del impuesto a las ganancias, a los fines de adherir a la opción simplificada respecto del período fiscal 2025. Dicha modalidad se implementará sobre la base de la información de la que disponga el organismo fiscal y la suministrada por los contribuyentes, responsables y/o terceros.

  • ARCA RG 5702/2025 - Prórroga de Ganancias y Bienes 2024 - PH y SI

    ARCA prorrogó el vencimiento para la presentación (23/06) y pago (24/06) de la Declaración Jurada de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, período fiscal 2024, de Personas Humanas y Sucesiones Indivisas.

  • Decreto 353/2025 - "Simplificación Normativa", "Ganancias Simplificado" y "Sistema de Finanzas Abiertas"

    El Gobierno Nacional oficializó los anuncios realizados el día de ayer mediante la publicación del Decreto 353/2025 (vigente desde hoy), disponiendo la simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes y encomendando a ARCA a que simplifique su normativa en materia de regímenes de información y de fiscalización.Por otro lado, se ordena a dicho organismo que implemente una Declaración de Ganancias Simplificadadestinado a Personas Humanas y Sucesiones Indivisas, con datos precargados (modificables) y sin que se requiera información patrimonial. Por último, se refuerza la obligación de proteger el "Secreto Fiscal" y se crea el Sistema de Finanzas Abiertas, con el fin de que las personas puedan compartir su información personal con las entidades financieras, en forma voluntaria, con el objetivo del desarrollo del crédito, la competencia y la inclusión financiera. 

  • ARCA anunció un Régimen de Ganancias Simplificado, derogación y cambios en regímenes informativos

    En el marco de las medidas económicas dispuestas por el Gobierno nacional, el director ejecutivo de la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA), Juan Pazo anunció una serie de medidas que tienen como objetivo proteger la privacidad de los ciudadanos, simplificar el cumplimiento impositivo y fortalecer la formalización económica.

  • ARCA - RG 5692/25 - Ganancias - Se sustituye la RG 975 (Determinación e Ingreso del Impuesto)

    ARCA, mediante Res. Gral. 5692/2025, sustituye a la Res. Gral. 975 (ex AFIP), sus modificatorias y complementarias, reuniendo en un solo cuerpo normativo los procedimientos, formas, plazos y condiciones para la determinación e ingreso del impuesto a las ganancias, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas.

  • Ganancias - ARCA modifica el Plan de Facilidades de la RG 5684 (Rectificativa x Quebrantos)

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió hoy las condiciones de adhesión al plan de facilidades de pago del impuesto a las Ganancias, mediante la publicación de la Resolución General 5688/2025. El cambio introduce dos precisiones para quienes rectifiquen cómputos de quebrantos.

  • ARCA elimina la percepción por la compra de Moneda Extranjera (se mantiene para ciertas operaciones)

    En sintonía con las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno e implementadas por el BCRA sobre la eliminación del CEPO cambiario, ARCA elimina la percepción impositiva para personas humanas y sucesiones indivisas por la adquisición de moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones (se mantiene para el turismo y pagos con tarjeta de crédito). Del mismo modo, ya no estarán alcanzada la compra de billetes para el pago de obligaciones por la importación de las mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se detallaban en el Anexo de la RG 5617/2024.

  • Ganancias 2024 - Vencerá en el mes de Junio 2025

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. Ahora, para 2024 y los períodos fiscales sucesivos la nueva fecha límite operará en el mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal declarado.

    Recordemos, que mediante Res. Gral. 5592, la ARCA (ex AFIP) había anticipado las fechas de vencimiento de la declaración anual al mes de mayo de cada año.

  • ARCA - Res. 5600/2024 - Ganancias 2024: Régimen Especial de Determinación de Anticipos

    La ARCA (ex AFIP) estableció un régimen especial de determinación de anticipos del Impuesto a las Ganancias (2024), aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. A su vez, volvió a prorrogar la fecha de vencimiento del primer anticipo al día 25 de este mes, para todas las CUIT.

  • AFIP Res. 5592/2024 - Ganancias: Se postergan los vencimientos de los anticipos y se adelanta el vencimiento de la DDJJ anual

    Mediante Res. Gral. 5592/2024, la AFIP establece nuevas fechas de vencimiento para el ingreso de los anticipos del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2024, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, y fijar para el mes de mayo el vencimiento de la obligación de presentación de la declaración jurada anual de dicho gravamen.

  • AFIP Res. 5548 - Ganancias - Bienes - Cedular: Prórroga y Pago a Cuenta

    La AFIP oficializó la prórroga de vencimientos para los impuestos a las ganancias y bienes personales para el mes de septiembre. Sin embargo, en las fechas anteriormente previstas para este mes (26 de agosto y ss.), se deberá ingresar un anticipo del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023.

  • AFIP Res. 5547/24 - Ganancias - SiRADIG: Se suprime la obligación de adjuntar el contrato de locación

    La AFIP suprime la obligación de adjuntar el contrato de locación a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, a los fines del cómputo de las deducciones del 40% y del 10% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa habitación, previstas respectivamente en los incisos h) y s) del Apartado D del Anexo II de la Resolución General N° 4.003.

  • Ganancias - Bienes - La AFIP prorrogará nuevamente los vencimientos

    La AFIP informa que prorrogará los plazos para realizar la presentación y pago de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. La Resolución aún no se publicó en el Boletin Oficial.

  • AFIP - Res. 5541/24 - Anticipos Ganancias/Bienes: Se prorrogan los vencimientos a octubre y noviembre.

    La AFIP decidió postergar los vencimientos de los anticipos 1 y 2 de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, tras la prórroga de vencimientos establecida por la Res. 5516 para fines de este mes.

  • AFIP Res. 5531/24 - Ganancias: Reglamentación de la Ley 27.743

    Mediante Res. Gral. 5531/24 la AFIP adecuó la Resoluciones 2.442 y 4.003 a las nuevas disposiciones de la Ley 27.743. Por otro lado, se deroga el régimen informativo anual del Impuesto a las Ganancias, para los empleados en relación del dependencia. 

  • Decreto 608/2024 - Reglamentación de la Ley N° 27.743

    Mediante Decreto 608/2024 el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 27.743, la cual establece un régimen de regularización tributaria, blanqueo y modificaciones impositivas.

  • Ley 27.743 - Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes

    Mediante Decreto 593/2024, el Gobierno Nacional promulgó la Ley de Medidas Fiscales, bajo el número 27.743. A continuación puede consultarse la misma en formato de pestañas.

  • AFIP - Res. 5519/24 - Ganancias: se amplia el plazo para presentar el F572 (SIRADIG)

    Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 2.442 y N° 4.003, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el día 15 de julio de 2024, inclusive. En esta oportunidad, se mantiene el plazo de la Res. Gral. 5514/24 para que los empleadores practiquen la liquidación anual (hasta el 31 de julio).

  • AFIP - Res. 5515 y 5516 - Se prorrogan los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

    Finalmente, la AFIP, mediante resoluciones 5515 y 5516, oficializó la prórroga de los vencimientos de ganancias y bienes personales para el mes de agosto 2024.

  • AFIP - Res. 5514/24 - Ganancias: se amplia el plazo para presentar el F572 (SIRADIG) y la Liquidación Anual 2023

    Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 2.442 y N° 4.003, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el día 30 de junio de 2024, inclusive.

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