CP Jorge Vega
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  • Res. Gral. 4721/20 - AFIP: Prórroga de Ganancias, Bienes, Cedular e Informativa (hasta fines de julio)

    La AFIP prorrogó los vencimientos de presentación y pago de los Impuesto a las Ganancias (Personas Humanas), Bienes Personales y del Impuesto Cedular hasta fines de julio. Asimismo, para quienes tengan que hacer la presentación de la declaración informativa de ganancias, podrán hacerlo hasta el 31 de julio.

  • Se prorroga la presentación y pago de Ganancias y Bienes Personales

    Así lo anunció la AFIP en su cuenta de Twitter. La prórroga será hasta fines de julio para los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y el Impuesto Cedular. Aún resta que se publique la resolución general que lo establezca.

  • Res. Gral. 4714/2020: Prórroga de Ganancias (PJ), IVA y ampliación de planes

    Mediante Res. 4714/2020, la AFIP prorrogó la presentación y pago de Ganancias PJ, con cierre en Dic. de 2019, a los días 26 y 27 de mayo. Respecto a la presentación de la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor (Cierre en Noviembre), se podrá efectuar hasta el 30 de junio. También se corren los vencimiento del IVA abril a los días 20, 21 y 22 de mayo. Por último, se establece la ampliación de los planes de Ganancias y del permanente.

  • AFIP - Resolución 4689/20 - Precios de transferencia - Prórroga de vencimientos

    Se establece que la información que deba suministrarse en virtud de las disposiciones de la Resolución General N° 1.122, sus modificatorias y complementarias, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de setiembre de 2019, ambos inclusive, se presentará -con carácter de excepción- entre los días 18 y 22 de mayo de 2020, ambos inclusive. 

  • F. 572 Web y Declaración Anual - Se extiende el plazo hasta el 30/04 y el 29/05, respectivamente (AFIP - Res. Gral. 4686/20)

    Mediante Resolución General 4686/2020, la AFIP decidió extender hasta el día 30 de abril de 2020, inclusive, el plazo para la presentación del Formulario 572 Web correspondiente al período fiscal 2019, como así también extender el plazo para el cumplimiento por parte del agente de retención de la obligación de realizar la liquidación anual del gravamen por dicho período fiscal, hasta el día 29 de mayo de 2020.

  • Ley de Solidaridad - Nota a la AFIP: análisis y sugerencias de la FACPCE sobre moratoria, bienes personales, ganancias y débitos/créditos bancarios

    La FACPCE presentó una nota a la AFIP donde se analiza y se solicita a la misma que se expida sobre diversos puntos grises de la Ley de Solidaridad N° 27.541 y sus normas reglamentarias, entre ellas, las referidas al: a) régimen de regularización de obligaciones tributarias (moratoria), b) Impuesto a las Ganancias y c) Impuesto sobre los Bienes Personales.

  • Ganancias 2020: Deducciones Personales + TABLAS ACUMULADAS (IMPORTES OFICIALES)

    La AFIP publicó los valores actualizados de las deducciones personales y de las tablas del Impuesto a las Ganancias del Art. 94 acumuladas por mes para todo el 2020 (Ex art. 90 en el ordenamiento anterior).

  • Ley 27.541: «Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva» ( FORMATO DE PESTAÑAS )

    Tras su sanción por el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo promulgó y publicó la Ley en el suplemento del Boletín Oficial  del día 23/12/2019, fecha desde la cual entró en vigencia, salvo por el Art. 52 que fue observado en parte (donde dice “En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras”.). 

  • Texto completo del «Proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivacion Productiva» ( En PDF y en FORMATO «AMIGABLE» )

    Se publicó el texto completo del proyecto de Ley donde se declara el estado de emergencia y se establecen múltiples medidas en materia social, económica, previsional, tarifaria e impositiva, entre otras, además de delegar facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo.

  • Decreto 862/2019 - Impuesto a las Ganancias: se aprueba nueva reglamentación

    Tras la aprobación del nuevo texto ordenado de la Ley de Ganancias, el Poder Ejecutivo sustituye el texto reglamentario e introduce algunas precisiones.

  • Menores de edad y el Impuesto a las Ganancias: la AFIP responde como y quien declara las ganancias en la situación planteada

    Antes de la reforma establecida por la Ley 27.430, la Ley del Impuesto a las Ganancias en su artículo 31 establecía que las ganancias de los menores de edad debían ser declaradas por los padres ( usufructuarios ) y adicionarse a las propias. Ahora, dicho artículo se encuentra derogado, con lo cual la AFIP junto con las entidades profesionales aclaran cual es el tratamiento legal a otorgar a las mismas.

  • AFIP da respuestas sobre ganancias, IVA, débitos y créditos, facturación y procedimiento ( Acta 33 - Espacios de diálogo institucional - 6/11/2019 )

    La AFIP publicó más de 20 respuestas sobre temas impositivos y de procedimiento planteados por las entidades profesionales en la reunión del día 6 de noviembre de 2019.

  • Mini plan de Ganancias: se podrá adherir hasta el 31 de octubre

    La extensión del plazo será de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos hayan operado entre los días 1 de mayo de 2019 y el 31 de agosto de 2019. Se podrá adherir a partir del 2 de septiembre y hasta el 31 de octubre.

  • AFIP - Ganancias: Reducción de de anticipos en un 50% - Resolución 4547/2019

    Mediante Resolución 4547, la AFIP oficializó la reducción del 50% de los anticipos del impuesto a las ganancias cuyos vencimientos operan en los meses de octubre y diciembre de 2019, 

  • AFIP - Ganancias: Deducciones personales. Incremento del 20%. Reintegro. Tablas. Resolución 4546/2019

    La AFIP oficializó, mediante Resolución 4546, el incremento del 20% en las deducciones personales de los incisos a ( Ganancia No Imponible ) y c ( deducciones especial ) del Art. 23 de la Ley de Ganancias. Además, se publicaron las tablas actualizadas para los meses de septiembre a diciembre, estableciéndose que las diferencias que pudieran generarse a favor de los sujetos pasibles de retención, se reintegrarán en 2 cuotas iguales en los meses de septiembre y octubre de 2019. 

  • Ganancias - Personas humanas - Cálculo de anticipos: actualización de deducciones y escala del art. 90 ( Res. Gral. 4522 )

    Mediante la Resolución 4522, la AFIP actualizó el procedimiento para el cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias aplicable a las personas humanas y sucesiones indivisas. A tales efectos, los mismos se determinarán considerando las deducciones personales y las escalas del art. 90 actualizadas por el coeficiente que surge de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

  • Ganancias - Declaración Informativa: empleados y jubilados podrán presentar hasta el 24 de julio

    Además, mediante Resolución 4506/2019, se oficializó la prórroga para la presentación de los Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Mínima Presunta hasta el 16 de julio. Las fechas de pago se mantienen en los días 19, 21  y 24 de junio.

  • Ganancias y Renta Financiera : nuevas respuestas de la AFIP

    La AFIP da respuestas a dos consultas que habían quedado pendientes sobre el Impuesto a las Ganancias y a la Renta Financiera, tras la reunión que se llevo a cabo en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Chaco el 2 de mayo de 2019.

  • Resolución 4501/2019 - AFIP : Prórroga de Ganancias, Bienes y Renta Financiera

    Se oficializó la prórroga de los Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y a la Renta Financiera. Los dos primeros vencerán los días 18, 19 y 21 de junio, mientras que las fechas de pago pasan a los días 19, 21 y 24. Respecto al Impuesto Cedular, el vencimiento para la presentación se extiende un mes más hasta el 19 de julio. Se aclara que quienes presenten mediante el procedimiento simplificado deberán conservar a disposición de la AFIP los papeles de trabajo que respalden el cálculo de los importes totales consignados.

  • Se prorroga Ganancias, Bienes y Renta Financiera

    La AFIP anunció la prórroga para la presentación del Impuesto a las Ganancias y Sobre los Bienes Personales para los días 18, 19 y 21 de junio. Las fechas para el pago pasan para el 19, 21 y 22 de junio. Respecto al Impuesto Cedular ( Renta Financiera ) el vencimiento pasa para el 19 de julio, mientras que se mantiene el plazo para el pago.

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