De esta forma, la asignación no remunerativo del Decreto 665/2019 se pagará en tres cuotas junto a los haberes de los meses de octubre ( $ 2000 ), noviembre ( $ 2000 ) y diciembre ( $ 1000 ). Será compensable con las futuras revisiones salariales que se acuerden.
Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la RESOL-2019-753-APN-SECT#MPYT y registrado bajo el número 1218/2019, suscripto entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), por la parte sindical y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), por la parte empleadora, conforme al detalle que, como Anexo IF-2019-76948835-APN-DRYRT#MPYT, forma parte integrante de la presente.
ATSA de Buenos aires, informa que en el día de la fecha se ha acordado que la asignación no remunerativa reglada por el Decreto 665/2019 se pagará en dos cuotas de $ 2500 cada una, junto con los salarios de octubre y noviembre de 2019, respectivamente. Dichos pagos podrán postergarse hasta 10 días hábiles en cada período por razones de necesidad de cada empresa.
Establécese que los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud a los que se refiere el artículo 2° aplicarán la detracción prevista en el artículo 4° del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001 y sus modificaciones, considerando el CIEN POR CIENTO (100 %) del importe de ese artículo, vigente en cada mes.
Se establece que los contribuyentes que registren la condición de Micro o Pequeñas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”, podrán afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado registrado en el sistema de “Cuentas Tributarias” a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social -código de impuesto 351-.
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario ( CNTA ) estableció el pago de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de $ 5.000 que se pagará en tres cuotas de $ 1.667 con las remuneraciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha desde este fin de semana y hasta el Día de la Madre, el 20 de octubre, un sistema para devolver el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por una suma de hasta 1.000 pesos para quienes hagan compras en restaurantes, joyerías, e indumentaria, entre otros rubros.
La FAECyS publicó la resolución del Ministerio de Trabajo que homologa el acuerdo que establece el pago en hasta 5 cuotas de la asignación no remunerativa establecida por el Decreto 665/2019.
Así lo dispuso la Resolución 4600/2019 de la AFIP publicada en el Boletín Oficial de hoy ( 2/10/2019 ). La medida se dicta por mandato del Poder Ejecutivo, dada la magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país.
Mediante Resolución 4597/2019 la AFIP pone en marcha un régimen de registración electrónica de operaciones denominado “Libro de IVA Digital” y un procedimiento simplificado para la determinación y presentación de la declaración jurada del IVA, denominado «IVA Simplificado», accesibles desde el "Portal IVA". Mediante la presente se establecen las condiciones y plazos de implementación.
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