Por medio del nuevo trámite, el contribuyente podrá bajar de categoría, por alguna causa determinante que impida esperar al período de Recategorización que ocurre en enero y junio de cada año. Se aclara que una vez transcurridos los efectos de la Pandemia, la AFIP podrá requerir su certificación o promover la verificación.
⚠️ QUE NO SE MALINTERPRETE: no significa que ahora todo el mundo podrá bajarse de categoría, solamente si se justifica (en el artículo se detallan posibles causas).
Presentaciones Digitales - Baja de Categoría - Requisitos
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