El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, instruyó a los señores fiscales con competencia en materia penal para que se opongan a la aplicación retroactiva de los nuevos montos para los delitos establecidos en la Ley Penal Tributaria.

El pasado 22 de diciembre de 2011, el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.735 que introdujo modificaciones a la Ley Penal Tributaria (ley 24.769) y al artículo 76 bis del Código Penal. Entre las modificaciones que introdujo, la nueva ley ajustó los montos a partir de los cuales son punibles algunos de los comportamientos que la Ley Penal Tributaria criminaliza. Así, por ejemplo, la evasión simple que era punible sólo si el monto evadido excedía los cien mil pesos por cada tributo y por cada ejercicio anual, a partir de la nueva ley lo es sólo si ese monto supera la suma de cuatrocientos mil pesos.

Según el Procurador, "esa variación de los montos que fijan las fronteras de la punibilidad ha generado una expectativa de impunidad entre los imputados por delitos de la Ley Penal Tributaria cometidos con anterioridad a la vigencia de la nueva ley y por montos que excedían los mínimos del régimen original pero que no superan los mínimos del nuevo, mediante la aplicación retroactiva de la nueva ley que, en ese aspecto, resultaría más beneficiosa".

"La aplicación retroactiva de la ley penal más benigna [...] no consiste en la aplicación mecánica o irreflexiva de cualquier ley posterior al hecho imputado por la sola razón de que ella beneficiaría al acusado en comparación con la ley vigente en el momento de comisión del hecho. El sentido del principio es asegurar que las penas no se impongan o mantengan cuando la valoración social que pudo haberlas justificado en el pasado ha cambiado, de modo que lo que antes era reprobable ahora no lo es, o no lo es tanto".

"Así, al aumentar en cuatro veces los montos mínimos de la Ley Penal Tributaria, el Congreso no pretendió expresar un cambio en la valoración social de los comportamientos que justificó la adopción de la ley 24.769. Antes bien, su objetivo en este aspecto de la reforma fue corregir los efectos de la depreciación de la moneda nacional en la que fueron expresados los montos mínimos, a fin de mantener en los hechos una política criminal en línea con aquella valoración original".

Escribir un comentario

POR CONSULTAS SOBRE SUSCRIPCIONES, ESCRIBIRNOS a estudio@jorgevega.com.ar