Este jueves la Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado en el Boletín Oficial, mediante Resolución 3076/2011, un nuevo régimen de información aplicable al Transporte de Caudales.
Según la norma "quedan obligados a actuar como agentes de información las personas —físicas o jurídicas— que realicen prestaciones de traslado, movimiento y/o entrega de fondos, custodia o tenencia de efectivo y/o valores, a nombre propio o a cuenta y nombre de terceros, en el ámbito del territorio nacional".
La información se suministrará mensualmente, mediante transferencia electrónica, hasta el último día del mes inmediato siguiente al del período mensual informado, y se utilizará el aplicativo "AFIP DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE TRANSPORTADORAS DE CAUDALES - Versión 1.0". Los datos a informar son:
- Respecto de quien recibe el servicio:
- Apellido y nombres, denominación o razón social:
- Domicilio fiscal y/o real, laboral o comercial completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, barrio, paraje, localidad, provincia y código postal).
- Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o, en su defecto, Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) o, en caso de no poseerse, tipo y número de documento de identidad (D.N.I., L.E., L.C.) o cédula de identidad del MERCOSUR o pasaporte o cédula de identidad de países limítrofes, todos ellos vigentes al momento de celebrar el contrato.
Se deberá constatar la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de los contribuyentes y responsables a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), de acuerdo con lo establecido por la Resolución General Nº 1817, su modificatoria y complementaria.
- Con relación a las operaciones realizadas:
- Tipo, número y fecha de la operación.
- Tipo, número y fecha del comprobante emitido.
- Tipo de moneda y monto de la operación.
- Especie (sacas, barriles, bolsines u otro elemento utilizado). Cantidad y tipo.
- Monto facturado en concepto de traslados, seguros, custodias/guardas y otros.
- Período desde/hasta contratado y/o de rescisión anticipada, en caso de operaciones de custodia/guarda.
- Tipo y número de documento de identidad del sujeto responsable del lugar de origen de la operación.
- Domicilio completo del lugar de origen de la operación.
- Tipo y número de documento de identidad del sujeto responsable del lugar de destino de la operación.
- Domicilio completo del lugar de destino de la operación.
Por último, este nuevo régimen comenzará a regir a partir del 1 de mayo de 2011.