CP Jorge Vega
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  • Repatriación de fondos - Fondos Comunes de Inversión: La CNV reglamentó las formas y condiciones de suscripción

    VISTO el Expediente Nº 320/2020 caratulado “PROYECTO DE RG S/ REGLAMENTACIÓN DEL ARTÍCULO 11 DEL DECRETO N° 99/2019” del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, lo dictaminado por la Subgerencia de Fondos Comunes de Inversión Abiertos, la Subgerencia de Fondos Comunes de Inversión Cerrados, la Gerencia de Fondos Comunes de Inversión, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y...

  • Ley de Solidaridad - Nota a la AFIP: análisis y sugerencias de la FACPCE sobre moratoria, bienes personales, ganancias y débitos/créditos bancarios

    La FACPCE presentó una nota a la AFIP donde se analiza y se solicita a la misma que se expida sobre diversos puntos grises de la Ley de Solidaridad N° 27.541 y sus normas reglamentarias, entre ellas, las referidas al: a) régimen de regularización de obligaciones tributarias (moratoria), b) Impuesto a las Ganancias y c) Impuesto sobre los Bienes Personales.

  • AFIP - Resolución 4673/2020 - Bienes Personales: pago a cuenta por bienes en el exterior (Períodos 2019-2020)

    EL pago a cuenta será por los períodos 2019 y 2020, y deberá ser ingresado por las personas humanas y las sucesiones indivisas que posean en los períodos fiscales 2018 y 2019, respectivamente, bienes en el exterior sujetos a impuesto. Estarán eximidos quienes hubieran ejercido la opción de repatriación y/o no sean titulares de dichos bienes al 31/12/2019 o al 31/12/2020, según el período de que se trate. La alícuota variará entre el 0,10% al 0,5%, dependiendo de la base imponible.

  • Ley 27.541: «Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva» ( FORMATO DE PESTAÑAS )

    Tras su sanción por el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo promulgó y publicó la Ley en el suplemento del Boletín Oficial  del día 23/12/2019, fecha desde la cual entró en vigencia, salvo por el Art. 52 que fue observado en parte (donde dice “En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras”.). 

  • Texto completo del «Proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivacion Productiva» ( En PDF y en FORMATO «AMIGABLE» )

    Se publicó el texto completo del proyecto de Ley donde se declara el estado de emergencia y se establecen múltiples medidas en materia social, económica, previsional, tarifaria e impositiva, entre otras, además de delegar facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo.

  • Mini plan de Ganancias: se podrá adherir hasta el 31 de octubre

    La extensión del plazo será de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos hayan operado entre los días 1 de mayo de 2019 y el 31 de agosto de 2019. Se podrá adherir a partir del 2 de septiembre y hasta el 31 de octubre.

  • Bienes Personales - Cálculo de anticipos 2019: se establece un procedimiento especial

    Atento a las modificaciones introducidas por la Ley 27.480, la AFIP estableció el procedimiento para la determinación de los anticipos a cuenta del gravamen correspondiente al período fiscal 2019.

  • Ganancias - Declaración Informativa: empleados y jubilados podrán presentar hasta el 24 de julio

    Además, mediante Resolución 4506/2019, se oficializó la prórroga para la presentación de los Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Mínima Presunta hasta el 16 de julio. Las fechas de pago se mantienen en los días 19, 21  y 24 de junio.

  • Resolución 4501/2019 - AFIP : Prórroga de Ganancias, Bienes y Renta Financiera

    Se oficializó la prórroga de los Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y a la Renta Financiera. Los dos primeros vencerán los días 18, 19 y 21 de junio, mientras que las fechas de pago pasan a los días 19, 21 y 24. Respecto al Impuesto Cedular, el vencimiento para la presentación se extiende un mes más hasta el 19 de julio. Se aclara que quienes presenten mediante el procedimiento simplificado deberán conservar a disposición de la AFIP los papeles de trabajo que respalden el cálculo de los importes totales consignados.

  • Se prorroga Ganancias, Bienes y Renta Financiera

    La AFIP anunció la prórroga para la presentación del Impuesto a las Ganancias y Sobre los Bienes Personales para los días 18, 19 y 21 de junio. Las fechas para el pago pasan para el 19, 21 y 22 de junio. Respecto al Impuesto Cedular ( Renta Financiera ) el vencimiento pasa para el 19 de julio, mientras que se mantiene el plazo para el pago.

  • AFIP respondió sobre Ganancias, Bienes, IVA, Débitos y Créditos, Facturación, Planes de pago, SISA, entre otros

    La AFIP publicó las respuestas a las consultas que se hicieron en la última reunión llevada a cabo entre dicha entidad y los consejos profesionales del día 2 de mayo de 2019 ( Prov. de Chaco ).

  • Respuestas sobre Ganancias, Bienes Personales, Ajuste, Renta Financiera, Facturación y SIRTAC

    El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires ( CPCECABA ) publicó 48 respuestas a consultas sobre temas impositivos y contables expuestos en el Ciclo de Actualidad Tributaria de fecha 10/04/2019. Acceda al material completo en este artículo.

  • Bienes personales 2018: AFIP publicó los valores de los automotores ( TODAS LAS TABLAS )

    La AFIP publicó en su sitio web las valuaciones de los automotores, camiones, motocicletas y motos. De esta forma , luego de dos semanas de publicaciones parciales, ya pueden consultarse todas las tablas para la liquidación del impuesto.

    Nota relacionada : RG 4466/2019 - Bienes personales - Valuaciones : se definen las fechas en las que AFIP publicará las tablas

  • RG 4466/2019 - Bienes personales - Valuaciones : se definen las fechas en las que AFIP publicará las tablas

    Mediante Resolución 4466/2019, la AFIP definió que la información correspondiente a las tablas de automotores, títulos y demás valores, la publicará anualmente en su sitio web ( http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/) con una antelación mínima de 40 días a la fecha de vencimiento del impuesto. Cabe recordar que hace unos días se publicaron alguna de las tablas y en el día de ayer las cotizaciones correspondientes a las obligaciones negociables.

  • Ley 27.480 - Bienes Personales y Ganancias - Modificaciones ( Bol. Oficial 21/12/2018 )

    Entre otras modificaciones, a partir del período fiscal 2019, se incrementa el mínimo no imponible a $ 2.000.000 y se establece una escala progresiva del impuesto ( parte fija y variable, con tres tramos de alícuotas : 0,25%, 0,50% y 0,75% ). Se modifica la forma de valuación de los inmuebles y se deja afuera del alcance del impuesto a los bienes inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente cuyo valor no supere los $ 18.000.000. Respecto a ganancias , se exime del impuesto a las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias por los profesionales de la salud que trabajen en zonas desfavorables. 

  • Ganancias , Bienes y Mínima Presunta : Nuevos vencimientos ( Res. 4277 )

    Se prorrogan los vencimientos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Ganancia Mínima Presunta correspondientes al período fiscal 2017, y se extiende el plazo para adherir al plan de facilidades de la Res. 4.057 al 31 de julio de 2018.

  • Bienes Personales : se efectuan precisiones en cuanto a la cancelación de la inscripción

    Se precisa que cuando en un determinado período fiscal no se supere el mínimo no imponible, los sujetos no se encontrarán obligados a la presentación de la declaración jurada determinativa correspondiente al período fiscal inmediato siguiente, siempre que -hasta el 31 de diciembre de este último período fiscal- soliciten la cancelación de la inscripción en el impuesto.

  • Resolución 4258 - AFIP : Prórroga de Ganancias, Bienes Personales y Mínima Presunta

    Mediante Resolución 4258 la AFIP prorrogó los vencimientos de ganancias, bienes personales y mínima presunta. Respecto al personal en relación de dependencia, que solo deban presentar la declaración informativa, el vencimiento operará el día 27 de julio. Para el resto de los contribuyentes, solo se corre el plazo de presentación para el 11, 12 y 13 de julio, pero el pago se mantiene para las fechas originales ( 12, 13 y 14 de junio ). En relación a quienes se acojan al plan de facilidades de la Res. 4057 ( impuesto a las ganancias y bienes personales ) tendrán tiempo hasta el 30 de junio para adherirse al mismo.

  • Residencia Tributaria: pérdida de la condición de residente y baja de impuestos ( modificaciones )

    Mediante resoluciones 4236 y 4237, publicadas en el boletín oficial de hoy, la AFIP estableció la forma de acreditar la pérdida de la condición de residente en el país y los pasos para proceder a la baja en los impuestos a las ganancias y bienes personales. Además, se establecieron precisiones sobre doble residencia.

  • Prórroga de Ganancias, Bienes y Mínima presunta ( Resolución 4093-E )

    La AFIP prorrogó mediante la Resolución 4093-E ( Boletín oficial de hoy ) las fechas de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas de ganancias, bienes y mínima presunta para los días 24 y 25 de julio según corrresponda. El primer anticipo de ganancias y bienes podrá cancelarse hasta el 25 de julio.

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