El BCRA decidió bajar la tasa de interés mínima para los depósitos a plazo fijo a 110% nominal anual (de 133% que regía hasta hoy). En cuanto a los depósitos a plazo fijo ajustables por UVA, la Entidad aclara que seguirán disponibles, estableciendo que la tasa fija de precancelación será la que libremente se convenga.
El BCRA incrementó la tasa para los depósitos a plazo fijo. La entidad informó que la tasa mínima para depósitos de hasta 30 millones de pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por personas humanas, será, de 118% nominal anual (TNA) lo que equivale para un plazo de 30 días a una tasa efectiva anual de 208,40% (TEA).
Luego de una semana, el BCRA volvió a incrementar la tasa para los depósitos a plazo fijo. La entidad informó que la tasa mínima para depósitos de hasta 30 millones de pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por personas humanas, será, de 91% nominal anual (TNA) lo que equivale para un plazo de 30 días a una tasa efectiva anual de 140,5% (TEA).
El BCRA informa que la tasa mínima para depósitos de hasta 10 millones de pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por personas humanas, será, a partir de mañana, de 81% nominal anual (TNA) lo que equivale para un plazo de 30 días a una tasa efectiva anual de 119,06% (TEA).
El BCRA informa que la tasa mínima para depósitos de hasta 10 millones de pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por personas humanas, es de 78% nominal anual (TNA) lo que equivale para un plazo de 30 días a una tasa efectiva anual de 112,97% (TEA).
El BCRA informa que la tasa mínima para depósitos de hasta 10 millones de pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por personas humanas, es de 75% nominal anual (TNA) lo que equivale para un plazo de 30 días a una tasa efectiva anual de 107,05% (TEA). La nueva tasa comenzará a regir a partir del viernes 16.09.2022,
El Ministerio de Economía, mediante Res. 559/2022, incrementó las tasas de intereses resarcitorios y punitorios, las cuales serán de 5,91% y 7,37% mensual, respectivamente. Las mismas regirán desde el 1 de septiembre.
El Ministerio de Hacienda, mediante Resolución 598/2019, modificó las tasas de interés aplicables a los casos en los que asiste a los contribuyentes el derecho de percibir sumas por parte del organismo recaudador, tomando como referencia la tasa pasiva promedio publicada por el Banco Central de la República Argentina. Asimismo, se establecen tasas diferenciales para obligaciones expresadas en dólares estadounidenses o que deban abonarse de acuerdo con el monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago. Se deroga la resolución 314/2004.
Tras la habilitación para que se puedan constituir plazos fijos en cualquier entidad bancaria y la ampliación de la exención al impuesto a los débitos y créditos, el BCRA comenzó a publicar una tabla comparativa de tasas de plazo fijo que los bancos irán actualizando cuando se produzcan modificaciones. Según la entidad, esta herramienta facilitará a los usuarios financieros hacer uso de la opción de suscribir plazos fijos online en cualquier banco, con independencia de que sean clientes o no, de manera gratuita y sin requisitos administrativos previos.
La AFIP publicó las tasas de interés resarcitorio y punitorio que regirán a partir de este mes de acuerdo al régimen de actualización previsto por la Resolución 50/2019 del Ministerio de Hacienda. Cabe recordar que dicha norma estableció que las tasas se actualizarán por trimestre calendario y serán calculadas en función a la tasa que paga el Banco Nación por los depósitos a plazo fijo ( canal electrónico ). La tasa de interés resarcitorio será de 1,2 veces de la mencionada tasa y los punitorios de 1,5 veces ( es decir, 20% y 50% superior, respectivamente ).
Dicha tasa mínima regirá para depósitos de 30 a 44 días. Para plazos mayores, de 45 a 59 días y de 60 días o más, la tasa mínima será del 23,41% y 24,46%, respectivamente.
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