Mediante Resolución 2196/2019, la Dirección General de Rentas de San Juan actualizó los importes mensuales a pagar durante el año 2020 al Régimen Simplificado del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
Resolución 2196/2019 - Régimen Simplificado San Juan
Visto y considerando
VISTO:
El Expediente N° 702-006281-2019-EXP-PROY, y las facultades conferidas a esta Dirección por el Código Tributario - Ley N° 151-I, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 151-I, Código Tributario Provincial, faculta al Director General de Rentas para dictar las normas necesarias para el cumplimiento de los deberes y atribuciones específicas de la Dirección General de Rentas.
Que el Artículo 131 Bis de la Ley N° 151-I establece un Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para pequeños contribuyentes locales que se encuentren inscriptos a nivel Nacional en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes - Monotributo (Ley N° 24.977 y modificatorias).
Que el Inciso 2) del Artículo 131 Bis de la Ley N° 151-I establece el impuesto fijo mensual que deben tributar los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado Provincial, según la categoría en que encuadren en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Que la norma citada en el párrafo anterior, faculta a la Dirección General de Rentas para actualizar los montos de impuesto fijo mensual establecidos en la misma norma, considerando las modificaciones que a tal fin determine la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Que, en función de lo expresado, resulta necesario actualizar los montos de impuesto fijo mensual del Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que ha intervenido Asesoría Letrada de esta Dirección, no efectuando observación legal del expediente de Visto.
Articulado
Art. 1 - Fijar los siguientes montos de impuesto fijo mensual a tributar por los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado Provincial del impuesto sobre los ingresos brutos, de acuerdo con lo establecido en los considerandos de la presente resolución:
Categoría Régimen Simplificado AFIP (Monotributo) | Impuesto fijo mensual |
---|---|
A | $ 430 |
B | $ 660 |
C | $ 880 |
D | $ 1.300 |
E | $ 1.750 |
F | $ 2.200 |
G | $ 2.640 |
H | $ 3.660 |
I | $ 4.300 |
J | $ 4.950 |
K | $ 5.500 |
Art. 2 - La vigencia de la presente resolución será a partir del día uno (1) de enero de 2020.
Art. 3 - Derogar toda disposición en contrario.
Art. 4 - De forma.