CP Jorge Vega
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  • AFIP Res. Gral. - Ganancias Sociedades: Se aprueba la Versión 23.0 del aplicativo

    Se establece que los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General Nº 4.626 y sus complementarias, a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias y de la confección de la respectiva declaración jurada, deberán utilizar el programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 23.0” que se aprueba por la presente.

  • Ley 27.737 - Alquileres - Modificaciones e incentivos fiscales

    Se publicó la reforma a la Ley de Alquileres, la cual mantiene el plazo mínimo de locación por 3 años, se modifica el índice aplicable y se reduce el plazo mínimo de actualización (de anual pasa a semestral). Por otro lado, se establecen incentivos fiscales en el Monotributo, Débitos y Créditos, Bienes Personales y Ganancias.

  • Ley 27.725 - Impuesto a las Ganancias 2024 - Modificaciones a la 4ta Categoría

    El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.725, la cual establece modificaciones en el Impuesto a las Ganancias para el año fiscal 2024, aplicables sobre los ingresos provenientes del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones, entre otros.

  • AFIP - Res. 5423/23 - Ganancias Profesiones y Oficios: se actualizan montos sujetos a retención y alícuotas

    La AFIP actualizó los montos y alícuotas de retención de ganancias aplicables a profesiones liberales y oficios, a los fines de receptar la petición formulada por el Ministerio de Economía mediante la Res. 1416/2023.

  • AFIP - Res. 5417/2023 - Ganancias Empleados: AFIP reglamentó los cambios en el impuesto

    Mediante Res. 5417/2023, la AFIP actualizó el Régimen de Retención del Impuesto a las Ganancias, contemplando las modificaciones y topes establecidas por el Decreto 473/23.

  • Decreto 473/2023 - Ganancias Empleados/Jubilados: se incrementa a $ 1.770.000 el piso del impuesto

    Con efectos desde el 1° de octubre (devengado), se eleva a $ 1.770.000 mensuales (15 SMVyM) el mínimo a partir del cual los empleados y jubilados comenzarán a pagar el impuesto. La mencionada cifra, regirá también, para definir la exención del SAC de todo este semestre.

  • Ganancias - Empleados y Jubilados: elevarán el piso a $ 1.770.000 desde octubre

    Así lo anunció el ministro de Economía, Sergio Massa, en Plaza de Mayo. El nuevo mínimo subirá a partir del 1 de octubre próximo, con ajustes semestrales.

  • AFIP Res. 5402/23 - Ganancias: NUEVA Tabla Deducción Especial Incrementada y Escalas Progresivas

    AFIP reglamentó los cambios introducidos por los decretos 414/2023 y 415/2023, actualizando las tablas de Deducción Especial Incrementada y la escala progresiva del Impuesto a las Ganancias.

  • Decreto 415/2023 - Ganancias Empleados/Jubilados: se incrementa en un 35% la escala progresiva

    Se encomienda a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, a incrementar en un 35 % los importes de la escala progresiva del primer párrafo del artículo 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, a los fines de reducir el monto de las retenciones de los sujetos que obtengan las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 82 de la citada norma legal.

  • Decreto 414/2023 - Ganancias Empleados/Jubilados: se incrementa a $ 700.875 el piso del impuesto

    Con efectos desde el 1° de agosto de 2023 (devengado), se eleva a $ 700.875 mensuales (brutos) el mínimo a partir del cual los empleados y jubilados comenzarán a pagar el impuesto. También se eleva a $ 808.341 el tope para la deducción especial incrementada, por tramos.

  • AFIP Res. 5374/23 - Exención Ganancias SAC - Reglamentación del Decreto 316/23

    La AFIP reglamentó el Decreto 316/2023,  a los fines de que los agentes de retención consideren el nuevo monto establecido para la aplicación de la exención del sueldo anual complementario.

  • Decreto 316/2023 - Ganancias: se oficializó la ampliación de la exención sobre el SAC (Aguinaldo)

    Mediante Decreto 316/2023, el Gobierno Nacional oficializó la ampliación de la exención sobre el Sueldo Anual Complementario, incrementando el tope de haber bruto a $ 880.000 mensuales. Lo retenido en exceso se devolverá en dos cuotas en los meses de junio y julio de 2023.

  • AFIP - Res. 5367/2023 - Prórroga de Ganancias, Bienes Personales y Cedular 2022

    Mediante Res. 5367/2023, la AFIP oficializó la prórroga de los vencimientos de los Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular, período fiscal 2022, los cuales comenzarán a correr desde el día 22 de junio.

  • Ganancias y Bienes 2022 - AFIP prorrogó los vencimientos

    En respuesta a la solicitud de la FACPCE y de los consejos profesionales del País, la AFIP decidió prorrogar la presentación y el pago de las Declaraciones Juradas de Ganancias (DDJJ) y Bienes Personales (BBPP) para Personas Humanas y Sucesiones Indivisas correspondientes al período fiscal 2022. Los nuevos vencimientos operarán a partir del jueves 22 de junio.

  • Ganancias: el SAC (Aguinaldo) de Junio estará exento hasta $ 880.000

    El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que en la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC), los salarios brutos de hasta $880 mil quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores de todo el país.

  • AFIP Res. 5358/23 - Ganancias 4ta - Reglamentación Nuevo Mínimo de $ 506.230 (+ TABLA DEDUCCIÓN INCREMENTADA)

    La AFIP reglamentó, mediante Res. 5358/23, el Decreto 267/2023, el cual actualiza el importe mínimo a partir del cual los trabajadores, jubilados y pensionados comienzan a pagar el impuesto. Por otro lado, se modificó la Res. 4.003 a los fines de receptar los cambios introducidos por la Ley 27.718 (Exenciones para el personal de salud - Guardias Obligatorias y Horas Extras).

  • Dto 267/2023 - Ganancias Empleados/Jubilados: se incrementa a $ 506.230 el piso del impuesto

    Con efectos desde el 1° de mayo (devengado), se eleva a $ 506.230 mensuales (brutos) el mínimo a partir del cual los empleados y jubilados comenzarán a pagar el impuesto. También se eleva a $ 583.851 el tope para la deducción especial incrementada, por tramos.

  • Ley 27718 - Ganancias - Personal Salud - Exención Guardias Obligatorias y Horas Extras

    Se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.718, estableciendo que estarán exentas en el Impuesto a las Ganancias las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional.

  • Ganancias Empleados: en mayo el mínimo subirá a $ 506.230

    El Ministro de Economía anunció que a partir de mayo no pagarán el impuesto a las ganancias los trabajadores que perciban salarios brutos inferiores a $ 506.230. Si es mayor a dicho valor, pero no supera los $ 583.851, regirá la tabla de deducción especial incrementada. 

  • Ganancias Empleados - Aclaraciones sobre el cómputo de Bonos, Viáticos y otros conceptos

    La Dirección Nacional de Impuestos publicó el Dictamen N° 39234369/2023 estableciendo precisiones sobre el tratamiento a dispensar en el Impuesto a las Ganancias de los siguientes conceptos: Bono por Productividad, Fallo de Caja, Movilidad, Viáticos, Horas Extras y Adicionales por Tuno Rotatorio, entre otros.

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