El beneficio dispuesto por el Ministerio de Economía de la Nación consiste en un aporte de $ 0,30 por litro producido de leche cruda con destino a su industrialización, en el período comprendido entre el mes de marzo y el mes de mayo de 2015. Es requisito que la producción diaria (en promedio) no supere los 2.900 litros.
Requisitos
- Producción diaria promedio: 2.900 litros de leche cruda con destino a su industrialización.
- Estar incluido en la nómina de tambos proveedores de cualesquiera de los operadores lácteos obligados a emitir las liquidaciones que resultan de la aplicación de la Resolución General N° 3.187 de la AFIP.
Quienes no estén incluidos en la nómina durante el mes de marzo del presente año, deberán incorporarse a la misma en el mes de abril, en cuyo caso podrán acceder al beneficio hasta el mes de junio, inclusive. - Inscribirse hasta el día 31 de marzo del corriente año, sin excepción, completando la información requerida en el siguiente sitio web: www.mecon.gob.ar/secretarias/comercio/comercio-interior.
- Hasta el día 10 del mes siguiente en que se calcula el beneficio, el productor deberá informar la producción total de leche cruda remitida a la industria a través del sitio web mencionado en el punto anterior