Mediante Resolución 3167, la AFIP aprobó la versión 9 del programa aplicativo para la determinación e ingreso del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

Vigencia

El aplicativo resultará de aplicación respecto de las  presentaciones de declaraciones juradas originarias o rectificativas que se efectúen a partir del 29 de agosto.

La norma aclara que los campos mencionados en los incisos a) y c), enunciados a  continuación,  no serán de cobertura obligatoria para las declaraciones juradas, originales o rectificativas, correspondientes a períodos fiscales anteriores a 2010.

Novedades introducidas

En esta nueva versión del programa aplicativo se incluyen las modificaciones que se indican a
continuación:

  1. En la pantalla “Datos de Identificación” se incorporan los siguientes campos y marcas:
    1. Primer ejercicio fiscal (marcar SI o NO).
    2. C.U.I.T. (si existe Empresa Antecesora y/o Absorbente).
    3. C.U.I.T. (si existe Empresa Continuadora).
  2. En la pantalla “Bienes en el país” se agregan/modifican los siguientes campos:
    • ¿Posee bienes amparados por leyes que otorgan beneficios? (para el caso de bienes exentos).
    • Total de Bienes exentos/No computables.
  3. En la pantalla “Impuesto Determinado” se incorporan las siguientes tablas y campos:
    • Tabla 8: PROCEDENCIA DEL PAGO A CUENTA. REORGANIZACION DE SOCIEDADES
      • C.U.I.T
      • DENOMINACION O RAZON SOCIAL
      • TIPO DE EMPRESA
      • NOMBRE DEL IMPUESTO
      • PERIODO FISCAL
      • FECHA DE PAGO
      • IMPORTE COMPUTADO
      • TOTAL PAGO A CUENTA
    • Tabla 10: DETALLE DE LOS PAGOS A CUENTA. IMPUESTO A LAS GANANCIAS
      • C.U.I.T.
      • DENOMINACION O RAZON SOCIAL
      • TIPO DE EMPRESA
      • PERIODO FISCAL
      • FECHA DE PRESENTACION DJ
      • IMPUESTO DETERMINADO
      • IMPORTE COMPUTADO
      • TOTAL PAGO A CUENTA
    • Anticipos cancelados con cómputo de Bonos o Certificados Fiscales.
    • Saldo a favor del contribuyente por Anticipos cancelados con Bonos o Certificados Fiscales.
  4. En el formulario F. 715, se incorporaron los siguientes campos:
    • Empresa Antecesora y/o Absorbente: SI o NO.
    • Empresa Continuadora: SI o NO.
    • Anticipos cancelados con cómputo de Bonos o Certificados Fiscales.
    • Saldo a favor del contribuyente por Anticipos cancelados con Bonos o Certificados Fiscales.

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