Entre otras modificaciones, a partir del período fiscal 2019, se incrementa el mínimo no imponible a $ 2.000.000 y se establece una escala progresiva del impuesto ( parte fija y variable, con tres tramos de alícuotas : 0,25%, 0,50% y 0,75% ). Se modifica la forma de valuación de los inmuebles y se deja afuera del alcance del impuesto a los bienes inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente cuyo valor no supere los $ 18.000.000. Respecto a ganancias , se exime del impuesto a las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias por los profesionales de la salud que trabajen en zonas desfavorables.