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Lunes, 31 de Diciembre de 2012

Escala Salarial Agrarios 2013 (Actualizada a Abril 2013)

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Se acordó un aumento del 28% en dos cuotas acumulativas: 20% desde el 1º de octubre y 8% desde el 1º de diciembre.

Los nuevos salarios, que se dieron a conocer mediante la Resolución 103/2012 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), regirán para todo el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727, en el ámbito de todo el país.

En la siguiente tabla pueden consultarse los nuevos importes que regirán a partir de este mes, así como los salarios mínimos que rigen en ciertas actividades y regiones del país (ver: regiones y comisiones asesoras).




Resolución CNTA: 51/2012; Boletín Oficial: 32.432, 2012-07-05
POR DIA CON SAC $POR MES SIN SAC $
Cocinero124,903.112,75
Peón Cultivo de arroz (Aguador o tripero)137,943.448,50
Ayudantes de Tractorista158,203.955,00
Conductor Tractorista163,114.077,75
Mecánico Tractorista, conductor de niveladora de suelo166,454.161,25
Conductor de cosechadoras169,744.243,50
Encargado185,134.628,25
SECADORA
Foguista120,523.013,00
Maquinista124,513.112,75
Responsable máquina secadora185,104.627,50
Resolución CNTA: 104/2012; Boletín Oficial: 32533, 2012-11-30
1º de Septiembre de 20121º de Enero de 2013
POR MESPOR DIAPOR MESPOR DIA
Trabajador calificado$ 3.519,00.-$ 144,90.-$ 3.825,00.-$ 157,50.-
Trabajador Semi - calificado$ 3.335,00.-$ 138,00.-$ 3.625,00.-$ 150,00.-
Trabajador no calificado$ 3.254,50.-$ 134,55.-$ 3.537,50.-$ 146,25.-
Encargado$ 4.140,00.-$ 4.500,00.-
Capataz$ 3.714,50.-$ 4.037,50.-
Casero$ 3.496,00.-$ 3.800,00.-
Conductor de Máq. Agrícolas$ 3.496,00.-$ 3.800,00.-
Cosechadores$ 130.- (remunerativo) + $ 9,00.- (no remunerativo)$ 140,00.-
Empacadores$ 136.- (remunerativo) + $ 10,00.- (no remunerativo)$ 147,00.-
Resolución CNTA: 29/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18

Los siguientes importes no llevan incluido la parte proporcional correspondiente al Sueldo Anual Complementario.

POR DIA
SIN SAC
Cosechador$ 130,00.-

TRABAJO A DESTAJO

Por caja de 20 kgs, para consumo en fresco$ 4,60.-
Por caja de 20 kgs, para fábrica$ 3,76.-
Resolución CNTA: 54/2012; Boletín Oficial: 32.437, 2012-07-13

COSECHADOR, por kilo: $ 1,265

Resolución CNTA: 42/2012; Boletín Oficial: 32394, 2012-05-10
POR MES $POR DIA $POR KILO $
Trabajador no calificado3.721,09163,57
Trabajador semicalificado3.878,88170,51
Trabajador calificado4.056,49178,29
Especializado4.305,46189,23
Capataz4.406,38193,67
Encargado4.466,26196,32
Supervisor5.155,18226,58
Cosechador temporario2,63
Empacador temporario1,93

PRESENTISMO

Se establece un premio a la REDUCCION DEL AUSENTISMO consistente en un diez por ciento (10%) de la suma total a percibir en el mes que corresponda de conformidad a la siguiente reglamentación.

  • Se pierde cuando el trabajador faltara un día a su labor en forma injustificada o llegara más de cinco días más de treinta minutos tarde durante el mes.
  • No se pierde cuando el trabajador cumpla funciones gremiales, cuando estuviera convaleciente de un accidente de trabajo, cuando faltare por enfermedad inculpable debidamente acreditada, cuando concurriere a donar sangre y presentara el certificado que lo acreditare, por fallecimiento de padre, madre, hermano, cónyuge o persona con la que conviviere en aparente matrimonio o hijos.

PREMIO POR PRODUCTIVIDAD

Se establece un premio POR PRODUCTIVIDAD que se liquidará conforme se detalla a continuación:

COSECHA A GRANEL

  • A partir de los tres mil kilogramos (3000 kg) mensuales, un diez por ciento (10%) sobre el salario básico, de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de los tres mil quinientos kilogramos (3500 kg) mensuales, un treinta por ciento (30%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de los cuatro mil kilogramos (4000 kg) mensuales, un cuarenta por ciento (40%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida correspondiente.

COSECHA EN BANDEJA

  • A partir de doce kilogramos (12 kg) por hora, un veinte por ciento (20%) sobre salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de catorce kilogramos (14 kg) por hora, un cincuenta por ciento (50%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
Resolución CNTA: 03/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12

CATEGORIAS

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
JORNALSUELDO
Peón General$ 145,15.-$ 3.298,97.-
Armador Invernáculo, Preparador de Tierra, Plantador, Reubicador, Injertador, estaqueador, Podador, Cocinero$ 148,93.-$ 3.384,74.-
Cargador, estibador, Encargado de lote de Colección$ 148,93.-$ 3.384,74.-
Preselección, Fluente, Potabilizador$ 152,41.-$ 3.463,92.-
Embalador, Seleccionador, Flejador$ 155,32.-$ 3.529,89.-
Supervisor, Electricista, Encargado de Depósito$ 156,77.-$ 3.562,88.-
Ayudante de calificado-especializado$ 148,84.-$ 3.382,63.-
Especializado$ 155,92.-$ 3.543,61.-
Fumigadores a mano con mochilas, Preparador aplicados herbicidas$ 155,62.-$ 3.536,92.-
Tractoristas, máquinas agrícolas, Operador de grúas y auto-elevador$ 155,62.-$ 3.536,92.-
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa$ 169,83.-$ 3.859,79.-
Mecánicos$ 170,01.-$ 3.863,98.-

PERSONAL JERARQUIZADO

PUESTEROS$ 160,03.-$ 3.637,10.-
CAPATACES$ 176,55.-$ 4.012,43.-
ENCARGADOS$ 186,24.-$ 4.232,63.-

DESTAJO

CON COMIDA Y SIN S.A.C.
CAJON DE 3 KG$ 1,154.-
CAJON DE 10 KG$ 1,374.-
CAJON DE 15 KG$ 1,464.-
CAJON GRANEL C/U$ 1,154.-

Cuando por cuestiones de producción los embaladores no superen la cantidad de CIEN (100) cajones en una jornada de ocho (8) horas, se les reconocerá el jornal de trabajo establecido para su categoría.

Resolución CNTA: 63/2012; Boletín Oficial: 32483, 2012-09-18
POR DIA SIN SAC
Plantador$ 140,22.-
Resolución CNTA: 37/2012; Boletín Oficial: 32394, 2012-05-10
Jornal Mínimo Garantizado$ 165,59.

MOVIMIENTO A GRANEL

Con S.A.C.
Por Quintal
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,091
2) Descargar cereal a granel paleando. Para la cuadrilla$ 0,516
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plata forma hidráulica y/o media plataforma$ 0,091
4) Descargar a granel paleando sobre chimango$ 0,628
5) Descargar a granel paleando para un solo costado$ 0,628
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,091
7) Paleo en medios de transporte$ 0,516
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación$ 0,516
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación$ 0,355
10) Palear en silos subterráneos$ 5,84
11) Palear en silos de campaña$ 5,99
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 0,492
13) Tendida surqueada de cerealConvencional
El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros cuando así fuere se aplicará otro movimiento por cada 3 metros.
Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%.
14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,628
15) Alimentar el sin fin en galpón o celda$ 0,628
16) Carga a granel en vagones$ 0,157
CON SAC
POR TONELADA
17) Aspiradora o chupadora de cereal$ 7,55
CON SAC
POR UNIDAD
18) Paleo de base chica de silo hasta 15 toneladas inclusive de paleo$ 165,56
19) Paleo de base mediana de silo más de 15 toneladas hasta 30 toneladas inclusive de paleo$ 307,50
20) Paleo de base grande de silo más de 30 toneladas hasta 60 toneladas inclusive de paleo$ 402,14

Más de 60 toneladas, a acordar entre las partes.

Los movimientos a granel Nros. 17), 18), 19) y 20) sufrirán un recargo del 33% cuando se realicen en chacra e incluyen el 33% en concepto de insalubridad.

En los pilotes o estibas que no se utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima Carnada de bolsas los salarios sufrirán un recargo del 50%.

Cuando la estiba o pilote supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

TAREAS EN SEMILLEROS

  1. Selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol, por un jornal de 8 horas $ 189,94 (ciento ochenta y nueve pesos con noventa y cuatro centavos). En caso de no completarse el jornal de 8 (ocho) horas precedentemente consignado y no habiéndose superado las 4 (cuatro) horas de tareas realizadas; corresponde abonar la suma de $ 94,96 (noventa y cuatro pesos con noventa y seis centavos) la jornada.
  2. Colocar la bolsa en la bolsadora, accionar la máquina a dar paso al cereal, sacar la bolsa de la embolsadora, coser con máquina portátil y acomodar la bolsa sobre pallet, por todo concepto $ 2,83.

MOVIMIENTO DE BOLSAS

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50%
Con S.A.C.
Por bolsa
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 0,832
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,042
3) Estibador o pilero$ 0,184
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,296
5) Acomodada de bolsa “pistan” en camión o carro$ 0,225
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,314
7) Pulseada de bolsa$ 0,314
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,409
9) Cargar cortando sobre camión c/cinta$ 1,304
10) Cargar cortando sobre camión s/cinta$ 1,954
11) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 1,146
12) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 1,146
13) Transborde de bolsas de galpón a galpón c/cinta$ 1,980
14) Transborde de bolsa de galpón a galpón s/cinta$ 2,976
15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 1,825
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 1,825
17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,036
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,036
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,136
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,136
21) Recargo por pesar$ 0,832
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 1,569
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 1,874
24) Lauchero por día$ 208,95

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS:

Con S.A.C. Por bolsa Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts.

1) Derecho carga o descarga c/cinta$ 1,031
2) Derecho carga o descarga s/cinta$ 1,247
3) Estibador o pilero$ 0,314
4) Parada de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,314
5) Acomodada de bolsas “pistín” en vagón camión o carro$ 0,314
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,314
7) Pulseada de bolsas$ 0,314
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 2,353
9) Traslado de bolsas de galpón a galpón c/cinta$ 2,353
10) Traslado de bolsas de galpón a galpón s/cinta$ 3,136
11) Embolsar, coser y estibar en embalsadero de alto porte movimiento completo$ 3,136
12) Embolsar, coser y cargar en embalsadero de alto porte movimiento completo$ 3,136
13) Embolsar, coser y cargar en embalsadero c/corte automático movimiento completo$ 2,740
14) Embolsar, coser y estibar en embalsadero automático, movimiento completo$ 2,712
15) Embolsar en embalsadero neumático$ 1,404
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 0,728
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,676
18) Recargo por pesada$ 0,518
19) Rompe cascote lauchero$ 208,95
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 0,464
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones x 20 lts$ 0,464
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores x 205 ltsConvencional

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES

1) Mover cinta o chimango$ 31,36
2) Mover burro o planchada o caballete$ 31,36
3) Mover embalsadero de alto porte$ 46,96
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 31,36
5) Movimiento de lonas$ 15,68
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 78,32
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 0,82
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,204
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 1,933
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 19,56
11) Carga o descarga de ladrillos por 1000$ 78,32
12) Descarga de bolsas de cemento$ 2,34
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 1,427
14) Descarga de bolsas de harina$ 2,34
Resolución CNTA: 43/2012; Boletín Oficial: 32394, 2012-05-10

Las remuneraciones que la presente aprueba llevan incluidas la parte proporcional del sueldo anual complementario.

TRABAJOS DE CHACRA.

POR BOLSA. PARA LA CUADRILLA. SIN COMIDA. CON SAC.

SACAR CON MAQUINA SACADORA EN DISCO O ESTRELLA

Juntar con surco abierto, máquina de disco o estrella, con maleta o canasto, amontonar, rejuntar, cortar chala, tapar, elegir, embolsar, coser y cargar camión o acoplado:

$
a) Sin máquina embolsadora2,728
b) Con máquina embolsadora1,833
Juntar con maleta y/o canasto, amontonar, rejuntar, cortar chala y tapar1,151
Juntar con maleta y/o canasto, llenar la bolsa dejándola parada y cosida y dejar la semilla en el suelo1,310
Elegir en el montón, a mano y con canasto, embolsar a mano, coser y tapar bolsa parada1,521
La misma, sin coser1,413
Elegir en el montón a mano, con canasto, embolsar a mano, coser y cargar1,572
La misma, sin coser1,521
Elegir en pila a mano, con canasto, embolsar, coser y tapar la bolsa parada1,359
La misma, sin coser1,336
Alimentar máquina clasificadora y/o cepilladora en pila o en montón, sacar descarte, desenganchar, coser, dejando la bolsa parada y tapar0,938
Vaciar bolsa de camión o acoplado, volcando a la pila y tapar, trayendo la chala cortada dentro del perímetro del lote sembrado0,216
Cortar sobre baranda la costura de boca de bolsa, volcando a la pila y tapar, trayendo la chala cortada dentro del perímetro del lote sembrado1,938
Alimentar la zaranda manual de pila o montón o de bolsa, zarandear a mano, embolsar y coser dejando la bolsa parada1,938
Alimentar la máquina zarandeadora de pila, montón o bolsa, desenganchar la bolsa, entregando la bolsa parada y cosida1,026
Cargar o descargar de camión y/o acoplado, bolsa llena con boca abierta, acomodando, para la cuadrilla estable en el campo0,179
Cargar o descargar de camión y/o acoplado, bolsa llena cosida y acomodando, para la cuadrilla estable en el campo0,324
Transbordar y acomodar bolsas llenas dentro del perímetro del campo0,324
Costurero, costura simple0,216
Cortar papa para siembra, de montón o pila, a bolsa con boca abierta, encajando (espolvoreando). Incluyendo la cargada sobre camión y/o acoplado3,564
Destapar, dar vuelta papa de montón, sacar papa fea y tapar de vuelta0,568

SACAR CON MAQUINA A CADENA DE UNO (1) o DOS (2) SURCOS

Juntar con surco abierto, máquina a cadena de uno (1) o dos (2) surcos, con maleta o canasto, amontonar, rejuntar, cortar chala, tapar, elegir, embolsar, coser y cargar a camión o acoplado:

$
a) Sin máquina embolsadora1,938
b) Con máquina embolsadora1,626
Juntar con maleta y/o canasto, amontonar, rejuntar, cortar chala, tapar0,972
Juntar con maleta y/o caanasto, Ilenar la bolsa dejándola parada y cosida y dejar la semilla en el suelo1,097

LAVADEROS DE PAPAS

Por bolsa, para la cuadrilla de tres (3) obreros, descoser y vaciar de camión y/o acoplado a la máquina entregando la bolsa lavada, cosida y cargada hasta una distancia de 16 metros0,858

TRABAJOS POR DIA CON SAC

COSECHAR A MAQUINA

$
Operario de mesa visora, para atención del descarte89,58
Cortar chala en el perímetro del lote, arrimar a pila, redondear la pila y tapar101,80
Enganchar y desenganchar de bolsa, coser y dejar la bolsa en rastrojo95,78
RIESGO POR ASPERSION
a) Con atención del motor101,89
b) Sin atención del motor95,69
c) Otras tareas89,58

TRABAJOS POR HECTAREAS. PARA LA CUADRILLA. CON SAC

Con máquina de disco o estrella:

Juntar con surco abierto con maleta o canastos, amontonar, rejuntar, cortar chala y tapar:

$
De 400 a 499 bolsas por Ha579,85
De 500 a 599 bolsas por Ha652,15
De 600 a 699 bolsas por Ha745,12
De 700 a 799 bolsas por Ha869,23
De 800 a 899 bolsas por Ha931,31
De 900 a 999 bolsas por Ha1.003,10
De 1000 a más bolsas por Ha1.003,10

Con máquina a cadena de uno (1) o dos (2) surcos:

Juntar con surco abierto, con maleta o canasto, amontonar, rejuntar, cortar chala y tapar:

$
De 400 a 499 bolsas por Ha483,30
De 500 a 599 bolsas por Ha543,53
De 600 a 699 bolsas por Ha620,80
De 700 a 799 bolsas por Ha724,40
De 800 a 899 bolsas por Ha775,76
De 900 a 999 bolsas por Ha882,93
De 1000 a más bolsas por Ha882,93

TAREAS DE MOVIMIENTOS DE CARGA O DESCARGA DE BOLSAS DE PAPA EN GALPONES. DEPOSITOS O PLANTAS REFRIGERADORAS DE PAPAS

$
Derecho de carga o descarga0,369
Pulseada de bolsas0,185
Estibador o pilero0,134
Alcanzar bolsa de pila o pilote0,171
Acomodar bolsa en camión0,134

MOVIMIENTOS QUE SE REALIZAN EN GALPONES. ESTABLECIMIENTOS COMERCIALIZADORES DE PAPAS Y PLANTAS PROCESADORAS DE PAPAS

$
1) Alcanzar y vaciar bolsa en batea del arrancador o cinta0,425
2) Elegir en mesa visora0,455
3) Enganchar y desenganchar en máquina0,255
4) Cargar bolsa a carrito y llevar y bajar al montón para coser0,142
5) Coser con máquina0,142
Resolución CNTA: 117/2012; Boletín Oficial: 32566, 2013-01-21
POR DIA
SIN SAC
Zona de Totorales Secos – Segadores$ 160,00.-
Zona de Totorales Anegados – Segadores$ 175,00.-

Remuneración por rendimiento de trabajo:

Trabajadores en Totorales Secos, por paquete$ 2,50.-
Trabajadores en Totorales Anegados, por paquete$ 3,00.-
Resolución CNTA: 39/2012; Boletín Oficial: 32393, 2012-05-09

Establécese un adicional a la "inserción y terminalidad educativa" de carácter remunerativo, para todos los trabajadores permanentes continuos que se desempeñen en explotaciones agrarias, en el marco del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727, que hayan concluido sus estudios primarios y secundarios, en las condiciones que a continuación se consignan:

Por título primario$ 180.-
Por título secundario$ 220.-

Este adicional se hará efectivo para todos los trabajadores permanentes continuos que presenten ante su empleador la debida documentación que acredite los estudios realizados.

Los adicionales que la presente aprueba no serán acumulativos.

Resolución CNTA: 76/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
POR DIA SIN SAC
Tractorista$ 168,51.-
Resolución CNTA: 36/2012; Boletín Oficial: 32394, 2012-05-10
POR DIA
SIN SAC
Zona de Totorales Secos - Segadores$ 135,00.-
Zona de Totorales Anegados - Segadores$ 145,00.-

Remuneración por rendimiento de trabajo:

Trabajadores en Totorales Secos, por paquete$ 2,00.-
Trabajadores en Ciénaga, por paquete$ 2,30.-
Resolución CNTA: 32/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18

La remuneración mínima lleva incluida la parte proporcional correspondiente al Sueldo Anual Complementario y vacaciones proporcionales, las que deberán abonarse conforme lo establecido por el artículo 20 del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727).

POR KILO
COSECHADOR$ 1,30.-
Resolución CNTA: 111/2012; Boletín Oficial: 32564, 2013-01-17

ARREOS A LARGA DISTANCIA

A partir de las 10 leguas, por día, con comida y por persona.

Capataz a caballo$ 284,73
Peón a caballo$ 226,92
Carrero sin elementos de trabajo$ 212,65
Viaje a corta y larga distancia de ida a recibir tropa y regreso una vez entregada la misma cada 5 km. (una legua) por persona y sin comida$ 1,43

ARREOS A CORTA DISTANCIA

hasta 10 leguas, con comida, por persona que tenga elemento de trabajo, por legua:

Capataz$ 63,04
Resero$ 25,10
Carrero con carro y caballo de su propiedadConvencional

VIATICO

Cuando no se proporcione comida deberá pagarse por día y por obrero $ 32.93. Esta suma la abonará el empleador.

LOCALES DE REMATES - FERIAS ESPECIALES

A campo por persona que tenga elementos de trabajo por día y/o mediodía, con comida.

POR DIAPOR MEDIO DIA
Capataz$ 292,85$ 146,43
Clasificador$ 241,04$ 120,52
PISTERO
Cuando el patrón requiere la intervención del pistero, este recibirá un salario adicional de:$ 32,28$ 19,99
El citado adicional se aplicará sobre el salario fijado para el peón general a caballo.
Peón a caballo de propiedad del trabajador$ 328,25$ 164,13
Peón a caballo provisto por el patrón$ 254,03$ 127,00
Cuando el empleador brinde el caballo al trabajador, la asignación correspondiente al mismo no será pagada.
Peón a pie$ 154,13$ 77,07
Rondadores por noche con caballo$ 131,12$ 102,76

Cuando no se provea la comida, se abonará al personal lo siguiente:

a) Por asado de la mañana$ 31,40
b) Por almuerzo$ 35,39

TRABAJOS REALIZADOS BAJO LLUVIA Y QUE DEJAN EL TERRENO EN MAL ESTADO PARA LOS MISMOS.

El jornal tendrá un recargo de:

Bajo la lluvia$ 32,54
Terreno en mal estado$ 26,83

CARGAR HACIENDA EN CAMIONES Y/O VAGONES DE FERROCARRIL

CAMIONVAGON
Vacunos$ 0,76$ 0,74
Yeguarizos$ 0,84$ 0,83
Lanares$ 0,27$ 0,33
PorcinosConvencional

LOCALES DE EXPOSICION: Con comida

POR DIAP/MEDIO DIA
Peones en general a pie$ 199,80$ 99,89
Peones generales a caballo con elementos de trabajo$ 256,89$ 128,44
Serenos$ 259,74$ 129,87
Resolución CNTA: 52/2012; Boletín Oficial: 32.432, 2012-07-05
TAREAPOR KILO
Cosecha o recolector$ 1,35
MOVIMIENTOS COMPLEMENTARIOS
Atascado de bolsas de algodón de aprox. 33 kg y cosido, por bolsa.$ 2,17
TAREAPOR TONELADA
Cargar algodón embolsado, de pie de estiba. Por cuadrilla.$ 28,01
Cargar algodón embolsado, de pie de estiba y pesando en balanza de bajo porte. Por cuadrilla.$ 19,32
Cargar algodón embolsado pesando con pilón grande. Por cuadrilla.$ 35,66
Acomodar carga sobre camión o carro. Por cuadrilla.$ 40,32
Descarga y manipuleo de bolsa de playada en galpón, de carro o camión a estiba. Por cuadrilla.$ 35,06
Descarga y manipuleo de bolsa de playada en galpón de carro o camión a estiba y, además, pesando en balanza de bajo porte, con atascado de bolsa. Por cuadrilla.$ 40,32
Cargar algodón embolsado directo de estiba a camión. Por cuadrilla.$ 38,57
Cargar algodón embolsado directo de estiba a camión, y pesando. Recargo por cuadrilla.$ 12,27
TRABAJOS DE CULTIVOS PREVIOS A LA COSECHA
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, limpio de yuyos con herbicidas.$ 1,80
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, infectado de yuyos.$ 2,62
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, semicubiertos de yuyos, pasto, colchón y gramillas.$ 3,50
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, cubierto totalmente de yuyos, pasto, colchón y gramillas, y otras malezas.$ 3,89
TAREAPOR PERSONA POR DIA
Trabajos no contemplados en escala$ 115,78
TAREAPOR KILO
Cosecha o recolector$ 1,47
MOVIMIENTOS COMPLEMENTARIOS
Atascado de bolsas de algodón de aprox. 33 kg y cosido, por bolsa.$ 2,37
TAREAPOR TONELADA
Cargar algodón embolsado, de pie de estiba. Por cuadrilla.$ 30,54
Cargar algodón embolsado, de pie de estiba y pesando en balanza de bajo porte. Por cuadrilla.$ 21,06
Cargar algodón embolsado pesando con pilón grande. Por cuadrilla.$ 38,87
Acomodar carga sobre camión o carro. Por cuadrilla.$ 43,95
Descarga y manipuleo de bolsa de playada en galpón, de carro o camión a estiba. Por cuadrilla.$ 38,22
Descarga y manipuleo de bolsa de playada en galpón de carro o camión a estiba y además pesando en balanza de bajo porte, con atascado de bolsa. Por cuadrilla.$ 43,95
Cargar algodón embolsado directo de estiba a camión. Por cuadrilla.$ 42,04
Cargar algodón embolsado directo de estiba a camión, y pesando. Recargo por cuadrilla.$ 13,38
TRABAJOS DE CULTIVOS PREVIOS A LA COSECHA
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, limpio de yuyos con herbicidas.$ 1,96
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, infectado de yuyos.$ 2,85
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, semicubiertos de yuyos, pasto, colchón y gramillas.$ 3,82
Carpida de lineo (mover tierra) de 20 cm de ancho, cubierto totalmente de yuyos, pasto, colchón y gramillas, y otras malezas.$ 4,24
TAREAPOR PERSONA POR DIA
Trabajos no contemplados en escala$ 126,21
Resolución CNTA: 09/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12

Jornal mínimo (sin SAC): PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES ($ 143.-).

Resolución CNTA: 84/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
JORNALSUMA NO REMUNERATIVA
Podador de frutales$ 142,60$ 1,20
Aprendiz de podador$ 127,97$ 1,20
Injertador$ 154,02$ 1,20
Ayudante de injertador$ 129,22$ 1,20
Podador de viñas$ 142,60$ 1,20
Aprendiz de podador de viñas$ 127,96$ 1,20
Injertador de viñas$ 154,02$ 1,20
Ayudante de injertador de viñas$ 129,96$ 1,20

Se establece una suma no remunerativa de $ 1,20.- (PESOS UN PESO CON VEINTE CENTAVOS) para todas las categorías que la presente aprueba, la que tendrá vigencia para el presente ciclo. La suma fijada se incorporará al salario básico a partir del próximo ciclo.

PREMIO A LA REDUCCION DEL AUSENTISMO

Se instituye un PREMIO A LA REDUCCION DEL AUSENTISMO equivalente a $ 2,48 (PESOS DOS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS). Este premio se abonará al trabajador comprendido en esta cláusula que durante el mes calendario haya cumplido efectiva e íntegramente su trabajo durante todas las jornadas de labor salvo las excepciones que expresa y taxativamente se pactan a continuación:

  1. Accidentes de trabajo,
  2. Premios gremiales,
  3. Cumplimiento de cargas públicas,
  4. Enfermedades inculpables justificadas,
  5. Licencias legales establecidas por el Título VIII, Capítulos I y II del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley 26.727.

Este premio lo pierde totalmente el trabajador que falta a una jornada y media de labor, salvo por las causales expresamente pactadas en esta cláusula.

PREMIO A LA PERMANENCIA

Se instituye un PREMIO A LA PERMANENCIA equivalente a $ 3,72 (PESOS TRES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS). Este premio se abonará a todo trabajador comprendido en esta cláusula que comience y termine la tarea de Poda e Injerto de Frutales bajo la dependencia del mismo empleador.

HERRAMIENTAS

Los empleadores deberán proveer al personal comprendido en la presente resolución HERRAMIENTAS DE PODA DE TIPO MANUAL en forma obligatoria. En caso de incumplimiento de dicha obligación, el empleador deberá abonar por temporada la suma equivalente a tres (3) días de salario y la suma no remunerativa establecida en el artículo 1º de la presente resolución.

Resolución CNTA: 74/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
POR DIA SIN SAC
Plantador$ 137,76.-
Resolución CNTA: 99/2012; Boletín Oficial: 32523, 2012-11-15
Por día, sin SAC
Cosechador$ 155,00
Resolución CNTA: 71/2011; Boletín Oficial: 32282, 2011-11-22

Remuneraciones para el personal que se desempeña en explotaciones agrarias en tareas permanentes de manera continua o transitoria.

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
SUELDO $JORNAL $
PEONES GENERALES2.763,00121,55
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS
PEON UNICO2.836,08124,78
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones De Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)2.842,04125,03
Ovejeros2.865,50126,47
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, lnseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros2.948,20129,71
Ordeñadores en explotaciones tamberas2.967,48130,56
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que Además desempeñen funciones de carreros3.058,44134,45
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola3.077,53135,60
Mecánicos Tractoristas3.236,50142,38

PERSONAL JERARQUIZADO

Puestero3.046,04
Capataces3.360,08
Encargados3.544,48

VALOR DE LA COMIDA

En los casos en que el contrato de trabajo se efectúa con suministro de comida a cargo del empleador, el valor de la misma para la deducción respectiva, será el siguiente:

  • POR MES: $ 403,08
  • POR DIA: $ 13,41

VIVIENDA

La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos de los artículos 92 y 93 del Régimen Nacional del Trabajo Agrario (Ley 22.248) no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro hasta tanto no fuere fijado el valor de la misma.

BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD

Será el UNO POR CIENTO (1%) de la remuneración básica actualizada de la categoría del trabajador por cada año de antigüedad.

Comisión Asesora Regional Nº 11 (Provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR)

A los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente resolución que desarrollan sus tareas en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 11, les es aplicable un coeficiente adicional de UNO PUNTO VEINTE (1.20) sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revistan.

Tope Indemnizatorio

Base PromedioTope
$ 3.045,41$ 9.136,22

Remuneraciones mínimas de las actividades agrarias particulares regionales no permanentes

Ratifícase lo establecido en el Artículo 4º de la Resolución C.N.T.A. Nº 29 de fecha 20 de octubre de 2005, en cuanto a que los representantes sectoriales integrantes de las Comisiones Asesoras Regionales negociarán las remuneraciones mínimas de las actividades agrarias particulares regionales no permanentes que se desarrollen en sus respectivas jurisdicciones, atendiendo y tomando en consideración las características propias de cada tarea y las circunstancias socioeconómicas de la región y de la actividad específica objeto de tratamiento.

Resolución CNTA: 88/2012; Boletín Oficial: 32518, 2012-11-08

Los salarios aquí dispuestos no incluyen comida ni SAC (aguinaldo)

1 - TAREAS PE CAMPO - TRABAJOS CULTURALES EN PLANTACIÓN Y COSECHA DE TE

CategoríaSueldoJornal
Peón general$ 3.038,75 $ 133,71
Ayudante de especializados o Semi - calificado$ 3.119,73 $ 137,27
Especializados$ 3.183,98 $ 140,09
PERSONAL CALIFICADO
Conductor tractorista y de maquinas agrícolas$ 3.385,17 $ 148,95
Cosechadores, Podadores y maquinas tiradas a mano$ 3.151,30 $ 138,66
PERSONAL JERARQUIZADO
Capataz$ 3.695,96
Encargado$ 3.898,80
REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJOCONVENCIONAL

2.-TAREAS EN DEPÓSITOS DE ACOPIO. SECADEROS Y TIPIFICACIÓN DE TE

CategoríaSueldoJornal
Peón general$ 3.038,75 $ 133,71
Ayudante de especializados o Semi-calificado$ 3.119,73 $ 137,27
Especializado$ 3.183,98 $ 140,09
PERSONAL CALIFICADO
Puntero en deposito de acopio, secadero y tipificación de te$ 3.151,94 $ 138,69
Calderista$ 3.242,91 $ 142,69
Conductor de camión 0 similar$ 3.385,17 $ 148,95
Sereno$ 3.151,94 $ 138,69
PERSONAL DE MANTENIMIENTO
Mecánico (desarmador, soldador, electricista)$ 3.561,16 $ 156,69
PERSONAL JERARQUIZADO
Capataz$ 3.695,96
Encargado$ 3.898,80

Los salarios aquí dispuestos no incluyen comida ni SAC (aguinaldo)

1 - TAREAS PE CAMPO - TRABAJOS CULTURALES EN PLANTACIÓN Y COSECHA DE TE

CategoríaSueldoJornal
Peón general$ 3.259,75 $ 143,43
Ayudante de especializados o Semi - calificado$ 3.346,62 $ 147,25
Especializados$ 3.415,54 $ 150,28
PERSONAL CALIFICADO
Conductor tractorista y de maquinas agrícolas$ 3.631,36 $ 159,78
Cosechadores, Podadores y maquinas tiradas a mano$ 3.380,48 $ 148,74
PERSONAL JERARQUIZADO
Capataz$ 3.964,76
Encargado$ 4.182,35
REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJOCONVENCIONAL

2.-TAREAS EN DEPÓSITOS DE ACOPIO. SECADEROS Y TIPIFICACIÓN DE TE

CategoríaSueldoJornal
Peón general$ 3.259,75 $ 143,43
Ayudante de especializados o Semi-calificado$ 3.346,62 $ 147,25
Especializado$ 3.415,54 $ 150,28
PERSONAL CALIFICADO
Puntero en deposito de acopio, secadero y tipificación de te$ 3.381,18 $ 148,77
Calderista$ 3.478,76 $ 153,07
Conductor de camión 0 similar$ 3.631,36 $ 159,78
Sereno$ 3.381,94 $ 148,77
PERSONAL DE MANTENIMIENTO
Mecánico (desarmador, soldador, electricista)$ 3.820,16 $ 168,09
PERSONAL JERARQUIZADO
Capataz$ 3.964,76
Encargado$ 4.182,35

Los salarios aquí dispuestos no incluyen comida ni SAC (aguinaldo)

1 - TAREAS PE CAMPO - TRABAJOS CULTURALES EN PLANTACIÓN Y COSECHA DE TE

CategoríaSueldoJornal
Peón general$ 3.397,88 $ 149,51
Ayudante de especializados o Semi - calificado$ 3.488,42 $ 153,49
Especializados$ 3.560,27 $ 156,65
PERSONAL CALIFICADO
Conductor tractorista y de maquinas agrícolas$ 3.785,23 $ 166,55
Cosechadores, Podadores y maquinas tiradas a mano$ 3.523,72 $ 155,04
PERSONAL JERARQUIZADO
Capataz$ 4.132,76
Encargado$ 4.359,57
REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJOCONVENCIONAL

2.-TAREAS EN DEPÓSITOS DE ACOPIO. SECADEROS Y TIPIFICACIÓN DE TE

CategoríaSueldoJornal
Peón general$ 3.397,88 $ 149,51
Ayudante de especializados o Semi-calificado$ 3.488,42 $ 153,49
Especializado$ 3.560,27 $ 156,65
PERSONAL CALIFICADO
Puntero en deposito de acopio, secadero y tipificación de te$ 3.524,45 $ 155,08
Calderista$ 3.626,16 $ 159,55
Conductor de camión 0 similar$ 3.785,23 $ 166,55
Sereno$ 3.524,45 $ 155,08
PERSONAL DE MANTENIMIENTO
Mecánico (desarmador, soldador, electricista)$ 3.982,03 $ 175,21
PERSONAL JERARQUIZADO
Capataz$ 4.132,76
Encargado$ 4.359,57

Premio por puntualidad y asistencia

Se establece para todos los trabajadores comprendidos por la presente Resolucion un premio por puntualidad y asistencia perfecta consistente en una suma fija de caracter no remunerativo de PESOS CIEN ($ 100.-) por quincena.

Resolución CNTA: 93/2012; Boletín Oficial: 32518, 2012-11-08

Las remuneraciones mínimas que la presente aprueba llevan incluida la parte proporcional correspondiente al sueldo anual complementario.

Ropa de Trabajo

Los empleadores deberán proveer una muda de ropa por año, consistente en: un (1) pantalón, una (1) camisa y un (1) par de borceguíes, a cada trabajador dependiente de éstos que registre una antigüedad superior de seis (6) meses.

REMUNERACIONES PARA PERSONAL OCUPADO EN LAS TAREAS DE CORTE, PREPARACIÓN, TRANSPORTE Y DEMÁS MANIPULACIONES DE ESPECIES FORESTALES EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.

Jornal Diario sin SAC$ 138,00.-

SALARIO SIN COMIDA

a) Por la tarea de elaborar especies forestales con destino a uso tánico incluyendo en la misma las etapas correspondientes a limpieza (pique y picadas), trozar, sacar la albura y cualquier impureza.

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO - ARBOLES VIVOS:

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de árbol vivo derribado a hacha de 15 cm. de corazón$ 80,73
b) Por la elaboración integral (apeo, trozado y las tareas especificadas en a) excepto sacar la albura y cualquier impureza c/ motosierra aportada por la patronal hasta 10 TN. Por día con 2 ayudantes: PARA LOS TRES OPERARIOS$ 15,44
c) Por elaboración integral de árbol desarraigado a pico y pala de 15 cm. de corazón$ 80,73
d) Por la pelada (cáscara y albura) únicamente, con madera en cancha o monte de hasta 15 cm. de corazón$ 32,83
e) Por descascarada únicamente, con madera en cancha o monte hasta 15 cm.$ 15,44

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO - MADERA MUERTA

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de 15 cm. de corazón limpiando huecos o bocas de los tubos y cañones hasta donde alcance una barreta de 1,20 mts. de longitud sin obligación de rajar los cañones$ 43,47
b) Por elaboración integral de 15 cm. de corazón con obligación de rajar los tubos y cañones, limpiar ambos$ 51,18

MADERA DE ESPECIES VARIAS PARA ASERRADEROS

LA TONELADA
a) Por elaboración de madera de lapacho, urunday, algarrobo, quebracho blanco, guayacán, itín, laurel, guayaibí, viraró, mora y cualquier especie que deba o no descascararse comprendiendo la labor de preparar, voltear, trozar y sacar la cáscara a ejemplares de un diámetro de 30 cm. como mínimo, c/ motosierra, aportada por la patronal hasta 50 Tn. por día con dos ayudantes.$ 40,54

SIN DESCASCARAR SE ABONARA EL 50%.

ELABORACIÓN DE LEÑA:

Por elaboración de leña tipo FFCC de 50 a 70 cm. de largo, de 8 a 25 cm. de diámetro de las especies quebracho colorado, guayacán, urunday, mora o itín:

EL METROLA TONELADA
a) Leña campana$ 19,26$ 42,40
b) Leña media campana$ 19,26$ 35,94
c) Lena verde, es decir de corazón verde, medida tipo FFCC destinada a combustible$ 15,44$ 30,90
d) Leña blanca trozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1,50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo (quebracho colorado, urunday, guayacán o itín)$ 17,25$ 27,03
e) Leña fagina o vizcacha de corazón$ 21,19$ 38,53
f) Leña trozada campana o media campana de 1 a 1.20 mts.$ 17,25$ 30,90
g) Leña trozada verde de quebracho colorado, urunday, guayacán o itín cortada de 1 a 1.20 mts en cualquier diámetro. $ 17,25$ 25,01
h) Leña verde dura blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal$ 7,68$ 13,51
i) Leña verde es decir con corazón verde de medida tipo FFCC destinada a combustible$ 7,68$ 13,51
j) Leña verde blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal con motosierra aportada por la patronal$ 8,69$ 14,51
k) Leña blanca rozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1.50 mts. de long. y 5 cm. de diámetro como mínimo c/motosierra aportada por la patronal$ 8,69$ 14,51

ELABORACIÓN DE PALMERAS

CADA UNA
a) Por corte o despunte de palmeras para postes telefónicos$ 8,69
b) Por partir, desbastar y alisar palmas para tejas$ 9,63
c) Por corte o despunte de palmera para elaboración de balancines de alambrado$ 2,88

POSTES - ESTACIONES Y ESTACAS

CADA UNO
a) Por elaboración de postes de 1° calidad en madera, comprendiendo la labor integral y con las siguientes dimensiones:
- De 2.20 mts. long. y 0.43 a 0.53 cm de circunferencia$ 23,21
- De 2.40 mts. long. y 0.43 a 0.52 cm de circunferencia$ 25,01
- De 3.00 mts. long. y 0.52 a 0.60 cm de circunferencia$ 28,96

MOVIMIENTO DE PRODUCTOS ELABORADOS

Por transporte en general incluyendo carga y descarga que se efectúa en carro cachapé o alzaprima y otros tipos de carros:

LA TONELADA
a) Por los primeros 1000 mts.CONVENCIONAL
b) Por los 1000 mts subsiguientes o fracción hasta 2500 mts.$ 17,39
c) Por más de 2500 mts y hasta 5000 mts$ 19,69
d) Por más de 5000 mts y hasta 15000 mts$ 25,08
e) Por viajes mayores de 15000 mts las remuneraciones serán recargadas en un 100%

RODEO

POR DÍA
Las tareas de rodear madera en condiciones de ser cargadas, se remunerará a jornal y a razón de $ 107,53

TRABAJOS VARIOS

POR DÍA
En la playa del ferrocarril de caminos nacionales obrajes no contemplados expresamente en esta tabla salarial serán Remuneradas a jornal y a razón de$ 107,53

CARGADAS EN GENERAL

POR TONELADA
a) Por cargada de rollizos elaborados de cualquier especie con guinche accionado manualmente sobre vagón de FFCC cualquier trocha cargada sobre camión o acoplado, se remunerará a la cuadrilla$ 4,81
- Cuando se carguen camiones o acoplados con bueyes se abonará a la cuadrilla de 3 hombres$ 5,31
- Cuando la madera sea pesada en balanza o báscula antes de ser cargada, se recargará a la cuadrilla$ 3,45
b) Cuando la distancia de la pila de madera o cualquier otro producto exceda de 25 mts. de distancia del lugar donde se halle estacionado el vehículo, el patrono reforzará con un peón jornalizado.
c) Por cargada de leña a vagón apilada hasta 5 mts. de distancia de vagón $ 5,96
d) Por cargada de leña a vagón de 5 y hasta 10 mts. de distancia de vagón$ 7,19
e) Por cargada y/o descarga de durmientes o postes a/o desde vagón camión o vagoneta decauvilte hasta 25 mts. de distancia, por un$ 1,61
f) Las estacas preparadas serán provistas por la patronal.

OBREROS JORNALIZADOS

POR DÍA
Cuando el patrono disponga remunerar por día, trabajos no reglamentados o previstos en la presente tabla salarial con un jornal superior, abonará como mínimo$ 107,53
PERSONAL BOYERO: percibirá un jornal de$ 107,53

ELABORACIÓN DE CARBÓN:

La elaboración de leña para carbón, tendrá medidas de 1.20 a 1.50 Pts.

- Rodeada, con elemento del principal, el mt.$ 2,88
- Preparación de cancha, el metro$ 0,78
- Apilada en cuadro, a cargo del hachero, el mt$ 0,86
- Embolsar y cargar vehículo, la tonelada$ 16,39
- Cargar a granel en camión de transporte baranda alta, la tonelada$ 14,38
- Carga y descarga carbón a granel en playa FFCC, la tonelada$ 17,39
- Carga de carbón en camiones en bolsa, cada una$ 0,71
- Carga de carbón en camiones en bolsa, la Tn$ 11,64
- Si hubiere que embolsar para resguardar carga a granel, se abonará por bolsa y para la cuadrilla$ 2,30
- Embolsar carbón en playa, por bolsa y para la cuadrilla$ 3,08
- Embolsar sin coser por bolsa$ 0,64
- Embolsar y coser la bolsa$ 1,00
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, cada una$ 0,49
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, la tonelada$ 10,99

LIMPIEZA DE CAMPOS

Los obreros que limpien campos en condiciones de ser arados y aptos para la explotación agrícola ganadera, para las tareas que realicen en las que están comprendidas las extracciones y desarraigado de árboles, troncos, malezas y residuos, percibirá una retribución diaria con casa y sin comida$ 107,53

En caso de que el patrón decida el pago a destajo, pagará por Ha, con casa provista por la patronal y con comida, ídem anterior, por monte reache.

HORNOS FIJOS DE LADRILLOS PARA CARBÓN

- Cargada de horno, el metro de leña$ 4,81
- Cargada de horno, la tn de leña$ 6,97
- Quemar y enfriar sin especificar rendimiento, la tn $ 11,64
- Sacada de carbón con limpieza de horno, la tn$ 15,44

CARGADA DE POSTES. DURMIENTES Y ROLLIZOS

a) Cargada de poste a camión o acoplado, c/ uno$ 0,69
b) Carga y descarga a camión o acoplado, cada uno$ 1,15

RODEADA: (En distancia de 0 a 250 mts.)

LEÑA TIPO FFCC: (Por metro y por obrero)

- Por mano de obra $ 3,45
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 1,79
TOTAL$ 5,24

LEÑA PARA CARBÓN

- Por mano de obra$ 3,67
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 1,79
TOTAL$ 5,46

TROZO PARA TANINO DE 1.40 A 1.50 MTS DE LARGO (Por tonelada y por obrero)

- Por mano de obra$ 3,67
- Por mantenimiento y desgaste de zorra $ 1,79
TOTAL$ 5,46

POSTES (Cada uno)

De 3.00 mts de largo (Por obrero)

- Por mano de obra$ 2,94
- Por mantenimiento y desgaste de zorra $ 1,58
TOTAL$ 4,52

De 2.20 a 2.40 mts de largo

- Por mano de obra$ 2,66
- Por mantenimiento y desgaste de zorra $ 1,37
TOTAL$ 4,03

PICADA PARA CAMIÓN

De 4 mts de ancho, de destronque y 0.50 cm. limpio a cada lado

- Monte virgen el km$ 1.062,31
- Monte reache$ 764,75

PICADA DE CARRO:

- De 3 mts limpio a flor de tierra, el km$ 966,00
- Monte reache$ 579,31

DESLINDE:

Se comprende de luz, el km$ 170,34

REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO:

Corte de leña para carbón, con motosierra:

- Por metro$ 11,57
- Por tonelada$ 14,51
ROLLIZOS: Corte o troceada para durmientes o postes, cada uno$ 2,94

TRABAJOS CON MOTOSIERRA

Con motosierra, combustible y repuesto provistos por la patronal. En todos los casos un equipo de tres (3) hombres. Cuando la motosierra sea propiedad del obrero, el patrón deberá abonar un plus del 100% sobre las remuneraciones fijadas en la presente tabla salarial.

ZORRERO DE PLAYA Y ASERRADERO:

Con elementos propios, por día$ 107,53
- A destajo, todo tipo de leña$ 9,63

CONDUCTOR DE CAMIÓN O TRACTOR

- Por mes$ 2.501,25
- Por Día$ 107,53

Los conductores de camión o tractor tendrán un recorrido máximo de 100 km. diarios entre vacío y lleno en camino de tierra. Además del sueldo fijado, se le reconocerá la suma de $ 3,23 por tonelada transportada cuando la distancia le permita realizar más de un viaje diario, y la suma de $ 2,59 por tonelada cuando por la distancia realice un solo viaje diario. Cuando los conductores de camión o tractor deban realizar dentro del radio urbano trabajos no especificados, se les abonará como sobresueldo por tonelajes no transportados, la suma de $ 29,46.

Cuando la motosierra es provista por la patronal, la misma debe solventar los gastos de combustible, repuestos y reparación.

Jornal Diario sin SAC$ 156,00.-

SALARIO SIN COMIDA

a) Por la tarea de elaborar especies forestales con destino a uso tánico incluyendo en la misma las etapas correspondientes a limpieza (pique y picadas), trozar, sacar la albura y cualquier impureza.

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- ARBOLES VIVOS:

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de árbol vivo derribado a hacha de 15 cm. de corazón$ 91,26
b) Por la elaboración integral (apeo, trozado y las tareas especificadas en a) excepto sacar la albura y cualquier impureza c/ motosierra aportada por la patronal hasta 10 TN. Por día con 2 ayudantes: PARA LOS TRES OPERARIOS$ 17,46
c) Por elaboración integral de árbol desarraigado a pico y pala de 15 cm. de corazón$ 91,26
d) Por la pelada (cáscara y albura) únicamente, con madera en cancha o monte de hasta 15 cm. de corazón$ 37,12
e) Por descascarada únicamente, con madera en cancha o monte hasta 15 cm.$ 17,46

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- MADERA MUERTA

LA TONELADA
b) Por la elaboración integral de 15 cm. de corazón limpiando huecos o bocas de los tubos y cañones hasta donde alcance una barreta de 1,20 mts. de longitud sin obligación de rajar los cañones$ 49,14
b) Por elaboración integral de 15 cm. de corazón con obligación de rajar los tubos y cañones, limpiar ambos$ 57,85

MADERA DE ESPECIES VARIAS PARA ASERRADEROS

LA TONELADA
a) Por elaboración de madera de lapacho, urunday, algarrobo, quebracho blanco, guayacán, itín, laurel, guayaibí, viraró, mora y cualquier especie que deba o no descascararse comprendiendo la labor de preparar, voltear, trozar y sacar la cáscara a ejemplares de un diámetro de 30 cm. como mínimo, c/ motosierra, aportada por la patronal hasta 50 Tn. por día con dos ayudantes.$ 45,83

SIN DESCASCARAR SE ABONARA EL 50%.

ELABORACIÓN DE LEÑA:

Por elaboración de leña tipo FFCC de 50 a 70 cm. de largo, de 8 a 25 cm. de diámetro de las especies quebracho colorado, guayacán, urunday, mora o itín:

EL METROLA TONELADA
a) Leña campana$ 21,78$ 47,93
b) Leña media campana $ 21,78$ 40,63
c) Leña verde, es decir de corazón verde, medida tipo FFCC destinada a combustible$ 17,46$ 34,93
d) Leña blanca trozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1,50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo (quebracho colorado, urunday, guayacán o itín) $ 19,50$ 30,55
e) Leña fagina o vizcacha de corazón$ 23,96$ 43,55
f) Leña trozada campana o media campana de 1 a 1.20 mts.$ 19,50$ 34,93
g) Leña trozada verde de quebracho colorado, urunday, guayacán o itín cortada de 1 a 1.20 mts. en cualquier diámetro.$ 19,50$ 28,28
h) Leña verde dura blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal$ 8,68$15,28
i) Leña verde es decir con corazón verde de medida tipo FFCC destinada a combustible$ 8,68$ 15,28
j) Leña verde blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal con motosierra aportada por la patronal $ 9,83$ 16,41
k) Leña blanca rozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1.50 mts. de long. y 5 cm. de diámetro como mínimo c/motosierra aportada por la patronal $ 9,83$ 16,41

ELABORACIÓN DE PALMERAS

CADA UNA
a) Por corte o despunte de palmeras para postes telefónicos$ 9,83
d) Por partir desbastar y alisar palmas para tejas$ 10,88
e) Por corte o despunte de palmera para elaboración de balancines de alambrado$ 3,25

POSTES - ESTACIONES Y ESTACAS

CADA UNO
a) Por elaboración de postes de 1° calidad en madera, comprendiendo la labor integral y con las siguientes dimensiones:
- De 2.20 mts. long. y 0.43 a 0.53 cm de circunferencia$ 26,23
- De 2.40 mts. long. y 0.43 a 0.52 cm de circunferencia$ 28,28
- De 3.00 mts. long. y 0.52 a 0.60 cm de circunferencia$ 32,73

MOVIMIENTO DE PRODUCTOS ELABORADOS

Por transporte en general incluyendo carga y descarga que se efectúa en carro cachapé o alzaprima y otros tipos de carros:

LA TONELADA
a) Por los primeros 1000 mts.CONVENCIONAL
b) Por los 1000 mts. subsiguientes o fracción hasta 2500 mts.$ 19,66
c) Por más de 2500 mts. y hasta 5000 mts.$ 22,26
d) Por más de 5000 mts. y hasta 15000 mts.$ 28,35
e) Por viajes mayores de 15000 mts. las remuneraciones serán recargadas en un 100%

RODEO

POR DÍA
Las tareas de rodear madera en condiciones de ser cargadas, se remunerará a jornal y a razón de$ 121,55

TRABAJOS VARIOS

POR DÍA
En la playa del ferrocarril de caminos nacionales obrajes no contemplados expresamente en esta tabla salarial serán Remuneradas a jornal y a razón de$ 121,55

CARGADAS EN GENERAL

POR TONELADA
a) Por cargada de rollizos elaborados de cualquier especie con guinche accionado manualmente sobre vagón de FFCC cualquier trocha cargada sobre camión o acoplado, se remunerará a la cuadrilla $ 5,43
- Cuando se carguen camiones o acoplados con bueyes se abonará a la cuadrilla de 3 hombres$ 6,01
- Cuando la madera sea pesada en balanza o báscula antes de ser cargada, se recargará a la cuadrilla$ 3,90
b) Cuando la distancia de la pila de madera o cualquier otro producto exceda de 25 mts. de distancia del lugar donde se halle estacionado el vehículo, el patrono reforzará con un peón jornalizado.
c) Por cargada de leña a vagón apilada hasta 5 mts. de distancia de vagón$ 6,73
d) Por cargada de leña a vagón de 5 y hasta 10 mts. de distancia de vagón$ 8,13
e) Por cargada y/o descarga de durmientes o postes a/o desde vagón camión o vagoneta decauvilte hasta 25 mts. de distancia, por un$ 1,82
f) Las estacas preparadas serán provistas por la patronal.

OBREROS JORNALIZADOS

POR DÍA
Cuando el patrono disponga remunerar por día, trabajos no reglamentados o previstos en la presente tabla salarial con un jornal superior, abonará como mínimo$ 121,55
PERSONAL BOYERO: percibirá un jornal de$ 121,55

ELABORACIÓN DE CARBÓN:

La elaboración de leña para carbón, tendrá medidas de 1.20 a 1.50 Pts.

- Rodeada, con elemento del principal, el mt.$ 3,25
- Preparación de cancha, el metro$ 0,88
- Apilada en cuadro, a cargo del hachero, el mt.$ 0,98
- Embolsar y cargar vehículo, la tonelada$ 18,53
- Cargar a granel en camión de transporte baranda alta, la tonelada$ 16,25
- Carga y descarga carbón a granel en playa FFCC, la tonelada$ 19,66
- Carga de carbón en camiones en bolsa, cada una$ 0,81
- Carga de carbón en camiones en bolsa, la Tn.$ 13,16
- Si hubiere que embolsar para resguardar carga a granel, se abonará por bolsa y para la cuadrilla$ 2,60
- Embolsar carbón en playa, por bolsa y para la cuadrilla$ 3,48
- Embolsar sin coser por bolsa$ 0,73
- Embolsar y coser la bolsa$ 1,13
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, cada una$ 0,56
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, la tonelada$ 12,43

LIMPIEZA DE CAMPOS

Los obreros que limpien campos en condiciones de ser arados y aptos para la explotación agrícola ganadera, para las tareas que realicen en las que están comprendidas las extracciones y desarraigado de árboles, troncos, malezas y residuos, percibirá una retribución diaria con casa y sin comida$ 121,55

En caso de que el patrón decida el pago a destajo, pagará por Ha, con casa provista por la patronal y con comida, ídem anterior, por monte reache.

HORNOS FIJOS DE LADRILLOS PARA CARBÓN

- Cargada de horno, el metro de leña$ 5,43
- Cargada de horno, la tn de leña$ 7,88
- Quemar y enfriar sin especificar rendimiento, la tn $ 13,16
- Sacada de carbón con limpieza de horno, la tn$ 17,46

CARGADA DE POSTES. DURMIENTES Y ROLLIZOS

a) Cargada de poste a camión o acoplado, c/ uno$ 0,78
b) Carga y descarga a camión o acoplado, cada uno$ 1,30

RODEADA: (En distancia de 0 a 250 mts.)

LEÑA TIPO FFCC: (Por metro y por obrero)

- Por mano de obra$ 3,90
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,03
TOTAL$ 5,93

LEÑA PARA CARBÓN

- Por mano de obra$ 4,15
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,03
TOTAL$ 6,18

TROZO PARA TANINO DE 1.40 A 1.50 MTS DE LARGO (Por tonelada y por obrero)

- Por mano de obra$ 4,15
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,03
TOTAL$ 6,18

POSTES (Cada uno)

De 3.00 mts de largo (Por obrero)

- Por mano de obra$ 3,33
- Por mantenimiento y desgaste de zorra $ 1,78
TOTAL$ 5,11

De 2.20 a 2.40 mts de largo

- Por mano de obra$ 3,00
- Por mantenimiento y desgaste de zorra $ 1,54
TOTAL$ 4,55

PICADA PARA CAMIÓN:

De 4 mts de ancho, de destronque y 0.50 cm. limpio a cada lado

- Monte virgen, el Km$ 1.200,88
- Monte reache$ 864,50

PICADA DE CARRO:

- De 3 mts limpio a flor de tierra, el km$ 1.092,00
- Monte reache$ 654,88

DESLINDE:

Se comprende de luz, el km$ 192,56

REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO:

Corte de leña para carbón, con motosierra:

- Por metro$ 13,08
- Por tonelada$ 16,41
ROLLIZOS: Corte o troceada para durmientes o postes, cada uno$ 3,33

TRABAJOS CON MOTOSIERRA

Con motosierra, combustible y repuesto provistos por la patronal. En todos los casos un equipo de tres (3) hombres. Cuando la motosierra sea propiedad del obrero, el patrón deberá abonar un plus del 100% sobre las remuneraciones fijadas en la presente tabla salarial.

ZORRERO DE PLAYA Y ASERRADERO:

Con elementos propios, por día$ 121,55
- A destajo, todo tipo de leña$ 10,88

CONDUCTOR DE CAMIÓN O TRACTOR

- Por mes$ 2.827,50
- Por Día $ 121,55

Los conductores de camión o tractor tendrán un recorrido máximo de 100 km. diarios entre vacío y lleno en camino de tierra. Además del sueldo fijado, se le reconocerá la suma de $ 3,65 por tonelada transportada cuando la distancia le permita realizar más de un viaje diario, y la suma de $ 2,93 por tonelada cuando por la distancia realice un solo viaje diario. Cuando los conductores de camión o tractor deban realizar dentro del radio urbano trabajos no especificados, se les abonará como sobresueldo por tonelajes no transportados, la suma de $ 33,31.

Cuando la motosierra es provista por la patronal, la misma debe solventar los gastos de combustible, repuestos y reparación.

Resolución CNTA: 26/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18
  • JORNAL SIN SAC: Cosechador y embalador $ 130,00.-
Resolución CNTA: 100/2012; Boletín Oficial: 32523, 2012-11-15

Los siguientes importes no llevan incluido la parte proporcional correspondiente al Sueldo Anual Complementario.

POR DIA
Cosechador$ 155,00.-

REMUNERACION POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO:

Por caja de 20 kgs, para la variedad cuatro cascos$ 3,50.-
Por caja de 20 kgs, para la variedad morrón$ 4,00.-
Resolución CNTA: 24/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 130,00.-
Resolución CNTA: 18/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18

Las remuneraciones mínimas corresponden a una jornada semanal de trabajo de 44 horas, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26.727.

  • JORNAL: PESOS CIENTO TREINTA Y UNO ($ 131)
Resolución CNTA: 14/2012; Boletín Oficial: 32377, 2012-04-13
TAREASSALARIOS SIN SACPROMEDIOS
Encargado por mes$ 3.575
Desgranada por mil dientes$ 6,1325 mil
Plantadas por mil dientes$ 9,7518 mil
Destolar, arrancar, engatillar y atar$ 14,0018 ristras
Péon / Playero por día$ 121,55 p/día$ 15,18 p/hora
Cortada de ajo por 17/18 kg$ 5,9422 cajones
Cortada de ajo por 10 kg$ 3,31
Elegida a mano de 10 kg$ 5,3024 cajones
Elegida tamañado por 10 kg$ 4,5030 cajones
Armar cajón de 10 kg$ 0,56220 cajones
Enristrar por ristra$ 6,3320 ristras
Peluquear por ristra$ 4,2220 ristras

PRESENTISMO

Se establece un adicional equivalente al 10 % en concepto de presentismo al trabajador que cumpliere su tarea durante 22 días al mes.

Resolución CNTA: 120/2012; Boletín Oficial: 32565, 2013-01-18
Jornal Mínimo Garantizado$ 182,15.-

MOVIMIENTO A GRANEL

Con S.A.C.
Por Quintal
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,100
2) Descargar cereal a granel paleando. Para la cuadrilla$ 0,568
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma$ 0,100
4) Descargar a granel paleando sobre chimango$ 0,690
5) Descargar a granel paleando para un solo costado$ 0,690
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,100
7) Paleo en medios de transporte$ 0,568
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación$ 0,568
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación$ 0,391
10) Palear en silos subterráneos$ 6,425
11) Palear en silos de campaña$ 6,594
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 0,541
13) Tendida surqueada de cerealConvencional
El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros cuando así fuere se aplicará otro movimiento por cada 3 metros.
Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%.
14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,690
15) Alimentar el sin fin en galpón o celda$ 0,690
16) Carga a granel en vagones$ 0,173
CON SAC
POR TONELADA
17) Aspiradora o chupadora de cereal$ 8,307
CON SAC
POR UNIDAD
18) Paleo de base chica de silo Hasta 15 toneladas inclusive de paleo$ 182,12
19) Paleo de base mediana de silo Más de 15 toneladas hasta 30 toneladas inclusive de paleo$ 338,26
20) Paleo de base grande de silo Más de 30 toneladas hasta 60 toneladas inclusive de paleo$ 442,36

Más de 60 toneladas, a acordar entre las partes.

Los movimientos a granel Nros. 17), 18), 19) y 20) sufrirán un recargo del 33% cuando se realicen en chacra e incluyen el 33% en concepto de insalubridad.

En los pilotes o estibas que no se utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima Carnada de bolsas los salarios sufrirán un recargo del 50%.

Cuando la estiba o pilote supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

TAREAS EN SEMILLEROS

  1. Selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol, por un jornal de 8 horas $ 293,66 (doscientos noventa y tres pesos con sesenta y seis centavos). En caso de no completarse el jornal de 8 (ocho) horas precedentemente consignado y no habiéndose superado las 4 (cuatro) horas de tareas realizadas; corresponde abonar la suma de $ 146,83 (ciento cuarenta y seis pesos con ochenta y tres centavos) la jornada.-
  2. Colocar la bolsa en la bolsadora, accionar la máquina a dar paso al cereal, sacar la bolsa de la embolsadora, coser con máquina portátil y acomodar la bolsa sobre pallet, por todo concepto $ 3,11.-

MOVIMIENTO DE BOLSAS

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50%
Con S.A.C.
Por bolsa
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 0,915
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,146
3) Estibador o pilero$ 0,202
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,325
5) Acomodada de bolsa “pistín” en camión o carro$ 0,248
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,345
7) Pulseada de bolsa$ 0,345
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,450
9) Cargar cortando sobre camión c/cinta$ 1,434
10) Cargar cortando sobre camión s/cinta$ 2,149
11) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 1,260
12) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 1,260
13) Transborde de bolsas de galpón a galpón c/cinta$ 2,178
14) Transborde de bolsa de galpón a galpón s/cinta$ 3,274
15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,008
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,008
17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,239
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,239
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,450
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,450
21) Recargo por pesar$ 0,915
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 1,726
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 2,061
24) Lauchero por día$ 229,85

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS:

Con S.A.C. Por bolsa Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts.

1) Derecho carga o descarga c/cinta$ 1,134
2) Derecho carga o descarga s/cinta$ 1,372
3) Estibador o pilero$ 0,345
4) Parada de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,345
5) Acomodada de bolsas “pistín” en vagón camión o carro$ 0,345
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,345
7) Pulseada de bolsas$ 0,345
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 2,588
9) Traslado de bolsas de galpón a galpón c/cinta$ 2,588
10) Traslado de bolsas de galpón a galpón s/cinta$ 3,450
11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte movimiento completo$ 3,450
12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte movimiento completo$ 3,450
13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero c/corte automático movimiento completo$ 3,014
14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, movimiento completo$ 2,983
15) Embolsar en embolsadero neumático$ 1,545
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 0,801
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,744
18) Recargo por pesada$ 0,570
19) Rompe cascote “lauchero”$ 229,85
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 0,510
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones x 20 lts.$ 0,510
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores x 205 lts.Convencional

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES

1) Mover cinta o chimango$ 34,50
2) Mover burro o planchada o caballete$ 34,50
3) Mover embolsadero de alto porte$ 51,66
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 34,50
5) Movimiento de lonas$ 17,25
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 86,16
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 0,91
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,225
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 2,126
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 21,52
11) Carga o descarga de ladrillos por 1000$ 86,16
12) Descarga de bolsas de cemento$ 2,583
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 1,57
14) Descarga de bolsas de harina$ 2,583
Resolución CNTA: 49/2012; Boletín Oficial: 32431, 2012-07-04

I - TRABAJOS POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO EN PLANTAS DE SILOS

Distancia hasta 10 m y de 10 a 20 —máximo—

POR BOLSA $
Derecho carga o descarga con cinta0,77
Derecho carga o descarga sin cinta0,97
Embolsar, coser y estibar y/o cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”1,68
Movimiento de bolsa0,50
Pistiñada - parar bolsas en camión0,19
Rechazo - sacar bolsa rota de pilote para reembolsar0,46
Rechazo - sacar bolsa mal cosida o mal llenada para reembolsar0,31
Hombrear de pilote a chimango con corte de bolsa0,46
Carga y/o descarga, hombreando a cualquier distancia0,46
Hombrear de pilote a camión con corte de bolsa0,46
Reembolsar rechazo0,31
Pesada de bolsas0,65
Movimiento, carga y descarga de semilla1,11
Carga y/o descarga directa con pistiñada0,68
Semilla con pistiñada1,39
Embolsado de bolsas rotas y/o piso con cosido y apilado de bolsas1,32
POR QUINTAL $
Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma0,077
Descargar cereal a granel o gravitación directa0,071
Carga a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación0,075
Paleo a granel, fuera del silo0,99
Paleo a granel, dentro del silo2,56

II- TRABAJOS VARIOS AFINES

POR PIEZA $
Movimiento de chimango6,67
Movimiento de piezas, rejillas, planchadas, etc.1,77
Movimiento de fardos de 25 bolsas vacías0,17
Movimiento de fardos de 50 bolsas vacías0,21
POR BOLSA $
Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros0,58
POR FARDO $
Molienda de pasto en fardo0,58
POR BOLSA $
Carga de bolsa en chacra, también descarga1,00
POR FARDO $
Carga y descarga de fardos en chacra1,00
POR M3 $
Carga y descarga de arena17,51
Carga y descarga de pedregullo21,03
POR 1000 $
Carga y descarga de ladrillos comunes22,97
POR UNIDAD $
Carga y descarga de ladrillos huecos0,068
POR BOLSA $
Carga y/o descarga de fertilizantes, conchillas, pellets, camarina y materiales de construcción1,32

III - SEMILLEROS

POR BOLSA $
1 - Entrada y salida en bolsas y pesando0,58
2 - Entrada a granel, sacando embolsado y pesando0,57
3 - Entrada a granel, sacando embolsado sin pesar0,50
4 - Curada de semilla por bolsa0,68
POR DIA/POR OBRERO $
Los trabajos enunciados en 1-2-3 cuando se hagan por día, se efectuarán con equipo de cuatro obreros151,01

IV - SALARIOS POR JORNADA Y POR MES

Cuando se convenga entre las partes esta forma de pago, se regirán de la siguiente manera: por día y por obrero

POR DIA $ POR MES $
Estibadores151,013.635,52
Ayudantes de estibadores, hombreadores, costureros, bolseros y demás trabajos, con excepción del lauchero147,233.539,25
Lauchero141,573.369,37
Resolución CNTA: 90/2012; Boletín Oficial: 32517, 2012-11-07

SALARIO SIN COMIDA

a) Por la tarea de elaborar especies forestales con destino a uso tánico incluyendo en la misma las etapas correspondientes a limpieza (pique y picadas), trozar, sacar la albura y cualquier impureza.

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- ARBOLES VIVOS:

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de árbol vivo derribado a hacha de 15 cm. de corazón$ 91,00
b) Por la elaboración integral (apeo, trozado y las tareas especificadas en a) excepto sacar la albura y cualquier impureza c/ motosierra aportada por la patronal hasta 10 TN. Por día con 2 ayudantes: PARA LOS TRES OPERARIOS$ 17,42
c) Por elaboración integral de árbol desarraigado a pico y pala de 15 cm. de corazón$ 91,00
d) Por la pelada (cascara y albura) únicamente, con madera en cancha o monte de hasta 15 cm. de corazón$ 37,02
e) Por descascarada únicamente, con madera en cancha o monte hasta 15 cm.$ 17,41

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- MADERA MUERTA

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de 15 cm. de corazón limpiando huecos o bocas de los tubos y cañones hasta donde alcance una barreta de 1,20 mts. de longitud sin obligación de rajar los cañones$ 48,99
b) Por elaboración integral de 15 cm. de corazón con obligación de rajar los tubos y cañones, limpiar ambos $ 57,64

MADERA DE ESPECIES VARIAS PARA ASERRADEROS

LA TONELADA
a) Por elaboración de madera de lapacho, urunday, algarrobo, quebracho blanco, guayacán, itín, laurel, guayaibí, viraró, mora y cualquier especie que deba o no descascararse comprendiendo la labor de preparar, voltear, trozar y sacar la cascara a ejemplares de un diámetro de 30 cm. como mínimo, c/ motosierra, aportada por la patronal hasta 50 Tn. por día con dos ayudantes.$ 44,61

SIN DESCASCARAR SE ABONARA EL 50%.

ELABORACIÓN DE LEÑA:

Por elaboración de leña tipo FFCC de 50 a 70 cm. de largo, de 8 a 25 cm. de diámetro de las especies quebracho Colorado, guayacán, urunday, mora o itín:

EL METROLA TONELADA
a) Leña campana$ 21,71 $ 47,81
b) Leña media campana$ 21,71 $ 40,51
c) Leña verde, es decir de corazón verde, medida tipo FFCC, destinada a combustible$ 17,41 $ 34,84
d) Leña blanca trozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1,50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo (quebracho Colorado, urunday, guayacán o itín)$ 19,45 $ 30,46
e) Leña fagina o vizcacha de corazón$ 23,90 $ 43,43
f) Leña trozada campana o media campana de 1 a 1,20 mts.$ 19,45 $ 34,84
g) Leña trozada verde de quebracho Colorado, urunday, guayacán o itín cortada de 1 a 1.20 mts en cualquier diámetro.$ 19,45 $ 28,19
h) Leña verde dura blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal$ 8,66 $ 15,22
i) Leña verde es decir con corazón verde de medida tipo FFCC destinada a combustible$ 8,66 $ 15,22
j) Leña verde blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal con motosierra aportada por la patronal$ 9,80 $ 16,36
k) Leña blanca rozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1.50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo c/ motosierra aportada por la patronal$ 9,80 $ 16,36

ELABORACIÓN DE PALMERAS

CADA UNA
a) Por corte o despunte de palmeras para postes telefónicos$ 9,80
b) Por partir, desbastar y alisar palmas para tejas$ 10,85
c) Por corte o despunte de palmera para elaboración de balancines de alambrado$ 3,25

POSTES - ESTACIONES Y ESTACAS

CADA UNO
a) Por elaboración de postes de 1° calidad en madera, comprendiendo la labor integral y con las siguientes dimensiones:
- De 2.20 mts. long. y 0.43 a 0.53 cm de circunferencia$ 26,17
- De 2.40 mts. long. y 0.43 a 0.52 cm de circunferencia$ 28,19
- De 3.00 mts. long. y 0.52 a 0.60 cm de circunferencia$ 32,67

MOVIMIENTO DE PRODUCTOS ELABORADOS

Por transporte en general incluyendo carga y descarga que se efectúa en carro cachapé o alzaprima y otros tipos de carros:

LA TONELADA
a) Por los primeros 1000 mts.CONVENCIONAL
b) Por los 1000 mts subsiguientes o fracción hasta 2500 mts.$ 19,59
c) Por más de 2500 mts y hasta 5000 mts$ 22,20
d) Por más de 5000 mts y hasta 15000 mts$ 28,27
e) Por viajes mayores de 15000 mts las remuneraciones serán recargadas en un 100%

RODEO

POR DÍA
Las tareas de rodear madera en condiciones de ser cargadas, se remunerara a jornal y a razón de$ 106,96

TRABAJOS VARIOS

POR DÍA
En la playa del ferrocarril de caminos nacionales obrajes no contemplados expresamente en esta tabla salarial serán remuneradas a jornal y a razón de$ 106,96

CARGADAS EN GENERAL

POR TONELADA
a) Por cargada de rollizos elaborados de cualquier especie con guinche accionado manualmente sobre vagón de FFCC cualquier trocha cargada sobre camión o acoplado, se remunerara a la cuadrilla$ 5,42
- Cuando se carguen camiones o acoplados con bueyes se abonara a la cuadrilla de 3 hombres$ 6,00
- Cuando la madera sea pesada en balanza o báscula antes de ser cargada, se recargara a la cuadrilla$ 3,89
b) Cuando la distancia de la pila de madera o cualquier otro producto exceda de 25 mts. de distancia del lugar donde se halle estacionado el vehículo, el patrono reforzara con un peón jornalizado.
c) Por cargada de leña a vagón apilada hasta 5 mts. de distancia de vagón$ 6,72
d) Por cargada de leña a vagón de 5 y hasta 10 mts. de distancia de vagón$ 8,14
e) Por cargada y/o descarga de durmientes o postes a/o desde vagón camión o vagoneta decauvilte hasta 25 mts. de distancia, por un$ 1,82
f) Las estacas preparadas serán provistas por la patronal.

OBREROS JORNALIZADOS

POR DÍA
Cuando el patrono disponga remunerar por día, trabajos no reglamentados o previstos en la presente tabla salarial con un jornal superior, abonara como mínimo$ 106,96
PERSONAL BOYERO$ 106,96

ELABORACIÓN DE CARBÓN:

La elaboración de leña para carbón, tendrá medidas de 1.20 a 1.50 Pts.

- Rodeada, con elemento del principal, el mt.$ 3,25
- Preparación de cancha, el metro$ 0,89
- Apilada en cuadro, a cargo del hachero, el mt$ 0,97
- Embolsar y cargar vehículo, la tonelada$ 18,70
-Cargar a granel en camión de transporte baranda alta, la tonelada$ 16,20
- Carga y descarga carbón a granel en playa FFCC, la tonelada$ 19,60
- Carga de carbón en camiones en bolsa, cada una$ 0,81
- Carga de carbón en camiones en bolsa, la Tn$ 13,11
- Si hubiere que embolsar para resguardar carga a granel, se abonara por bolsa y para la cuadrilla$ 2,60
- Embolsar carbón en playa, por bolsa y para la cuadrilla$ 3,48
- Embolsar sin coser por bolsa$ 0,74
- Embolsar y coser la bolsa$ 1,12
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, cada una$ 0,57
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, la tonelada$ 12,41

LIMPIEZA DE CAMPOS

Los obreros que limpien campos en condiciones de ser arados y aptos para la explotación agrícola ganadera, para las tareas que realicen en las que están comprendidas las extracciones y desarraigado de arboles, troncos, malezas y residuos, percibirá una retribución diaria con casa y sin comida$ 106,96

En case de que el patrón decida el pago a destajo, pagará por Ha, con casa provista por la patronal y con comida, ídem anterior, por monte reache.

HORNOS FIJOS DE LADRILLOS PARA CARBÓN

- Cargada de homo, el metro de leña$ 5,42
- Cargada de homo, la tn de leña$ 7,85
- Quemar y enfriar sin especificar rendimiento, la tn$ 13,11
- Sacada de carbón con limpieza de horno, la tn$ 17,42

CARGADA DE POSTES. DURMIENTES Y ROLLIZOS

a) Cargada de poste a camión o acoplado, c/ uno$ 0,77
b) Carga y descarga a camión o acoplado, cada uno$ 1,29

RODEADA: (En distancia de 0 a 250 mts.)

LEÑA TIPO FFCC: (Por metro y por obrero)

-Por mano de obra$ 3,88
-Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,02
TOTAL$ 5,90

LEÑA PARA CARBÓN

- Por mano de obra$ 4,13
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,02
TOTAL$ 6,15

TROZO PARA TANINO DE 1.40 A 1.50 MTS DE LARGO (Por tonelada y por obrero)

- Por mano de obra$ 4,13
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,02
TOTAL$ 6,15

POSTES (Cada uno)

De 3.00 mts de largo (Por obrero)

- Por mano de obra$ 3,31
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 1,77
TOTAL$ 5,08

De 2.20 a 2.40 mts de largo

- Por mano de obra$ 2,98
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 1,53
TOTAL$ 4,51

PICADA PARA CAMIÓN:

De 4 mts de ancho, de destronque y 0.50 cm. limpio a cada lado

- Monte virgen, el Km$ 1.197,63
- Monte reache$ 862,16

PICADA DE CARRO:

- De 3 mts limpio a flor de tierra, el km$ 1.089,04
- Monte reache$ 653,10

DESLINDE:

Se comprende de luz, el km$ 192,04

REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO:

Corte de leña para carbón, con motosierra:

- Por metro$ 13,04
- Por tonelada$ 16,36
ROLLIZOS: Corte o troceada para durmientes o postes, cada uno$ 3,31

TRABAJOS CON MOTOSIERRA

Con motosierra, combustible y repuesto provistos por la patronal. En todos los cases un equipo de tres (3) hombres.

Cuando la motosierra sea propiedad del obrero, el patron debera abonar un plus del 100% sobre las remuneraciones fijadas en la presente tabla salarial.

ZORRERO DE PLAYA Y ASERRADERO:

Con elementos propios, por día$ 106,96
-A destajo, todo tipo de leña$ 10,85

CONDUCTOR DE CAMIÓN O TRACTOR

-Por mes$ 2.708,20
-Por Día$ 118,80

Los conductores de camión o tractor tendrán un recorrido máximo de 100 km. diarios entre vacio y lleno en camino de tierra. Además del sueldo fijado, se le reconocerá la suma de $ 3,64 por tonelada transportada cuando la distancia le permita realizar más de un viaje diario, y la suma de $ 2,90 por tonelada cuando por la distancia realice un solo viaje diario. Cuando los conductores de camión o tractor deban realizar dentro del radio urbano trabajos no especificados, se les abonara como sobresueldo por tonelajes no transportados, la suma de $ 33,22.-

Cuando la motosierra es provista por la patronal, la misma debe solventar los gastos de combustible, repuestos y reparación.

SALARIO SIN COMIDA

a) Por la tarea de elaborar especies forestales con destino a uso tánico incluyendo en la misma las etapas correspondientes a limpieza (pique y picadas), trozar, sacar la albura y cualquier impureza.

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- ARBOLES VIVOS:

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de árbol vivo derribado a hacha de 15 cm. de corazón$ 100,10
b) Por la elaboración integral (apeo, trozado y las tareas especificadas en a) excepto sacar la albura y cualquier impureza c/ motosierra aportada por la patronal hasta 10 TN. Por día con 2 ayudantes: PARA LOS TRES OPERARIOS$ 19,17
c) Por elaboración integral de árbol desarraigado a pico y pala de 15 cm. de corazón$ 100,10
d) Por la pelada (cascara y albura) únicamente, con madera en cancha o monte de hasta 15 cm. de corazón$ 40,72
e) Por descascarada únicamente, con madera en cancha o monte hasta 15 cm.$ 19,15

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- MADERA MUERTA

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de 15 cm. de corazón limpiando huecos o bocas de los tubos y cañones hasta donde alcance una barreta de 1,20 mts. de longitud sin obligación de rajar los cañones$ 53,89
b) Por elaboración integral de 15 cm. de corazón con obligación de rajar los tubos y cañones, limpiar ambos $ 63,40

MADERA DE ESPECIES VARIAS PARA ASERRADEROS

LA TONELADA
a) Por elaboración de madera de lapacho, urunday, algarrobo, quebracho blanco, guayacán, itín, laurel, guayaibí, viraró, mora y cualquier especie que deba o no descascararse comprendiendo la labor de preparar, voltear, trozar y sacar la cascara a ejemplares de un diámetro de 30 cm. como mínimo, c/ motosierra, aportada por la patronal hasta 50 Tn. por día con dos ayudantes.$ 49,07

SIN DESCASCARAR SE ABONARA EL 50%.

ELABORACIÓN DE LEÑA:

Por elaboración de leña tipo FFCC de 50 a 70 cm. de largo, de 8 a 25 cm. de diámetro de las especies quebracho Colorado, guayacán, urunday, mora o itín:

EL METROLA TONELADA
a) Leña campana$ 23,89 $ 52,59
b) Leña media campana$ 23,89 $ 44,56
c) Leña verde, es decir de corazón verde, medida tipo FFCC, destinada a combustible$ 19,15 $ 38,32
d) Leña blanca trozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1,50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo (quebracho Colorado, urunday, guayacán o itín)$ 21,39 $ 33,50
e) Leña fagina o vizcacha de corazón$ 26,29 $ 47,77
f) Leña trozada campana o media campana de 1 a 1,20 mts.$ 21,39 $ 38,32
g) Leña trozada verde de quebracho Colorado, urunday, guayacán o itín cortada de 1 a 1.20 mts en cualquier diámetro.$ 21,39 $ 31,01
h) Leña verde dura blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal$ 9,52 $ 16,75
i) Leña verde es decir con corazón verde de medida tipo FFCC destinada a combustible$ 9,52 $ 16,75
j) Leña verde blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal con motosierra aportada por la patronal$ 10,78 $ 17,99
k) Leña blanca rozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1.50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo c/ motosierra aportada por la patronal$ 10,78 $ 17,99

ELABORACIÓN DE PALMERAS

CADA UNA
a) Por corte o despunte de palmeras para postes telefónicos$ 10,78
b) Por partir, desbastar y alisar palmas para tejas$ 11,93
c) Por corte o despunte de palmera para elaboración de balancines de alambrado$ 3,57

POSTES - ESTACIONES Y ESTACAS

CADA UNO
a) Por elaboración de postes de 1° calidad en madera, comprendiendo la labor integral y con las siguientes dimensiones:
- De 2.20 mts. long. y 0.43 a 0.53 cm de circunferencia$ 28,79
- De 2.40 mts. long. y 0.43 a 0.52 cm de circunferencia$ 31,01
- De 3.00 mts. long. y 0.52 a 0.60 cm de circunferencia$ 35,94

MOVIMIENTO DE PRODUCTOS ELABORADOS

Por transporte en general incluyendo carga y descarga que se efectúa en carro cachapé o alzaprima y otros tipos de carros:

LA TONELADA
a) Por los primeros 1000 mts.CONVENCIONAL
b) Por los 1000 mts subsiguientes o fracción hasta 2500 mts.$ 21,55
c) Por más de 2500 mts y hasta 5000 mts$ 24,42
d) Por más de 5000 mts y hasta 15000 mts$ 31,10
e) Por viajes mayores de 15000 mts las remuneraciones serán recargadas en un 100%

RODEO

POR DÍA
Las tareas de rodear madera en condiciones de ser cargadas, se remunerara a jornal y a razón de$ 117,66

TRABAJOS VARIOS

POR DÍA
En la playa del ferrocarril de caminos nacionales obrajes no contemplados expresamente en esta tabla salarial serán remuneradas a jornal y a razón de$ 117,66

CARGADAS EN GENERAL

POR TONELADA
a) Por cargada de rollizos elaborados de cualquier especie con guinche accionado manualmente sobre vagón de FFCC cualquier trocha cargada sobre camión o acoplado, se remunerara a la cuadrilla$ 5,97
- Cuando se carguen camiones o acoplados con bueyes se abonara a la cuadrilla de 3 hombres$ 6,59
- Cuando la madera sea pesada en balanza o báscula antes de ser cargada, se recargara a la cuadrilla$ 4,28
b) Cuando la distancia de la pila de madera o cualquier otro producto exceda de 25 mts. de distancia del lugar donde se halle estacionado el vehículo, el patrono reforzara con un peón jornalizado.
c) Por cargada de leña a vagón apilada hasta 5 mts. de distancia de vagón$ 7,39
d) Por cargada de leña a vagón de 5 y hasta 10 mts. de distancia de vagón$ 8,95
e) Por cargada y/o descarga de durmientes o postes a/o desde vagón camión o vagoneta decauvilte hasta 25 mts. de distancia, por un$ 2,00
f) Las estacas preparadas serán provistas por la patronal.

OBREROS JORNALIZADOS

POR DÍA
Cuando el patrono disponga remunerar por día, trabajos no reglamentados o previstos en la presente tabla salarial con un jornal superior, abonara como mínimo$ 117,66
PERSONAL BOYERO$ 117,66

ELABORACIÓN DE CARBÓN:

La elaboración de leña para carbón, tendrá medidas de 1.20 a 1.50 Pts.

- Rodeada, con elemento del principal, el mt.$ 3,57
- Preparación de cancha, el metro$ 0,98
- Apilada en cuadro, a cargo del hachero, el mt$ 1,06
- Embolsar y cargar vehículo, la tonelada$ 20,57
-Cargar a granel en camión de transporte baranda alta, la tonelada$ 17,82
- Carga y descarga carbón a granel en playa FFCC, la tonelada$ 21,56
- Carga de carbón en camiones en bolsa, cada una$ 0,90
- Carga de carbón en camiones en bolsa, la Tn$ 14,42
- Si hubiere que embolsar para resguardar carga a granel, se abonara por bolsa y para la cuadrilla$ 2,86
- Embolsar carbón en playa, por bolsa y para la cuadrilla$ 3,82
- Embolsar sin coser por bolsa$ 0,81
- Embolsar y coser la bolsa$ 1,23
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, cada una$ 0,63
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, la tonelada$ 13,65

LIMPIEZA DE CAMPOS

Los obreros que limpien campos en condiciones de ser arados y aptos para la explotación agrícola ganadera, para las tareas que realicen en las que están comprendidas las extracciones y desarraigado de arboles, troncos, malezas y residuos, percibirá una retribución diaria con casa y sin comida$ 117,66

En case de que el patrón decida el pago a destajo, pagará por Ha, con casa provista por la patronal y con comida, ídem anterior, por monte reache.

HORNOS FIJOS DE LADRILLOS PARA CARBÓN

- Cargada de homo, el metro de leña$ 5,97
- Cargada de homo, la tn de leña$ 8,64
- Quemar y enfriar sin especificar rendimiento, la tn$ 14,42
- Sacada de carbón con limpieza de horno, la tn$ 19,17

CARGADA DE POSTES. DURMIENTES Y ROLLIZOS

a) Cargada de poste a camión o acoplado, c/ uno$ 0,85
b) Carga y descarga a camión o acoplado, cada uno$ 1,42

RODEADA: (En distancia de 0 a 250 mts.)

LEÑA TIPO FFCC: (Por metro y por obrero)

-Por mano de obra$ 4,27
-Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,23
TOTAL$ 6,50

LEÑA PARA CARBÓN

- Por mano de obra$ 4,54
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,23
TOTAL$ 6,76

TROZO PARA TANINO DE 1.40 A 1.50 MTS DE LARGO (Por tonelada y por obrero)

- Por mano de obra$ 4,54
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,23
TOTAL$ 6,76

POSTES (Cada uno)

De 3.00 mts de largo (Por obrero)

- Por mano de obra $ 3,64
- Por mantenimiento y desgaste de zorra $ 1,95
TOTAL $ 5,59

De 2.20 a 2.40 mts de largo

- Por mano de obra $ 3,28
- Por mantenimiento y desgaste de zorra $ 1,68
TOTAL $ 4,96

PICADA PARA CAMIÓN:

De 4 mts de ancho, de destronque y 0.50 cm. limpio a cada lado

- Monte virgen, el Km $ 1.317,39
- Monte reache $ 948,37

PICADA DE CARRO:

- De 3 mts limpio a flor de tierra, el km $ 1.197,95
- Monte reache $ 718,41

DESLINDE:

Se comprende de luz, el km$ 211,24

REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO:

Corte de leña para carbón, con motosierra:

- Por metro $ 14,34
- Por tonelada $ 17,99
ROLLIZOS: Corte o troceada para durmientes o postes, cada uno $ 3,64

TRABAJOS CON MOTOSIERRA

Con motosierra, combustible y repuesto provistos por la patronal. En todos los cases un equipo de tres (3) hombres.

Cuando la motosierra sea propiedad del obrero, el patron debera abonar un plus del 100% sobre las remuneraciones fijadas en la presente tabla salarial.

ZORRERO DE PLAYA Y ASERRADERO:

Con elementos propios, por día$ 117,66
-A destajo, todo tipo de leña$ 11,93

CONDUCTOR DE CAMIÓN O TRACTOR

-Por mes$ 2.979,02
-Por Día130,68

Los conductores de camión o tractor tendrán un recorrido máximo de 100 km. diarios entre vacio y lleno en camino de tierra. Además del sueldo fijado, se le reconocerá la suma de $ 4,00 por tonelada transportada cuando la distancia le permita realizar más de un viaje diario, y la suma de $ 3,19 por tonelada cuando por la distancia realice un solo viaje diario. Cuando los conductores de camión o tractor deban realizar dentro del radio urbano trabajos no especificados, se les abonara como sobresueldo por tonelajes no transportados, la suma de $ 36,54.-

Cuando la motosierra es provista por la patronal, la misma debe solventar los gastos de combustible, repuestos y reparación.

SALARIO SIN COMIDA

a) Por la tarea de elaborar especies forestales con destino a uso tánico incluyendo en la misma las etapas correspondientes a limpieza (pique y picadas), trozar, sacar la albura y cualquier impureza.

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- ARBOLES VIVOS:

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de árbol vivo derribado a hacha de 15 cm. de corazón$ 105,11
b) Por la elaboración integral (apeo, trozado y las tareas especificadas en a) excepto sacar la albura y cualquier impureza c/ motosierra aportada por la patronal hasta 10 TN. Por día con 2 ayudantes: PARA LOS TRES OPERARIOS$ 20,12
c) Por elaboración integral de árbol desarraigado a pico y pala de 15 cm. de corazón$ 105,11
d) Por la pelada (cascara y albura) únicamente, con madera en cancha o monte de hasta 15 cm. de corazón$ 42,75
e) Por descascarada únicamente, con madera en cancha o monte hasta 15 cm.$ 20,11

ESPECIE: QUEBRACHO COLORADO- MADERA MUERTA

LA TONELADA
a) Por la elaboración integral de 15 cm. de corazón limpiando huecos o bocas de los tubos y cañones hasta donde alcance una barreta de 1,20 mts. de longitud sin obligación de rajar los cañones$ 56,59
b) Por elaboración integral de 15 cm. de corazón con obligación de rajar los tubos y cañones, limpiar ambos $ 66,57

MADERA DE ESPECIES VARIAS PARA ASERRADEROS

LA TONELADA
a) Por elaboración de madera de lapacho, urunday, algarrobo, quebracho blanco, guayacán, itín, laurel, guayaibí, viraró, mora y cualquier especie que deba o no descascararse comprendiendo la labor de preparar, voltear, trozar y sacar la cascara a ejemplares de un diámetro de 30 cm. como mínimo, c/ motosierra, aportada por la patronal hasta 50 Tn. por día con dos ayudantes.$ 51,52

SIN DESCASCARAR SE ABONARA EL 50%.

ELABORACIÓN DE LEÑA:

Por elaboración de leña tipo FFCC de 50 a 70 cm. de largo, de 8 a 25 cm. de diámetro de las especies quebracho Colorado, guayacán, urunday, mora o itín:

EL METROLA TONELADA
a) Leña campana$ 25,08 $ 55,22
b) Leña media campana$ 25,08 $ 46,79
c) Leña verde, es decir de corazón verde, medida tipo FFCC, destinada a combustible$ 20,11 $ 40,24
d) Leña blanca trozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1,50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo (quebracho Colorado, urunday, guayacán o itín)$ 22,46 $ 35,18
e) Leña fagina o vizcacha de corazón$ 27,61 $ 50,16
f) Leña trozada campana o media campana de 1 a 1,20 mts.$ 22,46 $ 40,24
g) Leña trozada verde de quebracho Colorado, urunday, guayacán o itín cortada de 1 a 1.20 mts en cualquier diámetro.$ 22,46 $ 32,56
h) Leña verde dura blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal$ 10,00 $ 17,58
i) Leña verde es decir con corazón verde de medida tipo FFCC destinada a combustible$ 10,00 $ 17,58
j) Leña verde blanca tipo FFCC c/ motosierra aportada por la patronal con motosierra aportada por la patronal$ 11,32 $ 18,89
k) Leña blanca rozada verde tipo ladrillería y para carbón hasta 1.50 mts. de longitud y 5 cm. de diámetro como mínimo c/ motosierra aportada por la patronal$ 11,32 $ 18,89

ELABORACIÓN DE PALMERAS

CADA UNA
a) Por corte o despunte de palmeras para postes telefónicos$ 11,32
b) Por partir, desbastar y alisar palmas para tejas$ 12,53
c) Por corte o despunte de palmera para elaboración de balancines de alambrado$ 3,75

POSTES - ESTACIONES Y ESTACAS

CADA UNO
a) Por elaboración de postes de 1° calidad en madera, comprendiendo la labor integral y con las siguientes dimensiones:
- De 2.20 mts. long. y 0.43 a 0.53 cm de circunferencia$ 30,23
- De 2.40 mts. long. y 0.43 a 0.52 cm de circunferencia$ 32,56
- De 3.00 mts. long. y 0.52 a 0.60 cm de circunferencia$ 37,73

MOVIMIENTO DE PRODUCTOS ELABORADOS

Por transporte en general incluyendo carga y descarga que se efectúa en carro cachapé o alzaprima y otros tipos de carros:

LA TONELADA
a) Por los primeros 1000 mts.CONVENCIONAL
b) Por los 1000 mts subsiguientes o fracción hasta 2500 mts.$ 22,63
c) Por más de 2500 mts y hasta 5000 mts$ 25,64
d) Por más de 5000 mts y hasta 15000 mts$ 32,65
e) Por viajes mayores de 15000 mts las remuneraciones serán recargadas en un 100%

RODEO

POR DÍA
Las tareas de rodear madera en condiciones de ser cargadas, se remunerara a jornal y a razón de$ 123,54

TRABAJOS VARIOS

POR DÍA
En la playa del ferrocarril de caminos nacionales obrajes no contemplados expresamente en esta tabla salarial serán remuneradas a jornal y a razón de$ 123,54

CARGADAS EN GENERAL

POR TONELADA
a) Por cargada de rollizos elaborados de cualquier especie con guinche accionado manualmente sobre vagón de FFCC cualquier trocha cargada sobre camión o acoplado, se remunerara a la cuadrilla$ 6,26
- Cuando se carguen camiones o acoplados con bueyes se abonara a la cuadrilla de 3 hombres$ 6,92
- Cuando la madera sea pesada en balanza o báscula antes de ser cargada, se recargara a la cuadrilla$ 4,50
b) Cuando la distancia de la pila de madera o cualquier otro producto exceda de 25 mts. de distancia del lugar donde se halle estacionado el vehículo, el patrono reforzara con un peón jornalizado.
c) Por cargada de leña a vagón apilada hasta 5 mts. de distancia de vagón$ 7,76
d) Por cargada de leña a vagón de 5 y hasta 10 mts. de distancia de vagón$ 9,40
e) Por cargada y/o descarga de durmientes o postes a/o desde vagón camión o vagoneta decauvilte hasta 25 mts. de distancia, por un$ 2,10
f) Las estacas preparadas serán provistas por la patronal.

OBREROS JORNALIZADOS

POR DÍA
Cuando el patrono disponga remunerar por día, trabajos no reglamentados o previstos en la presente tabla salarial con un jornal superior, abonara como mínimo$ 123,54
PERSONAL BOYERO$ 123,54

ELABORACIÓN DE CARBÓN:

La elaboración de leña para carbón, tendrá medidas de 1.20 a 1.50 Pts.

- Rodeada, con elemento del principal, el mt.$ 3,75
- Preparación de cancha, el metro$ 1,03
- Apilada en cuadro, a cargo del hachero, el mt$ 1,12
- Embolsar y cargar vehículo, la tonelada$ 21,60
-Cargar a granel en camión de transporte baranda alta, la tonelada$ 18,71
- Carga y descarga carbón a granel en playa FFCC, la tonelada$ 22,64
- Carga de carbón en camiones en bolsa, cada una$ 0,94
- Carga de carbón en camiones en bolsa, la Tn$ 15,14
- Si hubiere que embolsar para resguardar carga a granel, se abonara por bolsa y para la cuadrilla$ 3,00
- Embolsar carbón en playa, por bolsa y para la cuadrilla$ 4,01
- Embolsar sin coser por bolsa$ 0,85
- Embolsar y coser la bolsa$ 1,30
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, cada una$ 0,66
- Descarga de carbón de camiones en bolsa, la tonelada$ 14,33

LIMPIEZA DE CAMPOS

Los obreros que limpien campos en condiciones de ser arados y aptos para la explotación agrícola ganadera, para las tareas que realicen en las que están comprendidas las extracciones y desarraigado de arboles, troncos, malezas y residuos, percibirá una retribución diaria con casa y sin comida$ 123,54

En case de que el patrón decida el pago a destajo, pagará por Ha, con casa provista por la patronal y con comida, ídem anterior, por monte reache.

HORNOS FIJOS DE LADRILLOS PARA CARBÓN

- Cargada de homo, el metro de leña$ 6,26
- Cargada de homo, la tn de leña$ 9,07
- Quemar y enfriar sin especificar rendimiento, la tn$ 15,14
- Sacada de carbón con limpieza de horno, la tn$ 20,12

CARGADA DE POSTES. DURMIENTES Y ROLLIZOS

a) Cargada de poste a camión o acoplado, c/ uno$ 0,89
b) Carga y descarga a camión o acoplado, cada uno$ 1,49

RODEADA: (En distancia de 0 a 250 mts.)

LEÑA TIPO FFCC: (Por metro y por obrero)

-Por mano de obra$ 4,48
-Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,34
TOTAL$ 6,82

LEÑA PARA CARBÓN

- Por mano de obra$ 4,76
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,34
TOTAL$ 7,10

TROZO PARA TANINO DE 1.40 A 1.50 MTS DE LARGO (Por tonelada y por obrero)

- Por mano de obra$ 4,76
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,34
TOTAL$ 7,10

POSTES (Cada uno)

De 3.00 mts de largo (Por obrero)

- Por mano de obra$ 3,82
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 2,05
TOTAL$ 5,87

De 2.20 a 2.40 mts de largo

- Por mano de obra$ 3,44
- Por mantenimiento y desgaste de zorra$ 1,77
TOTAL$ 5,21

PICADA PARA CAMIÓN:

De 4 mts de ancho, de destronque y 0.50 cm. limpio a cada lado

- Monte virgen, el Km $ 1.383,26
- Monte reache $ 995,79

PICADA DE CARRO:

- De 3 mts limpio a flor de tierra, el km $ 1.257,85
- Monte reache $ 754,33

DESLINDE:

Se comprende de luz, el km$ 221,80

REMUNERACIÓN POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO:

Corte de leña para carbón, con motosierra:

- Por metro$ 15,06
- Por tonelada$ 18,89
ROLLIZOS: Corte o troceada para durmientes o postes, cada uno$ 3,82

TRABAJOS CON MOTOSIERRA

Con motosierra, combustible y repuesto provistos por la patronal. En todos los cases un equipo de tres (3) hombres.

Cuando la motosierra sea propiedad del obrero, el patron debera abonar un plus del 100% sobre las remuneraciones fijadas en la presente tabla salarial.

ZORRERO DE PLAYA Y ASERRADERO:

Con elementos propios, por día$ 123,54
-A destajo, todo tipo de leña$ 12,53

CONDUCTOR DE CAMIÓN O TRACTOR

-Por mes $ 3.127,97
-Por Día $ 137,21

Los conductores de camión o tractor tendrán un recorrido máximo de 100 km. diarios entre vacio y lleno en camino de tierra. Además del sueldo fijado, se le reconocerá la suma de $ 4,21 por tonelada transportada cuando la distancia le permita realizar más de un viaje diario, y la suma de $ 3,35 por tonelada cuando por la distancia realice un solo viaje diario. Cuando los conductores de camión o tractor deban realizar dentro del radio urbano trabajos no especificados, se les abonara como sobresueldo por tonelajes no transportados, la suma de $ 38,37.-

Cuando la motosierra es provista por la patronal, la misma debe solventar los gastos de combustible, repuestos y reparación.

SAC

Las remuneraciones mínimas que la presente aprueba llevan incluida la parte proporcional correspondiente al sueldo anual complementario.

Ropa de Trabajo

Los empleadores deberán proveer una muda de ropa por año, consistente en: un (1) pantalón, una (1) camisa y un (1) par de borceguíes, a cada trabajador dependiente de estos que registre una antigüedad superior de seis (6) meses.

Absorción

Los incrementos de remuneraciones mínimas resultantes de la aplicación de la presente resolución, absorberán hasta su concurrencia los incrementos de cualquier tipo que hubieren pactado individualmente los empleadores con los respectivos dependientes.

Resolución CNTA: 17/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18
POR KILO
COSECHADOR$ 1,22.-
Resolución CNTA: 13/2012; Boletín Oficial: 32377, 2012-04-13

Jornal mínimo garantizado para el personal que desempeña las tareas comprendidas en los apartados siguientes, conforme se consigna a continuación:

Jornal Diario sin SAC:$ 144,00.-

1.- ARREO A LARGA DISTANCIA: A partir de las 10 leguas, por día, con comida y por persona.

Capataz con caballo240,96
Peón con caballo189,36
Carrero sin elementos de trabajo217,64
Carrero con carro y caballos de su propiedadConvencional

Viaje a corta y larga distancia de ida a recibir tropa y regreso una vez entregada la misma por cada 5 km (1 legua) por persona y sin comida $ 0,98.

2.- ARREO A CORTA DISTANCIA: Hasta 10 leguas, con comida, por persona que tenga elemento de trabajo, por leguas.

Capataz36,22
Resero18,91
Carrero con carro y caballo de su propiedadConvencional

VIATICO: cuando no se proporcione comida deberá pagarse por comida principal $ 20,96.-

3.- LOCALES DE REMATES - FERIAS ESPECIALES CAMPO POR PERSONA QUE TENGA ELEMENTO DE TRABAJO POR DÍA Y/O MEDIODÍA CON COMIDA.

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Capataz317,83190,52
Clasificador239,79142,84

PISTERO:

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Cuando el patrón requiere la intervención del pistero, éste recibirá un salario adicional de:29,9817,97

El citado adicional se aplicará sobre el salario fijado para el peón general a caballo.

POR DÍAPORMEDIO DÍA
Peón a caballo de propiedad del trabajador276,88159,86
Peón a caballo provisto por el empleador213,06127,94

Cuando el empleador brinde el caballo al trabajador, la asignación correspondiente al mismo no será pagada.

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Peón a pie144,7486,41
Rondadores por la noche con caballo208,28124,9

Cuando no se provea la comida, se abonará al personal lo siguiente:

a) Por asado de la mañana30,03
b) Por almuerzo33,16

PERSONAL MENSUALIZADO

Peón con comida1761,49
Peón sin comida1999,89

TRABAJOS REALIZADOS BAJO LLUVIA Y QUE DEJAN EL TERRENO EN MAL ESTADO PARA LOS MISMOS. El jornal tendrá un recargo de:

Bajo la lluvia26,97
Terreno en mal estado24,09

4.- CARGAR HACIENDA EN CAMIONES Y/O VAGONES DE FERROCARRIL.

CamiónVagón
Vacunos0,490,55
Yeguarizos0,620,67
Lanares0,180,24
PorcinosConvencional

5.- LOCALES DE EXPOSICIÓN: Con comida

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Peones en general a pie144,1286,47
Peones generales a caballo con elemento de trabajo213,1127,9
Serenos208,28124,98

ANTIGÜEDAD

Además de la remuneración fijada para cada categoría, el personal comprendido en los apartados anteriores percibirá una bonificación por antigüedad equivalente al 1% de la remuneración básica de su categoría por cada año de servicio.

Resolución CNTA: 64/2012; Boletín Oficial: 32483, 2012-09-18
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 145,14.-
Resolución CNTA: 98/2012; Boletín Oficial: 32523, 2012-11-15

Los siguientes importes no llevan incluido la parte proporcional correspondiente al Sueldo Anual Complementario.

POR DIA
SIN SAC
Cosechador$ 155,00.-

TRABAJO A DESTAJO

Por caja de 20 kgs, para consumo en fresco$ 5,50.-
Por caja de 20 kgs, para fábrica$ 4,50.-
Resolución CNTA: 16/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17

Remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña como Conductores Tractoristas, Maquinistas de Máquinas Cosechadora y Agrícola

  • POR MES: $ 4462.
  • POR DIA: $ 196,57.
Resolución CNTA: 33/2012; Boletín Oficial: 32386, 2012-04-26
SIN SAC
Aceituna aceitera, por cada caja o bandeja de 20 kilogramos$ 12,81
Aceituna criolla o conservera por cada caja o bandeja de 20 kilogramos$ 15,86

En caso de abonarse salarios por rendimiento del trabajo por kilogramo, la tarifa se establecerá dividiendo por veinte (20) el valor de la caja según la variedad de que se trate.

Resolución CNTA: 92/2012; Boletín Oficial: 32517, 2012-11-07

Las siguientes remuneraciones no incluyen el SAC (aguinaldo).

Jornal mínimo garantizado

Jornal Diario$ 150,00.-

TRABAJO DE RECOLECCIÓN:

En Bines cada 50 kgs.$ 1,46
Bolsa hasta 17 kgs.$ 2,44
Bolsa papera 48 a 52 kg. Embolsar y cargar$ 3,05
Bolsa batatera de 52 V2 a 58 kg. Embolsar y cargar$ 3,66
Engavillar solamente$ 0,61
Cosida bolsa grande$ 0,54
Bolsa batatera 52 V2 a 58 kg. (embolsar, cargar c/ transbordo)$ 3,66
Bolsa batatera de 48 a 52 kg. (embolsar, cargar c/ transbordo)$ 3,34

TRABAJO DE LAVADERO:

Por Bolsa
Bolsa chica boca redonda$ 1,71
Bolsa con vista cosida a mano$ 1,46
Transborde de lavadero cosida a mano$ 1,58
Se deja establecido que el valor para las bolsas de mayor peso que el establecido en la presente escala, se calculara a razón de$ 0,12 por Kg.

TRABAJO POR SIEMBRA:

Plantado de brotes por ha.$ 390,00.-
Resolución CNTA: 110/2012; Boletín Oficial: 32565, 2013-01-18

Las remuneraciones por día llevan incluida la parte proporcional del sueldo anual complementario (SAC), no así las mensuales, que deberán abonarse conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

TAREAS GENERALESPOR MESPOR DIA
Selección, corte fraccionado; Lavado y escurrido; Embasado; Etiquetado, encintado y embalado de productos hortícolas$ 4.362,45$ 207,74
Cuadrilla de carga, pasteros, zorreros y alzadores$ 4.659,69$ 221,89
Aradores y carreros$ 4.905,58$ 233,60
Regadores y enlienzadores$ 4.899,08$ 233,29
Obreros especializados$ 4.905,58$ 233,60
Choferes$ 5.611,03$ 267,19

Premio a la reducción del ausentismo

Se instituye un premio a la reducción del ausentismo equivalente al diez por ciento (10%) del salario diario correspondiente a cada categoría.

Vestimenta

El empleador deberá proporcionar a los trabajadores permanentes de la actividad de Horticultura, dos (2) mudas de ropa de trabajo por año.

Indemnización sustitutiva de vacaciones

El DIEZ POR CIENTO (10%) de indemnización sustitutiva por vacaciones, deberá abonarse conforme lo prescripto por el artículo 20 del Régimen de Trabajo Agrario instituido por la Ley Nº 26.727.

Antigüedad

Además de la remuneración fijada para la categoría, el personal comprendido en la presente resolución percibirá una bonificación por antigüedad conforme lo prescripto por el artículo 38 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727.

Resolución CNTA: 20/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17
  • JORNAL: PESOS CIENTO TREINTA Y UNO ($ 131,00).
  • Por cada Taco de 30 kg: PESOS TRES CON OCHO CENTAVOS ($ 3,08).
Resolución CNTA: 82/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17

ARREOS A LARGA DISTANCIA

A partir de las 10 leguas, por día, con comida y por persona.

Capataz con caballo$ 264,51
Peón con caballo$ 207,61
Carrero sin elementos de trabajo$ 232,56
Carrero con carro y caballos de su propiedadConvencional
Viaje a corta y larga distancia de ida a recibir tropa y regreso una vez entregada la misma por cada 5 km. (una legua) persona y sin comida$ 1,46

ARREOS A CORTA DISTANCIA

hasta 10 leguas, con comida, por persona que tenga elemento de trabajo, por legua:

Capataz$ 41,17
Resero$ 20,93
Carrero con carro y caballo de su propiedadConvencional

VIATICO

Cuando no se proporcione comida deberá pagarse por día y por obrero $ 43,63. Esta suma la abonará el empleador.

LOCALES DE REMATES - FERIAS - ESPECIALES

A campo por persona que tenga elemento de trabajo por día y/o mediodía, con comida.

POR DIAPOR MEDIO DIA
Capataz$ 348,84$ 209,29
Clasificador$ 261,61$ 138,05

PISTERO

POR DIAPOR MEDIO DIA
Cuando el patrón requiere la intervención del pistero, éste recibirá un salario adicional de:$ 36,32$ 21,81

El citado adicional se aplicará sobre el salario fijado para el peón general a caballo.

POR DIAPOR MEDIO DIA
Peón a caballo de propiedad del trabajador$ 276,13$ 159,42
Peón a caballo provisto por el empleador$ 212,34$ 128,13
Peón a pie$ 212,34$ 128,13
Rondadores por noche con caballo$ 251,71$ 162,72

Cuando no se provea la comida, se abonará al personal lo siguiente:

a) Por asado de la mañana$ 36,32
b) Por almuerzo$ 43,63

PERSONAL MENSUALIZADO

Peón con comida$ 3.878,65
Peón sin comida$ 4.505,73

TRABAJOS REALIZADOS BAJO LLUVIA Y QUE DEJAN EL TERRENO EN MAL ESTADO PARA LOS MISMOS.

El jornal tendrá un recargo de:

Bajo la lluvia$ 32,94
Terreno en mal estado$ 26,64

CARGAR HACIENDA EN CAMIONES Y/O VAGONES DE FERROCARRIL

CAMIONVAGON
Vacunos$ 0,64$ 0,75
Yeguarizos$ 0,75$ 0,96
Lanares$ 0,51$ 0,61
PorcinosConvencional

LOCALES DE EXPOSICION

Con comida

POR DIAPOR MEDIO DIA
Peones en general a pie$ 181,86$ 101,75
Peones generales a caballo con elementos de trabajo$ 232,56$ 145,35
Serenos$ 256,78$ 155,01
Resolución CNTA: 106/2012; Boletín Oficial: 32533, 2012-11-30

Las remuneraciones mínimas establecidas para el personal en la presente Resolución no incluyen la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario. A los efectos de la liquidación del mismo se aplicará lo dispuesto por la Ley 23.041 y sus modificatorias.

TRABAJOS GENERALES

POR MES $POR DIA $
Carga, pasteros, zorreros y Alzadores2.640,00122,00
Aradores y carreros2.838,00132,00
Regadores y enlienzadores2.838,00132,00
Obreros especializado2.838,00132,00
Conductor tractorista /maquinarias agrícola3.366,00165,00
POR DIA $
Rejilla de choclo de 10 a 20 Kg.3,96
Zapallitos jaulas chicas de 10 a 20 Kg.3,30
Docena de perejil atado de medio Kg.4,62
Docena de acelga atado por medio Kg.4,62
Rejilla de arveja de 10 Kg.7,92
Recolección de lechuga por cajones de 10 kg.4,62
atados de espinacas de medio Kg.4,62
Carpida de verdura por Ha1.650,00

El personal percibirá un jornal mínimo garantizado de PESOS CIENTO VEINTIDOS ($ 122.-).

Los salarios básicos indicados en la presente Resolución, absorberán hasta su concurrencia los mayores importes que estén abonando los empleadores por decisión voluntaria o por acuerdo de partes.

ROPA DE TRABAJO

Al personal se le proveerá de dos (2) equipos de ropa de trabajo al año.

Para trabajadores que realicen tareas a la intemperie en condiciones climáticas de lluvia, suelo barroso, además deberá otorgase equipos de trabajo adecuados, a estas contingencias. Este equipo será devuelto a la empresa luego de su utilización. La provisión de estos equipos responderá a las modalidades de cada empresa y a la época del año de entrega. Se fija como fecha de entrega de los equipos de ropa de trabajo al inicio de cada ciclo agrícola.

Resolución CNTA: 73/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
POR DIA SIN SAC
Arrancador$ 140,22.-
Resolución CNTA: 30/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18

MOVIMIENTO A GRANEL

CON S.A.C.
POR QUINTAL
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,106
2) Descargar cereal a granel paleando. Para la cuadrilla$ 0,657
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma$ 0,139
4) Descargar a granel paleando sobre chimango$ 0,796
5) Descargar a granel paleando por un solo costado$ 0,796
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,106
7) Paleo en medios de transporte$ 0,657
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación $ 2,11
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación $ 2,11
10) Palear en silos subterráneos$ 2,11
11) Palear en silos de campaña$ 2,11
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 2,11
13) Tendida o surqueada de cerealconvencional

El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros. Cuando así fuere, se aplicará otro movimiento cada 3 metros. Cuando se trabaje con alpiste o sorgo, los salarios sufrirán un recargo del 32%

14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,796
15) Cargar a granel en vagones$ 0,199

En los pilotes o estibas que no utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima carnada de bolsas, los salarios sufrirán un recargo del 50%.

Cuando la estiba o pilote que supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%.

El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

MOVIMIENTO DE BOLSAS

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50% CON S.A.C.
POR BOLSA
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,065
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,328
3) Estibador o pilero$ 0,253
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,377
5) Acomodada de bolsa “pistín” en camión o carro$ 0,289
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,398
7) Pulseada de bolsa$ 0,398
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,526
9) Cargar cortando sobre camión con cinta$ 1,66
10) Cargar cortando sobre camión sin cinta$ 2,49
11) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 1,46
12) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 1,46
13) Transborde de bolsas de galpón a galpón con cinta$ 2,52
14) Transborde de bolsa de galpón sin cinta$ 3,79
15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,32
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,32
17) Embolsar. coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,59
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,59
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,99
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,99
21) Recargo por pesar$ 1,063
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 1,99
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 2,39
24) Lauchero por día$ 266,03

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS:

Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts

CON S.A.C.
POR BOLSA
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,328
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,595
3) Estibador o pilero$ 0,398
4) Para de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,398
5) Acomodada de bolsas de “pistín” en vagón camión o carro$ 0,398
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,398
7) Pulseada de bolsas$ 0,398
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 2,99
9) Traslado de bolsas de galpón con cinta$ 2,99
10)Traslado de bolsas de galpón a galpón sin cinta$ 3,99
11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 3,99
12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 3,99
13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero con corte automático, “movimiento completo”$ 0,634
14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, “movimiento completo”$ 3,457
15) Embolsar en embolsadero neumático$ 1,796
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 0,931
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,863
18) Recargo por pesada$ 0,664
19) Rompe cascote “lauchero”$ 266,03
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 2,00
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones de 20 litros$ 2,00
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores por 205 litros Convencional
23)Descarga de urea a granel paleando para la cuadrilla por quintal$ 1,49
24) Descarga de urea paleando sobre chimango o sobre el costado por quintal$ 1,98

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES:

1) Mover cinta o chimango$ 39,88
2) Mover burro o planchada o caballete$ 39,88
3) Mover embolsadero de alto porte$ 59,82
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 39,88
5) Movimiento de lonas$ 19,93
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 99,73
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 1,06
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,265
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 2,46
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 24,93
11) Carga o descarga de ladrillos por 1000$ 99,73
12) Descarga de bolsas de cemento$ 2,98
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 1,99
14) Descarga de bolsas de harina$ 2,98

MOVIMIENTO DE CARGA Y DESCARGA DE PAQUETE SILO BOLSA $ 52,82

VALOR DE LA COMIDA:

Cuando la comida sea suministrada por el empleador, deberá abonar por dicho concepto la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO CON OCHO CENTAVOS ($ 44,08).-

PARA LOS TRABAJADORES QUE REALICEN TAREAS DE CARGA EN CHACRA EN LA PROVINCIA DE CORDOBA (C.A.R. Nº 5)

Los movimientos consignados precedentemente se incrementarán, respecto de los valores vigentes que idénticos movimientos tengan para la actividad de Manipulación y Almacenamiento de Granos:

  1. un VEINTE POR CIENTO (20%) cuando la distancia no exceda los DIEZ (10) kilómetros,
  2. un TREINTA POR CIENTO (30%) cuando la distancia no exceda de VEINTE (20) kilómetros y
  3. un CUARENTA Y CINCO (45%) cuando la distancia sea mayor a VEINTE (20) kilómetros.

TAREAS DE CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO

CON S.A.C.
1) Selección a mano del maní en cáscara sobre cinta o noria, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 23,96
2) Selección a mano del maní con cascara sobre mesa fija, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 23,21
3) Selección a mano del maní en grano sobre cinta o noria, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 23,96
4) Selección a mano del maní en grano sobre mesa fija, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 23,21
5) Selección a mano del maní en grano sobre cinta, con previa selección mecánica y vibrador (Picoteo)$ 23,96

SELECCION A MANO DEL MANI EN GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON PREVIA CLASIFICACION MECANICA

  • CON S.A.C.: $ 23,96

ALIMENTACION DE MAQUINAS SELECCIONADORAS O VENTILADORAS A FUERZA MOTRIZ DE MANI PARA CONFITERIA O TOSTADEROS

PARA LA CUADRILLAPOR BOLSA
CON SAC
a) En máquinas con cinta acoplada realizando la selección a mano sobre cinta, en forma simultánea con la máquina ventilada
1) Con maní en grano$ 2,05
2) Con maní en cáscara$ 1,689
b) En máquinas con o sin cinta acoplada no realizando la selección a mano sobre cinta en forma simultánea con la maquinada o ventilada.
1) Con maní en grano$ 2,05
2) Con maní en cáscara$ 1,689
c) Con máquinas con cernidor rotativo (chancho) sin cinta acoplada, seleccionando maní en grano para semilla o confitería, regirán los siguientes salarios para la cuadrilla, y por bolsa que se eche a la máquina.
1) Máquinas con producción diaria por bolsa en grano$ 2,05
2) Máquinas con producción diaria por bolsa en cáscara$ 1,689

REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES QUE REALICEN TAREAS DE CARGA EN CHACRA EN LA PROVINCIA DE CORDOBA (C.A.R. Nº 5)

Movimientos exclusivos para las tareas de Carga en Chacra en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 5 (provincia de Córdoba).

1) Carga Paleando en silo-bolsa con paleo incluido calafateando y acomodando la carga valor$ 2,91 por quintal
2) Carga de cereal con chupadora, máquina acro o pala mecánica, calafateando y acomodando carga sin conducir máquina o tractor valor$ 0,598
3) Maquinada de cereal para semilla cortando bolsa y pesando con destino a pilote o carga de vehículo valor$ 8,74 por bolsa
4) Curada de semilla con máquina a motor cortando bolsa y sacando bolsa con destino a pilote o carga sobre vehículo movimiento completo$ 7,75 por bolsa
5) Curada de semilla a granel con máquina a motor con big bag$1,45 por quintal
6) Curada de semilla con tambor a mano$ 9,18 por bolsa
Resolución CNTA: 101/2012; Boletín Oficial: 32521, 2012-11-13
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 155,00.-
Resolución CNTA: 25/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17
  • Remuneración diaria (sin SAC): $ 130,00.-
Resolución CNTA: 97/2012; Boletín Oficial: 32522, 2012-11-14
  • POR DIA CON SAC: Cosechador $ 155,00.-
Resolución CNTA: 78/2012; Boletín Oficial: 32481, 2012-09-14
POR DIA SIN SAC
Cortador o Cosechador$ 141,45.-
Descartador$ 141,45.-
Liencero$ 141,45.-
Recolector$ 141,45.-
Amontonador$ 141,45.-
Embolsador$ 142,68.-
Recalcador$ 142,68.-
Cosedor$ 153,75.-
Cocinero$ 153,75.-
Chofer$ 168,51.-
Capataz$ 184,50.-
Resolución CNTA: 67/2012; Boletín Oficial: 32483, 2012-09-18
POR DIA SIN SAC
Recolector o Amontonador$ 140.22
Descartador o Liencero$ 140.22
Cocinero$ 140.22
Cosedor$ 145.14
Embolsador o recalcador$ 145.14
Capataz$ 171.59
Por rendimiento del trabajo (por bolsa)$ 3,81
Resolución CNTA: 60/2012; Boletín Oficial: 32.468, 2012-08-28

Tareas de Producción, Mantenimiento, Gestión, Plantas de Incubación, Moledora, Revisación, Clasificado y Procesado de Huevos, con la exclusión de las actividades que se realizan en Establecimientos Industriales.

MENSUALJORNAL
Peón Avícola
Trabajador no calificado$ 3.586,07$ 155,92
Trabajador semi-calificado$ 3.663,85$ 159,30
Trabajador calificado$ 3.742,46$ 162,72
Personal de Transporte
Trabajador no calificado$ 3.899,59$ 169,55
Trabajador semi-calificado$ 3.924,15$ 170,62
Trabajador calificado$ 4.105,91$ 178,52
Personal Jerárquico
Encargado$ 4.243,41$ 184,50
Capataz$ 4.449,72$ 193,47

Bonificación zona desfavorable (Art. Nº 30):

  • Provincias de Río Negro y Neuquén: 10%
  • Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego: 20%
MENSUALJORNAL
Peón Avícola
Trabajador no calificado$ 4.016,40 (1)$ 174,63
Trabajador semi-calificado$ 4.103,52$ 178,41
Trabajador calificado$ 4.191,55$ 182,24
Personal de Transporte
Trabajador no calificado$ 4.367,54$ 189,89
Trabajador semi-calificado$ 4.395,04$ 191,09
Trabajador calificado$ 4.598,62$ 199,94
Personal Jerárquico
Encargado$ 4.752,62$ 206,64
Capataces$ 4.983,68$ 216,68
Nota (1): Rectificado por Resolución 86/2012 de la CNTA (BO: 23-10-12). Antes decía $ 4.106,40.-

Bonificación zona desfavorable (Art. Nº 30):

  • Provincias de Río Negro y Neuquén 10%
  • Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego 20%
Resolución CNTA: 71/2012; Boletín Oficial: 32481, 2012-09-14
POR DIA SIN SAC
Tareas de Plantación de Forestales$ 146,37.-
Tareas de Tala de Forestales$ 155,59.-
Resolución CNTA: 89/2012; Boletín Oficial: 32518, 2012-11-08

Las siguientes remuneraciones incluye la parte proporcional del SAC (aguinaldo)

Jornal
El jornal diario de 8 (ocho) horas continuas o discontinuas$ 151,23
Tareas de limpieza interior de los silos:
- de chapa (incluye las paredes) que supere los 10 mts.$ 181,13
- de chapa (incluye las paredes) que no superen los 10 mts.$ 133,69
- de cemento (incluye paredes)$ 254,95
Por quintal
1) Cargar cereal a granel en campo descubierto al chimango$ 0,66
2) Palear en vagón y/o galpón 0 silo sin aireación o ventilación$ 0,66
3) Palear en rejillas o camiones$ 0,39
4) Carga o descarga de agroquímicos en latas o bidones de 20 litros, por unidad y/o embalados en cajas o packs, por unidad$ 0,56
5) Cargar y/o descargar agroquímicos en tambores de 205 Its.convencional
6) Paleos en silos de campaña$ 7,24
Resolución CNTA: 116/2012; Boletín Oficial: 32566, 2013-01-21

Jornal mínimo garantizado para el personal que desempeña las tareas comprendidas en los apartados siguientes, conforme se consigna a continuación:

Jornal Diario sin SAC$ 172,80.-

1.- ARREO A LARGA DISTANCIA: A partir de las 10 leguas, por día, con comida y por persona.

Capataz con caballo$ 289,15
Peón con caballo$ 227,23
Carrero sin elementos de trabajo$ 261,17
Carrero con carro y caballos de su propiedadConvencional

Viaje a corta y larga distancia de ida a recibir tropa y regreso una vez entregada la misma por cada 5 Km. (1 legua) por persona y sin comida $ 1,18.

2.- ARREO A CORTA DISTANCIA: Hasta 10 leguas, con comida, por persona que tenga elemento de trabajo, por leguas.

Capataz$ 43,48
Resero$ 22,69
Carrero con carro y caballo de su propiedadConvencional

VIATICO: cuando no se proporcione comida deberá pagarse por comida principal $ 25,16.-

3.- LOCALES DE REMATES - FERIAS ESPECIALES CAMPO POR PERSONA QUE TENGA ELEMENTO DE TRABAJO POR DÍA Y/O MEDIODÍA CON COMIDA.

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Capataz$ 381,40$ 228,63
Clasificador$ 287,75$ 171,42

PISTERO:

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Cuando el patrón requiere la intervención del pistero, éste recibirá un salario adicional de:$ 35,98$ 21,58

El citado adicional se aplicará sobre el salario fijado para el peón general a caballo.

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Peón a caballo de propiedad del trabajador$ 332,26$ 191,84
Peón a caballo provisto por el empleador$ 255,67$ 153,54

Cuando el empleador brinde el caballo al trabajador, la asignación correspondiente al mismo no será pagada.

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Peón a pie$ 173,69$ 103,70
Rondadores por la noche con caballo$ 249,94$ 149,89

Cuando no se provea la comida, se abonará al personal lo siguiente:

a) Por asado de la mañana$ 36,05
b) Por almuerzo$ 39,81

PERSONAL MENSUALIZADO

Peón con comida$ 2.113,78
Peón sin comida$ 2.399,88

TRABAJOS REALIZADOS BAJO LLUVIA Y QUE DEJAN EL TERRENO EN MAL ESTADO PARA LOS MISMOS. El jornal tendrá un recargo de:

Bajo la lluvia$ 32,37
Terreno en mal estado$ 28,92

4.- CARGAR HACIENDA EN CAMIONES Y/O VAGONES DE FERROCARRIL.

CamiónVagón
Vacunos$ 0,59$ 0,66
Yeguarizos$ 0,74$ 0,81
Lanares$ 0,22$ 0,28
PorcinosConvencional

5.- LOCALES DE EXPOSICIÓN: Con comida

POR DÍAPOR MEDIO DÍA
Peones en general a pie$ 172,95$ 103,77
Peones generales a caballo con elemento de trabajo$ 255,73$ 153,50
Serenos$ 249,94$ 149,98

BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD

Además de la remuneración fijada para cada categoría, el personal comprendido en la presente Resolución percibirá una bonificación por antigüedad de conformidad a lo establecido en el artículo 38 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727.

Resolución CNTA: 28/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18

Los siguientes importes no llevan incluido la parte proporcional correspondiente al Sueldo Anual Complementario.

POR DIA
Cosechador$ 130,00.-

TRABAJO A DESTAJO

Por caja de 20 kgs, para la variedad cuatro cascos$ 2,87.-
Por caja de 20 kgs, para la variedad morrón$ 3,29.-
Resolución CNTA: 04/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12
POR DIA Y SIN SAC
Raleador de frutales$ 122,40
Resolución CNTA: 72/2012; Boletín Oficial: 32481, 2012-09-14

Los siguientes salarios no incluyen la parte proporcional correspondiente al sueldo anual complementario.

POR DIA
Sembrador o Trasplantador$ 140,22.-
POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO
Por MIL (1000) plantines de cebollas trasplantados$ 7,63.-
Por surco CIEN (100) metros de ajo$ 7,63.-
Resolución CNTA: 58/2012; Boletín Oficial: 32.450, 2012-08-01
POR ANIMAL
Esquilador$ 3,60
Agarradores$ 0,72
Playeros$ 0,48
Cocinero$ 0,36

Establécese que cuando la relación laboral sea de carácter temporario le resultará aplicable el DIEZ POR CIENTO (10%) en concepto de indemnización sustitutiva por vacaciones no gozadas y el OCHO CON TREINTA Y TRES POR CIENTO (8,33%) en concepto de sueldo anual complementario, conforme lo establecido por el artículo 20 del Régimen de Trabajo Agrario, Ley Nº 26.727.

Establece para todos los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente un DIEZ POR CIENTO (10%) en concepto de premio a la reducción del ausentismo; y la bonificación por antigüedad por cada año de servicio, conforme lo establecido por el artículo 38 del Régimen de Trabajo Agrario, Ley Nº 26.727.

Resolución CNTA: 94/2012; Boletín Oficial: 32521, 2012-11-13
Sep 2012Nov 2012Ene 2013
Salario mínimo garantizado$ 197,24 $ 204,42 $ 211,59

MOVIMIENTO A GRANEL:

Con S.A.C. Por quintal
Sep 2012Nov 2012Ene 2013
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,11 $ 0,12 $ 0,12
2) Descargar cereal a granel paseando. Para la cuadrilla$ 0,70 $ 0,73 $ 0,76
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma$ 0,11 $ 0,12 $ 0,12
4) Descargar a granel paseando sobre chimango$ 0,86 $ 0,89 $ 0,92
5) Descargar a granel paseando por un solo costado$ 0,86 $ 0,89 $ 0,92
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,11 $ 0,12 $ 0,12
7) Paleo en medios de transporte$ 0,70 $ 0,73 $ 0,76
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación$ 0,70 $ 0,73 $ 0,76
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación$ 0,50 $ 0,52 $ 0,54
10) Palear en silos subterráneos$ 7,99 $ 8,28 $ 8,57
11) Palear en silos de campaña$ 8,20 $ 8,50 $ 8,80
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 0,67 $ 0,69 $ 0,72
13) Tendida o surqueada de cerealConvencionalConvencionalConvencional

El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros. Cuando así fuere se aplicará otro movimiento cada 3 metros.

Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%

Con S.A.C. Por quintal
Sep 2012Nov 2012Ene 2013
14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,86 $ 0,89 $ 0,92
15) Alimentar el sinfín en galpón o celda$ 0,86 $ 0,89 $ 0,92
16) Cargar a granel en vagones$ 0,22 $ 0,22 $ 0,23
17) Aspiradora o chupadora sin paleo$ 2,96 $ 3,07 $ 3,18
18) Aspiradora con barredor o sinfín$ 4,35 $ 4,51 $ 4,66
19) A granel, paleando sobre chimango$ 8,36 $ 8,66 $ 8,96

En los pilotes o estibas que no utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima camada de bolsas, los salarios sufrirían un recargo del 50%.

Cuando la estiba o pilote supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

TAREAS EN SEMILLEROS

Sep 2012Nov 2012Ene 2013
Selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol, por un jornal de ocho (8) horas$ 283,36 $ 293,66 $ 303,96
En caso de no completarse el jornal de ocho (8) horas precedentemente consignado y no habiéndose superado las cuatro (4) horas de tareas realizadas; corresponde abonar la siguiente suma por la jornada.$ 141,68 $ 146,83 $ 151,98

MOVIMIENTO DE BOLSAS:

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50% Con S.A.C. Por bolsa
Sep 2012Nov 2012Ene 2013
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,13 $ 1,17 $ 1,21
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,42 $ 1,47 $ 1,52
3) Estibador o pilero$ 0,25 $ 0,26 $ 0,27
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,41 $ 0,42 $ 0,44
5) Acomodada de bolsa “pistín” en camión o carro$ 0,31 $ 0,32 $ 0,33
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,43 $ 0,44 $ 0,46
7) Pulseada de bolsa$ 0,43 $ 0,44 $ 0,46
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,57 $ 0,59 $ 0,61
9) Cargar cortando sobre camión con cinta$ 1,77 $ 1,84 $ 1,90
1) Cargar cortando sobre camión sin cinta$ 2,68 $ 2,78 $ 2,87
2) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 1,58 $ 1,63 $ 1,69
3) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 1,58 $ 1,63 $ 1,69
4) Transborde de bolsas de galpón a galpón con cinta$ 2,72 $ 2,82 $ 2,91
5) Transborde de bolsa de galpón sin cinta$ 4,08 $ 4,23 $ 4,37
6) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,50 $ 2,59 $ 2,68
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,50 $ 2,59 $ 2,68
17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,79 $ 2,89 $ 2,99
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte movimiento completo”$ 2,79 $ 2,89 $ 2,99
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 4,30 $ 4,45 $ 4,61
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 4,30 $ 4,45 $ 4,61
21) Recargo por pesar$ 1,13 $ 1,17 $ 1,21
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 2,15 $ 2,23 $ 2,31
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 2,57 $ 2,66 $ 2,76
24) Lauchero por día$ 286,56 $ 296,98 $ 307,40
25) Arrollar y juntar plástico por silo bolsa$ 326,65 $ 338,53 $ 350,41
26) Carga y descarga de paquete silo bolsa (por unidad)$ 95,89 $ 99,37 $ 102,86
27) Embolsar bolsón con semilla con enganche y desenganche$ 17,71 $ 18,35 $ 18,99
28) Pulseada de bolsa, embolsar y estibar$ 4,96 $ 5,14 $ 5,32

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS:

Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts.

Con S.A.C. Por bolsa
Sep 2012Nov 2012Ene 2013
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,42 $ 1,47 $ 1,52
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,70 $ 1,76 $ 1,82
3) Estibador o pilero$ 0,43 $ 0,44 $ 0,46
4) Para de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,43 $ 0,44 $ 0,46
5) Acomodada de bolsas de “pistín” en vagón camión o carro$ 0,43 $ 0,44 $ 0,46
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,43 $ 0,44 $ 0,46
7) Pulseada de bolsas$ 0,43 $ 0,44 $ 0,46
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 3,23 $ 3,35 $ 3,47
9) Traslado de bolsas de galpón con cinta$ 3,23 $ 3,35 $ 3,47
10)Traslado de bolsas de galpón a galpón sin cinta$ 4,30 $ 4,46 $ 4,61
11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 4,30 $ 4,46 $ 4,61
12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 4,30 $ 4,46 $ 4,61
13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero con corte automático, “movimiento completo”$ 3,74 $ 3,87 $ 4,00
14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, “movimiento completo”$ 3,72 $ 3,85 $ 3,99
15) Embolsar en embolsadero neumático$ 1,93 $ 2,00 $ 2,07
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 1,00 $ 1,04 $ 1,07
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,93 $ 0,97 $ 1,00
18) Recargo por pesada$ 0,71 $ 0,74 $ 0,76
19) Rompe cascote “lauchero”$ 286,56 $ 296,98 $ 307,40
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 0,64 $ 0,66 $ 0,68
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones de 20 litros$ 0,64 $ 0,66 $ 0,68
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores por 205 litrosConvencionalConvencionalConvencional

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES:

Sep 2012Nov 2012Ene 2013
1) Mover cinta o chimango$ 43,03 $ 44,59 $ 46,15
2) Mover burro o planchada o caballete$ 43,03 $ 44,59 $ 46,15
3) Mover embolsadero de alto porte$ 64,39 $ 66,73 $ 69,07
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 43,03 $ 44,59 $ 46,15
5) Movimiento de lonas$ 21,49 $ 22,27 $ 23,05
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 107,39 $ 111,30 $ 115,20
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 1,13 $ 1,18 $ 1,22
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,28 $ 0,29 $ 0,30
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 2,65 $ 2,75 $ 2,84
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 26,82 $ 27,79 $ 28,77
11) Carga o descarga de ladrillos por 100$ 107,43 $ 111,34 $ 115,24
12) Descarga de bolsas de cemento$ 3,23 $ 3,35 $ 3,46
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 1,95 $ 2,02 $ 2,09
14) Descarga de bolsas de harina$ 1,82 $ 1,88 $ 1,94

COMIDA

Cuando el contrato de trabajo contemple la provisión de comida por parte del empleador, éste deberá abonar al trabajador:

Por día
Sep 2012Nov 2012Ene 2013
$ 96,56$ 100,08$ 103,59.-)

HORAS EXTRAS

Las tareas realizadas fuera de los horarios normales sufrirán los recargos porcentuales que correspondan —50% o 100%—, conforme lo establecido por el Régimen de Jornada Laboral para los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727), y la Resolución C.N.T.A. Nº 71 de fecha 3 de diciembre de 2008, en todo cuanto ésta resulte de aplicación.

TRASLADOS

Los traslados del trabajador que deban realizarse en ocasión de la relación laboral son a cargo del empleador.

Resolución CNTA: 10/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12

Las siguientes remuneraciones mínimas llevan incluido el Sueldo Anual Complementario (S.A.C.).

Aceituna aceitera, por cada cajón de 20 kilogramos:$ 9,70.-
Aceituna criolla o conservera por cada cajón o bandeja de 20 kilogramos:$ 11,50.
Resolución CNTA: 56/2012; Boletín Oficial: 32.437, 2012-07-13

REMUNERACIONES:

Bolsa de zanahoria común x 18 kg$ 1,721
Bolsa de zanahoria común x 10 kg$ 0,952
Bolsa de zanahoria extra x 10 kg$ 0,952
Bolsa de zanahoria extra x 20 kg$ 1,519
Bolsa de zanahoria fraccionada x 10 kg$ 0,952
Bolsa de zanahoria fraccionada x 20 kg$ 1,907
Bolsa de batata x 19 kg$ 1,525
Bolsa de batata x 10 kg$ 0,952
Bolsa de papa lavada x 28 kg$ 2,217
Trasbordo de bolsa grande con cinta$ 1,525
Trasbordo de bolsa grande sin cinta$ 1,723
Trasbordo de bolsa de galpón a cámara con cinta$ 0,762
Trasbordo de bolsa de galpón a cámara sin cinta$ 0,952
Carga de camión de cámara o galpón con cinta$ 0,762
Carga de camión de cámara o galpón sin cinta$ 0,952

REMUNERACIONES MENSUALES O DIARIAS:

Peón general$ 3.729,49
Jornal diario$ 169,50
Conductor tractorista o motoelevador$ 3.904,29
Encargado$ 4.607,81

Ante falta de materia prima se debe garantizar un mínimo de 800 bolsas por quincena.

Resolución CNTA: 48/2012; Boletín Oficial: 32431, 2012-07-04
POR MESPOR DIA CON SAC
Trabajador No calificado$ 2.848,12$ 135,84
Trabajador Semi-Calificado $ 3.089,63$ 150,26
Trabajador calificado$ 3.418,10$ 159,11
POR MESPOR DIA CON SAC
Trabajador No calificado$ 3.107,04$ 148,18
Trabajador Semi-Calificado $ 3.370,51$ 163,92
Trabajador calificado$ 3.728,84$ 173,58
Resolución CNTA: 112/2012; Boletín Oficial: 32566, 2013-01-21
JORNAL
Personal no Calificado$ 180,64
Personal Calificado:
Cosechador o Arrancador$ 195,33
Estibador - Clasificador$ 195,33
Conductor Tractorista$ 207,02
Cocinero$ 192,87
Capataz$ 214,84
Resolución CNTA: 002/2013; Boletín Oficial: 32612, 2013-04-05
SIN SAC
Aceituna aceitera, por cada caja o bandeja de 20 kilogramos$ 14,09
Aceituna criolla o conservera por cada caja o bandeja de 20 kilogramos$ 18,23

En caso de abonarse salarios a destajo o sea por kilogramo, su valor se establecerá dividiendo el valor de la caja de 20 kilogramos, según la variedad de que se trate.

Resolución CNTA: 40/2012; Boletín Oficial: 32393, 2012-05-09
POR DIA
SIN SAC
Cortado$ 135,00.-
Resolución CNTA: 118/2012; Boletín Oficial: 32565, 2013-01-18
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 163,00.-

El DIEZ POR CIENTO (10%) de indemnización sustitutiva por vacaciones, deberá abonarse conforme lo prescripto por el artículo 20 del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727).

Resolución CNTA: 119/2012; Boletín Oficial: 32565, 2013-01-18
POR DIA Y SIN SAC
1º septiembre 20121º noviembre 2012
Raleador de frutales$ 146,00$ 152,00
Resolución CNTA: 103/2012; Boletín Oficial: 32515, 2012-11-05

Remuneraciones para el personal permanente de prestación continua.

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
Octubre 2012
20%
Diciembre 2012
8%
SUELDO $JORNAL $SUELDO $JORNAL $
PEONES GENERALES3315,60145,863580,85157,53
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS
PEON UNICO3403,30149,733675,56161,71
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones De Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)3410,45150,043683,28162,04
Ovejeros3438,60151,763713,68163,90
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, lnseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros3537,83155,663820,86168,11
Ordeñadores en explotaciones tamberas3560,98156,673845,86169,20
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que Además desempeñen funciones de carreros3670,13161,343963,74174,24
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola3693,03162,723988,47175,73
Mecánicos Tractoristas3883,80170,854194,51184,52

PERSONAL JERARQUIZADO

Octubre 2012Diciembre 2012
Puestero3655,243947,66
Capataces4032,094354,66
Encargados4253,384593,65

VIVIENDA

La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos establecidos en el TITULO IV del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727), no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro.

BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD

Será del 1% (hasta 10 años de antigüedad) o del 1,5% (más de 10 años) de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad.

Comisión Asesora Regional Nº 11 (Provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR)

A los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente resolución que desarrollan sus tareas en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 11, les es aplicable un coeficiente adicional de UNO PUNTO VEINTE (1.20) sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revistan.

Tope Indemnizatorio

Octubre 2012Diciembre 2012
Base PromedioTopeBase PromedioTope
3654,4910963,463963,8511840,54

Remuneraciones mínimas de las actividades agrarias temporarias, particulares y regionales

En las actividades agrarias temporarias, particulares y regionales que se desarrollan en las distintas jurisdicciones, se establecerán las remuneraciones mínimas respectivas atendiendo y tomando en consideración las características propias de cada tarea y las circunstancias socioeconómicas de la región y de la actividad específica objeto de tratamiento.

Cuota de solidaridad

Establécese que los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a todos los trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que se establece en el 2% mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de UATRE N° 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina. Los afiliados a la Asociación Sindical signataria de la presente quedan exentos de pago de la cuota solidaria. La retención precedentemente establecida regirá a partir de la vigencia de la presente Resolución y por el termino de 10 meses.

Resolución CNTA: 113/2012; Boletín Oficial: 32564, 2013-01-17

ESQUILA A MAQUINA

CADA 100 ANIMALES
Ovejas, capones borregos y corderos de la raza Corriedale, Romney Marsh y Lincoln, cruzas lisos y caras negras$ 220,19
Idem Merino Argentino y Australiano$ 258,55
Idem Raza Criolla$ 188,24
Idem Criolla-Mestiza$ 194,17

CARNEROS

La esquila de carneros será abonada al doble de lo fijado precedentemente.

POR DIA
Agarradores$ 209,80
Envellonadores$ 199,36
Embolsadores, enlienzadores o prenseros$ 187,07
Playeros o levantador de vellón$ 194,17
Ayudantes$ 188,00
Curador en bretes -$ 188,00
Curador en playa$ 188,00
Descatangador$ 188,00
Cocinero$ 193,23

AYUDANTES DE MECANICO

POR MES c/ SAC
Peineros$ 3.788,49

MECANICOS AFILADORES

POR CADA 100 ANIMALES
Para máquinas de 4 peines$ 37,88
Para máquinas de 6 peines$ 37,88
Para máquinas de 8 peines$ 34,10
Para máquinas de 10 peines$ 34,10
Para máquinas de 12 peines$ 34,10
Para máquinas de 14 peines$ 34,10
Para máquinas de 16 peines$ 26,04
Mecánico afilador por día$ 236,25

ESQUILA A MANO

POR CADA 100 ANIMALES
Ovejas, capones borregos y corderos Razas Corriedale, Romney Marsh y Lincoln, cruzas lisos y caras negras$ 442,76
ldem Merino Argentino y Australiano$ 580,12
ldem Raza Criolla$ 291,24
Idem Raza Criolla-Mestiza$ 343,22

CARNEROS

La esquila de carneros será abonada al doble de lo fijado precedentemente.

HERRAMIENTAS

En los casos en que el empleador no provea las tijeras y la piedra, y las mismas fueran del personal, éste percibirá un adicional de $ 0,71 por cada animal.

Resolución CNTA: 08/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12

ESQUILA A MAQUINA

CADA 100 ANIMALES
Ovejas, capones borregos y corderos de la raza Corriedale, Romney Marsh y Lincoln, cruzas lisos y caras negras$ 174,75
Idem Merino Argentino y Australiano$ 205,20
Idem Raza Criolla$ 149,40
Idem Criolla-Mestiza$ 154,10

CARNEROS

La esquila de carneros será abonada al doble de lo fijado precedentemente.

POR DIA
Agarradores$ 166,51
Envellonadores$ 158,22
Embolsadores, enlienzadores o prenseros$ 148,47
Playeros o levantador de vellón$ 154,10
Ayudantes$ 149,21
Curador en bretes$ 149,21
Curador en playa$ 149,21
Descatangador$ 149,21
Cocinero$ 153,36

AYUDANTES DE MECANICO

POR MES c/ SAC
Peineros$ 3.006,74

MECANICOS AFILADORES

POR CADA 100 ANIMALES
Para máquinas de 4 peines$ 30,06
Para máquinas de 6 peines$ 30,06
Para máquinas de 8 peines$ 27,06
Para máquinas de 10 peines$ 27,06
Para máquinas de 12 peines$ 27,06
Para máquinas de 14 peines$ 27,06
Para máquinas de 16 peines$ 20,67
Mecánico afilador por día$ 187,50

ESQUILA A MANO

POR CADA 100 ANIMALES
Ovejas, capones borregos y corderos Razas Corriedale, Romney Marsh y Lincoln, cruzas lisos y caras negras$ 351,40
Idem Merino Argentino y Australiano$ 460,41
Idem Raza Criolla$ 231,14
Idem Raza Criolla-Mestiza$ 272,40

CARNEROS

La esquila de carneros será abonada al doble de lo fijado precedentemente.

HERRAMIENTAS

En los casos en que el empleador no provea las tijeras y la piedra, y las mismas fueran del personal, éste percibirá un adicional de $ 0,56 por cada animal.

VALOR DE LA COMIDA

$ 13,52 por día.

Resolución CNTA: 31/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18
POR MES $POR DIA C/SAC $
Trabajador no Calificado3.148,86155,66
Trabajador Semi Calificado3.227,43159,60
Trabajador Calificado3.345,67165,61
Conductor Tractorista3.463,48171,45
Chofer3.502,91173,21
Mecánico3.621,13179,06
Puestero o sereno con vivienda3.471,93
Capataz3.829,75
Encargado4.039,90

VALOR DE LA COMIDA

Cuando el trabajador deba realizar tareas en un establecimiento distante al lugar habitual de trabajo, el empleador deberá proporcionar por su cuenta la comida o en su defecto abonará por este concepto la suma de $ 26,58.-

POR MES $POR DIA C/SAC $
Trabajador no Calificado3.349,24165,57
Trabajador Semi Calificado3.432,82169,76
Trabajador Calificado3.558,58176,14
Conductor Tractorista3.683,89182,36
Chofer3.725,82184,23
Mecánico3.851,57190,45
Puestero o sereno con vivienda3.692,87
Capataz4.073,46
Encargado4.296,99

VALOR DE LA COMIDA

Cuando el trabajador deba realizar tareas en un establecimiento distante al lugar habitual de trabajo, el empleador deberá proporcionar por su cuenta la comida o en su defecto abonará por este concepto la suma de $ 28,27.-

POR MES $POR DIA C/SAC $
Trabajador no Calificado3.549,62175,47
Trabajador Semi Calificado3.638,20179,91
Trabajador Calificado3.771,48186,68
Conductor Tractorista3.904,29193,27
Chofer3.948,73195,25
Mecánico4.082,01201,85
Puestero o sereno con vivienda3.913,81
Capataz4.317,17
Encargado4.554,07

VALOR DE LA COMIDA

Cuando el trabajador deba realizar tareas en un establecimiento distante al lugar habitual de trabajo, el empleador deberá proporcionar por su cuenta la comida o en su defecto abonará por este concepto la suma de $ 29,97.-

PRESENTISMO

Se establece un PREMIO POR PRESENTISMO consistente en un adicional del 10% de la remuneración básica de cada categoría.

Resolución CNTA: 66/2012; Boletín Oficial: 32483, 2012-09-18
POR DIA SIN SAC
Podador e Injertador$ 151,90.-
Resolución CNTA: 53/2012; Boletín Oficial: 32.437, 2012-07-13
CATEGORIAMENSUALJORNALPOR HORA
Rem.No Rem.TotalRem.No Rem.TotalRem.No Rem.Total
Peón General, rotuladores pegadores y limpieza2.640,22475,113.115,33116,3120,93137,2414,542,6217,16
Porteros y serenos2.685,88483,463.169,34118,3221,30139,6214,792,6617,45
Peón de carga y descarga, ayudantes estibadores, seleccionadores, pegadores, romaneador, clasificadores, electricista, mecánicos, báscula, atención cámara de maduración, tapador2.786,35501,543.287,89122,7522,09144,8415,342,7618,11
Cosechero, Corretillador2.916,08524,893.440,97128,4623,12151,5816,062,8918,95
Embalado Tomate, Berenjena, zapallitos, chauchas, pimientos. Conductor tractorista y Autoelevadorista3.151,80567,323.719,12138,8524,99163,8417,363,1220,48

REMUNERACION POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO POR BULTO (SIN SAC)

Rem.No Rem.Total
Embalado y Descartado. Trabajo terminado (tomate, berenjena, zapallito, chaucha, pimiento, pepino)2,780,503,28
Embalado solamente sin descartar2,140,382,52
Embalado con trabajo adicional (empapelado, clavado de cuellito y pegado de escudito)3,090,563,64
Cargado y descargado bulto lleno0,700,130,83
Descarga bultos vacíos0,280,050,33
CATEGORIAMENSUALJORNALPOR HORA
Rem.No Rem.TotalRem.No Rem.TotalRem.No Rem.Total
Peón General, rotuladores pegadores y limpieza3.115,33184,953.300,28137,248,15145,3917,161,0118,17
Porteros y serenos3.169,34188,013.357,35139,628,28147,9017,451,0418,49
Peón de carga y descarga, ayudantes estibadores, seleccionadores, pegadores, romaneador, clasificadores, electricista, mecánicos, báscula, atención cámara de maduración, tapador3.287,89195,053.482,94144,848,59153,4318,111,0719,18
Cosechero, Corretillador3.440,97204,133.645,10151,589,00160,5818,951,1220,07
Embalado Tomate, Berenjena, zapallitos, chauchas, pimientos. Conductor tractorista y Autoelevadorista3.719,12220,633.939,75163,849,72173,5620,481,2121,69

REMUNERACION POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO POR BULTO (SIN SAC)

Rem.No Rem.Total
Embalado y Descartado. Trabajo terminado (tomate, barenjena, zapallito, chaucha, pimiento, pepino)3,280,193,47
Embalado solamente sin descartar2,520,152,67
Embalado con trabajo adicional (empapelado, clavado de cuellito y pegado de escudito)3,640,223,86
Cargado y descargado bulto lleno0,830,040,87
Descarga bultos vacíos0,330,020,35

REMUNERATIVO

CATEGORIAMENSUALJORNALPOR HORA
Peón General, rotuladores pegadores y limpieza3.300,28145,3918,17
Porteros y serenos3.357,35147,9018,49
Peón de carga y descarga, ayudantes estibadores, seleccionadores, pegadores, romaneador, clasificadores, electricista, mecánicos, bascula atención cámara de maduración, tapador3.482,94153,4319,18
Cosechero, Corretillador3.645,10160,5820,07
Embalado Tomate, Berenjena, zapallitos, chauchas, pimientos. Conductor tractorista y Autoelevadorista3.939,75173,5621,69

REMUNERACION POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO POR BULTO (SIN SAC)

Embalado y Descartado. Trabajo terminado (tomate, berenjena, zapallito, chaucha, pimiento, pepino)3,47
Embalado solamente sin descartar2,67
Embalado con trabajo adicional (empapelado, clavado de cuellito y pegado de escudito)3,86
Cargado y descargado bulto lleno0,87
Descarga bultos vacíos0,35

El empleador deberá proporcionar a los trabajadores permanentes ocupados en las tareas de horticultura dos (2) mudas de ropa de trabajo por año.

Las remuneraciones determinadas por tiempo o a destajo no llevan incluida la parte proporcional del sueldo anual complementario, no así las mensuales que deberán abonarse conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

El 10% de indemnización sustitutiva por vacaciones deberá abonarse conforme lo prescripto por el artículo 20 del Régimen de Trabajo Agrario instituido por la Ley Nº 26.727.

Resolución CNTA: 95/2012; Boletín Oficial: 32522, 2012-11-14
  • JORNAL SIN SAC: Cosechador y embalador $ 155,00.-
Resolución CNTA: 55/2012; Boletín Oficial: 32.437, 2012-07-13

Los valores que se establecen a continuación se refieren al trabajo con bolsas de hasta 30 kg. Cuando el peso sea mayor se abonarán importes calculados en forma proporcional.

Abridor de surco por día
Maquinista con disco$ 172,04
Maquinista con reja$ 172,04
Con surco abierto con máquina sin clasifica por bolsa
Juntando en bolsa$ 1,85
Juntando con canasto$ 1,98
Juntando en maleta - bolsa (juntar, coser y cargar)$ 3,78
Fichero por día$ 154,22
Sacada de bolsas de rastrojo boca abierta (por bolsa)
Sacar bolsas de rastrojo boca abierta y vaciarla a montón en galpón por bolsa$ 1,85
Clasificación: de papas en galpón o cancha de chacra por bolsa
Clasificar en montón, embolsado sin costura, sin recalcar$ 1,20
Costurero-embocador
Boca cerrada$ 0,52
Boca zig-zag$ 0,60
Boca media rejilla$ 0,60
Boca rejilla doble$ 0,64
Recalcador por bolsa y por obrero$ 0,93
Carga en chacra cualquier destino (por bolsa)
Cargar con cinta y acomodar la bolsa sobre vehículo$ 0,93
Cargar sin cinta y acomodar la bolsa sobre el vehículo$ 1,20

Cuando la cuadrilla cargadora no regrese al lugar de partida antes de las 13 hs. o las 20 hs. durante los meses de mayo a octubre y de las 21 hs. en los restantes meses del año, el principal tiene la obligación de proveerle la comida o en su defecto abonarle la suma de $ 31,00 por comida, por obrero y por día.

Trabajo en galpones y playas de almacenamientos (para la cuadrilla por bolsa y sin comida).

Movimiento de descarga o carga a pila, pilote, vehículo, incluso estibar, hombreando o sin hombrear sin cinta$ 1,20
Movimiento de descarga, carga o interno, incluso estibar en pilotes hasta 12 bolsas de altura usando cinta o apiladora.$ 0,93
Zarandear, embolsar y coser dejando la bolsa parada$ 1,47
En las construcciones de estiba o pilote dentro o fuera de los galpones, como asimismo en la carga de camiones o acoplados sin baranda y chata del ferrocarril, el trabajador que realice la tarea de estibar o acomodar, percibirá sobre el salario fijado para la cuadrilla un adicional por bolsa de$ 0,33
Cuando se cargue usando burro o plancha con baranda fija y en cuyas puertas tenga travesaños que dificulten la entrada del personal con la bolsa al hombro, la cuadrilla cargadora percibirá sobre el salario fijado y por las bolsas que se carguen hasta la altura de las, un adicional por bolsa de$ 1,20
En todos los casos que se carguen camiones o acoplados con barandas fijas, por bolsas que excedan de la altura de baranda, se abonará un recargo por bolsa de$ 0,33
PREPARACION DE SEMILLAS (por obrero y por bolsa)
Corte a mano por bolsa$ 4,77
Corte a máquina por bolsa$ 3,19
JORNAL DIARIO: El jornal diario del personal de cosecha$ 154,22
Jornal por hectárea: para el personal temporario$ 174,46
Sueldo Mensual Garantizado: para el personal temporario que trabaaje en la cosecha del año 2012 será$ 3.505,17
Resolución CNTA: 59/2012; Boletín Oficial: 32.451, 2012-08-02
POR MES $POR DIA C/SAC $
Trabajador no Calificado3.480,04153,12
Trabajador Semicalificado3.574,95157,30
Trabajador Calificado3.701,50162,86
Conductor Tractorista3.954,60174,00
Chofer4.112,78180,96
Mecánico4.270,96187,92

Asignación adicional no remunerativa de carácter excepcional

VIGENCIA: sólo para el mes de diciembre de 2012

POR MES $POR DIA $
Trabajador no Calificado1.174,5151,67
Trabajador Semicalificado1.206,5653,08
Trabajador Calificado1.249,2654,96
Conductor Tractorista1.334,6758,72
Chofer1.388,0761,07
Mecánico1.441,4563,42

COMIDA

Cuando el trabajador deba realizar tareas en un establecimiento distante al lugar habitual de trabajo, el empleador deberá proporcionar por su cuenta la comida o en su defecto abonar por este concepto la suma de $ 25,20.-

PUNTUALIDAD

Se ratifica la vigencia del artículo 2° de la Resolución C.N.T.A. Nº 11/99 de fecha 30 de noviembre de 1999, que establece un Premio por Puntualidad equivalente al 5% de los salarios que la presente aprueba.

Resolución CNTA: 50/2012; Boletín Oficial: 32.432, 2012-07-05

Con excepción de la parte de los Departamentos de ITUZAINGO y SANTO TOME de la provincia de Corrientes.

Las siguientes remuneraciones no incluyen comida ni S.A.C.

POR MES $POR DIA $
Peones Generales3.408,21145,32
Cargadores3.548,76153,28
Conductores3.738,56161,54
Motosierrista3.774,97157,11
Mecánicos3.935,38169,76
Hacheros3.408,21145,32
Peladores 3.716,87151,36
Capataces3.981,72
Encargados4.180,71
POR MES $POR DIA $
Peones Generales3.712,52158,29
Cargadores3.865,61166,96
Conductores4.072,36175,97
Motosierrista4.112,02171,14
Mecánicos4.286,76184,92
Hacheros3.712,52158,29
Peladores4.048,74164,88
Capataces4.337,23
Encargados4.553,99
Resolución CNTA: 91/2012; Boletín Oficial: 32517, 2012-11-07

MOVIMIENTO A GRANEL

CON S.A.C. POR QUINTAL
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,11
2) Descargar cereal a granel paleando. Para la cuadrilla$ 0,70
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma$ 0,15
4) Descargar a granel paleando sobre chimango$ 0,84
5) Descargar a granel paleando por un solo costado$ 0,84
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,11
7) Paleo en medios de transporte$ 0,70
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación$ 2,24
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación$ 2,24
10) Palear en silos subterráneos$ 2,24
11) Palear en silos de campaña$ 2,24
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 2,24
13) Tendida o surqueada de cerealconvencional

El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros. Cuando así fuere se aplicará otro movimiento cada 3 metros. Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%

CON S.A.C. POR QUINTAL
14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,84
15) Cargar a granel en vagones$ 0,21

En los pilotes o estibas que no utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima carnada de bolsas, los salarios sufrirán un recargo del 50%. Cuando la estiba o pilote que supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

MOVIMIENTO DE BOLSAS

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50% CON S.A.C. POR BOLSA
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,13
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,41
3) Estibador o pilero$ 0,27
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,40
5) Acomodada de bolsa “pistín” en camión o carro$ 0,31
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,42
7) Pulseada de bolsa$ 0,42
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,56
9) Cargar cortando sobre camión con cinta$ 1,76
10) Cargar cortando sobre camión sin cinta$ 2,64
11) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 1,55
12) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 1,55
13) Transborde de bolsas de galpón a galpón con cinta$ 2,68
14) Transborde de bolsa de galpón sin cinta$ 4,02
15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,47
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,47
17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,75
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,75
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 4,23
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 4,23
21) Recargo por pesar$ 1,13
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 2,11
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 2,54
24) Lauchero por día$ 282,00

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS:

Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts.

CON S.A.C. POR BOLSA
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,41
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,70
3) Estibador o pilero$ 0,42
4) Para de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,42
5) Acomodada de bolsas de “pistín” en vagón camión o carro$ 0,42
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,42
7) Pulseada de bolsas$ 0,42
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 3,17
9) Traslado de bolsas de galpón con cinta$ 3,17
10)Traslado de bolsas de galpón a galpón sin cinta$ 4,23
11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 4,23
12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 4,23
13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero con corte automático, “movimiento completo”$ 0,67
14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, “movimiento completo”$ 3,67
15) Embolsar en embolsadero neumático$ 1,90
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 0,99
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,92
18) Recargo por pesada$ 0,70
19) Rompe cascote “lauchero”$ 282,00
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 2,13
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones de 20 litros$ 2,13
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores por 205 litrosConvencional
23) Descarga de urea a granel paleando para la cuadrilla por quintal$ 1,58
24) Descarga de urea paleando sobre chimango o sobre el costado por quintal$ 2,11

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES:

1) Mover cinta o chimango$ 42,27
2) Mover burro o planchada o caballete$ 42,27
3) Mover embolsadero de alto porte$ 63,41
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 42,27
5) Movimiento de lonas$ 21,12
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 105,71
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 1,12
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,28
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 2,61
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 26,43
11) Carga o descarga de ladrillos por 1000$ 105,71
12) Descarga de bolsas de cemento$ 3,16
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 2,11
14) Descarga de bolsas de harina$ 3,16

MOVIMIENTO DE CARGA Y DESCARGA DE PAQUETE SILO BOLSA $ 56,00.-

VALOR DE LA COMIDA:

Cuando la comida sea suministrada por el empleador, deberá abonar por dicho concepto la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 46,73).-

PARA LOS TRABAJADORES QUE REALICEN TAREAS DE CARGA EN CHACRA EN LA PROVINCIA DE CORDOBA (C.A.R. Nº 5)

Los movimientos consignados precedentemente se incrementarán, respecto de los valores vigentes que idénticos movimientos tengan para la actividad de Manipulación y Almacenamiento de Granos:

a) un VEINTE POR CIENTO (20%) cuando la distancia no exceda los DIEZ (10) kilómetros,

b) un TREINTA POR CIENTO (30%) cuando la distancia no exceda de VEINTE (20) kilómetros y

c) un CUARENTA Y CINCO (45%) cuando la distancia sea mayor a VEINTE (20) kilómetros.

TAREAS DE CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO

CON S.A.C.
1) Selección a mano del maní en cáscara sobre cinta o noria, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 25,40
2) Selección a mano del maní con cascara sobre mesa fija, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 24,60
3) Selección a mano del maní en grano sobre cinta o noria, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 25,40 (1)
4) Selección a mano del maní en grano sobre mesa fija, sin previa selección mecánica (Picoteo)$ 24,60
5) Selección a mano del maní en grano sobre cinta, con previa selección mecánica y vibrador (Picoteo)$ 25,40 (1)

SELECCION A MANO DEL MANI EN GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON PREVIA CLASIFICACION MECANICA

CON S.A.C.
$ 25,40 (1)

ALIMENTACION DE MAQUINAS SELECCIONADORAS O VENTILADORAS A FUERZA MOTRIZ DE MANI PARA CONFITERIA O TOSTADEROS

PARA LA CUADRILLAPOR BOLSA CON SAC
a) En máquinas con cinta acoplada realizando la selección a mano sobre cinta, en forma simultánea con la máquina ventilada.
1) Con maní en grano$ 2,17
2) Con maní en cáscara$ 1,79
b) En máquinas con o sin cinta acoplada no realizando la selección a mano sobre cinta en forma simultánea con la maquinada o ventilada.
1) Con maní en grano$ 2,17
2) Con maní en cáscara$ 1,79
c) Con máquinas con cernidor rotativo (chancho) sin cinta acoplada, seleccionando maní en grano para semilla o confitería, regirán los siguientes salarios para la cuadrilla, y por bolsa que se eche a la máquina.
1) Máquinas con producción diaria por bolsa en grano$ 2,17
2) Máquinas con producción diaria por bolsa en cáscara$ 1,79

REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES QUE REALICEN TAREAS DE CARGA EN CHACRA EN LA PROVINCIA DE CORDOBA (C.A.R. Nº 5)

Movimientos exclusivos para las tareas de Carga en Chacra en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 5 (Provincia de Córdoba).

1) Carga Paleando en silo-bolsa con paleo incluido calafateando y acomodando la carga valor$ 3,08 por quintal
2) Carga de cereal con chupadora, máquina acro o pala mecánica, calafateando y acomodando carga sin conducir máquina o tractor valor$ 0,63
3) Maquinada de cereal para semilla cortando bolsa y pesando con destino a pilote o carga de vehículo valor$ 9,26 por bolsa
4) Curada de semilla con máquina a motor cortando bolsa y sacando bolsa con destino a pilote o carga sobre vehículo movimiento completo$ 8,21 por bolsa
5) Curada de semilla a granel con máquina a motor con big bag$ 1,53 por quintal
6) Curada de semilla con tambor a mano$ 9,73 por bolsa

REFERENCIAS:

  1. Importes rectificados por Resolución 114/2012 (BO 17/01/2013)
Resolución CNTA: 69/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
POR DIA SIN SAC
Sembrador$ 137,76.-
Trasplantador$ 153,75.-
Resolución CNTA: 68/2012; Boletín Oficial: 32483, 2012-09-18
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 137,76.-
Cosechador de repollo y lechuga$ 137,76.-
Resolución CNTA: 83/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
  • Jornal Mínimo Garantizado: $ 137,00

MOVIMIENTO A GRANEL:

Con S.A.C.
Por Quintal
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,0750
2) Descargar cereal a granel paleando. Para la cuadrilla$ 0,4269
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma$ 0,0750
4) Descargar a granel paleando sobre chimango$ 0,5192
5) Descargar a granel paleando para un solo costado$ 0,5192
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,0750
7) Paleo en medios de transporte$ 0,4269
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación$ 0,4269
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación$ 0,3028
10) Palear en silos subterráneos$ 4,836
11) Palear en silos de campaña$ 4,966
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 0,406
13) Tendida surqueada de cerealConvencional

El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros cuando así fuere se aplicará otro movimiento por cada 3 metros.

Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%.

14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,5192
15) Alimentar el sin fin en galpón o celda$ 0,5192
16) Carga a granel en vagones$ 0,1298
CON SAC
POR TONELADA
17) Aspiradora o chupadora de cereal$ 6,24
CON SAC
POR UNIDAD
18) Paleo de base chica de silo
Hasta 15 toneladas inclusive de paleo
$ 136,97
19) Paleo de base mediana de silo
Más de 15 toneladas hasta 30 toneladas inclusive de paleo
$ 254,84
20) Paleo de base grande de silo
Más de 30 toneladas hasta 60 toneladas inclusive de paleo
Más de 60 toneladas, a acordar entre las partes.
$ 332,69
21) Juntar y acordonar poroto por hectárea$ 358,81
22) Juntar, acordonar y engavillar por hectárea$ 561,12
23) Arrancado a mano y engavillar por hectárea$ 958,98
24) Acordonar solamente - jornada de 8 horas$ 205,50

Los movimientos a granel Nros. 17), 18), 19) y 20) sufrirán un recargo del 33% cuando se realicen en chacra e incluyen el 33% en concepto de insalubridad.

En los pilotes o estibas que no se utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima Carnada de bolsas los salarios sufrirán un recargo del 50%.

Cuando la estiba o pilote supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

TAREAS EN SEMILLEROS

  1. Selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol, por un jornal de 8 horas $ 157,14 (ciento cincuenta y siete pesos con catorce centavos).
  2. En caso de no completarse el jornal de 8 (ocho) horas precedentemente consignado y no habiéndose superado las 4 (cuatro) horas de tareas realizadas; corresponde abonar la suma de $ 78,57 (setenta y ocho pesos con cincuenta y siete centavos) la jornada.
  3. Colocar la bolsa en la bolsadora, accionar la máquina a dar paso al cereal, sacar la bolsa de la embolsadora, coser con máquina portátil y acomodar la bolsa sobre pallet, por todo concepto $ 2,35 (dos pesos con treinta y cinco centavos).

MOVIMIENTO DE BOLSAS

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50%
Con S.A.C.
Por bolsa
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 0,688
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 0,862
3) Estibador o pilero$ 0,152
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,244
5) Acomodada de bolsa “pistín” en camión o carro$ 0,187
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,259
7) Pulseada de bolsa$ 0,259
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,34
9) Cargar cortando sobre camión c/cinta$ 1,078
10) Cargar cortando sobre camión s/cinta$ 1,617
11) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 0,948
12) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 0,948
13) Transborde de bolsas de galpón a galpón c/cinta$ 1,638
14) Transborde de bolsa de galpón a galpón s/cinta$ 2,462
15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 1,510
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 1,510
17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 1,683
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 1,683
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 2,595
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 2,595
21) Recargo por pesar$ 0,688
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 1,297
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 1,551
24) Lauchero por día$ 172,86

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS:

Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts.

Con S.A.C.
Por bolsa
1) Derecho carga o descarga c/cinta$ 0,853
2) Derecho carga o descarga s/cinta$ 1,032
3) Estibador o pilero$ 0,259
4) Parada de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,259
5) Acomodada de bolsas “pistín” en vagón camión o carro$ 0,259
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,259
7) Pulseada de bolsas$ 0,259
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 1,947
9) Traslado de bolsas de galpón a galpón c/cinta$ 1,947
10) Traslado de bolsas de galpón a galpón s/cinta$ 2,59
11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte movimiento completo$ 2,59
12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte movimiento completo$ 2,59
13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero c/corte automático movimiento completo$ 2,266
14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, movimiento completo$ 2,243
15) Embolsar en embolsadero neumático$ 1,162
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 0,602
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,56
18) Recargo por pesada$ 0,43
19) Rompe cascote “lauchero”$ 172,86
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 0,383
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones x 20 Its$ 0,383
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores x 205 ItsConvencional

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES

1) Mover cinta o chimango$ 25,95
2) Mover burro o planchada o caballete$ 25,95
3) Mover embolsadero de alto porte$ 38,85
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 25,95
5) Movimiento de lonas$ 12,97
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 64,80
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 0,68
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,17
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 1,60
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 16,18
11) Carga o descarga de ladrillos por 1000$ 64,80
12) Descarga de bolsas de cemento$ 1,94
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 1,18
14) Descarga de bolsas de harina$ 1,94
Resolución CNTA: 27/2012; Boletín Oficial: 32380, 2012-04-18
  • POR DIA CON SAC: Cosechador $ 130,00.-
Resolución CNTA: 105/2012; Boletín Oficial: 32533, 2012-11-30

Las remuneraciones establecidas en la presente Resolución no incluyen la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario. A los efectos de la liquidación del mismo se aplicará lo dispuesto por la Ley 23.041 y sus modificatorias.

1º Septiembre 20121º Enero 2013
Suma remunerativaSuma no remunerativaSuma remunerativa
DiarioMensualDiario MensualDiarioMensual
Peones Generales$ 110,00 $ 1.865,52 $ 15,00 $ 335,79 $ 125,00 $ 2.835,59
Auxiliares (conductores tractoristas, clarquistas, encargado de cámara, lavado, tamañado, embalado)$ 120,86 $ 2.052,07 $ 16,23 $ 369,37 $ 137,10 $ 3.119,14
1º Septiembre 20121º Enero 2013
Jornal DiarioSuma no remunerativaJornal Diario
TAREAS DE CULTIVO
Colocación de Mulching (por rollo, por persona que intervenga en la operación)$ 8,30 $ 1,11 $ 9,42
Perforación de Mulching (por cada 1000 mts. de surco perforados)$ 32,63 $ 4,38 $ 37,01
Plantación (por cada 1000 plantines por persona que intervenga en la operación)$ 36,26 $ 4,87 $ 41,13
Riego (por turno de 40 minutos por persona que intervenga en la operación)$ 11,75 $ 1,58 $ 13,33
Fumigación (por cada mil litros aplicados por persona que intervenga en la operación)$ 36,26 $ 4,87 $ 41,13
TAREAS DE COSECHA
COSECHADOR (x Kg)$ 0,54 $ 0,07 $ 0,61
TAREAS DE EMBALAJE
Por caja de 250 grs$ 0,10 $ 0,01 $ 0,11
Por caja de 5 kgs$ 0,77 $ 0,10 $ 0,88
Por caja de 5 kgs. A granel$ 0,96 $ 0,13 $ 1,09
TAREAS DE LIMPIEZA
Por Kg. Limpio de frutilla$ 0,54 $ 0,07 $ 0,61
Lavado (Por tonelada por persona que intervenga en la operación con maquinaria)$ 7,63 $ 1,03 $ 8,65
Tamañado (Por tonelada por persona que intervenga en la operación con maquinaria)$ 7,69 $ 1,03 $ 8,65

El personal percibirá un jornal mínimo garantizado de $ 125.- en una jornada diaria de 8 horas.

Los salarios básicos absorberán hasta su concurrencia los mayores importes que estén abonando los empleadores por decisión voluntaria o por acuerdo de partes.

LICENCIA ESPECIAL PARA EXAMENES MEDICOS

Todas las Trabajadoras gozarán de una licencia especial paga de un (1) día al año o en la temporada, para su asistencia a un centro médico público o privado con el objeto de realizar exámenes mamarios y ginecológicos.

DELEGADOS INTERNOS

Los Delegados Internos de las plantas de empaque y de cosecha de frutilla tendrán derecho a una licencia con goce de sueldo de setenta y dos (72) horas mensuales como máximo en concepto de crédito gremial horario. La licencia gremial podrá ser utilizada en jornadas enteras o distribuidas en distintas horas por día, debiendo el beneficiario comunicar por escrito a la empresa con una antelación no menor a un día la ocasión en que hará uso de la licencia y la extensión de la misma.

PERSONAL CON CAPACIDADES DIFERENTES

Los empleadores ocuparán personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de su personal para lo cual se establecerán reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas para lo cual comunicarán a la UATRE (delegación provincial), en forma fehacientemente y previo al inicio de cada temporada el número de vacantes existentes dentro de las distintas modalidades de contratación a ser cubiertas por personas con discapacidad, con una descripción del perfil del puesto a cubrir.

DÍA DEL TRABAJADOR DE LA FRUTILLA

Se declara el día 8 de Octubre de cada año como “Día del Trabajador de la actividad de la frutilla”. A los efectos remuneratorios regirán las condiciones establecidas en las Resoluciones CNTA N° 7 de fecha 5 de mayo de 2004 y N° 71 de fecha 03 de diciembre de 2008.

ROPA DE TRABAJO

Al personal que preste servicios en las Plantas de Embalaje de Frutilla se le proveerá de un (1) equipo de ropa de trabajo (Pantalón y Camisa) al año y al personal que preste servicios de cosecha de frutillas se le proveerá de un (1) equipo de ropa de trabajo (Pantalón y Camisa) al año. La provisión de estos equipos responderá a las modalidades de cada empresa y a la época del año de entrega. Este artículo será de aplicación para el personal que cumpla las funciones de cosecha y embalaje de frutillas. Se fija como fecha de entrega de los equipos de ropa de trabajo al inicio de cada ciclo agrícola.

JORNADA LABORAL

La jornada laboral de los trabajadores comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727 se rige por lo dispuesto en el TITULO VI de dicho Régimen Estatutario y por la Resolución CNTA N° 71/08 en todo cuanto no se oponga al mismo.

CONDICIONES DE TRABAJO Y ALOJAMIENTO

El personal ocupado en la actividad de CULTIVO, COSECHA, EMBALAJE Y MANIPULACION DE FRUTILLA en jurisdicción de la provincia de Tucumán queda comprendido dentro de las disposiciones sobre Condiciones de Trabajo y Alojamiento establecidas en la Resolución CNTA N° 11/11.

Resolución CNTA: 05/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12

Los valores consignados no llevan incluidos los importes correspondientes al sueldo anual (S.A.C.) complementario ni vacaciones.

CATEGORIAMENSUAL $JORNAL $DESTAJO $
Peón General2.763,00121,55
Conductor Tractorista3.077,53135,60
Capataces3.360,08148,02
Encargados3.544,48156,15
Especializados:
Estuferos3.077,53135,6016,95 p/h
Encañada2.763,00121,550,60 p/caña
Desencañada2.763,00121,550,30 p/caña
Clasificada2.763,00121,551,03 p/kilo
Clasificada en cinta2.763,00121,5515,20 p/h
Cosecheros estufa convencional hasta 1040 cañas, 8 pers. por cuadrilla. Cañas de 28 pares.2.954,78130,161,00 p/caña
Cosechero estufa Bula Curing o balti 180 peines, 10 pers. por cuadrilla. Cosecha y carga2.954,78130,167,23 p/peine
Descargado de estufa Bulk Curing o Balti por 180 peines para 2 personas ½ jornada2.763,00121,5560,75 p/pers. p/peine
Resolución CNTA: 22/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17
  • JORNAL: PESOS CIENTO TREINTA Y UNO ($ 131,00).
  • Por cada bolsa de 25 kg: PESOS CINCO CON CUATRO CENTAVOS ($ 5,04).
Resolución CNTA: 41/2012; Boletín Oficial: 32394, 2012-05-10
Salario mínimo garantizado$ 179,31

MOVIMIENTO A GRANEL

Con S.A.C.
Por quintal
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,104
2) Descargar cereal a granel paseando. Para la cuadrilla$ 0,640
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma$ 0,104
4) Descargar a granel paseando sobre chimango$ 0,783
5) Descargar a granel paseando por un solo costado$ 0,783
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,104
7) Paleo en medios de transporte$ 0,640
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación$ 0,640
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación$ 0,455
10) Palear en silos subterráneos$ 7,264
11) Palear en silos de campana$ 7,458
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 0,608
13) Tendida o surqueada de cerealConvencional
El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros. Cuando así fuere, se aplicará otro movimiento cada 3 metros.
Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%
14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,783
15) Alimentar el sinfín en galpón o celda$ 0,783
16) Cargar a granel en vagones$ 0,196
17) Aspiradora o chupadora sin paleo$ 2,692
18) Aspiradora con barredor o sinfín$ 3,95
19) A granel, paleando sobre chimango$ 7,60

En los pilotes o estibas que no utilicen cintas, planchas o burros, pasando la séptima camada de bolsas, los salarios sufrirían un recargo del 50%.

Cuando la estiba o pilote supere las 18 bolsas de altura, los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

TAREAS EN SEMILLEROS

Selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol, por un jornal de ocho (8) horas, pesos doscientos cincuenta y siete con sesenta centavos ($ 257,60.-).

En caso de no completarse el jornal de ocho (8) horas precedentemente consignado y no habiéndose superado las cuatro (4) horas de tareas realizadas: corresponde abonar la suma de pesos ciento veintiocho con ochenta centavos ($ 128,80.-) la jornada.-

MOVIMIENTO DE BOLSAS

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50%
Con S.A.C.
Por bolsa
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,028
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,288
3) Estibador o pilero$ 0,231
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,371
5) Acomodada de bolsa “pistín” en camión o carro$ 0,279
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,388
7) Pulseada de bolsa$ 0,388
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,514
9) Cargar cortando sobre camión con cinta$ 1,610
10) Cargar cortando sobre camión sin cinta$ 2,438
11) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 1,432
12) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 1,432
13) Transborde de bolsas de galpón a galpón con cinta$ 2,470
14) Transborde de bolsa de galpón sin cinta$ 3,709
15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,273
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,273
17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,537
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte movimiento completo”$ 2,537
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,908
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,908
21) Recargo por pesar$ 1,028
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 1,955
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 2,340
24) Lauchero por día$ 260,51
25) Arrollar y juntar plástico por silo bolsa$ 296,96
26) Carga y descarga de paquete silo bolsa (por unidad)$ 87,17
27) Embolsar bolsón con semilla con enganche y desenganche$ 16,10
28) Pulseada de bolsa, embolsar y estibar$ 4,508

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS:

Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts.

Con S.A.C.
Por Bolsa
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,288
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,544
3) Estibador o pilero$ 0,389
4) Para de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,389
5) Acomodada de bolsas de “pistín” en vagón camión o carro$ 0,389
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,389
7) Pulseada de bolsas$ 0,389
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 2,938
9) Traslado de bolsas de galpón con cinta$ 2,938
10) Traslado de bolsas de galpón a galpón sin cinta$ 3,91
11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 3,91
12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 3 91
13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero con corte automático, “movimiento completo”$ 3,398
14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, “movimiento completo”$ 3,382
15) Embolsar en embolsadero neumático$ 1,754
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 0,913
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,848
18) Recargo por pesada$ 0,648
19) Rompe cascote “lauchero”$ 260,51
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 0,58
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones de 20 litros$ 0,58
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores por 205 litrosConvencional

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES

1) Mover cinta o chimango$ 39,12
2) Mover burro o planchada o caballete$ 39,12
3) Mover embolsadero de alto porte$ 58,54
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 39,12
5) Movimiento de lonas$ 19,54
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 97,63
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 1,03
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,258
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 2,41
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 24,38
11) Carga o descarga de ladrillos por 100$ 97,67
12) Descarga de bolsas de cemento$ 2,938
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 1,771
14) Descarga de bolsas de harina$ 1,650

COMIDA

Cuando el contrato de trabajo contemple la provisión de comida por parte del empleador, este deberá abonar al trabajador OCHENTA Y SIETE PESOS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 87,79.-) diarios por dicho concepto.

HORAS EXTRAS

Las tareas realizadas fuera de los horarios normales sufrirán los recargos porcentuales que correspondan —CINCUENTA POR CIENTO (50%) o CIEN POR CIENTO (100%)—, conforme lo establecido por el Régimen de Jornada Laboral para los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727), y la Resolución C.N.T.A. N° 71 de fecha 3 de diciembre de 2008, en todo cuanto ésta resulte de aplicación.

TRASLADOS

Los traslados del trabajador, que deban realizarse en ocasión de la relación laboral, son a cargo del empleador.

Resolución CNTA: 47/2012; Boletín Oficial: 32431, 2012-07-04

Los salarios de la SECCION COSECHA consignados por rendimiento del trabajo, llevan incluidos la parte proporcional correspondiente al Sueldo Anual Complementario, no así todas las demás categorías especificadas.

EN PLANTACIONES NORMALESPOR TONELADA CON S.A.C.
Corte$ 144,20
Quiebra$ 214,05
Corte y quiebra$ 358,74
Corte melena o copada$ 406,99
Corte y carga garantizando el mínimoCONVENCIONAL

Se considerará corte “melena” la poda de la parte superior o inferior de las plantas con miras a su protección contra los factores climáticos adversos. La cosecha excedente dentro del período de la misma zafra será considerada Corte Melena (Copada) siempre que no hubiera una caída general de hojas con posterioridad al primer corte, en tal caso será considerado “palanca”.

En yerbales no limpios, “palancas” y/o cadillares se abonará un recargo a convenir entre las partes previo a la iniciación de las tareas. Dicho recargo será sobre los precios en vigencia para yerbales “normales”.

En cuanto a los yerbales denominados de “Alta densidad” las partes pactarán libremente los precios. Se aclara que yerbales de “Alta densidad” comprende a los de dos mil (2000) plantas en adelante por hectárea.

PREMIO ESTIMULO A LA PRODUCCION Y ASISTENCIA

Cuando un obrero tarefero haya entregado al finalizar la semana más de MIL QUINIENTOS (1500) kg de yerba cosechada con el porcentaje de palos establecido por la reglamentación en vigencia y no haya observado faltas de asistencia injustificadas, recibirá en concepto de PREMIO ESTIMULO un suplemento sobre su remuneración de un SEIS POR CIENTO (6%). El pago de este suplemento se hará al efectuarse la liquidación semanal, quincenal o mensual de haberes.

PERSONAL PERMANENTE Y TEMPORARIO JORNALIZADO EN TAREAS CULTURALES, DE IMPLANTACION Y COSECHA DE YERBA MATE

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Peón general$ 135,43$ 3.078,05
Pesador$ 142,71$ 3.243,50
Pulseadores y estibadores sobre vehículo$ 142,71$ 3.243,50
Operario pluma o guinche para raídos$ 144,91$ 3.293,43
Ayudante operador pluma o guinche$ 142,71$ 3.243,50
Corte con tijera electrónica$ 148,98$ 3.385,91
Tractoristas$ 142,71$ 3.243,50
Capataz de corte$ 148,98$ 3.385,91

TAREAS EN SECADEROS Y DEPOSITOS

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Peón general$ 135,43$ 3.078,05
Descargador o planchero $ 142,71$ 3.243,50
Leñero$ 142,71$ 3.243,50
Zorrero o acarreador$ 142,71$ 3.243,50
Horquillero $ 142,71$ 3.243,50
Embocador (yerba verde)$ 142,71$ 3.243,50
Cintero (cinta fría)$ 142,71$ 3.243,50
Guayno aprendiz o de segunda$ 142,71$ 3.243,50
Arrimadores horquilleros$ 142,71$ 3.243,50
Embocador (yerba seca)$ 142,71$ 3.243,50
Desparramadores o Atacadores$ 142,71$ 3.243,50
Costuradores a mano o remendadores$ 142,71$ 3.243,50
Operador grúas o autoelevadores$ 144,91$ 3.293,43
Urú$ 144,91$ 3.293,43
Operador báscula computarizada$ 144,91$ 3.293,43
Calador$ 144,91$ 3.293,43

EMBOLSADORES

POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO SIN S.A.C.
Por bolsa$ 1,82
Por tonelada$ 369,37

AYUDANTES O SEMICALIFICADOS

JORNAL SIN S.A.C. POR MES
Ayudante foguista o arrimador de leña$ 142,71$ 3.243,50
Urú menor$ 142,71$ 3.243,50
Hombreadores o estibadores$ 142,71$ 3.243,50
Aprendiz de calador$ 142,71$ 3.243,50
Aprendiz de báscula computarizada$ 142,71$ 3.243,50
Ayudante grúa autoelevadores y guinche$ 142,71$ 3.243,50

ESPECIALIZADOS O CALIFICADOS

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Foguista - Calderista$ 142,71$ 3.243,50
Desparramador (cinta caliente)$ 142,71$ 3.243,50
Urú mayor$ 142,71$ 3.243,50
Secador$ 142,71$ 3.243,50

PERSONAL DE MANTENIMIENTO

POR DIA SIN S.A.C. POR MES
Ayudante$ 142,71$ 3.243,50
Mecánico$ 161,72$ 3.675,45
Electricista $ 161,72$ 3.675,45
Maquinista$ 161,72$ 3.675,45
Albañil$ 142,71$ 3.243,50
Carpintero$ 142,71$ 3.243,50

PERSONAL DE TRANSPORTE

POR DIA SIN S.A.C. POR MES
Tractorista$ 142,71$ 3.243,50
Conductor de camión, transporte de personal y camionetas$ 161,72$ 3.675,40

PERSONAL JERARQUIZADO

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Puntero$ 142,71$ 3.243,50
Capataz$ 160,58$ 3.649,45
Encargado$ 166,21$ 3.777,39

PREMIO ESTIMULO

El trabajador de secaderos y/o depósitos de yerba mate que registre asistencia perfecta durante el período, ya sea semanal, quincenal o mensual, según fuere la modalidad de pago, percibirá en concepto de PREMIO ESTIMULO el equivalente de un OCHO POR CIENTO (8%) de sus remuneraciones percibidas en dicho lapso.

Resolución CNTA: 45/2012; Boletín Oficial: 32406, 2012-05-29
  • Remuneración diaria (sin SAC): $ 150,00.-

El DIEZ POR CIENTO (10%) de indemnización sustitutiva por vacaciones deberá abonarse conforme lo prescripto por el artículo 20 del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727).

Resolución CNTA: 108/2012; Boletín Oficial: 32544, 2012-12-17

Remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña como Conductores Tractoristas, Maquinistas de Máquinas Cosechadora y Agrícola

1º noviembre 20121º enero 2013
Por mes$ 5.354,40$ 5.782,75
Por día$ 235,88$ 254,75
Resolución CNTA: 001/2013; Boletín Oficial: 32612, 2013-04-05

Las remuneraciones que la presente aprueba no llevan incluida la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario (SAC).

TAREAS DE CULTIVO

Colocación de Mulching en terreno con dificultad (por rollo por persona que intervenga en la operación)$ 7,81
Perforación de Mulching (por cada 1000 metros de surco)$ 31,25
Plantación (por cada 1000 plantines por persona)$ 36,25
Riego (por turno de 40 minutos por persona que intervenga en la operación)$ 9,38
Pulverización mecanizada (por cada mil litros aplicados por persona)$ 8,39
Manta rompevientos: colocación o desarme (cada 100 metros lineales por persona que intervenga en la operación)$ 55,00

MANTENIMIENTO DE CULTIVO DE FRUTILLA

Poda total de hojas (cada 100 metros lineales por persona)$ 12,88
Raleo de flores y/o Estolones (cada 100 metros lineales por persona)$ 22,88
Raleo de hojas (cada 100 metros lineales por persona)$ 22,88

TAREAS DE COSECHA

Cosecheros. Cosecheros con Asignación de parcela (este realiza tareas de mantenimiento general de la parcela)
Cosecha de frutilla a granel (cosechador por kilo)$ 0,50
Cosecha y embalaje de frutilla por caja de 5 Kg (cosechador por kilo)$ 0,63
Cosecha y embalaje de frutilla por caja de 2 Kg (cosechador por kilo)$ 0,63
Adicional de cosecha (Unicamente cosechador con asignación de parcela)$ 0,041

TAREAS DE LIMPIEZA DE FRUTILLA

Por Kg limpio de frutilla$ 0,48
Lavado, selección, tamañado, encavado y operaciones manuales; por tonelada por persona que intervenga en la operación. Por TN$ 6,88

Tareas de movimiento de carga y descarga de cajas de frutillas en galpones, depósitos o plantas refrigeradoras.

SIN SAC
Jornal por día$ 133,70

Lavado, embalado y tamañado de frutillas.

SIN SAC
Jornal por día$ 133,70
Resolución CNTA: 003/2013; Boletín Oficial: 32613, 2013-04-08

Las siguientes remuneraciones mínimas llevan incluido el Sueldo Anual Complementario (S.A.C.).

VIGENCIA: 1° de ENERO DE 2013.

Suma no remunerativa
Aceituna aceitera, por cada cajón de 20 kilogramos:$ 11,16$ 0,49
Aceituna criolla o conservera por cada cajón o bandeja de 20 kilogramos:$ 13,23$ 0,58

VIGENCIA: 1° de FEBRERO DE 2013

Aceituna aceitera, por cada cajón de 20 kilogramos:$ 11,64
Aceituna criolla o conservera por cada cajón o bandeja de 20 kilogramos:$ 13,80
Resolución CNTA: 12/2012; Boletín Oficial: 32377, 2012-04-13

Salario mínimo garantizado$ 160,10

MOVIMIENTO A GRANEL

Con S.A.C.
Por quintal
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa$ 0,0928
2) Descargar cereal a granel paseando. Para la cuadrilla$ 0,5710
3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma$ 0,0928
4) Descargar a granel paseando sobre chimango$ 0,6990
5) Descargar a granel paseando por un solo costado$ 0,6990
6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación$ 0,0928
7) Paleo en medios de transporte$ 0,5710
8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación$ 0,5710
9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación$ 0,4050
10) Palear en silos subterráneos$ 6,4800
11) Palear en silos de campaña$ 6,6500
12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación$ 0,5420
13) Tendida o surqueada de cerealConvencional

El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros. Cuando así fuere se aplicará otro movimiento cada 3 metros.

Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%

14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda$ 0,699
15) Alimentar el sinfín en galpón o celda$ 0,699
16) Cargar a granel en vagones$ 0,175
17) Aspiradora o chupadora sin paleo$ 2,400
18) Aspiradora con barredor o sinfín$ 3,530
19) A granel, paleando sobre chimango$ 6,780

En los pilotes o estibas que no utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima camada de bolsas, los salarios sufrirían un recargo del 50%.

Cuando la estiba o pilote supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos.

TAREAS EN SEMILLEROS

Selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol, por un jornal de ocho (8) horas, pesos doscientos treinta ($ 230.-).

En caso de no completarse el jornal de ocho (8) horas precedentemente consignado y no habiéndose superado las cuatro (4) horas de tareas realizadas; corresponde abonar la suma de pesos ciento quince ($ 115.-) la jornada.

MOVIMIENTO DE BOLSAS

Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 —máximo—

50% Con S.A.C.
Por bolsa
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 0,917
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,150
3) Estibador o pilero$ 0,205
4) Parada de bolsas de vehículos$ 0,331
5) Acomodada de bolsa “pistín” en camión o carro$ 0,250
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura$ 0,346
7) Pulseada de bolsa$ 0,346
8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho$ 0,458
9) Cargar cortando sobre camión con cinta$ 1,437
10) Cargar cortando sobre camión sin cinta$ 2,176
11) Cargar cortando sobre cinta o chimango$ 1,278
12) Traspile interno de bolsa de pila a pila$ 1,278
13) Transborde de bolsas de galpón a galpón con cinta$ 2,205
14) Transborde de bolsa de galpón sin cinta$ 3,312
15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,029
16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 2,029
17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte “movimiento completo”$ 2,260
18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte movimiento completo”$ 2,260
19) Embolsar a pala, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,480
20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar “movimiento completo”$ 3,480
21) Recargo por pesar$ 0,917
22) Cambio de bolsas. Sin destino$ 1,745
23) Cambio de bolsas con destino “estibar o cargar”$ 2,089
24) Lauchero por día$ 232,600
25) Arrollar y juntar plástico por silo bolsa$ 265,140
26) Carga y descarga de paquete silo bolsa (por unidad)$ 77,830
27) Embolsar bolsón con semilla con enganche y desenganche$ 14,370
28) Pulseada de bolsa, embolsar y estibar$ 4,025

Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios.

MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUÍMICOS

Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts

Con S.A.C.
Por bolsa
1) Derecho carga o descarga con cinta$ 1,150
2) Derecho carga o descarga sin cinta$ 1,378
3) Estibador o pilero$ 0,347
4) Para de bolsas de vagón, camión o carro$ 0,347
5) Acomodada de bolsas de “pistín” en vagón camión o carro$ 0,347
6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto$ 0,347
7) Pulseada de bolsas$ 0,347
8) Traspile interno de bolsas de pila a pila$ 2,623
9) Traslado de bolsas de galpón con cinta$ 2,623
10) Traslado de bolsas de galpón a galpón sin cinta$ 3,490
11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 3,490
12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte “movimiento completo”$ 3,490
13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero con corte automático, “movimiento completo”$ 3,033
14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, “movimiento completo”$ 3,020
15) Embolsar en embolsadero neumático$ 1,566
16) Descarga de vagón a granel por quintal$ 0,815
17) Descarga de camión a granel por quintal$ 0,756
18) Recargo por pesada$ 0,578
19) Rompe cascote “lauchero”$ 232,600
20) Carga y descarga de agroquímicos$ 0,517
21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones de 20 litros$ 0,517
22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores por 205 litrosConvencional

MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES

1) Mover cinta o chimango$ 34,920
2) Mover burro o planchada o caballete$ 34,920
3) Mover embolsadero de alto porte$ 52,260
4) Transportar balanza de alto o bajo porte$ 34,920
5) Movimiento de lonas$ 17,440
6) Tapada de silos, montones o pilas$ 87,170
7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad$ 0,920
8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías$ 0,230
9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo$ 2,150
10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada$ 21,770
11) Carga o descarga de ladrillos por 100$ 87,200
12) Descarga de bolsas de cemento$ 2,623
13) Descarga de bolsas de cal o calcemit$ 1,581
14) Descarga de bolsas de harina$ 1,473

COMIDA

Cuando el contrato de trabajo contemple la provisión de comida por parte del empleador, éste deberá abonar al trabajador $ 78,39.- diarios por dicho concepto.

HORAS EXTRAS

Las tareas realizadas fuera de los horarios normales sufrirán los recargos porcentuales que correspondan —50% o 100%—, conforme lo establecido por el Régimen de Jornada Laboral para los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727), y la Resolución C.N.T.A. N° 71 de fecha 3 de diciembre de 2008, en todo cuanto ésta resulte de aplicación.

TRASLADOS

Los traslados del trabajador que deban realizarse en ocasión de la relación laboral son a cargo del empleador.

Resolución CNTA: 75/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 141,45.-
Resolución CNTA: 35/2012; Boletín Oficial: 32394, 2012-05-10

Las remuneraciones por día llevan incluida la parte proporcional del sueldo anual complementario (SAC), no así las mensuales, que deberán abonarse conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

TAREAS GENERALESPOR MESPOR DIA
Selección, corte fraccionado; Lavado y escurrido; Embasado; Etiquetado, encintado y embalado de productos hortícolas$ 3.860,58$ 183,84
Cuadrilla de carga, pasteros, zorreros y alzadores$ 4.123,62$ 196,36
Aradores y carreros$ 4.341,22$ 206,72
Regadores y enlienzadores$ 4.335,47$ 206,45
Obreros especializados$ 4.341,22$ 206,72
Choferes$ 4.965,51$ 236,45

Premio a la reducción del ausentismo

Se instituye un premio a la reducción del ausentismo equivalente al diez por ciento (10%) del salario diario correspondiente a cada categoría.

Vestimenta

El empleador deberá proporcionar a los trabajadores permanentes de la actividad de Horticultura, dos (2) mudas de ropa de trabajo por año.

Antigüedad

Además de la remuneración fijada para la categoría, el personal comprendido en la presente resolución percibirá una bonificación por antigüedad conforme lo prescripto por el artículo 38 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727.

Resolución CNTA: 34/2012; Boletín Oficial: 32386, 2012-04-26
POR MES $POR DIA $POR KILO $
Trabajador no calificado2.953,30155,60
Trabajador semicalificado3.095,99162,94
Trabajador calificado3.345,46167,85
Especializado3.576,93170,30
Capataz3.670,65171,52
Encargado3.716,38176,43
Supervisor3.651,24
Cosechador temporario1,663
Empacador temporario1,571
POR MES $POR DIA $POR KILO $
Trabajador no calificado3.141,24165,50
Trabajador semicalificado3.293,01173,31
Trabajador calificado3.558,36178,53
Especializado3.804,55181,14
Capataz3.904,23182,44
Encargado3.952,88187,66
Supervisor3.883,59
Cosechador temporario1,769
Empacador temporario1,671
POR MES $POR DIA $POR KILO $
Trabajador no calificado3.329,18175,40
Trabajador semi calificado3.490,03183,68
Trabajador calificado3.771,25189,21
Especializado4.032,17191,98
Capataz4.137,82193,35
Encargado4.189,38198,88
Supervisor4.115,94
Cosechador temporario1,875
Empacador temporario1,771

PRESENTISMO

Se establece un PREMIO POR REDUCCION DEL AUSENTISMO: consistente en un diez por ciento (10%) de la suma total a percibir en el mes que corresponda de conformidad con la siguiente reglamentación: se pierde cuando el trabajador faltara un día a su labor en forma injustificada o llegara más de cinco (5) días más de treinta minutos tarde durante el mes.

No se pierde cuando el trabajador cumpla funciones gremiales, cuando estuviera convaleciente de un accidente de trabajo, cuando faltare por enfermedad inculpable debidamente acreditada, cuando concurriere a donar sangre y presentara el certificado que lo acreditare, por fallecimiento de padre, madre, hermano, cónyuge o persona con la que conviviere en aparente matrimonio o hijos.

PREMIO POR PRODUCTIVIDAD

Se liquidará conforme se detalla a continuación:

COSECHA A GRANEL

  • A partir de los tres mil kilogramos (3000 kg) mensuales, un diez por ciento (10%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de los tres mil quinientos kilogramos (3500 kg) mensuales, un treinta por ciento (30%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de los cuatro mil kilogramos (4000 kg) mensuales, un cuarenta por ciento (40%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.

COSECHA EN BANDEJA

  • A partir de doce kilogramos (12 kg) por hora, un veinte por ciento (20%) sobre salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de catorce kilogramos (14 kg) por hora, un cincuenta por ciento (50%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
Resolución CNTA: 81/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17

TRABAJOS BAJO COBERTURA PLASTICA (SIN SAC)

POR MESPOR DIA
Ayudantes3.700,34162,84
Serenos3.797,85166,95
Ayudantes de Quinteros3.810,60167,80
Quinteros3.946,70173,71
Tractoristas4.121,31181,45
Capataces4.500,11

TRABAJOS A CIELO ABIERTO (SIN SAC)

POR MESPOR DIA
Ayudantes3.700,34162,84
Serenos3.688,08160,38
Ayudantes de Quinteros3.727,80162,84
Quinteros3.833,22170,10
Tractoristas4.000,00176,45
Capataces4.370,87
Resolución CNTA: 005/2013; Boletín Oficial: 32613, 2013-04-08

VIGENCIA: 1° de DICIEMBRE DE 2012

Suma no remunerativa
POR MES $POR DIA $POR KILO $POR MES $POR DIA $POR KILO $
Trabajador no calificado3.721,09163,57279,0812,27
Trabajador semi calificado3.878,88170,51290,9212,79
Trabajador Calificado4.056,49178,29304,2413,37
Especializado4.305,46189,23322,9114,19
Capataz4.406,38193,67330,4814,53
Encargado4.466,26196,32334,9714,72
Supervisor5.155,18226,58386,6416,99
Cosechador temporario2,630,20
Empacador temporario1,930,14

VIGENCIA: 1° de ABRIL DE 2013

POR MES $POR DIA $POR KILO $
Trabajador no calificado4.000,17175,84
Trabajador semi calificado4.169,80183,30
Trabajador Calificado4.360,73191,66
Especializado4.628,37203,42
Capataz4.736,86208,20
Encargado4.801,23211,04
Supervisor5.541,82243,57
Cosechador temporario2,83
Empacador temporario2,07

PRESENTISMO

Se establece un premio a la REDUCCION DEL AUSENTISMO consistente en un diez por ciento (10%) de la suma total a percibir en el mes que corresponda de conformidad a la siguiente reglamentación.

Se pierde cuando el trabajador faltara un día a su labor en forma injustificada o llegara más de cinco días más de treinta minutos tarde durante el mes.

No se pierde, cuando el trabajador cumpla funciones gremiales, cuando estuviera convaleciente de un accidente de trabajo, cuando faltare por enfermedad inculpable debidamente acreditada, cuando concurriere a donar sangre y presentara el certificado que lo acreditare, por fallecimiento de padre, madre, hermano, cónyuge o persona con la que conviviere en aparente matrimonio o hijos.

PREMIO POR PRODUCTIVIDAD

Se establece un Premio POR PRODUCTIVIDAD que se liquidará conforme se detalla a continuación:

COSECHA A GRANEL

  • A partir de los tres mil kilogramos (3000 kgs) mensuales un diez por ciento (10%) sobre el salario básico, de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de los tres mil quinientos kilogramos (3500 kgs) mensuales, un treinta por ciento (30%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de los cuatro mil kilogramos (4000 kgs) mensuales un cuarenta por ciento (40%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida correspondiente.

COSECHA EN BANDEJA

  • A partir de doce kilogramos (12 kgs) por hora, un veinte por ciento (20%) sobre salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
  • A partir de catorce kilogramos (14 kgs) por hora, un cincuenta por ciento (50%) sobre el salario básico de su recibo de sueldo correspondiente al mes que se liquida.
Resolución CNTA: 87/2012; Boletín Oficial: 32517, 2012-11-07

Los salarios aquí dispuestos no incluyen comida ni SAC (aguinaldo)

CategoríasPor mes $Por día $
Peones Generales3.059,75134,68
Peones Calificados (podador, resinero, picador, preparador y aplicador de herbicida)3.182,14140,07
Cargadores3.185,20140,20
Hacheros, volteadores y trozadores3.212,73141,41
Motosierristas3.310,65145,72
Peladores, enganchadores y estibadores3.429,98150,97
Conductor de camiones, maquinas varias y tractores de monte, operador de grúa y autoelevadores3.454,45152,05
Personal de Transporte forestal y de acarreo3.454,45152,05
Mecánicos3.638,04160,13
Capataces3.720,65163,77
Encargado3.925,66172,79

Los salarios aquí dispuestos no incluyen comida ni SAC (aguinaldo)

CategoríasPor mes $Por día $
Peones Generales3.192,78140,53
Peones Calificados (podador, resinero, picador, preparador y aplicador de herbicida)3.320,49146,15
Cargadores3.323,68146,30
Hacheros, volteadores y trozadores3.352,42147,61
Motosierristas3.454,59152,06
Peladores, enganchadores y estibadores3.579,11157,54
Conductor de camiones, maquinas varias y tractores de monte, operador de grúa y autoelevadores3.604,65158,66
Personal de Transporte forestal y de acarreo3.604,65158,66
Mecánicos3.796,22167,09
Capataces3.882,42170,89
Encargado4.096,34180,30

Los salarios aquí dispuestos no incluyen comida ni SAC (aguinaldo)

CategoríasPor mes $Por día $
Peones Generales3.325,81146,39
Peones Calificados (podador, resinero, picador, preparador y aplicador de herbicida)3.458,85152,24
Cargadores3.462,17152,39
Hacheros, volteadores y trozadores3.492,10153,71
Motosierristas3.598,53158,39
Peladores, enganchadores y estibadores3.728,24164,10
Conductor de camiones, maquinas varias y tractores de monte, operador de grúa y autoelevadores3.754,84165,27
Personal de Transporte forestal y de acarreo3.754,84165,27
Mecánicos3.954,39174,06
Capataces4.044,19178,01
Encargado4.267,02187,82

Premio por presentismo

El mismo tendrá un valor de dos jornales conforme la categoría que cada trabajador revista. Este incentivo se abonara a aquel trabajador que concurra a trabajar un mínimo de veintidós jornales al mes sin registrar ausencias injustificadas y se abonara conjuntamente con los jornales correspondientes a la segunda quincena.

Resolución CNTA: 62/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
POR DIA SIN SAC
Por rendimiento del trabajo (taco de 45 kg)$ 3,81.-
Resolución CNTA: 11/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12
POR MES
OPERADOR DE RIEGO PRESURIZADO$ 3.362,90.-
Resolución CNTA: 77/2012; Boletín Oficial: 32481, 2012-09-14
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 137,76.-
Resolución CNTA: 61/2012; Boletín Oficial: 32.468, 2012-08-28
TAREA
Esquilador$ 2,7459
Agarradores$ 0,2290
Prenseros$ 0,2582
Meseros$ 0,2004
Ayudante de Mesero$ 0,1224
Ayudante de Cocina$ 0,1231
Playero$ 0,1535
Barredor de Cancha$ 0,1430
Cocinero$ 0,1884
Mecánico$ 0,4581
Afilador$ 0,1946
CATEGORIAS ALTERNATIVAS
Aprendiz Esquilador (el 75% del esquilador)2,0593
Prensero Hidráulico0,1290
Acondicionador0,4008
Ayudante General1,226

ESQUILA SECUENCIAL

Las partes acuerdan que en aquellos establecimientos en los que se practique este tipo de trabajo, dado que ella afecta el rendimiento de ganancia del trabajador se lo compensará con un cincuenta por ciento (50%) sobre las remuneraciones consignadas en las tablas anteriores.

ROPA DE TRABAJO

La parte empleadora deberá entregar a cada trabajador una muda de ROPA DE TRABAJO consistente en un pantalón y una camisa tipo grafa. Dicha provisión será en concepto de reposición para los trabajadores que cumplan con noventa (90) días de trabajo.

Resolución CNTA: 70/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17

POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO (SIN SAC):

CORTADOR (Por bolsa de 50 kg.)$ 9,22.
Resolución CNTA: 21/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17
  • JORNAL: PESOS CIENTO TREINTA Y UNO ($ 131,00).
Resolución CNTA: 46/2012; Boletín Oficial: 32431, 2012-07-04

Las remuneraciones que la presente aprueba llevan incluida la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario, con excepción a la determinada por jornal.

Jornal Mínimo Garantizado (sin SAC)$ 122.

TAREAS DE CULTIVO

Colocación de Mulening (por rollo por persona que intervenga en la operación)$ 5,77
Perforación de Mulening (por cada 1000 metros de surco perforados)$ 22,59
Plantación (por cada 1000 plantines por persona que integren la operación)$ 25,11
Riego (por turno de 40 minutos por persona que intervenga en la operación)$ 8,00
Fumigación (por cada mil litros aplicados por persona que intervenga en la operación)$ 25,11

TAREAS DE COSECHA

COSECHADOR (x Kg)$ 0,387
Por cajón cosechero de 5 Kg$ 1,93

TAREAS DE EMBALAJE

(En galpón de chacra por cuenta del productor)

Por caja de 250 grs$ 0,1048
Por caja de 700 grs$ 0,1598
Por caja de 2 Kg$ 0,428

TAREAS DE LIMPIEZA

(sacar pedúnculo a la fruta en chacra)

Por Kg Limpio de frutilla puesto en barrica$ 0,388
Resolución CNTA: 96/2012; Boletín Oficial: 32522, 2012-11-14
POR DIA
SIN SAC
Cortador$ 159,30
Resolución CNTA: 44/2012; Boletín Oficial: 32406, 2012-05-29
1) Raleo de líneas de hasta 20 cm de ancho, limpio de yuyos por empleo de herbicidas, por cada 100 metros$ 3.00
2) Carpida de líneas de hasta 20 cm de ancho, normalmente infectados de yuyos, inclusive “gramilla forestal”, o pasto colchón, por cada 100 metros (sin herbicida)$ 4.00
3) Carpida de líneas de hasta 20 cm de ancho, semicubiertos de “gramilla forestal o pasto colchón”, por cada 100 metros.$ CONVENCIONAL
4) Por corte de yuyos ralos.$ CONVENCIONAL
Resolución CNTA: 57/2012; Boletín Oficial: 32.437, 2012-07-13

CATEGORIAS

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
JORNALSUELDO
Peón General$ 152,73.-$ 3.471,09.-
Armador Invernáculo, Preparador de Tierra, Plantador, Reubicador, Injertador, estaqueador, Podador, Cocinero$ 156,70.-$ 3.561,33.-
Cargador, estibador, Encargado de lote de Colección$ 156,70.-$ 3.561,33.-
Preselección, Fluente, Potabilizador$ 160,36.-$ 3.644,64.-
Embalador, Seleccionador, Flejador$ 163,42.-$ 3.714,06.-
Supervisor, Electricista, Encargado de Depósito$ 164,95.-$ 3.748,77.-
Ayudante de calificado-especializado$ 156,60.-$ 3.559,11.-
Especializados$ 164,05.-$ 3.728,49.-
Fumigadores a mano con mochilas, Preparador aplicador herbicidas$ 163,74.-$ 3.721,45.-
Tractoristas, máquinas agrícolas, Operador de grúas y autoelevador$ 163,74.-$ 3.721,45.-
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa$ 178,69.-$ 4.061,17.-
Mecánicos$ 178,89.-$ 4.065,57.-
PERSONAL JERARQUIZADO
PUESTEROS$ 168,38.-$ 3.826,86.-
CAPATACES$ 185,76.-$ 4.221,77.-
ENCARGADOS$ 195,95.-$ 4.453,47.-

POR RENDIMIENTO DE TRABAJO

CON COMIDA Y SIN S.A.C.
CAJON DE 3 KG$ 1,214.-
CAJON DE 10 KG$ 1,445.-
CAJON DE 15 KG.$ 1,540.-
CAJON GRANEL C/U$ 1,214.-

CATEGORIAS

SIN COMIDA Y SIN S.A.C.
JORNALSUELDO
Peón General$ 157,78.-$ 3.585,84.-
Armador Invernáculo, Preparador de Tierra, Plantador, Reubicador, Injertador, estaqueador, Podador, Cocinero$ 161,88.-$ 3.679,06.-
Cargador, estibador, Encargado de lote de Colección$ 161,88.-$ 3.679,06.-
Preselección, Fluente, Potabilizador$ 165,67.-$ 3.765,13.-
Embalador, Seleccionador, Flejador$ 168,82.-$ 3.836,84.-
Supervisor, Electricista, Encargado de Depósito$ 170,40.-$ 3.872,70.-
Ayudante de calificado-especializado$ 161,78.-$ 3.676,77.-
Especializados$ 169,48.-$ 3.851,75.-
Fumigadores a mano con mochilas, Preparador aplicador herbicidas$ 169,16.-$ 3.844,48.-
Tractoristas, máquinas agrícolas, Operador de grúas y auto elevador$ 169,16.-$ 3.844,48.-
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa$ 184,60.-$ 4.195,43.-
Mecánicos$ 184,80.-$ 4.199,97.-
PERSONAL JERARQUIZADO
PUESTEROS$ 173,95.-$ 3.953,37.-
CAPATACES$ 191,90.-$ 4.361,33.-
ENCARGADOS$ 202,43.-$ 4.600,69.-

POR RENDIMIENTO DE TRABAJO

CON COMIDA Y SIN S.A.C.
CAJON DE 3 KG.$ 1,254.-
CAJON DE 10 KG$ 1,493.-
CAJON DE 15 KG.$ 1,591.-
CAJON GRANEL C/U$ 1,254.-

Cuando por cuestiones de producción los embaladores no superen la cantidad de 100 cajones en una jornada de ocho (8) horas, se les reconocerá el jornal de trabajo establecido para su categoría.

Resolución CNTA: 15/2012; Boletín Oficial: 32377, 2012-04-13

Los salarios siguientes no incluyen la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario (S.A.C.)

CATEGORÍAS LABORALES

MENSUALJORNAL
PEON GENERAL$ 3.158,19$ 139,12
REGADOR$ 3.531,69$ 155,58
TRACTORISTA$ 3.836,50$ 169,00
ENCARGADO$ 4.182,75$ 184,26

ESCARPIDOR

“A”Hasta 1.000 mts.$ 0,188 x metro
“B”Hasta 1.500 mts.$ 0,13 x metro
“C”Hasta 3.000 mts.$ 0,081 x metro
“D”Hasta 6.000 mts.$ 0,033 x metro

ARRANCAR Y APILAR (c/barra pesada)

“A”Hasta 2.500 Bolsas$ 0,26 x metro
“B”Hasta 2.000 Bolsas$ 0,20 x metro
“C”Hasta 1.500 Bolsas$ 0,15 x metro
“D”Hasta 1.000 Bolsas$ 0,113 x metro
“E”Hasta 500 Bolsas$ 0,049 x metro

ARRANCAR Y ACORDONAR

“A”Hasta 2.000 Bolsas$ 0,097 x metro
“B”Hasta 1.500 Bolsas$ 0,065 x metro
“C”Hasta 1.000 Bolsas$ 0,049 x metro
“D”Hasta 500 Bolsas$ 0,032 x metro

DESCOLAR A MANO

Taco cosido hasta 25/28 kg$ 3,64 c/u
Binz hasta 500 kg$ 87,42 p/binz

EMBOLSAR

Taco con cola de pila$ 0,78 p/taco
Taco con cola de carbón$ 1,82 p/taco
Bolsa red terminada y clasificada de 25 kg$ 3,64 p/bolsa

DESCOLAR A MAQUINA
CARGADORES

Taco con cola$ 0,325 p/taco
Taco descolado$ 0,325 p/taco
Bolsa de 25 kg$ 0,29 p/bolsa

TAREAS DE GALPON: Jornada de OCHO (8) HORAS

Categoría 1: Mesa de Inspección, playero s/ especialización barrendero$ 16,47 p/h
Categoría 2: Boquillero, playero especializado, descolador a máquina$ 17,31 p/h
Categoría 3: Estibador, emboquillado cargador, cosedor, vuelca binz$ 17,57 p/h
Categoría 4: Chofer de autoelevador$ 18,94 p/h
Categoría 5: Tolvero$ 18,39 p/h

PRESENTISMO

Se establece un adicional equivalente al 10 % en concepto de presentismo al trabajador que cumpliere su tarea durante 22 días al mes.

JORNAL MÍNIMO GARANTIZADO

Cuando el trabajador y a ritmo normal no alcanzare a percibir el jornal mínimo, el empleador deberá reconocerlo en su totalidad, se tomará como ritmo normal el promedio del trabajo grupal.

HORAS EXTRAS

La jornada de trabajo no podrá exceder de 8 horas diarias de lunes a viernes y de 4 horas los sábados o 44 horas semanales, siendo facultad privativa del empleador la distribución de las horas diarias y su diagramación en horarios.

El tiempo que exceda las 44 horas semanales será considerado hora extraordinaria, las que deberán ser abonadas con un recargo del 50% calculado sobre el jornal/hora simple y/o al 100%, todo ello conforme lo establecido por el Título VI, Capítulo I de la Ley N° 26.727 y la Resolución CNTA N° 71/08 en todo cuanto ésta resulte de aplicación.

ELEMENTOS DE TRABAJO

El empleador deberá proporcionar a todos los trabajadores comprendidos en las tareas de galpón de empaque la ropa de trabajo correspondiente de acuerdo con la tarea que realiza y asimismo se suministrará a los trabajadores de campo que tengan una continuidad mínima de 15 (quince) días hábiles con el mismo empleador.

Resolución CNTA: 07/2012; Boletín Oficial: 32376, 2012-04-12
JORNAL
Personal no Calificado$ 132,34
Personal Calificado:
Cosechador o Arrancador$ 143,10
Estibador - Clasificador$ 143,10
Conductor Tractorista$ 151,67
Cocinero$ 141,30
Capataz$ 157,40
Resolución CNTA: 80/2012; Boletín Oficial: 32481, 2012-09-14

Los salarios de la SECCION COSECHA consignados por rendimiento del trabajo, llevan incluidos la parte proporcional correspondiente al Sueldo Anual Complementario, no así todas las demás categorías especificadas.

EN PLANTACIONES NORMALESPOR TONELADA CON S.A.C.
Corte$ 152,85
Quiebra$ 226,89
Corte y quiebra$ 380,26
Corte melena o copada$ 431,41
Corte y carga garantizando el mínimoCONVENCIONAL

Se considerará corte “melena” la poda de la parte superior o inferior de las plantas con miras a su protección contra los factores climáticos adversos. La cosecha excedente dentro del período de la misma zafra será considerada Corte Melena (Copada) siempre que no hubiera una caída general de hojas con posterioridad al primer corte, en tal caso será considerado “palanca”.

En yerbales no limpios, “palancas” y/o cadillares se abonará un recargo a convenir entre las partes previo a la iniciación de las tareas. Dicho recargo será sobre los precios en vigencia para yerbales “normales”.

En cuanto a los yerbales denominados de “Alta densidad” las partes pactarán libremente los precios. Se aclara que yerbales de “Alta densidad” comprende a los de dos mil (2000) plantas en adelante por hectárea.

PREMIO ESTIMULO A LA PRODUCCION Y ASISTENCIA

Cuando un obrero tarefero haya entregado al finalizar la semana más de MIL QUINIENTOS (1500) kgs. de yerba cosechada con el porcentaje de palos establecidos por la reglamentación en vigencia y no haya observado faltas de asistencia injustificadas, recibirá en concepto de PREMIO ESTIMULO un suplemento sobre su remuneración de un SEIS POR CIENTO (6%). El pago de este suplemento se hará al efectuarse la liquidación semanal, quincenal o mensual de haberes.

PERSONAL PERMANENTE Y TEMPORARIO JORNALIZADO EN TAREAS CULTURALES, DE IMPLANTACION Y COSECHA DE YERBA MATE

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Peón general$ 143,56$ 3.262,73
Pesador$ 151,28$ 3.438,11
Pulseadores y estibadores sobre vehículo$ 151,28$ 3.438,11
Operario pluma o guinche para raídos$ 153,61$ 3.491,04
Ayudante operador pluma o guinche$ 151,28$ 3.438,11
Corte con tijera electrónica$ 157,92$ 3.589,06
Tractoristas$ 151,28$ 3.438,11
Capataz de corte$ 157,92$ 3.589,06

TAREAS EN SECADEROS Y DEPOSITOS

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Peón general$ 143,56$ 3.262,73
Descargador o planchero$ 151,28$ 3.438,11
Leñero$ 151,28$ 3.438,11
Zorrero o acarreador$ 151,28$ 3.438,11
Horquillero$ 151,28$ 3.438,11
Embocador (yerba verde)$ 151,28$ 3.438,11
Cintero (cinta fría)$ 151,28$ 3.438,11
Guayno aprendiz o de segunda$ 151,28$ 3.438,11
Arrimadores horquilleros$ 151,28$ 3.438,11
Embocador (yerba seca)$ 151,28$ 3.438,11
Desparramadores o Atacadores$ 151,28$ 3.438,11
Costuradores a mano o remendadores$ 151,28$ 3.438,11
Operador grúas o autoelevadores$ 153,61$ 3.491,04
Urú$ 153,61$ 3.491,04
Operador báscula computarizada$ 153,61$ 3.491,04
Calador$ 153,61$ 3.491,04

EMBOLSADORES

POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO SIN S.A.C.
Por bolsa$ 1,93
Por tonelada$ 391,53

AYUDANTES O SEMICALIFICADOS

JORNAL SIN SACPOR MES
Ayudante foguista o arrimador de leña$ 151,28$ 3.438,11
Urú menor$ 151,28$ 3.438,11
Hombreadores o estibadores$ 151,28$ 3.438,11
Aprendiz de calador$ 151,28$ 3.438,11
Aprendiz de báscula computarizada$ 151,28$ 3.438,11
Ayudante grúa autoelevadores y guinche.$ 151,28$ 3.438,11

ESPECIALIZADOS O CALIFICADOS

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Foguista - Calderista$ 151,28$ 3.438,11
Desparramador (cinta caliente)$ 151,28$ 3.438,11
Urú mayor$ 151,28$ 3.438,11
Secador$ 151,28$ 3.438,11

PERSONAL DE MANTENIMIENTO

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Ayudante$ 151,28$ 3.438,11
Mecánico$ 171,42$ 3.895,98
Electricista$ 171,42$ 3.895,98
Maquinista$ 171,42$ 3.895,98
Albañil$ 151,28$ 3.438,11
Carpintero$ 151,28$ 3.438,11

PERSONAL DE TRANSPORTE

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Tractorista$ 151,28$ 3.438,11
Conductor de camión, transporte de personal y camionetas$ 171,43$ 3.895,92

PERSONAL JERARQUIZADO

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Puntero$ 151,28$ 3.438,11
Capataz$ 170,21$ 3.868,42
Encargado$ 176,18$ 4.004,03

PREMIO ESTIMULO

El trabajador de secaderos y/o depósitos de yerba mate que registre asistencia perfecta durante el período, ya sea semanal, quincenal o mensual, según fuere la modalidad de pago, percibirá en concepto de PREMIO ESTIMULO el equivalente de un OCHO POR CIENTO (8%) de sus remuneraciones percibidas en dicho lapso.

EN PLANTACIONES NORMALESPOR TONELADA CON S.A.C.
Corte$ 158,62
Quiebra$ 235,46
Corte y quiebra$ 394,61
Corte melena o copada$ 447,69
Corte y carga garantizando el mínimoCONVENCIONAL

Se considerará corte “melena” la poda de la parte superior o inferior de las plantas con miras a su protección contra los factores climáticos adversos. La cosecha excedente dentro del período de la misma zafra será considerada Corte Melena (Copada) siempre que no hubiera una caída general de hojas con posterioridad al primer corte, en tal caso será considerado “palanca”.

En yerbales no limpios, “palancas” y/o cadillares se abonará un recargo a convenir entre las partes previo a la iniciación de las tareas. Dicho recargo será sobre los precios en vigencia para yerbales “normales”.

En cuanto a los yerbales denominados de “Alta densidad” las partes pactarán libremente los precios. Se aclara que yerbales de “Alta densidad” comprende a los de dos mil (2000) plantas en adelante por hectárea.

PREMIO ESTIMULO A LA PRODUCCION Y ASISTENCIA

Cuando un obrero tarefero haya entregado al finalizar la semana más de MIL QUINIENTOS (1500) kgs. de yerba cosechada con el porcentaje de palos establecidos por la reglamentación en vigencia y no haya observado faltas de asistencia injustificadas, recibirá en concepto de PREMIO ESTIMULO un suplemento sobre su remuneración de un SEIS POR CIENTO (6%). El pago de este suplemento se hará al efectuarse la liquidación semanal, quincenal o mensual de haberes.

PERSONAL PERMANENTE Y TEMPORARIO JORNALIZADO EN TAREAS CULTURALES, DE IMPLANTACION Y COSECHA DE YERBA MATE

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Peón general$ 148,98$ 3.385,85
Pesador$ 156,99$ 3.567,85
Pulseadores y estibadores sobre vehículo$ 156,99$ 3.567,85
Operario pluma o guinche para raídos$ 159,40$ 3.622,78
Ayudante operador pluma o guinche$ 156,99$ 3.567,85
Corte con tijera electrónica$ 163,88$ 3.724,50
Tractoristas$ 156,99$ 3.567,85
Capataz de corte$ 163,88$ 3.724,50

TAREAS EN SECADEROS Y DEPOSITOS

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Peón general$ 148,98$ 3.385,85
Descargador o planchero$ 156,99$ 3.567,85
Leñero$ 156,99$ 3.567,85
Zorrero o acarreador$ 156,99$ 3.567,85
Horquillero$ 156,99$ 3.567,85
Embocador (yerba verde)$ 156,99$ 3.567,85
Cintero (cinta fría)$ 156,99$ 3.567,85
Guayno aprendiz o de segunda$ 156,99$ 3.567,85
Arrimadores horquilleros$ 156,99$ 3.567,85
Embocador (yerba seca)$ 156,99$ 3.567,85
Desparramadores o Atacadores$ 156,99$ 3.567,85
Costuradores a mano o remendadores$ 156,99$ 3.567,85
Operador grúas o autoelevadores$ 159,40$ 3.622,78
Urú$ 159,40$ 3.622,78
Operador báscula computarizada$ 159,40$ 3.622,78
Calador$ 159,40$ 3.622,78

EMBOLSADORES

POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO SIN S.A.C.
Por bolsa$ 2,00
Por tonelada$ 406,31

AYUDANTES O SEMICALIFICADOS

JORNAL SIN SACPOR MES
Ayudante foguista o arrimador de leña$ 156,99$ 3.567,85
Urú menor$ 156,99$ 3.567,85
Hombreadores o estibadores$ 156,99$ 3.567,85
Aprendiz de calador$ 156,99$ 3.567,85
Aprendiz de báscula computarizada$ 156,99$ 3.567,85
Ayudante grúa autoelevadores y guinche$ 156,99$ 3.567,85

ESPECIALIZADOS O CALIFICADOS

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Foguista Calderista$ 156,99$ 3.567,85
Desparramador (cinta caliente)$ 156,99$ 3.567,85
Urú mayor$ 156,99$ 3.567,85
Secador$ 156,99$ 3.567,85

PERSONAL DE MANTENIMIENTO

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Ayudante$ 156,99$ 3.567,85
Mecánico$ 177,89$ 4.043,00
Electricista$ 177,89$ 4.043,00
Maquinista$ 177,89$ 4.043,00
Albañil$ 156,99$ 3.567,85
Carpintero$ 156,99$ 3.567,85

PERSONAL DE TRANSPORTE

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Tractorista$ 156,99$ 3.567,85
Conductor de camión, transporte de personal y camionetas$ 177,90$ 4.042,94

PERSONAL JERARQUIZADO

POR DIA SIN S.A.C.POR MES
Puntero$ 156,99$ 3.567,85
Capataz$ 176,63$ 4.014,40
Encargado$ 182,83$ 4.155,13

PREMIO ESTIMULO

El trabajador de secaderos y/o depósitos de yerba mate que registre asistencia perfecta durante el período, ya sea semanal, quincenal o mensual, según fuere la modalidad de pago, percibirá en concepto de PREMIO ESTIMULO el equivalente de un OCHO POR CIENTO (8%) de sus remuneraciones percibidas en dicho lapso.

Resolución CNTA: 19/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17
  • JORNAL: PESOS CIENTO TREINTA Y UNO ($ 131,00).
Resolución CNTA: 23/2012; Boletín Oficial: 32379, 2012-04-17
  • JORNAL: PESOS CIENTO TREINTA Y UNO ($ 131,00).
Resolución CNTA: 107/2012; Boletín Oficial: 32543, 2012-12-14

Jornal mínimo (sin SAC): PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 184,47.-).

Resolución CNTA: 79/2012; Boletín Oficial: 32482, 2012-09-17
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 137,76.-
Atador$ 137,76.-
Cargador$ 137,76.-
COSECHA CON MAQUINA
Maquinista$ 168,51.-
Operario ayudante$ 139.-
POR RENDIMIENTO DEL TRABAJO
Cortado en Chacra, por caja de 10 kilos cada una$ 3,54.-
Cortado en Chacra, por caja de 20 kilos cada una$ 6,91.-
Resolución CNTA: 004/2013; Boletín Oficial: 32613, 2013-04-08
POR MES
Desde Diciembre 2012Desde Febrero 2013
OPERADOR DE RIEGO PRESURIZADO$ 4.035,48$ 4.358,32
Resolución CNTA: 38/2012; Boletín Oficial: 32393, 2012-05-09

1.- ARREOS A LARGA DISTANCIA

A partir de las 10 leguas, por día, con comida y por persona.

Capataz con caballo$ 387,06
Peón con caballo$ 304,13
Carrero sin elementos de trabajo$ 349,58
Carrero con carro y caballos de su propiedadConvencional

Viaje a corta y larga distancia de ida a recibir tropa y regreso una vez entregada la misma por cada 5 km (1 legua) por persona y sin comida $ 2,71.

En caso de muerte de animales en arreos de corta y larga distancia, como así también en remates y ferias, que deban ser cuereados, se abonará un adicional por animal de $ 150,93.

2.- ARREO A CORTA DISTANCIA

Hasta 10 leguas, con comida, por persona que tenga elemento de trabajo, por leguas.

Capataz$ 58,13
Resero$ 30,34
Carrero con carro y caballo de su propiedadConvencional

VIATICO: cuando no se proporcione comida deberá pagarse por comida principal $ 59,53.

3.- LOCALES DE REMATES - FERIAS ESPECIALES CAMPO POR PERSONA QUE TENGA ELEMENTO DE TRABAJO POR DIA Y/O MEDIO DIA CON COMIDA.

POR DIAPOR MEDIO DIA
Capataz$ 510,50$ 306,08
Clasificador$ 385,11$ 229,40

PISTERO

POR DIAPOR MEDIO DIA
Cuando el patrón requiere la intervención del pistero, éste recibirá un salario adicional de:$ 48,14$ 28,88

El citado adicional se aplicara sobre el salario fijado para el peón general a caballo.

POR DIAPOR MEDIO DIA
Peón a caballo de propiedad del trabajador$ 370,83$ 222,75
Peón a caballo provisto por el empleador$ 342,68$ 205,45

Cuando el empleador brinde el caballo al trabajador, la asignación correspondiente al mismo no será pagada.

POR DIAPOR MEDIO DIA
Peón a pie$ 232,43$ 138,76
Rondadores por la noche con caballo$ 334,53$ 200,54

Cuando no se provea la comida, se abonará al personal lo siguiente:

a) Por asado de la mañana$ 48,20
b) Por almuerzo$ 58,13

PERSONAL MENSUALIZADO:

Peón con comida$ 3.247,56
Peón sin comida$ 3.668,85

TRABAJOS REALIZADOS BAJO LLUVIA Y QUE DEJAN EL TERRENO EN MAL ESTADO PARA LOS MISMOS.

El jornal tendrá un recargo de:

Bajo la lluvia$ 43,28
Terreno en mal estado$ 38,68

4.- CARGAR HACIENDA EN CAMIONES Y/O VAGONES DE FERROCARRIL.

CAMIONVAGON
Vacunos$ 0,76$ 0,85
Yeguarizos$ 1,01$ 1,03
Lanares$ 0,26$ 0,35
PorcinosConvencional

5.- LOCALES DE EXPOSICION: Con comida

POR DIAPOR MEDIO DIA
Peones en general a pie$ 232,46$ 138,84
Peones generales a caballo con elemento de trabajo$ 342,29$ 151,66
Serenos$ 334,53$ 200,70

6.- BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD

Además de la remuneración fijada para cada categoría, el personal comprendido en la presente Resolución percibirá una bonificación por antigüedad de conformidad a lo establecido en el artículo 38 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727.

Resolución CNTA: 109/2012; Boletín Oficial: 32544, 2012-12-17

Los valores consignados no llevan incluidos los importes correspondientes al sueldo anual (S.A.C.) complementario ni vacaciones.

1º Noviembre 20121º Enero 2013
CATEGORIAMENSUALJORNALDESTAJOMENSUALJORNALDESTAJO
Peón General3.205,081413.426,12150,72
Conductor Tractorista3.569,93157,33.816,14168,14
Capataces3.897,69171,74.166,50183,54
Encargados4.111,60181,134.395,16193,63
Especializados:
Estuferos3.569,93157,319,66 p/h3.816,14168,1421,02 p/h
Encañada3.205,081410,70 p/caña3.426,12150,720,74 p/caña
Desencañada3.205,081410,35 p/caña3.426,12150,720,37 p/caña
Clasificada3.205,081411,19 p/kilo3.426,12150,721,28 p/kilo
Clasificada en cinta3.205,0814117,63 p/h3.426,12150,7218,85 p/h
Cosecheros estufa convencional hasta 1040 cañas, 8 pers. por cuadrilla. Cañas de 28 pares3 427,54150,991,16 p/caña3.663,93161,41,24 p/caña
Cosechero estufa Bulk Curing o Balti 180 peines, 10 pers. por cuadrilla. Cosecha y carga3.427,54150,998,39 p/peine3.663,93161,48,97 p/peine
Descargado de estufa Bulk Curing o Balti por 180 peines para 2 personas 1/2 jornada3.205,0814170,47 p/pers. p/peine3.426,12150,7275,33 p/pers. p/peine
Resolución CNTA: 102/2012; Boletín Oficial: 32521, 2012-11-13
  • Remuneración diaria (sin SAC): $ 177,00.-

El DIEZ POR CIENTO (10%) de indemnización sustitutiva por vacaciones deberá abonarse conforme lo prescripto por el artículo 20 del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727).

Resolución CNTA: 65/2012; Boletín Oficial: 32483, 2012-09-18
POR DIA SIN SAC
Cosechador$ 140,22.-

 

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  • monica

    Enviado el 2013-05-21 08:31:17

    solicito escala salarial para empleados de planta de acopio y exportación de maní

    Responder

  • silvina

    Enviado el 2013-05-15 09:35:17

    Hola, quisiera saber que escala debe aplicar para liquidar a un empleador q se dedica a la crianza de aves y venta de huevos

    Responder

  • Norma

    Enviado el 2013-05-09 07:48:22

    Hola buen día deseo obtener información sobre que sueldo debe tener un encargado de campo en general . Muchas gracias

    Responder

  • mercedes chandia

    Enviado el 2013-05-04 16:57:53

    hace diez años estamos como cuidadores en una casa quinta mi esposo ha recibido sus jornales siempre en negro...hoy el dueño quier que abandonemos el lugar...tiene derecho algun reclamo por indeminizacion?

    Responder

  • Betiana

    Enviado el 2013-04-24 11:00:28

    QUISIERA SABER SI ALGUIEN ME PUEDE ACESORAR RESPECTO A LA LICENCIA PARENTAL CONTEMPLADA EN LA NUEVA LEY.

    GRACIAS

    Responder

  • TEODORA SICILIANO

    Enviado el 2013-04-04 11:45:26

    NECESITO SABER POR SI HAY MONTO NO REMUNERATIVO,EMPL.RURAL.MAQUINISTA EVENTUAL POR COSECHA.URGENTE PARA HACER SUELDO MARZO 2013.
    MUCHAS GRACIAS
    TEODORA

    Responder

  • nestor

    Enviado el 2013-04-02 05:50:57

    cuanto es el presentismo que hay que pagarle a un encargado?? gracias

    Responder

  • Néstor

    Enviado el 2013-03-27 10:06:36

    Primero quiero felicitar al CP Jorge Vega porque armo un sitio excelente, de mucha utilidad para todo.
    Segundo, quisiera consultar si alguien sabe en que categoría se debe dar de alta el sereno de un establecimiento porcino. Yo creo que como peón especializado, pero tengo mis dudas.

    Muchas gracias, saludos

    Responder

    • Cr Francisco Masloski

      Enviado el 2013-04-01 12:18:07

      La verdad, como contador con unos cuantos años ya de ejercicio en la profesion, me pone muy contento ver iniciativas de colegas jovenes como Jorge que realmente ha ideado un sitio magnifico de mucha utilidad para nosotros.
      Que siga progresando, abrazo
      Francisco
      Chaco

  • Manuel

    Enviado el 2013-03-07 18:21:47

    como se paga el salario familiar a los trabajores rurales, que solicitan pago en efectivo por no tener banco proximo a su lugar de trabjo y domicilio.
    muchas gracias

    Responder

  • carlos kocher

    Enviado el 2013-03-03 16:59:11

    Quisiera saber cuanto es el sueldo de los operadores de montacargas con licencia tipo G

    Responder

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