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  • Manual de Ganancias y Bienes Personales 2019 - FACPCE (Actualizado al 30/06/2020)

    La FACPCE publicó un manual de impuesto a las ganancias e impuesto sobre los bienes personales, para personas físicas y divisiones indivisas del Período Fiscal 2019 (incluye la reforma de la Ley 27.541 publicada en el Boletín Oficial el 23.12.2019). Autor: Dr. Oscar Fernández

  • Res. Gral 4752/20 AFIP - Exención Ganancias - Empleados Salud y otros: Procedimiento de Retención

    Se establece que los agentes de retención del impuesto a las ganancias alcanzados por las disposiciones de la Resolución General N° 4.003, sus modificatorias y complementarias, que hubieran abonado y/o abonen en los meses de marzo de 2020 y siguientes, rentas exentas en los términos del artículo 1° de la Ley Nº 27.549, deberán observar las disposiciones de la presente resolución general.

  • Res. Gral. 4743/2020: se prorroga el plazo para presentar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor hasta el 18 de agosto

    Se establece que los contribuyentes y/o responsables del impuesto a las ganancias alcanzados por la Resolución General N° 4.626, cuyos cierres de ejercicio operaron en los meses de noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020, podrán presentar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor, dispuestos por el inciso b) del artículo 4° de la citada norma, correspondientes a dichos ejercicios, hasta el 18 de agosto de 2020, inclusive.

  • Res. Gral. 4739 - Ganancias - Certificado de Exención para Cooperadoras escolares, asociaciones de bomberos voluntarios y cooperadoras hospitalarias

    Se establece que a fin de obtener el certificado de exención del impuesto a las ganancias, las Cooperadoras Escolares, las Asociaciones de Bomberos Voluntarios y las Cooperadoras Hospitalarias, deberán observar las disposiciones de la presente, en sustitución de lo previsto en el Título I de la Resolución General N° 2.681.

  • Ley 27549: Beneficios Especiales a Personal de Salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros ante la Pandemia de Covid-19

    Se promulgó la Ley 27549 que establece, entre otros beneficios, la exención en el Impuesto a las Ganancias, desde el 1° de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020, las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; el personal de las Fuerzas Armadas; las Fuerzas de Seguridad; de la Actividad Migratoria; de la Actividad Aduanera; Bomberos, recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que presten servicios relacionados con la emergencia sanitaria establecida por Decreto N° 260/2020 y las normas que lo extiendan, modifiquen o reemplacen.

  • Ganancias Persona Humana 2019: AFIP habilitó la carga por la web

    La AFIP en el día de hoy habilitó en el servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado" el período fiscal 2019 para que los contribuyentes procedan a determinar el impuesto. 

  • Res. Gral. 4725 - Retenciones Gcias. 4ta: hasta el 3 de julio se podrá hacer la Liquidación Anual (sustitución del Formulario)

    Se establece que la liquidación anual de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 2.442 y N° 4.003, que deben efectuar los agentes de retención a efectos de determinar la obligación anual del beneficiario correspondiente al período fiscal 2019, podrá ser cumplida -con carácter de excepción- hasta el 3 de julio de 2020, inclusive. Por otro lado, las liquidaciones finales o informativas por cese de la relación laboral o cambio del agente de retención, cuya presentación debió efectuarse en los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2020, se considerarán en término si se presentan hasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

  • Res. Gral. 4721/20 - AFIP: Prórroga de Ganancias, Bienes, Cedular e Informativa (hasta fines de julio)

    La AFIP prorrogó los vencimientos de presentación y pago de los Impuesto a las Ganancias (Personas Humanas), Bienes Personales y del Impuesto Cedular hasta fines de julio. Asimismo, para quienes tengan que hacer la presentación de la declaración informativa de ganancias, podrán hacerlo hasta el 31 de julio.

  • Se prorroga la presentación y pago de Ganancias y Bienes Personales

    Así lo anunció la AFIP en su cuenta de Twitter. La prórroga será hasta fines de julio para los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y el Impuesto Cedular. Aún resta que se publique la resolución general que lo establezca.

  • Res. Gral. 4714/2020: Prórroga de Ganancias (PJ), IVA y ampliación de planes

    Mediante Res. 4714/2020, la AFIP prorrogó la presentación y pago de Ganancias PJ, con cierre en Dic. de 2019, a los días 26 y 27 de mayo. Respecto a la presentación de la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor (Cierre en Noviembre), se podrá efectuar hasta el 30 de junio. También se corren los vencimiento del IVA abril a los días 20, 21 y 22 de mayo. Por último, se establece la ampliación de los planes de Ganancias y del permanente.

  • AFIP - Resolución 4689/20 - Precios de transferencia - Prórroga de vencimientos

    Se establece que la información que deba suministrarse en virtud de las disposiciones de la Resolución General N° 1.122, sus modificatorias y complementarias, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de setiembre de 2019, ambos inclusive, se presentará -con carácter de excepción- entre los días 18 y 22 de mayo de 2020, ambos inclusive. 

  • F. 572 Web y Declaración Anual - Se extiende el plazo hasta el 30/04 y el 29/05, respectivamente (AFIP - Res. Gral. 4686/20)

    Mediante Resolución General 4686/2020, la AFIP decidió extender hasta el día 30 de abril de 2020, inclusive, el plazo para la presentación del Formulario 572 Web correspondiente al período fiscal 2019, como así también extender el plazo para el cumplimiento por parte del agente de retención de la obligación de realizar la liquidación anual del gravamen por dicho período fiscal, hasta el día 29 de mayo de 2020.

  • Ley de Solidaridad - Nota a la AFIP: análisis y sugerencias de la FACPCE sobre moratoria, bienes personales, ganancias y débitos/créditos bancarios

    La FACPCE presentó una nota a la AFIP donde se analiza y se solicita a la misma que se expida sobre diversos puntos grises de la Ley de Solidaridad N° 27.541 y sus normas reglamentarias, entre ellas, las referidas al: a) régimen de regularización de obligaciones tributarias (moratoria), b) Impuesto a las Ganancias y c) Impuesto sobre los Bienes Personales.

  • Ganancias 2020: Deducciones Personales + TABLAS ACUMULADAS (IMPORTES OFICIALES)

    La AFIP publicó los valores actualizados de las deducciones personales y de las tablas del Impuesto a las Ganancias del Art. 94 acumuladas por mes para todo el 2020 (Ex art. 90 en el ordenamiento anterior).

  • Ley 27.541: «Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva» ( FORMATO DE PESTAÑAS )

    Tras su sanción por el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo promulgó y publicó la Ley en el suplemento del Boletín Oficial  del día 23/12/2019, fecha desde la cual entró en vigencia, salvo por el Art. 52 que fue observado en parte (donde dice “En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras”.). 

  • Texto completo del «Proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivacion Productiva» ( En PDF y en FORMATO «AMIGABLE» )

    Se publicó el texto completo del proyecto de Ley donde se declara el estado de emergencia y se establecen múltiples medidas en materia social, económica, previsional, tarifaria e impositiva, entre otras, además de delegar facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo.

  • Decreto 862/2019 - Impuesto a las Ganancias: se aprueba nueva reglamentación

    Tras la aprobación del nuevo texto ordenado de la Ley de Ganancias, el Poder Ejecutivo sustituye el texto reglamentario e introduce algunas precisiones.

  • Menores de edad y el Impuesto a las Ganancias: la AFIP responde como y quien declara las ganancias en la situación planteada

    Antes de la reforma establecida por la Ley 27.430, la Ley del Impuesto a las Ganancias en su artículo 31 establecía que las ganancias de los menores de edad debían ser declaradas por los padres ( usufructuarios ) y adicionarse a las propias. Ahora, dicho artículo se encuentra derogado, con lo cual la AFIP junto con las entidades profesionales aclaran cual es el tratamiento legal a otorgar a las mismas.

  • AFIP da respuestas sobre ganancias, IVA, débitos y créditos, facturación y procedimiento ( Acta 33 - Espacios de diálogo institucional - 6/11/2019 )

    La AFIP publicó más de 20 respuestas sobre temas impositivos y de procedimiento planteados por las entidades profesionales en la reunión del día 6 de noviembre de 2019.

  • Mini plan de Ganancias: se podrá adherir hasta el 31 de octubre

    La extensión del plazo será de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos hayan operado entre los días 1 de mayo de 2019 y el 31 de agosto de 2019. Se podrá adherir a partir del 2 de septiembre y hasta el 31 de octubre.

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