Mediante Resolución 23/2022 , la «Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores» actualizó los límites de facturación anual (en pesos) de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Se amplían los plazos para solicitar los beneficios de la Ley de Alivio Fiscal N° 27.653 y efectuar los trámites asociados, así como para adherir al régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras y rehabilitar los planes de facilidades de pago caducos.
Se extiende hasta el 30/06/2022 la eximición de registrar los datos biométricos por parte de los contribuyentes y responsables ante las dependencias de este Organismo.
El Gobierno Nacional reglamentó el Art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, determinando que en los establecimientos de trabajo donde presten tareas 100 personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, se deberán ofrecer espacios de cuidado para niños de entre 45 días y 3 años de edad, que estén a cargo de los trabajadores durante la respectiva jornada de trabajo. En sustitución, los convenios colectivos podrán establecer el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados.
Se establece el plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II” (devengado Marzo de 2022), así como para el “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS”, el cual estará comprendido entre el 23 y el 30 de marzo de 2022, inclusive.
El Ministerio de Trabajo homologó los acuerdos celebrados entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), firmados el pasado mes de noviembre de 2021. mediante los cuales se pactaron sumas no remunerativas para el semestre enero a junio de 2022 (50% en total), incorporándose en los salarios básicos en el mes de julio de 2022.
La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo salarial celebrado el día 12/11/2021, entre UTHGRA y FEHGRA (CCT 389/04), en el cual se acordaron incrementos salariales (del 49%), aplicables desde el mes de enero de 2022 (como no remunerativos). A continuación se detallan los puntos claves del acuerdo, así como su texto completo, escalas anexas y resolución homologatoria.
Mediante Res. 10/2022, la CNTA aclaró que las asignaciones extraordinarias (establecidas en 2021), serán consideradas no remunerativas, con la única excepción de los aportes y contribuciones a la obra social, a la cuota sindical o cuota solidaria y a las establecidas por la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557). De esta forma, se vuelve a la redacción original de cada una de las normas enumeradas.
El acuerdo, complementario al firmado en las paritarias 2021 (homologado por Res. 323/22), contempla un incremento no remunerativo del 13% a pagar en dos tramos en los meses de febrero (3%) y en marzo (10%), el cual se incorporará al básico en el mes de abril de 2022. Por otro lado, se prorrogó el acuerdo referente al artículo 223 BIS hasta marzo del año en curso (conforme a acta complementaria firmada el 16/02/2022).
Mediante Res. 4/2021 (Boletín Oficial 27/10/2021), se establecieron nuevos incrementos (adicionales) para los meses de noviembre (6%), diciembre (7%) y marzo de 2022 (12%). Además, cabe recordar, que mediante Res. 2/2021 se acordó incrementar el porcentual por “zona desfavorable”, fijando su importe total en un 30%, y se creó un adicional por antigüedad, del 1% por cada año de servicio, el cual comenzó a computarse desde el 1.09.2020, sin efecto retroactivo.
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